Un Juzgado de lo Mercantil ha declarado nulas cuatro de las cláusulasde de las condiciones generales de transporte de una compañía aérea: circunstancias excepcionales en supuestos de intervención quirúrgica o fallecimiento del pasajero, Ley aplicable y jurisdicción territorial, derecho de la compañía a inspeccionar el equipaje y a denegar el transporte a los pasajeros.
Esa legitimación especial y el correlativo derecho de asistencia jurídica gratuita tienen sentido siempre que los derechos de los asociados "guarden relación directa con bienes o servicios de uso o consumo común ordinario y generalizado". No puede litigar por cuenta de sus asociados para evitar los riesgos derivados de una eventual condena en costas.
El Supremo confirma la nulidad, entre otras, de la cláusula que exime a la compañía de responsabilidad en caso de pérdida de un enlace.
La Ley 10/2018, de 9 de noviembre, regula, entre otros aspectos, las infraestructuras industriales y turísticas, el abastecimiento y sostenibilidad energética, la intervención urbanística y medioambiental, el cooperativismo, el comercio, la protección de los consumidores y usuarios y los espectáculos públicos.
El BOE de 4 de noviembre publica esta ley, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Conoce las respuestas a todas las dudas sobre la nueva regulación.
La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha fijado como doctrina legal que la Administración tiene potestad para sancionar la utilización de cláusulas abusivas en los contratos con consumidores y usuarios “sin necesidad de previa declaración judicial del orden civil” sobre la abusividad de dichas cláusulas.
A propósito de la mediática sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016, el autor reflexiona sobre el difícil encaje de la normativa protectora de los derechos de los consumidores y usuarios estatal en contraposición a la comunitaria, lo que, a su juicio, ha conducido a la situación actual en la que los tribunales nacionales, a través de cuestiones prejudiciales remitidas al Tribunal de Luxemburgo, se convierten en los verdaderos impulsores de su aplicación.
Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid condena al concesionario vendedor del vehículo, y al grupo Volkswagen, por engañar al cliente al ocultarle información sobre la instalación en su vehículo de un software destinado a alterar los datos de emisiones contaminantes. Por ello les obliga a indemnizarle con 5.006 euros, el 10% del precio de venta del modelo adquirido.
La Comisión Europea facilitará las compras on line, reforzando los derechos de los consumidores, evitando el bloqueo geográfico y abaratando el envío de paquetería
Hoy, 15 de marzo, se celebra el día internacional de los derechos del consumidor con la realización de diversos actos y campañas que exigen el respeto de los derechos de los consumidores en todo el mundo. En este artículo encontrará las últimas novedades y acciones para la defensa de los consumidores.
La Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Consumidores y Usuarios recuerdan los pasos básicos que debe seguir un ciudadano que haya sido víctima de ello.
La Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Consumidores y Usuarios han firmado un acuerdo de colaboración para difundir entre los ciudadanos el conocimiento y defensa de sus derechos en caso de que se utilicen sus datos personales para la contratación irregular de servicios y, por otro, para desarrollar acciones orientadas a fomentar las buenas prácticas empresariales.
El TS expone que en una operación de financiación del consumo no puede justificarse un interés tan excesivo, y declara la nulidad del contrato de forma que el cliente sólo deberá devolver al banco la suma recibida.
Conforme se desprende de la Directiva 93/13/CEE, los jueces nacionales están obligados únicamente a dejar sin aplicación la cláusula contractual abusiva, a fin de que ésta no produzca efectos vinculantes para el consumidor, sin estar facultados para modificar el contenido de la misma, por ejemplo reduciendo el importe de la pena convencional impuesta al consumidor.
Alejandro Fernández de Araoz, último ganador del Premio La Ley, que se entrega hoy en Madrid, reflexiona en su trabajo sobre la necesidad de replantear el régimen jurídico de la contratación mobiliaria en España, de forma que se puedan discernir con claridad los casos en los que la reclamación del inversor mal asesorado o maltratado por la entidad está justificada, de aquellos casos en los que inversores oportunistas pretendan que sea el banco quien pague los platos rotos de una mala operación.
¿Es el panorama arbitral el más idóneo en la actualidad española? Una cuestión tan simple semeja poder ser contestada con una respuesta directa y sencilla, máxime si tenemos presente el contexto arbitral actual en el que no escasean las respuestas afirmativas y son numerosas las voces que preconizan y alaban las virtudes, ventajas y la situación avanzada y privilegiada que posee el sistema arbitral español vigente, como uno de los más innovadores y adaptados a la realidad jurídica, social y económica moderna y que, sin lugar a dudas, su regulación posibilita que así sea.
La reforma traspone al derecho interno la Directiva 2011/83/UE, refuerza los derechos de información de los consumidores y usuarios, introduciendo importantes modificaciones en materia de contratos a distancia, contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil y contratos celebrados por teléfono; derecho de desistimiento del consumidor; plazo de entrega de bienes adquiridos; medios de pago y facultades de interpretación de las cláusulas abusivas por los jueces. Incluimos un resumen de sus principales contenidos.
Tras la subida en las tarifas de telefonía móvil anunciada para el 1 de marzo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a Movistar, Vodafone y Orange ante el Servicio de Defensa de la Competencia solicitando acuerde la suspensión cautelar de la misma por entender que responde a un acuerdo entre las operadoras contrario a las leyes de la competencia y que de llevarse a cabo causaría un serio perjuicio a los consumidores.