Base de Datos de Legislación

Enmiendas a los Anexos 2 y 3 y a la Tabla 1 del Acuerdo sobre la Conservación de las Aves Acuáticas Migratorias Afro-euroasiáticas (AEWA), publicado en el "Boletín Oficial del Estado" nº 296 de 11 de diciembre de 2001, adoptadas el 19 de septiembre de 2008, mediante Resolución 4.11.


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ANEXO 2(1)
ESPECIES DE AVES ACUÁTICAS A LAS QUE SE APLICA EL PRESENTE ACUERDO.

SPHENISCIDAE: 
Spheniscus demersusPingüino del Cabo
GAVIIDAE: 
Gavia stellataColimbo chico
Gavia arcticaColimbo ártico
Gavia immerColimbo grande
Gavia adamsiiColimbo de Adams
PODICIPEDIDAE: 
Tachybaptus ruficollisZampullín común
Podiceps cristatusSomormujo lavanco
Podiceps grisegenaSomormujo cuellirrojo
Podiceps auritusZampullín cuellirrojo
Podiceps nigricollisZampullín cuellinegro
PHAETHONDIDAE: 
Phaethon aetherasRabijunco etéreo
Phaethon rubricaudaRabijunco colirrojo
Phaethon lepturusRabijunco menor
PELECANIDAE: 
Pelecanus onocrotalusPelícano común
Pelecanus rufescensPelícano rosado
Pelecanus crispusPelícano ceñudo
SULIDAE: 
Sula (Morus) bassanaAlcatraz atlántico
Sula (Morus) capensisAlcatraz del Cabo
Sula dactylatraPiquero enmascarado
PHALACROCORACIDAE: 
Phalacrocorax coronatusCormorán coronado
Phalacrocorax pygmaeusCormorán pigmeo
Phalacrocorax neglectusCormorán de Bajío
Phalacrocorax carboCormorán grande
Phalacrocorax nigrogularisCormorán de Socotora
Phalacrocorax capensisCormorán del Cabo
FREGATIDAE: 
Fregata minorRabihorcado grande
Fregata arielRabihorcado chico
ARDEIDAE: 
Egretta ardesiacaGarceta azabache
Egretta vinaceigulaGarceta gorgirroja
Egretta garzettaGarceta común
Egretta gularisGarceta costera occidental
Egretta dimorphaGarceta dimorfa
Ardea cinereaGarza real
Ardea melanocephalaGarza cabecinegra
Ardea purpureaGarza imperial
Casmerodius albusGarceta grande
Mesophoyx intermediaGarceta intermedia
Bubulcus ibisGarcilla bueyera
Ardeola ralloidesGarcilla cangrejera
Ardeola idaeGarcilla malgache
Ardeola rufiventrisGarcilla ventrirroja
Nycticorax nycticoraxMartinete común
Ixobrychus minutusAvetorillo común
Ixobrychus sturmiiAvetorillo plomizo
Botaurus stellarisAvetoro común
CICONIIDAE: 
Mycteria ibisTántalo africano
Anastomus lamelligerusPicotenaza africano
Ciconia nigraCigüeña negra
Ciconia abdimiiCigüeña de Abdim
Ciconia episcopusCigüeña lanuda
Ciconia ciconiaCigüeña blanca
Leptoptilos crumeniferusMarabú africano
BALAENICIPITIDAE: 
Balaeniceps rePicozapato
THRESKIORNITHIDAE: 
Plegadis falcinellusMorito común
Geronticus eremitaIbis eremita
Threskiornis aethiopicusIbis sagrado
Platalea leucorodiaEspátula común
Platalea albaEspátula africana
PHOENICOPTERIDAE: 
Phoenicopterus ruberFlamenco común
Phoenicopterus minorFlamenco enano
ANATIDAE: 
Dendrocygna bicolorSuirirí bicolor
Dendrocygna viduataSuirirí cariblanco
Thalassornis leuconotusPato dorsiblanco
Oxyura leucocephalaMalvasía cabeciblanca
Oxyura maccoaMalvasía maccoa
Cygnus olorCisne vulgar
Cygnus cygnusCisne cantor
Cygnus columbianusCisne chico
Anser brachyrhynchusAnsar piquicorto
Anser fabalisAnsar campestre
Anser albifronsAnsar careto
Anser erythropusAnsar chico
Anser anserAnsar común
Branta leucopsisBarnacla cariblanca
