Orden HAP/1478/2016, de 8 de septiembre, por la que se convocan los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica correspondientes a 2016.
- 觬gano MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS
- Publicado en BOE n鷐. 224 de 16 de Septiembre de 2016
- Vigencia desde 17 de Septiembre de 2016
Sumario
- Expandir / Contraer 韓dice sistem醫ico
- INTRODUCCION
- Art韈ulo 鷑ico 燙onvocatoria de los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica 2016
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO 1
. Bases de la convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016
- Primera. 羗bito de aplicaci髇.
- Segunda. Contenido del Premio.
- Tercera. Solicitud para presentarse al Premio.
- Cuarta. Memoria.
- Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
- Sexta. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
- S閜tima. Equipos de evaluaci髇.
- Octava. Jurado.
- Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
- D閏ima. Efectos del Premio.
- Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
- ANEXO .1.1
- ANEXO 1.2 . Especificaciones de la Memoria Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016
-
ANEXO 2
. Bases de la convocatoria del Premio Ciudadan韆 2016
- Primera. Definici髇.
- Segunda. 羗bito de aplicaci髇.
- Tercera. Contenido del Premio.
- Cuarta. Solicitud para presentarse al Premio.
- Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
- Sexta. Equipos de evaluaci髇.
- S閜tima. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
- Octava. Jurado.
- Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
- D閏ima. Efectos del Premio.
- Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
- ANEXO .2.1
- ANEXO 2.2 . Especificaciones de la memoria del Premio Ciudadan韆 2016
- ANEXO 2.3 . Criterios para la valoraci髇 de las candidaturas del Premio Ciudadan韆 2016
-
ANEXO 3
. Bases de la convocatoria del Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
- Primera. Definici髇.
- Segunda. 羗bito de aplicaci髇.
- Tercera. Contenido del Premio.
- Cuarta. Solicitud para presentarse al Premio.
- Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
- Sexta. Equipos de evaluaci髇.
- S閜tima. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
- Octava. Jurado.
- Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
- D閏ima. Efectos del Premio.
- Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
- ANEXO .3.1
- ANEXO 3.2 . Especificaciones de la Memoria del Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
- ANEXO 3.3 . Criterios para la valoraci髇 de candidaturas al Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
La Orden HAP/1353/2013, de 3 julio, por la que se da nueva regulaci髇 a los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica creados por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administraci髇 General del Estado, define las modalidades, categor韆s, caracter韘ticas, contenido y efectos de dichos Premios y se馻la el 髍gano encargado de la gesti髇 del proceso.
En cumplimiento de lo anterior y de conformidad con lo previsto en los art韈ulos 3 y 6 de la mencionada Orden, dispongo:
Art韈ulo 鷑ico Convocatoria de los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica 2016
1. Se convoca el Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica, con categor韆 鷑ica, conforme a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Orden, disponibles en la direcci髇 de Internet www.aeval.es.
2. Se convocan los Premios a la Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica, en sus dos categor韆s, Premio Ciudadan韆 y Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇, conforme a las bases que figuran en los anexos 2 y 3 de esta Orden, disponibles en la misma direcci髇 de Internet.
Disposici髇 adicional
No obstante lo previsto en la octava de las bases de las convocatorias, en caso de que el n鷐ero de candidaturas as lo aconseje se podr constituir un Jurado 鷑ico con un m醲imo de 10 y un m韓imo de 7 miembros designados por la Presidenta de la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios, que valorar ambas modalidades de premios.
Disposici髇 final Entrada en vigor
La presente Orden entrar en vigor el d韆 siguiente al de su publicaci髇 en el 獴olet韓 Oficial del Estado.
ANEXO 1
Bases de la convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016
Primera. 羗bito de aplicaci髇.
1. El Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica est dirigido a las organizaciones de las distintas administraciones p鷅licas espa駉las. A estos efectos, se entender por organizaci髇 los 髍ganos, organismos y unidades administrativas de la Administraci髇 General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Aut髇omas, de la Administraci髇 Local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, as como otros entes de derecho p鷅lico, excluidas las organizaciones que revistan forma jur韉ico-privada.
2. Podr醤 presentarse al Premio todas las organizaciones mencionadas en el n鷐ero anterior, siempre que a la fecha de finalizaci髇 del plazo de presentaci髇 de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:
- 2.1 Tener publicada su respectiva Carta de Servicios.
-
2.2 Estar en posesi髇 de alguno de los siguientes reconocimientos externos:
- a) Certificaci髇 AEVAL del nivel de excelencia + 300 seg鷑 el modelo CAF, emitida, como m醲imo, en los tres a駉s anteriores a la publicaci髇 de esta convocatoria.
- b) Certificaci髇 AEVAL del nivel de excelencia + 300 seg鷑 el modelo EFQM de Excelencia, emitida, como m醲imo, en los tres a駉s anteriores a la fecha de publicaci髇 de esta convocatoria.
- c) Sello de Excelencia Europea 300 + concedido por el Club Excelencia en Gesti髇 v韆 Innovaci髇 o el reconocimiento del nivel europeo de los 獿evels of Excellence de la Fundaci髇 Europea para la Gesti髇 de la Calidad (EFQM) o por cualquier otra entidad reconocida que promueva la excelencia, con una antig黣dad, a lo sumo, tres a駉s anterior a la fecha de esta convocatoria.
- d) Premio a la Excelencia de similares caracter韘ticas, basado en los modelos EFQM o CAF, concedido por la administraci髇 de alguna de las Comunidades Aut髇omas en cualquiera de sus tres 鷏timas ediciones.
- 2.3 No haber sido ganadora del Premio a la Excelencia en cualquiera de las tres convocatorias anteriores.
Segunda. Contenido del Premio.
1. Se otorgar un 鷑ico Premio a la candidatura mejor valorada en t閞minos absolutos, sin perjuicio de que puedan otorgarse hasta un m醲imo de dos acc閟its a aquellas candidaturas que, a juicio del Jurado, re鷑an m閞itos suficientes para ello.
