Marcas reales o marcas virtuales, ¿cuál vale más? | |
De: Flavio Soares
Fecha: Mayo 1999
Durante un congreso sobre la importancia
económica de las marcas celebrado en Barcelona el pasado mes de Septiembre de 1998 hemos
podido verificar que, por más avanzada que sea la economía mundial y el proceso de
integración o globalización de la misma, ciertos detalles no sólo sobreviven a dichos
avances sino, antes bien, aumentan su peso específico en esta nueva realidad. Nos
referimos al derecho de marcas, la protección jurídica mediante registro de las marcas
de productos y servicios, que han adquirido una espectacular relevancia en Internet o en
la economía virtual. El derecho de marcas se remonta a la Edad Media, a los clanes y sus
blasones, a los feudos y sus escudos. Su evolución ha sido lenta pero bien estructurada
pues, como si los juristas supieran entonces su justa medida, las bases internacionales de
la protección jurídica de las marcas se remonta a la Convención Unión de París de
1883, y sus arreglos y protocolos posteriores y que todavía no han sido del todo
adaptados al derecho del mundo virtual. ¿Qué relación tiene el derecho de marcas e
Internet? Mucha relación y la principal es la legal, que deriva en un factor económico:
si no hay derecho que le ampare no puede uno beneficiarse de las marcas, al menos de forma
honesta. En estos momentos continúa la discusión en diferentes foros internacionales
sobre cómo atajar el uso no autorizado y piratería de marcas y logotipos en Internet.
Las comisiones designadas a nivel de Naciones Unidas o U.E. no han logrado un consenso. Si
la existencia de Internet depende de su libertad, regular un derecho concreto y no los
demás, sería injusto y causaría agravios. En otras palabras, las marcas no son
registrables en Internet. La única forma de registro posible y conocida es mediante la
solicitud de dominios - DNS. Ello no garantiza que su marca registrada en España u otro
país se encuentre disponible en el registro de DNS. Dicha situación no es novedosa y
entraña una problemática difícil de cifrar: el valor de su marca en el mundo real no
correspondería al mismo valor que se pagaría por ella en el mundo virtual, y viceversa.
Un buen ejemplo de los avances que nos aporta el mundo digital podría ser la importancia
de las marcas sonoras, tema que ya se encuentra en debate en nuestro país. Un reciente
estudio sobre marcas reales y marcas virtuales; aquellas conocidas en el tráfico
comercial tradicional y aquellas conocidas en Internet, respectivamente, ha arrojado un
resultado curioso: marcas como "Yahoo", "Alta Vista" o "AOL"
son desconocidas para las personas no familiarizadas con Internet. Abundando en lo mismo,
marcas como "Nike", "Pespi" o "Gillette" pierden
protagonismo en el entorno digital. La cuestión es cómo equilibrar legalmente la
situación y aproximar una realidad de la otra, un mundo del otro y aprovechar las
ventajas empresariales y económicas que ofrece Internet, dado que en nuestro país sería
muy difícil demandar alguien con éxito por haber solicitado un DNS idéntico a una marca
perteneciente a un titular español (sea en la jurisdicción penal o civil). Existen
ciertas medidas legales que nos permitimos indicarles al considerarlas como el punto de
partida o principales (pudiendo derivarse en otras de carácter accesorio) para una
efectiva protección de sus derechos. La primera de ellas es registrar las marcas en su
país de origen, y en aquellos donde se pretende actuar, a través de la Oficina
Internacional o de la comunitaria. Sin tal derecho exclusivo, sus productos y servicios
puedan ser obligados a cambiar de nombre, según en qué países, debido a registros
anteriores, con todos los problemas que ello conlleva. La segunda medida que se sugiere es
la consecución de un DNS en Internet para cada marca o marcas de propiedad de la empresa
en el mundo real. Con ello nos aseguramos contra el posible ataque "que no se
constituye como un crimen" de los "Cybersquatters" u "okupas" del
ciberespacio y el consecuente pago por la obtención del DNS ya registrado por terceros.
La tercera medida, recomendamos el asesoramiento previo para el lanzamiento de sus marcas
en Internet, a través de la asistencia de especialistas en marketing y derecho en el
mundo digital. En países de nuestro entorno, como Holanda, Inglaterra u Bélgica, ya
encontramos empresas especializadas en dichos servicios, con un apoyo legal de uno o
varios abogados y asesores de marketing de otros países comunitarios. Como cuarta y
última medida o sugerencia, una vez cumplidas las tres anteriores y decididos a
"vender" o comercializar sus productos y servicios en el mundo digital
utilizando sus marcas, recomendamos la suscripción de acuerdos con los principales
buscadores de Internet o bien, los buscadores de carácter sectorial, es decir, más
vinculados con sus productos y servicios (por ejemplo, como si el Colegio de Abogados
alquilara espacios virtuales en su web para aquellos bufetes que deseen anunciarse). La
utilización de banners, links o cookies permiten una optimización de la inversión en
dicho medio de divulgación. Se debe tener cuidado para no infringir ciertas reglas y,
sobretodo, respetar el contenido de las webs ajenas. La complejidad y los costes que
plantea la aventura virtual en Internet demandan un elevado nivel de sentido común por
parte de los empresarios y sus asesores, sean éstos de marketing o legales, en el momento
de iniciar dicha estrategia. Lo cierto es que una marca, como elemento del derecho, vale
hoy mucho más del que valía ayer. Si el desarrollo del comercio electrónico se mantiene
y si la dificultad de lograr una legislación internacional exclusiva para el mundo
virtual persistiera, pues si su empresa aún no posee ninguna marca registrada o DNS en
Internet por favor, no lo deje para mañana.
Flavio Soares es Abogado de Soares & Avila Pereira Asociados, 1998-9 Abogados especializados en propiedad intelectual e industrial, incluyendo asesoría en Internet y comercio electrónico. Ponentes en ExpoInternet 1997. Asesoría de inversiones en Brasil y Mercosur; especialmente recomendados para estos menesteres por SEDISI (patronal española de empresas de TI)
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