Branta berniclaBarnacla carinegra
Branta ruficollisBarnacla cuelliroja
Alopochen aegyptiacusGanso del Nilo
Tadorna ferrugineaTarro canelo
Tadorna canaTarro sudafricano
Tadorna tadornaTarro blanco
Plectropterus gambensisGanso espolonado
Sarkidiornis melanotosPato crestudo
Nettapus auritusGansito africano
Anas penelopeSilbón europeo
Anas streperaAnade friso
Anas creccaCerceta común
Anas capensisCerceta del Cabo
Anas platyrhynchosAnade azulón
Anas undulataAnade picolimón
Anas acutaAnade rabudo
Anas erythrorhynchaAnade piquirrojo
Anas hottentotaCerceta hotentote
Anas querquedulaCerceta carretona
Anas clypeataCuchara común
Marmaronetta angustirostrisCerceta pardilla
Netta rufinaPato colorado
Netta erythrophthalmaPato morado
Aythya ferinaPorrón europeo
Aythya nyrocaPorrón pardo
Aythya fuligulaPorrón moñudo
Aythya marilaPorrón bastardo
Somateria mollissimaEider común
Somateria spectabilisEider real
Polysticta stelleriEider chico
Clangula hyemalisPato havelda
Melanitta nigraNegrón común
Melanitta fuscaNegrón especulado
Bucephala clangulaPorrón osculado
Mergus albellusSerreta chica
Mergus serratorSerreta mediana
Mergus merganserSerreta grande
GRUIDAE: 
Balearica pavoninaGrulla coronada cuellinegra
Balearica regulorumGrulla coronada cuelligrís
Grus leucogeranusGrulla siberiana
Grus virgoGrulla damisela
Grus paradiseaGrulla del paraíso
Grus carunculatusGrulla carunculada
Grus grusGrulla común
RALLIDAE: 
Sarothrura elegansPolluela elegante
Sarothrura boehmiPolluela de Bohem
Sarothrura ayresiPolluela especulada
Rallus aquaticusRascón europeo
Rallus caerulescensRascón cafre
Crecopsis egregiaGuión africano
Crex crexGuión de codornices
Amaurornis flavirostrisPolluela negra africana
Porzana parvaPolluela bastarda
Porzana pusillaPolluela chica
Porzana porzanaPolluela pintoja
Aenigmatolimnas marginalisPolluela culirroja
Porphyrio alleniCalamoncillo africano
Gallinula chloropusGallineta común
Gallinula angulataGallineta chica
Fulica cristataFocha moruna
Fulica atraFocha común
DROMADIDAE: 
Dromas ardeolaDromas
HAEMATOPODIDAE 
Haematopus ostralegusOstrero euroasiático
Haematopus moquiniOstrero negro africano
RECURVIROSTRIDAE: 
Himantopus himantopusCigüeñela común
Recurvirostra avosettaAvoceta común
BURHINIDAE: 
Burhinus senegalensisAlcaraván senegalés
GLAREOLIDAE: 
Pluvianus aegyptiusPluvial
Glareola pratincolaCanastera común
Glareola nordmanniCanastera alinegra
Glareola ocularisCanastera malgache
Glareola nuchalisCanastera sombría
Glareola cinereaCanastera gris
CHARADRIIDAE: 
Pluvialis apricariaChorlito dorado europeo
Pluvialis fulvaChorlito dorado siberiano
Pluvialis squatarolaChorlito gris
Charadrius hiaticulaChorlitejo grande
Charadrius dubiusChorlitejo chico
Charadrius pecuariusChorlitejo pecuario
Charadrius tricollarisChorlitejo tricollar
Charadrius forbesiChorlitejo de Forbes
Charadrius pallidusChorlitejo pálido
Charadrius alexandrinusChorlitejo patinegro
Charadrius marginatusChorlitejo frentiblanco
Charadrius mongolusChorlitejo mongol chico
Charadrius leschenaultiiChorlitejo mongol grande
Charadrius asiaticusChorlito asiático chico
Eudromias morinellusChorlito carambolo
Vanellus vanellusAvefría europea