2. Asimismo, podr otorgarse una menci髇 especial a aquella organizaci髇 candidata que acredite un esfuerzo sostenido de mejora, con independencia de la puntuaci髇 alcanzada.
3. El Premio, los acc閟its y la menci髇 especial, sin dotaci髇 econ髆ica, consistir醤 en una placa o trofeo y un diploma acreditativo.
4. El Premio podr ser declarado desierto en caso de que ninguna de las candidaturas re鷑a los m閞itos suficientes para ser galardonada con el mismo.
Tercera. Solicitud para presentarse al Premio.
1. Las solicitudes se ajustar醤 al modelo que figura como anexo 1.1 de estas bases y deber醤 ir suscritas, en funci髇 del 醡bito administrativo de la organizaci髇 aspirante:
- 1.1 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, de las Comunidades Aut髇omas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el m醲imo responsable de la organizaci髇 aspirante.
- 1.2 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 local, por el m醲imo responsable de la corporaci髇 a la que pertenezca (Presidencia de la Diputaci髇, Alcalde, Presidente del Consejo o Cabildo Insular, Presidencia de las Entidades de 醡bito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las Comunidades Aut髇omas, Presidencia de las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, Presidencia de las 羠eas Metropolitanas y Presidencia de las Mancomunidades de Municipios) o por la persona en quien tenga delegadas las correspondientes funciones.
- 1.3 En el caso de organizaciones pertenecientes a otros entes de derecho p鷅lico, por la m醲ima direcci髇 del ente o por la persona en quien tenga delegadas dichas funciones.
2. Las solicitudes deber醤 presentarse hasta el 14 de octubre de 2016, por cualquiera de los medios previstos en el art韈ulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑, ante la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios (en adelante AEVAL), calle Sor 羘gela de la Cruz, 9, 2. planta; 28020 Madrid, o en la subsede electr髇ica https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/aeval.
3. Las candidaturas deber醤 ir acompa馻das de la Carta de Servicios vigente de la organizaci髇, y del documento acreditativo de la obtenci髇 de alguno de los reconocimientos externos indicados en el apartado 2.2 de la base primera.
4. Aquellas organizaciones que re鷑an las condiciones de participaci髇 y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto, recibir醤 comunicaci髇 de la admisi髇 antes del 24 de octubre de 2016 por parte de AEVAL.
5. Las organizaciones que hayan recibido la notificaci髇 a la que se refiere el apartado anterior, remitir醤 a AEVAL una memoria descriptiva de su funcionamiento, seg鷑 las indicaciones del apartado 3 del anexo 1.2 de esta convocatoria, hasta el 6 de febrero de 2017.
Cuarta. Memoria.
1. La memoria describir la gesti髇 de la organizaci髇 siguiendo todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM de Excelencia versi髇 2013, en su interpretaci髇 para las administraciones p鷅licas y en sus formatos de memoria cl醩ica o conceptual. Este modelo se encuentra disponible en la p醙ina web de la AEVAL, direcci髇 de Internet www.aeval.es, apartado Calidad de los Servicios (documentaci髇 de apoyo para la elaboraci髇 de la memoria. Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016).
2. Aquellas organizaciones que hayan realizado su autoevaluaci髇 previa conforme al Marco Com鷑 de Evaluaci髇 (CAF) versi髇 2013 elaborar醤 la Memoria seg鷑 dicho modelo, disponible en la misma direcci髇 de Internet.
3. La memoria que se presente al Premio deber reflejar los resultados, al menos, de los cuatro 鷏timos ejercicios y, entre ellos, la gesti髇 de la organizaci髇 en los correspondientes a 2015 y 2016.
4. La elaboraci髇 de la memoria se ajustar adem醩 a las especificaciones que figuran en el anexo 1.2 de estas bases. Las memorias que no se ajusten a tales requisitos no ser醤 tomadas en consideraci髇 y, por tanto, podr醤 no ser evaluadas.
Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
Para la evaluaci髇 de las candidaturas y la concesi髇 del premio, los acc閟its y la menci髇 especial, se tendr醤 en cuenta los criterios del modelo EFQM de Excelencia versi髇 2013 en su correspondiente interpretaci髇 para las Administraciones P鷅licas, o del Modelo CAF versi髇 2013 para aquellas candidaturas a las que se hace referencia en el punto 2 de la base cuarta.
Sexta. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
El proceso general constar de las siguientes fases:
- 1. En la primera fase se realizar una evaluaci髇 documental de las memorias presentadas, elaborando los equipos a los que se refiere la base s閜tima un informe consensuado de evaluaci髇.
- 2. En la segunda fase, se llevar a cabo, por parte del respectivo equipo evaluador, una visita de verificaci髇 in situ a aquellas organizaciones que determine AEVAL, elaborando los informes definitivos.
- 3. En la tercera fase, AEVAL enviar un informe al Jurado con los resultados de la evaluaci髇 de todas las candidaturas. El Jurado, analizado el mismo en la correspondiente reuni髇, elevar una propuesta al Ministro de Hacienda y Administraciones P鷅licas para la concesi髇 del Premio y, en su caso, de los acc閟its y menci髇 especial.
- 4. La 鷏tima fase consistir en la resoluci髇 del Premio por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones P鷅licas, dictada en el plazo de diez meses desde la publicaci髇 de esta convocatoria. Dicha Orden se publicar en el 獴olet韓 Oficial del Estado.
S閜tima. Equipos de evaluaci髇.
1. Para la realizaci髇 de las evaluaciones se constituir醤 los equipos precisos, que estar醤 integrados por funcionarios o empleados p鷅licos. Los integrantes de los equipos ser醤 personas con experiencia acreditada en el modelo EFQM o CAF u otros modelos de excelencia, y ser醤 designados por la Presidenta de AEVAL.
2. Los equipos de evaluaci髇 elaborar醤 un informe sobre cada una de las candidaturas evaluadas teniendo en cuenta la Memoria presentada y, en su caso, la visita realizada a la organizaci髇, de acuerdo con lo previsto en la base sexta 2. Una vez concluidos los informes se remitir醤 a AEVAL, que confeccionar el informe conjunto para el Jurado al que hace referencia la base sexta 3.
