Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Chile, hechos ambos en Madrid el 28 de enero de 1997. | |
Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Chile.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 39, letra a), del Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de España, celebrado el 28 de enero de 1997, las Autoridades Competentes, por la República de Chile, el Ministro de Trabajo y Previsión Social, y por el Reino de España, el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, han acordado las siguientes disposiciones:
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