Vanellus spinosusAvefría espinosa
Vanellus albicepsAvefría coroniblanca
Vanellus senegallusAvefría senegalesa
Vanellus lugubrisAvefría lúgubre
Vanellus melanopterusAvefría lugubroide
Vanellus coronatusAvefría coronada
Vanellus superciliosusAvefría pechirrufa
Vanellus gregariusAvefría sociable
Vanellus leucurusAvefría coliblanca
SCOLOPACIDAE: 
Scolopax rusticolaChocha perdiz
Gallinago stenuraAgachadiza colirrara
Gallinago mediaAgachadiza real
Gallinago gallinagoAgachadiza común
Lymnocryptes minimusAgachadiza chica
Limosa limosaAguja colinegra
Limosa lapponicaAguja colipinta
Numenius phaeopusZarapito trinador
Numenius tenuirostrisZarapito fino
Numenius arquataZarapito real
Tringa erythropusArchibebe oscuro
Tringa totanusArchibebe común
Tringa stagnatilisArchibebe fino
Tringa nebulariaArchibebe claro
Tringa ochropusAndarrios grande
Tringa glareolaAndarrios bastardo
Tringa cinereaAndarrios del Terek
Tringa hypoleucosAndarrios chico
Arenaria interpresVuelvepiedras común
Calidris tenuirostrisCorrelimos grande
Calidris canutusCorrelimos gordo
Calidris albaCorrelimos tridáctilo
Calidris minutaCorrelimos menudo
Calidris temminckiiCorrelimos de Temminck
Calidris maritimaCorrelimos oscuro
Calidris alpinaCorrelimos común
Calidris ferrugineaCorrelimos zarapitín
Limicola falcinellusCorrelimos falcinelo
Philomachus pugnaxCombatiente
Phalaropus lobatusFaloropo picofino
Phalaropus fulicariaFaloropo picogrueso
STERCORARIIDAE: 
Catharacta skuaPágalo grande
Stercorarius longicaudusPágalo rabero
LARIDAE: 
Larus leucopthalmusGaviota ojiblanca
Larus hemprichiiGaviota cejiblanca
Larus canusGaviota cana
Larus audouiniiGaviota de Audouin
Larus marinusGavión atlántico
Larus domincanusGaviota cocinera
Larus hyperboreusGavión hiperbóreo
Larus glaucoidesGaviota groenlandesa
Larus argentatusGaviota argéntea
Larus heugliniGaviota encapuchada
Larus armenicusGaviota armenia
Larus cachinnansGaviota patiamarilla
Larus fuscusGaviota sombría
Larus ichthyaetusGavión cabecinegro
Larus cirrocephalusGaviota cabecigris
Larus hartlaubiiGaviota plateada surafricana
Larus ridibundusGaviota reidora
Larus geneiGaviota picofina
Larus melanocephalusGaviota cabecinegra
Larus minutusGaviota enana
Xema sabiniGaviota de Sabine
Rissa tridactylaGaviota tridáctila
STERNIDAE: 
Sterna niloticaPagaza piconegra
Sterna caspiaPagaza piquirroja
Sterna maximaCharrán real
Sterna bengalensisCharrán bengalí
Sterna bergiiCharrán piquigualdo
Sterna sandvicensisCharrán patinegro
Sterna dougalliiCharrán rosado
Sterna vittataCharrán antártico
Sterna hirundoCharrán común
Sterna paradisaeaCharrán ártico
Sterna albifronsCharrancito común
Sterna saundersiCharrancito de Saunders
Sterna balaenarumCharrancito de Damara
Sterna repressaCharrán arábigo
Sterna anaethetusCharrán embridado
Sterna fuscataCharrán sombrío
Chlidonias hybridusFumarel cariblanco
Chlidonias leucopterusFumarel aliblanco
Chlidonias nigerFumarel común
Anous stolidusTiñosa boba
Anous tenuirostrisTiñosa picofina
RYNCHOPIDAE: 
Rynchops flavirostrisRayador africano
ALCIDAE: 
Alle alleMérgulo atlántico
Uria aalgeArao común
Uria lomviaArao de Brünnich
Alca tordaAlca común
Cepphus grylleArao aliblanco
Fratercula arcticaFrailecillo atlántico