Octava. Jurado.
1. El Jurado estar constituido por un m醲imo de siete miembros y un m韓imo de cinco, designados, de acuerdo con lo previsto en el art韈ulo 6 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, por la Presidenta de AEVAL, entre personas de reconocida experiencia en gesti髇 p鷅lica o en el 醡bito de la calidad y la excelencia. La presidencia, la vicepresidencia y la secretar韆 del Jurado recaer醤 en el Secretario de Estado de Administraciones P鷅licas, en la Presidenta de AEVAL y en el Director del Departamento de Calidad de los Servicios de AEVAL, respectivamente. Un funcionario de AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuar como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.
2. El Jurado se reunir, a convocatoria de su Presidente, para deliberar sobre las candidaturas evaluadas y efectuar la propuesta a la que se refiere la base sexta.3.
3. El funcionamiento del Jurado se regular por las normas contenidas en el cap韙ulo II del t韙ulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑.
Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
1. Las personas que intervengan en el proceso de gesti髇 y evaluaci髇 del premio guardar醤 la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se realicen a las organizaciones candidatas.
2. Las organizaciones participantes facilitar醤 al equipo de evaluaci髇 todo lo necesario para desarrollar la visita a que se refiere la base sexta 2.
3. Una vez finalizado el proceso de evaluaci髇 y concesi髇 del premio, AEVAL proporcionar un informe de retorno a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas.
4. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusi髇 –presencial, gr醘ica, electr髇ica, o audiovisual– de los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios que se realicen por el Ministerio de Hacienda y Administraciones P鷅licas y por AEVAL. Asimismo, autorizan a AEVAL a publicar, por medios impresos o electr髇icos, propios o de terceros, en su caso, las memorias a que se refiere el punto 5 de la base tercera.
D閏ima. Efectos del Premio.
1. De conformidad con lo previsto en el art韈ulo 4 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, las organizaciones galardonadas con el Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica, sus acc閟its o la menci髇 especial podr醤 hacerlo constar en sus publicaciones, material impreso, p醙ina web, o anunciarlo en sus instalaciones, por tiempo indefinido, si bien haciendo constar en todos los casos el a駉 de concesi髇 del mismo.
2. Adem醩 de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas podr醤:
- 2.1 Obtener facilidades o prioridad para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por AEVAL.
- 2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtenci髇 del Premio o acc閟it, seg鷑 la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
- 2.3 Por lo que respecta a las organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, estos reconocimientos tendr醤 la consideraci髇 prevista en el art韈ulo 66.1.a) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y se anotar醤 en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el art韈ulo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio.
3. La participaci髇 del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtenci髇 del correspondiente Premio o acc閟it podr ser tenida en cuenta por los 髍ganos competentes a efectos de la retribuci髇 por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
La presentaci髇 de candidaturas es voluntaria y supone la aceptaci髇 de las presentes bases.
ANEXO
1.1
ANEXO 1.2
Especificaciones de la Memoria Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016
1. Contenido y p醙inas.
1.1 En caso de presentar una memoria cl醩ica (Modelo EFQM o CAF):
La totalidad del documento no deber superar las 76 p醙inas, adem醩 de la portada.
Portada (una p醙ina): Nombre de la organizaci髇 y logotipo.
Copia del formulario de participaci髇 cumplimentado por la organizaci髇 solicitante.
蚽dice general de contenidos (una p醙ina).
Presentaci髇 de la organizaci髇, incluyendo funciones y actividades, estructura org醤ica, proceso hacia la excelencia y principales servicios (m醲imo cuatro p醙inas).
Cuerpo del documento, describiendo el funcionamiento de la organizaci髇 seg鷑 todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM (玣ormato cl醩ico, m醲imo 70 p醙inas) o del Modelo CAF.
No se tendr醤 en cuenta a la hora de su evaluaci髇 las p醙inas que excedan de las indicadas para este apartado.
Anexo: Relaci髇 de siglas y acr髇imos empleados.
1.2 En caso de presentar una memoria conceptual (Modelo EFQM):
La totalidad del documento no deber superar las 35 p醙inas adem醩 de la portada, 韓dice y relaci髇 de acr髇imos o siglas.
Copia del formulario de participaci髇 cumplimentado por la organizaci髇 solicitante.
蚽dice general de contenidos (una p醙ina).
Informaci髇 clave (seis p醙inas).
Agentes Facilitadores (quince p醙inas).
Resultados (catorce p醙inas).
Se podr incluir un anexo, con documentaci髇 original de la organizaci髇 en formato PDF al final de la memoria que no podr exceder de las 50 p醙inas, adem醩 de la portada.
2. Configuraci髇.
La memoria se confeccionar en soporte electr髇ico. Este soporte electr髇ico contendr la Memoria en archivo .doc, .docx (玀icrosoft Word), o .pdf (獳crobat).
A fin de evitar problemas de distorsi髇, todos los gr醘icos que se incluyan en la memoria deber醤 estar correctamente insertados en las p醙inas del archivo de 玀icrosoft Word.
3. Presentaci髇 y soporte.
La memoria se enviar a trav閟 del correo electr髇ico calidad.premios@aeval.es a la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios. Si la solicitud se hubiese presentado por subsede electr髇ica, la Memoria se presentar por el mismo cauce.Si existieran limitaciones para su env韔 o recepci髇, se remitir醤 a AEVAL (calle Sor 羘gela de la Cruz, n鷐. 9-2. planta; 28020 Madrid) en soporte electr髇ico (CD, DVD o memoria USB), o a trav閟 de sistemas de intercambio de archivos autorizados por el MINHAP, en los formatos .doc, .docx (玀icrosoft Word) o .pdf (獳crobat).
4. Elementos de apoyo.
Para facilitar la redacci髇 de la memoria, AEVAL proporcionar a los candidatos la 獶ocumentaci髇 de apoyo para la elaboraci髇 de la Memoria de presentaci髇 al Premio a la Excelencia en la Gesti髇 P鷅lica 2016 que estar disponible en la p醙ina web de la Agencia, en la direcci髇 de Internet www.aeval.es.
