Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales. | |
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Jueces tendrán en sus respectivos órganos jurisdiccionales la dirección e inspección de todos los servicios y asuntos, adoptarán las resoluciones que la buena marcha de la Administración de Justicia aconseje, darán cuenta a los Presidentes de los respectivos Tribunales y Audiencias de las anomalías o faltas que observen y ejercerán las funciones disciplinarias que les atribuye la ley sobre el personal adscrito al servicio del Juzgado correspondiente y las que les reconozcan las leyes procesales sobre el resto de profesionales que se relacionen con el Juzgado.
2. A sus actos les son de aplicación las mismas disposiciones establecidas en este Reglamento para los Jueces Decanos.
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Reglamento número |
Título |
Fecha de |
Modificaciones |
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Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. |
22-4-1986. |
Artículo 118: El Reglamento 1/98, de tramitación de quejas y denuncias, adiciona un nuevo artículo 122 bis. Artículos 121, 140: Afectados por Ley Orgánica 16/1994, que da una nueva redacción al articulo 146 de la Ley Orgánica 6/1985. |
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Acuerdo por el que se ordena la publicación de los Reglamentos de la Carrera Judicial (1/95), de la Escuela Judicial (2/95), de los Jueces de Paz (3/95), de los Órganos de Gobierno de Tribunales (4/95), y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales (5/95). |
7-6-1995 |
Modificado por sucesivos Acuerdos de 20-12-95 ("BOE" de 28-12-95) y 20-3-1996 ("BOE" de 28-3-96) en el particular relativo a la entrada en vigor del Reglamento 5/1995. |
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Reglamento de la Carrera Judicial. |
7-6-1995 |
Titulo VIII (artículos 170 a 173) modificado por Acuerdo del Pleno de 10-12-97 ("BOE" de 29-12-97). |
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Reglamento de la Escuela Judicial. |
7-6-1995 |
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Reglamento de los Jueces de Paz. |
7-6-1995 |
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Reglamento de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales. |
7-6-1995 |
Por Acuerdo del Pleno de 18-6-97 ("BOE" de 2-7-97) se adiciona un nuevo capítulo al Título Primero (Capitulo I-Bis, que se integra por el artículo 5 bis). |
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1/1997 |
Reglamento del Centro de Documentación Judicial. |
7-5-1997 |
Por Acuerdo del Pleno de 18 de junio de 1997("BOE" de 23-5-97) se aprueba la instrucción sobre remisión de sentencias judiciales al CGPJ para su recopilación y tratamiento por parte del Centro de Documentación Judicial. |
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1/1998 |
Reglamento de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales. |
2-12-1998 |
La disposición adicional única del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 14 de abril de 1999 por el que se adiciona el Titulo VII del Reglamento 5/1995, dispone la aplicación de esta norma reglamentaria al Reglamento de Tramitación de Quejas y Denuncias, especialmente en los aspectos referidos a las competencias para la creación de Servicios Comunes. |
Véanse, además, las disposiciones derogatorias del Acuerdo de 7 de Junio de 1995 (Boletín Oficial del Estado de 13 de julio de 1995)
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