(1) Versión adoptada en la cuarta sesión de la Reunión de las Partes Contratantes, celebrada los días 15 a 19 de septiembre de 2008 en Antananarivo, Madagascar.

ANEXO 3(2)
PLAN DE ACCIÓN.

1. Ámbito de aplicación

1.1 El Plan de Acción se aplicará a las poblaciones de aves acuáticas migratorias enumeradas en la Tabla 1 del presente Anexo (en lo sucesivo denominada Tabla 1).

1.2 La Tabla 1 forma parte integrante del presente Anexo. Cualquier referencia al presente Plan de Acción implicará la referencia a la Tabla 1.

2. Conservación de especies

2.1 Medidas legales

2.1.1 Las Partes con poblaciones enumeradas en la Columna A de la Tabla 1 del presente Plan de Acción proporcionarán protección a las poblaciones enumeradas de conformidad con el artículo III, apartado 2.a, del Acuerdo. Dichas Partes, en particular y con sujeción al apartado 2.1.3 infra:

  1. prohibirán la captura de aves y huevos de las poblaciones que se encuentren en su territorio;

  2. prohibirán la perturbación deliberada, en la medida en que la misma tenga repercusiones significativas para la conservación de la población de que se trate; y

  3. prohibirán la posesión, utilización o comercialización de aves y huevos de dichas poblaciones, que hayan sido capturados contraviniendo las prohibiciones establecidas de conformidad con la letra a) supra, así como la posesión, utilización y comercialización de partes o derivados fácilmente reconocibles de dichas aves y de sus huevos.

A modo de excepción exclusivamente respecto de las poblaciones enumeradas en las Categorías 2 y 3 de la columna A que están señaladas con un asterisco, podrá proseguirse la caza sobre una base sostenible, en aquellos lugares en los que la caza de dichas poblaciones constituya una práctica cultural tradicional. Este uso sostenible se realizará en el marco de disposiciones especiales dentro de un plan de acción para especies determinadas a un nivel internacional pertinente.

2.1.2 Las Partes con poblaciones enumeradas en la Tabla 1 regularán la captura de aves y huevos de todas las poblaciones enumeradas en la Columna B de la Tabla 1. El objeto de estas medidas legales será el de mantener o contribuir a la restauración de dichas poblaciones a un estado de conservación favorable, y el de garantizar, sobre la base de los conocimientos más avanzados disponibles en materia de dinámica de las poblaciones, el carácter sostenible de cualquier captura u otro uso de dichas aves o de sus huevos. Estas medidas legales, en particular y con sujeción al apartado 2.1.3 infra:

  1. prohibirán la captura de aves que pertenezcan a las poblaciones de que se trate durante las distintas fases de su reproducción y cría y durante su regreso a sus lugares de reproducción, si la captura tiene repercusiones desfavorables sobre el estado de conservación de la población en cuestión;

  2. regularán las modalidades de captura;

  3. impondrán límites a la captura, en su caso, y establecerán los controles adecuados para garantizar que se respeten dichos límites; y

  4. prohibirán la posesión, utilización o comercialización de aves y huevos de las poblaciones, cuando se hayan capturado contraviniendo cualquier prohibición establecida de conformidad con las disposiciones del presente apartado, así como la posesión, utilización o comercialización de cualesquiera partes o productos fácilmente identificables como procedentes de dichas aves y de sus huevos.