ANEXO 2
Bases de la convocatoria del Premio Ciudadan韆 2016
Primera. Definici髇.
1. De acuerdo con lo establecido en la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio por la que se da nueva regulaci髇 a los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica, el Premio Ciudadan韆 est destinado a reconocer las pr醕ticas innovadoras en la provisi髇 de productos o servicios, as como en los sistemas de relaci髇 con los ciudadanos o usuarios de los servicios p鷅licos.
2. A los efectos de esta convocatoria se consideran pr醕ticas innovadoras, los procesos de cambio sostenibles resultado de una estrategia de mejora dirigida a aumentar, cuantitativa o cualitativamente, los resultados de las organizaciones de las administraciones p鷅licas y consistentes en experiencias o proyectos consolidados e implantados con impacto directo en los ciudadanos o usuarios de sus servicios, como consecuencia de:
La introducci髇 de un servicio o servicios nuevos o significativamente mejorados (en cuanto a sus caracter韘ticas o a su finalidad y facilidad de uso) en comparaci髇 con los servicios existentes.
La introducci髇 de nuevos canales para la promoci髇 o prestaci髇 de los servicios y la participaci髇 de los grupos de inter閟.
Segunda. 羗bito de aplicaci髇.
El Premio Ciudadan韆 est dirigido a las organizaciones de las distintas administraciones p鷅licas espa駉las. A estos efectos, se entender por organizaci髇 los 髍ganos, organismos y unidades administrativas de la Administraci髇 General del Estado, de las administraciones de las Comunidades Aut髇omas, de la Administraci髇 local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, as como a otros entes de derecho p鷅lico, excluidas aquellas organizaciones que revistan forma jur韉ico-privada.
Tercera. Contenido del Premio.
1. Se otorgar un 鷑ico Premio, sin perjuicio de que puedan otorgarse hasta un m醲imo de tres acc閟its, a aquellas candidaturas que, en opini髇 del Jurado, re鷑an m閞itos suficientes para ello.
2. El Premio y los acc閟its, sin dotaci髇 econ髆ica, consistir醤 en una placa o trofeo y un diploma acreditativo.
3. El Premio podr ser declarado desierto, en caso de que ninguna de las candidaturas reuniera los m閞itos suficientes para ser galardonada.
Cuarta. Solicitud para presentarse al Premio.
1. Las solicitudes se ajustar醤 al modelo que figura como anexo 2.1 de estas bases, y deber醤 ir suscritas, en funci髇 del 醡bito administrativo de la organizaci髇 aspirante:
- 1.1 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, de las Comunidades Aut髇omas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el m醲imo responsable de la organizaci髇 aspirante.
- 1.2 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 Local, por el m醲imo responsable de la corporaci髇 a la que pertenezca (Presidencia de la Diputaci髇, Alcalde, Presidente del Consejo o Cabildo Insular, Presidencia de las Entidades de 醡bito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las Comunidades Aut髇omas, Presidencia de las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, Presidencia de las 羠eas Metropolitanas y Presidencia de las Mancomunidades de Municipios) o por la persona en quien tenga delegadas las correspondientes funciones.
- 1.3 En el caso de organizaciones pertenecientes a otros entes de derecho p鷅lico, por la m醲ima direcci髇 del ente o por la persona en quien tenga delegadas dichas funciones.
2. Las solicitudes deber醤 presentarse hasta el 14 de octubre de 2016, por cualquiera de los medios previstos en el art韈ulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑, ante la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios (en adelante AEVAL), calle Sor 羘gela de la Cruz, n鷐. 9-2. planta; 28020 Madrid, o en la subsede electr髇ica de AEVAL https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/aeval.
3. Aquellas organizaciones que re鷑an las condiciones de participaci髇 y hayan formalizado la solicitud en el plazo previsto, recibir醤 una comunicaci髇 de su admisi髇 antes del 24 de octubre de 2016, por parte de AEVAL.
4. Las organizaciones que hayan recibido la notificaci髇 a la que se refiere el n鷐ero anterior, elaborar醤 una Memoria descriptiva de su pr醕tica, que se ajustar a las especificaciones que figuran en el anexo 2.2, que ser remitida a AEVAL seg鷑 se establece en el punto 3 del anexo 2.2 de la convocatoria, hasta el 23 de enero de 2017. Las memorias que no se ajusten a tales requisitos podr醤 no ser evaluadas.
Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
La valoraci髇 de candidaturas preseleccionadas y la concesi髇 del Premio Ciudadan韆 2016 se efectuar醤 seg鷑 los criterios recogidos en el anexo 2.3 de estas bases.
Sexta. Equipos de evaluaci髇.
Para la realizaci髇 de la evaluaci髇 se constituir醤 los equipos precisos, que ser醤 designados a tal efecto por la Presidenta de AEVAL de entre funcionarios o empleados de las distintas administraciones p鷅licas que cuenten con formaci髇 y experiencia en la administraci髇 p鷅lica, evaluaci髇 o gesti髇 de calidad en los servicios p鷅licos.
S閜tima. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
El proceso general constar de las siguientes fases:
- 1. En la primera se evaluar醤 las memorias, seg鷑 los criterios previstos en el anexo 2.3. de estas bases, elaborando los equipos a los que se refiere la base sexta los correspondientes informes de evaluaci髇, que ser醤 remitidos a AEVAL.
- 2. Eventualmente, en una segunda fase, si as lo acuerda AEVAL, los equipos de evaluaci髇 podr醤 visitar las organizaciones candidatas, elaborando sus informes definitivos.
- 3. En la tercera fase, AEVAL proporcionara un informe al Jurado con los resultados de la evaluaci髇 de todas las candidaturas, hayan sido objeto o no de visita. Analizado dicho informe en la correspondiente reuni髇, el Jurado elevar una propuesta concesi髇 del Premio, y, en su caso, de los acc閟its, al Ministro de Hacienda y Administraciones P鷅licas.
- 4. Por 鷏timo, el Ministro resolver, en el plazo de diez meses desde la publicaci髇 de esta convocatoria, la concesi髇 del Premio y de los acc閟its, mediante Orden que se publicar en el 獴olet韓 Oficial del Estado.
Octava. Jurado.
1. El Jurado estar constituido por un m醲imo de siete miembros y un m韓imo de cinco, designados, de acuerdo con lo previsto en el art韈ulo 6 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, por la Presidenta de AEVAL, entre personas de reconocida experiencia en la Administraci髇 o en la gesti髇 de calidad. La presidencia y la secretar韆 del Jurado recaer醤 en la Presidenta de AEVAL y en el Director del Departamento de Calidad de los Servicios de AEVAL, respectivamente. Por su parte, la vicepresidencia recaer en el miembro que se determine al efectuar la designaci髇. Un funcionario de AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuar como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.
2. El Jurado se reunir, a convocatoria de su Presidenta, para deliberar sobre las candidaturas evaluadas y efectuar la propuesta a la que se refiere la base s閜tima 3.
3. El funcionamiento del Jurado se regular por las normas contenidas en el cap韙ulo II del t韙ulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑.
Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
1. Las personas que intervengan en el proceso de gesti髇 y evaluaci髇 del premio guardar醤 la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones y, en su caso, visitas que se realicen a las organizaciones candidatas.
2. En su caso, las organizaciones participantes facilitar醤 al equipo de evaluaci髇 todo lo necesario para desarrollar la visita a que se refiere la base s閜tima 2.
3. Una vez finalizado el proceso de evaluaci髇 y concesi髇 del premio, AEVAL proporcionar un informe de retorno a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas.
4. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusi髇 –presencial, gr醘ica, electr髇ica o audiovisual– de los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios que se realicen por el Ministerio de Hacienda y Administraciones P鷅licas o por AEVAL. Asimismo, autorizan a AEVAL a publicar, por medios impresos o electr髇icos, propios o de terceros, en su caso, las memorias a que se refiere el punto 4 de la base cuarta.
D閏ima. Efectos del Premio.
1. De conformidad con lo previsto en el art韈ulo 4 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, por la que se da nueva regulaci髇 a los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica, las organizaciones galardonadas con el Premio Ciudadan韆 o sus acc閟its podr醤 hacerlo constar en sus publicaciones, material impreso, p醙ina web, o anunciarlo en sus instalaciones, por tiempo indefinido, si bien haciendo constar en todos los casos el a駉 de concesi髇 del mismo.
2. Adem醩 de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas podr醤:
- 2.1 Obtener facilidades o prioridad para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por AEVAL.
- 2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtenci髇 del premio o menci髇, seg鷑 la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
- 2.3 Por lo que respecta a las organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, estos reconocimientos tendr醤 la consideraci髇 prevista en el art韈ulo 66.1.a) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y se anotar醤 en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el art韈ulo 13 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio.
3. La participaci髇 del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtenci髇 del correspondiente premio o acc閟it podr ser tenida en cuenta por los 髍ganos competentes a efectos de la retribuci髇 por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
La presentaci髇 de candidaturas es voluntaria y supone la aceptaci髇 de las presentes bases.
ANEXO
2.1
ANEXO 2.2
Especificaciones de la memoria del Premio Ciudadan韆 2016
1. Contenido y p醙inas.
1.1 Portada (una p醙ina). Nombre de la organizaci髇 y logotipo, nombre la pr醕tica.
1.2 Copia del formulario de participaci髇 cumplimentado por la organizaci髇 solicitante.
1.3 蚽dice general de contenidos (una p醙ina).
1.4 Resumen ejecutivo (una p醙ina).
1.5 Presentaci髇 de la organizaci髇, incluyendo funciones y actividades, estructura org醤ica y principales servicios prestados y, en su caso, relaci髇 de siglas o acr髇imos utilizados (m醲imo dos p醙inas).
1.6 Cuerpo del documento descriptivo de la pr醕tica desarrollada ordenando sus ep韌rafes seg鷑 los criterios que figuran en el anexo 2.3, m醲imo 25 p醙inas. La totalidad del documento no deber superar las 30 p醙inas, adem醩 de la portada. No se tendr醤 en cuenta a la hora de su evaluaci髇 las p醙inas que excedan de las indicadas para este apartado.
1.7 Las memorias que no se ajusten a los ep韌rafes y contenido de los criterios de evaluaci髇 que figuran en el anexo 2.3 podr醤 ser excluidas del proceso de evaluaci髇.
2. Configuraci髇.
La memoria se confeccionar en soporte electr髇ico. El soporte electr髇ico contendr la Memoria en archivo .doc, .docx (玀icrosoft Word) o .pdf (獳crobat)
A fin de evitar problemas de distorsi髇, todos los gr醘icos que se incluyan en la memoria deber醤 estar correctamente insertados en las p醙inas del archivo de 玀icrosoft Word.
3. Presentaci髇 y soporte.
La Memoria se enviar a trav閟 del correo electr髇ico calidad.premios@aeval.es a la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios. Si la solicitud se hubiese presentado por subsede electr髇ica, la Memoria se presentar por el mismo cauce.Si existieran limitaciones para su env韔 o recepci髇, se remitir醤 a AEVAL (calle Sor 羘gela de la Cruz, n鷐. 9-2. planta; 28020 Madrid) en soporte electr髇ico (CD, DVD o memoria USB), o a trav閟 de sistemas de intercambio de archivos autorizados por el MINHAP, en los formatos .doc, .docx (玀icrosoft Word) o .pdf (獳crobat).
4. Elementos de apoyo.
Para facilitar la redacci髇 de la Memoria, AEVAL proporcionar a los candidatos la 獶ocumentaci髇 de apoyo para la elaboraci髇 de la Memoria de presentaci髇 al Premio Ciudadan韆 2016, que estar disponible en la p醙ina Web de la Agencia, en la direcci髇 de Internet www.aeval.es.