2.1.3 Las Partes podrán hacer excepciones a las prohibiciones establecidas en los apartados 2.1.1 y 2.1.2, con independencia de lo dispuesto en el artículo III, apartado 5, de la Convención, siempre que no exista otra solución satisfactoria, para los fines siguientes:

  1. impedir daños graves para los cultivos, el agua y la pesca;

  2. en interés de la seguridad aérea u otros intereses públicos de carácter primordial;

  3. a los fines de investigación y formación y de reintroducción, y para la cría necesaria a tal efecto;

  4. para permitir, en condiciones estrictamente supervisadas, de forma selectiva y en medida limitada, la captura y conservación u otra utilización razonable de determinadas aves en números reducidos; y

  5. para impulsar la propagación o supervivencia de las poblaciones de que se trate.

Estas excepciones tendrán un contenido preciso y estarán limitadas en el espacio y en el tiempo, y no redundarán en detrimento de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Las Partes informarán lo antes posible a la Secretaría del Acuerdo de cualesquiera excepciones establecidas al amparo de la presente disposición.

2.2 Planes de acción para especies determinadas

2.2.1 Las Partes cooperarán con vistas a elaborar y aplicar planes de acción internacionales para especies determinadas respecto de las poblaciones enumeradas en la Categoría 1 de la Columna A de la Tabla 1, con carácter prioritario, y respecto de las poblaciones señaladas con un asterisco en la Columna A de la Tabla 1. La Secretaría del Acuerdo coordinará la elaboración, armonización y aplicación de dichos planes.

2.2.2 Las Partes elaborarán y aplicarán planes de acción nacionales para especies determinadas respecto de las poblaciones enumeradas en la Columna A de la Tabla 1, con vistas a mejorar su estado general de conservación. Esos planes de acción incluirán disposiciones especiales para las poblaciones señaladas con un asterisco. En su caso, deberá examinarse el problema de la muerte accidental de aves por cazadores como consecuencia de una incorrecta identificación de las especies.

2.3 Medidas de emergencia

Las Partes, en estrecha cooperación recíproca siempre que sea posible y pertinente, elaborarán y aplicarán medidas de emergencia destinadas a las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, cuando se produzcan condiciones excepcionalmente desfavorables o peligrosas en cualquier punto comprendido en la zona del Acuerdo.

2.4 Reintroducciones

Las Partes harán gala del mayor cuidado posible a la hora de restablecer las poblaciones enumeradas en la Tabla 1 en partes de su área de distribución tradicional en las que hayan dejado de existir. Las Partes se esforzarán por elaborar y someter a seguimiento un plan detallado de reintroducción basado en estudios científicos adecuados. Los planes de reintroducción deberán ser parte integrante de planes de acción nacionales y, en su caso, internacionales, para determinadas especies. Cualquier plan de reintroducción deberá incluir una valoración del impacto medioambiental y deberá tener una amplia difusión. Las Partes informarán a la Secretaría del Acuerdo, por adelantado, de todos los programas de reintroducción para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

2.5 Introducciones

2.5.1 Las Partes, si lo consideran necesario, prohibirán la introducción de especies no autóctonas de animales y plantas que puedan ser perjudiciales para las poblaciones de aves acuáticas migratorias enumeradas en la Tabla 1.

2.5.2 Las Partes, si lo consideran necesario, exigirán que se adopten las precauciones adecuadas para impedir la huida accidental de aves cautivas pertenecientes a especies no autóctonas.

2.5.3 Las Partes adoptarán medidas, en la medida en que sea posible y adecuado, incluida la captura, para garantizar que, en los casos en que ya se hayan introducido en su territorio especies no autóctonas o híbridos de las mismas, dichas especies o sus híbridos no supongan una amenaza potencial para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

3. Conservación del hábitat

3.1 Inventarios de hábitats

3.1.1 Las Partes, en coordinación, cuando proceda, con organizaciones internacionales competentes, realizarán y publicarán inventarios nacionales de los hábitats situados dentro de su territorio que sean importantes para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

3.1.2 Las Partes se esforzarán, con carácter prioritario, por identificar todos los lugares de importancia nacional o internacional para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

3.2 Conservación de zonas

3.2.1 Las Partes se esforzarán por seguir estableciendo zonas protegidas para la conservación de hábitats que sean importantes para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, y por elaborar y aplicar planes de gestión para dichas áreas.