ANEXO 2.3
Criterios para la valoraci髇 de las candidaturas del Premio Ciudadan韆 2016
La evaluaci髇 de las candidaturas al Premio Ciudadan韆 se realizar teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la memoria para exponer las pr醕ticas dirigidas a aumentar, cuantitativa o cualitativamente, los resultados de la organizaci髇 en la provisi髇 de servicios nuevos o significativamente mejorados, ya sea en cuanto a sus caracter韘ticas, finalidad, nuevas funciones o facilidad de uso, en comparaci髇 con los servicios existentes. Asimismo se tendr醤 en cuenta las evidencias relativas a la introducci髇 de cambios en los sistemas de relaci髇 con los ciudadanos o usuarios.
Para la valoraci髇 de dichas evidencias se considerar醤 los siguientes criterios de evaluaci髇:
- 1. Creatividad y conocimiento: Aplicaci髇 de la creatividad y el conocimiento de las personas de la organizaci髇 a la definici髇 e implantaci髇 de servicios p鷅licos (o medios para su prestaci髇) orientados a los ciudadanos-usuarios y de car醕ter novedoso, o sustantivamente mejorados, respecto de los existentes. Asimismo, aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los ciudadanos-usuarios para la mejora de los servicios.
- 2. Impacto en los ciudadanos-usuarios: Efectos de la pr醕tica innovadora en los usuarios de los servicios o en otros grupos de inter閟. Magnitud de la poblaci髇 beneficiada. Beneficios obtenidos por los usuarios (p.e. reducci髇 de tiempos, tr醡ites, costes, facilidad de uso, etc.). Repercusi髇 en la mejora de la satisfacci髇 de los ciudadanos usuarios. Efectos en la econom韆 y el empleo de la comunidad en la que opera la organizaci髇.
- 3. Transferibilidad y difusi髇: Capacidad de la pr醕tica innovadora de ser aplicada o adaptada o compartida con otras organizaciones. Acciones de bechmarking. Organizaciones que han reproducido la pr醕tica.
- 4. Eficacia: Consecuci髇 de los objetivos perseguidos con la pr醕tica innovadora.
- 5. Eficiencia: Coste beneficio/efectividad de la pr醕tica. Cuantificaci髇 de los ahorros producidos.
- 6. Complejidad: Complejidad y magnitud del problema y de la pr醕tica implantada para solucionarlo en t閞minos de aspectos t閏nicos, involucraci髇 de grupos de inter閟, otras organizaciones p鷅licas o entidades sociales o econ髆icas.
- 7. Sostenibilidad: Nivel de consolidaci髇 o institucionalizaci髇 de la pr醕tica innovadora en t閞minos temporales, presupuestarios y de mantenimiento frente a cambios del entorno pol韙ico, institucional o econ髆ico.
ANEXO 3
Bases de la convocatoria del Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
Primera. Definici髇.
1. De acuerdo con lo establecido en la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio por la que se da nueva regulaci髇 a los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica, el Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 est destinado a reconocer las pr醕ticas innovadoras destinadas a desarrollar iniciativas que redunden en una mejora organizativa, de eficiencia, o de procesos de gesti髇.
2. A los efectos de esta convocatoria se consideran pr醕ticas de innovaci髇 en la gesti髇:
Las relacionadas con m閠odos de gesti髇 nuevos o mejorados t閏nica u organizativamente en comparaci髇 con los existentes.
Funciones de apoyo a los procesos de la organizaci髇 destinados a proveer de servicios internos o a los ciudadanos.
Sistemas innovadores destinados al aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los empleados para la mejora de los servicios o procesos internos.
Nuevos m閠odos destinados a redise馻r o innovar en la planificaci髇 e implantaci髇 de procesos.
Programas de cooperaci髇 o colaboraci髇 con otras organizaciones para evitar duplicidades o mejorar la eficiencia de las organizaciones.
Segunda. 羗bito de aplicaci髇.
El Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 est dirigido a todo tipo de organizaciones de las distintas administraciones p鷅licas espa駉las. A estos efectos, se entender por organizaci髇 los 髍ganos, organismos y unidades administrativas de la Administraci髇 General del Estado, de las administraciones de las Comunidades Aut髇omas, de la Administraci髇 local y de las ciudades de Ceuta y Melilla, as como a otros entes de derecho p鷅lico, excluidas aquellas organizaciones que revistan forma jur韉ico-privada.
Tercera. Contenido del Premio.
1. Se otorgar un 鷑ico Premio, sin perjuicio de que puedan otorgarse hasta un m醲imo de tres acc閟its a aquellas candidaturas que, en opini髇 del Jurado, re鷑an m閞itos suficientes para ello.
2. El Premio y los acc閟its, sin dotaci髇 econ髆ica, consistir醤 en una placa o trofeo y un diploma acreditativo.
3. El Premio podr ser declarado desierto, en caso de que ninguna de las candidaturas reuniera los m閞itos suficientes para ser galardonada.
Cuarta. Solicitud para presentarse al Premio.
1. Las solicitudes se ajustar醤 al modelo que figura como anexo 3.1 de estas bases, y deber醤 ir suscritas, en funci髇 del 醡bito administrativo de la organizaci髇 aspirante:
- 1.1 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, de las Comunidades Aut髇omas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el m醲imo responsable de la organizaci髇 aspirante.
- 1.2 En el caso de organizaciones de la Administraci髇 local, por el m醲imo responsable de la corporaci髇 a la que pertenezca (Presidencia de la Diputaci髇, Alcalde, Presidente del Consejo o Cabildo Insular, Presidencia de las Entidades de 醡bito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las Comunidades Aut髇omas, Presidencia de las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, Presidencia de las 羠eas Metropolitanas y Presidencia de las Mancomunidades de Municipios) o por la persona en quien tenga delegadas las correspondientes funciones.
- 1.3 En el caso de organizaciones pertenecientes a otros entes de derecho p鷅lico, por la m醲ima direcci髇 del ente o por la persona en quien tenga delegadas dichas funciones.
2. Las solicitudes deber醤 presentarse hasta el 14 de octubre de 2016, por cualquiera de los medios previstos en el art韈ulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑, ante la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios (en adelante AEVAL), calle Sor 羘gela de la Cruz, n鷐. 9-2. planta; 28020 Madrid o en la subsede electr髇ica de AEVAL https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/aeval.
3. Aquellas organizaciones que re鷑an las condiciones de participaci髇 y hayan formalizado la solicitud en el plazo previsto, recibir醤 una comunicaci髇 de su admisi髇 antes del 24 de octubre de 2016, por parte de la AEVAL.
4. Las organizaciones que hayan recibido la notificaci髇 a la que se refiere el n鷐ero anterior, elaborar醤 una Memoria descriptiva de su pr醕tica, que se ajustar a las especificaciones que figuran en el anexo 3.2, que ser remitida a la AEVAL seg鷑 se establece en el punto 3 del anexo 3.2 de la convocatoria, hasta el 23 de enero de 2017. Las memorias que no se ajusten a tales requisitos podr醤 no ser evaluadas.
Quinta. Criterios para la valoraci髇 y concesi髇 del Premio.
La valoraci髇 de candidaturas preseleccionadas y la concesi髇 del Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016 se efectuar醤 seg鷑 los criterios recogidos en el anexo 3.3 de estas bases.
Sexta. Equipos de evaluaci髇.
Para la realizaci髇 de la evaluaci髇 se constituir醤 los equipos precisos, que ser醤 designados a tal efecto por la Presidenta de AEVAL de entre funcionarios o empleados de las distintas administraciones p鷅licas: estatal, auton髆ica y local u otras personas que cuenten con formaci髇 y experiencia en la administraci髇 p鷅lica, evaluaci髇 o gesti髇 de calidad en los servicios p鷅licos.
S閜tima. Fases del proceso de evaluaci髇 y concesi髇.
El proceso general constar de las siguientes fases:
- 1. En la primera se evaluar醤 las memorias, seg鷑 los criterios previstos en el anexo 2.3. de estas bases, elaborando los equipos a los que se refiere la base sexta los correspondientes informes de evaluaci髇, que ser醤 remitidos a AEVAL.
- 2. Eventualmente, en una segunda fase, si as lo acuerda AEVAL, los equipos de evaluaci髇 podr醤 visitar las organizaciones candidatas, elaborando sus informes definitivos.
- 3. En la tercera fase, AEVAL proporcionara un informe al Jurado con los resultados de la valoraci髇 de todas las candidaturas, hayan sido objeto o no de visita. Analizado dicho informe en la correspondiente reuni髇, el Jurado elevar una propuesta concesi髇 del Premio, y, en su caso, de los acc閟its, al Ministro de Hacienda y Administraciones P鷅licas.
- 4. Por 鷏timo, el Ministro resolver, en el plazo de diez meses desde la publicaci髇 de esta convocatoria, la concesi髇 del Premio y de los acc閟its, mediante Orden que se publicar en el 獴olet韓 Oficial del Estado.
Octava. Jurado.
1. El Jurado estar constituido por un m醲imo de siete miembros y un m韓imo de cinco, designados, de acuerdo con lo previsto en el art韈ulo 6 de la Orden HAP/1335/2013, de 3 de julio, por la Presidenta de AEVAL, entre personas de reconocida experiencia en la Administraci髇 o en la gesti髇 de calidad. La presidencia y la secretar韆 del Jurado recaer醤 en la Presidenta de AEVAL y en el Director del Departamento de Calidad de los Servicios de AEVAL, respectivamente. Por su parte, la vicepresidencia recaer en el miembro que se determine al efectuar la designaci髇. Un funcionario de AEVAL, nombrado por su Presidenta, actuar como Secretario de Actas, con voz pero sin voto.
2. El Jurado se reunir, a convocatoria de su Presidente, para deliberar sobre las candidaturas evaluadas y efectuar la propuesta a la que se refiere la base s閜tima 3.
3. El funcionamiento del Jurado se regular por las normas contenidas en el cap韙ulo II del t韙ulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R間imen Jur韉ico de las Administraciones P鷅licas y del Procedimiento Administrativo Com鷑.
Novena. Compromisos de los participantes en el Premio.
1. Las personas que intervengan en el proceso de gesti髇 y evaluaci髇 del premio guardar醤 la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones y, en su caso, visitas que se realicen a las organizaciones candidatas.
2. En su caso, las organizaciones participantes facilitar醤 al equipo de evaluaci髇 todo lo necesario para desarrollar la visita a que se refiere la base s閜tima 2.
3. Una vez finalizado el proceso de evaluaci髇 y concesi髇 del premio, AEVAL proporcionar un informe de retorno a las organizaciones cuyas memorias hayan sido evaluadas.
4. Las organizaciones premiadas se comprometen a participar en las acciones de difusi髇 –presencial, gr醘ica, electr髇ica, o audiovisual– de los Premios a la Calidad e Innovaci髇 en la Gesti髇 P鷅lica y, en general, de los programas para la mejora de la calidad de los servicios que se realicen por el Ministerio de Hacienda y Administraciones P鷅licas y por AEVAL. Asimismo, autorizan a AEVAL a publicar, por medios impresos o electr髇icos, propios o de terceros, en su caso, las memorias a que se refiere el punto 4 de la base cuarta.
D閏ima. Efectos del Premio.
1. De conformidad con lo previsto en el art韈ulo 4 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, las organizaciones galardonadas con el Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 o sus acc閟its podr醤 hacerlo constar en sus publicaciones, material impreso, p醙ina web, o anunciarlo en sus instalaciones, por tiempo indefinido, si bien haciendo constar en todos los casos el a駉 de concesi髇 del mismo.
2. Adem醩 de los efectos conferidos en el punto anterior, las organizaciones galardonadas podr醤:
- 2.1 Obtener facilidades o prioridad para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por AEVAL.
- 2.2 Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtenci髇 del Premio, seg鷑 la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
- 2.3 Por lo que respecta a las organizaciones de la Administraci髇 General del Estado, estos reconocimientos tendr醤 la consideraci髇 prevista en el art韈ulo 66.1.a) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, aprobada por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, y se anotar醤 en el Registro Central de Personal, a tenor de lo establecido en el art韈ulo 13 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1405/1986, de 6 de junio.
3. La participaci髇 del personal de las organizaciones galardonadas en las acciones conducentes a la obtenci髇 del correspondiente premio podr ser tenida en cuenta por los 髍ganos competentes a efectos de la retribuci髇 por el complemento de productividad, de acuerdo con la normativa de aplicaci髇, en cada caso.
Und閏ima. Aceptaci髇 de las bases.
La presentaci髇 de candidaturas es voluntaria y supone la aceptaci髇 de las presentes bases.
ANEXO
3.1
ANEXO 3.2
Especificaciones de la Memoria del Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
1. Contenido y p醙inas.
1.1 Portada (una p醙ina). Nombre de la organizaci髇 y logotipo, nombre la pr醕tica.
1.2 Copia del formulario de participaci髇 cumplimentado por la organizaci髇 solicitante.
1.3 蚽dice general de contenidos (una p醙ina).
1.4 Resumen ejecutivo (una p醙ina).
1.5 Presentaci髇 de la organizaci髇, incluyendo funciones y actividades, estructura org醤ica y principales servicios prestados y, en su caso, relaci髇 de siglas o acr髇imos utilizados (m醲imo dos p醙inas).
1.6 Cuerpo del documento descriptivo de la pr醕tica desarrollada ordenando sus ep韌rafes seg鷑 los criterios que figuran en el anexo 3.3, m醲imo 25 p醙inas. La totalidad del documento no deber superar las 30 p醙inas, adem醩 de la portada. No se tendr醤 en cuenta a la hora de su evaluaci髇 las p醙inas que excedan de las indicadas para este apartado.
1.7 Las memorias que no se ajusten a los ep韌rafes y contenido de los criterios de evaluaci髇 que figuran en el anexo 2.3 podr醤 ser excluidas del proceso de evaluaci髇.
2. Configuraci髇.
La memoria se confeccionar en soporte electr髇ico. El soporte electr髇ico contendr la Memoria en archivo .doc, .docx (玀icrosoft Word) o .pdf (獳crobat).
A fin de evitar problemas de distorsi髇, todos los gr醘icos que se incluyan en la memoria deber醤 estar correctamente insertados en las p醙inas del archivo de 玀icrosoft Word.
3. Presentaci髇 y soporte.
La memoria se enviar a trav閟 del correo electr髇ico calidad.premios@aeval.es a la Agencia Estatal de Evaluaci髇 de las Pol韙icas P鷅licas y la Calidad de los Servicios. Si la solicitud se hubiese presentado por subsede electr髇ica, la Memoria se presentar por el mismo cauce.Si existieran limitaciones para su env韔 o recepci髇, se remitir醤 a AEVAL (calle Sor 羘gela de la Cruz, n鷐. 9-2. planta; 28020 Madrid) en soporte electr髇ico (CD, DVD o memoria USB), o a trav閟 de sistemas de intercambio de archivos autorizados por el MINHAP, en los formatos .doc, .docx (玀icrosoft Word) o .pdf (獳crobat).
4. Elementos de apoyo.
Para facilitar la redacci髇 de la Memoria, AEVAL proporcionar a los candidatos la 獶ocumentaci髇 de apoyo para la elaboraci髇 de la Memoria de presentaci髇 al Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016, que estar disponible en la p醙ina Web de la Agencia, en la direcci髇 de Internet www.aeval.es.
ANEXO 3.3
Criterios para la valoraci髇 de candidaturas al Premio a la Innovaci髇 en la Gesti髇 2016
La evaluaci髇 de las candidaturas del Premio a Innovaci髇 en la Gesti髇 2016 se realizar teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la memoria, destinadas a exponer iniciativas innovadoras que se traduzcan en m閠odos de gesti髇 nuevos o mejorados t閏nica u organizativamente en comparaci髇 con los existentes; funciones de apoyo a los procesos de la organizaci髇 destinados a proveer de servicios internos o a los ciudadanos; sistemas innovadores destinados al aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los empleados para la mejora de los servicios o procesos internos; nuevos m閠odos destinados a redise馻r o innovar en la planificaci髇 e implantaci髇 de procesos, o bien programas de cooperaci髇 o colaboraci髇 con otras organizaciones para evitar duplicidades o mejorar la eficiencia de las organizaciones.
Para la valoraci髇 de dichas evidencias se tomar醤 en consideraci髇 los siguientes criterios de evaluaci髇:
- 1. Creatividad y conocimiento: Aplicaci髇 de la creatividad y el conocimiento de las personas de la organizaci髇 a la definici髇 e implantaci髇 de procesos internos de car醕ter novedoso o sustantivamente mejorado respecto de los existentes.
- 2. Impacto en la Administraci髇: Efectos de la pr醕tica innovadora en los procesos de la organizaci髇 o en otras organizaciones p鷅licas, en las pol韙icas o programas p鷅licos en que se inscribe y en los planes, programas y resultados clave de la organizaci髇.
- 3. Transferibilidad y difusi髇: Capacidad de la pr醕tica innovadora de ser aplicada o adaptada y compartida con otras organizaciones. Acciones de benchmarking. Organizaciones que han reproducido la pr醕tica.
- 4. Eficacia: Grado de consecuci髇 de los objetivos perseguidos con la pr醕tica innovadora.
- 5. Eficiencia: Aprendizaje destinado a la optimizaci髇 de procesos y recursos financieros, tecnol骻icos, materiales, etc. Coste beneficio/efectividad de la pr醕tica.
- 6. Complejidad: Complejidad y magnitud del problema y de la pr醕tica implantada para solucionarlo en aspectos t閏nicos, involucraci髇 de las distintas 醨eas o unidades de la organizaci髇.
- 7. Sostenibilidad: Nivel de consolidaci髇 o institucionalizaci髇 de la pr醕tica innovadora en t閞minos temporales, presupuestarios y de mantenimiento frente a cambios del entorno organizativo, institucional o pol韙ico.