3.2.2 Las Partes se esforzarán por otorgar especial protección a los humedales que cumplan los criterios de importancia internacional universalmente aceptados.

3.2.3 Las Partes se esforzarán por llevar a cabo una utilización prudente y sostenible de todos los humedales que se encuentren en su territorio. En particular, harán lo posible por evitar la degradación y la pérdida de hábitats que sirvan de sostén a las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, mediante la adopción de normas, principios y medidas de control adecuadas. En especial, se esforzarán por:

  1. garantizar el establecimiento de los pertinentes controles legales en relación con el uso de sustancias químicas agrícolas, los procedimientos de lucha contra las plagas y la eliminación de aguas residuales, que sean conformes con la normativa internacional, con vistas a minimizar el impacto negativo de dichos usos en las poblaciones enumeradas en la Tabla 1; y

  2. elaborar y distribuir material informativo, en las lenguas pertinentes, en el que se expongan dichas normas, principios y medidas de control vigentes y sus beneficios para la población y para la vida silvestre.

3.2.4 Las Partes se esforzarán por desarrollar estrategias basadas en los ecosistemas, para la conservación de los hábitats de todas las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, incluidos los hábitats de las poblaciones que se hallen dispersas.

3.3 Rehabilitación y restauración

Las Partes se esforzarán por rehabilitar o restaurar, cuando sea viable y adecuado, las zonas que anteriormente eran importantes para las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

4. Ordenación de las actividades humanas

4.1 Caza

4.1.1 Las Partes cooperarán para garantizar que en su legislación en materia de caza se aplique el principio de utilización sostenible previsto en el presente Plan de Acción, teniendo en cuenta el área de distribución geográfica global de las poblaciones de aves acuáticas de que se trate, así como las características de sus ciclos biológicos.

4.1.2 Las Partes mantendrán informada a la Secretaría del Acuerdo de su legislación relativa a la caza de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

4.1.3 Las Partes cooperarán con vistas a desarrollar un sistema fiable y armónico para la recogida de datos en materia de capturas, con el fin de evaluar la captura anual de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Las Partes proporcionarán a la Secretaría del Acuerdo, cuando dispongan de ellas, las estimaciones relativas a la captura anual total de cada población.

4.1.4 Las Partes se esforzarán por eliminar la utilización de proyectiles de granalla de plomo para la caza en los humedales a la mayor brevedad, conforme a calendarios que harán públicos y que se impondrán.

4.1.5 Las Partes elaborarán y aplicarán medidas tendentes a reducir, y en la medida de lo posible eliminar, la utilización de cebos envenenados.

4.1.6 Las Partes elaborarán y aplicarán medidas para reducir, y en la medida de lo posible eliminar, las capturas ilegales.

4.1.7 En su caso, las Partes alentarán a los cazadores, a niveles local, nacional e internacional, para que constituyan sus propias asociaciones u organizaciones, para coordinar sus actividades y aplicar el concepto de uso sostenible.

4.1.8 Las Partes promoverán, en su caso, la exigencia de una prueba de capacitación para cazadores, incluida, entre otras cosas, la identificación de aves.

4.2 Ecoturismo

4.2.1 Las Partes promoverán, cuando sea pertinente pero no en el caso de áreas clave en zonas protegidas, la elaboración de programas de cooperación entre todos los interesados con vistas a desarrollar un ecoturismo adecuado y consciente en los humedales que acojan concentraciones de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

4.2.2 Las Partes, en cooperación con organizaciones internacionales competentes, se esforzarán por evaluar los costes, beneficios y otras consecuencias que puedan resultar del ecoturismo en humedales seleccionados con concentraciones de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Los resultados de dichas evaluaciones se comunicarán a la Secretaría del Acuerdo.

4.3 Otras actividades humanas

4.3.1 Las Partes evaluarán el impacto de los proyectos que puedan provocar conflictos entre las poblaciones enumeradas en la Tabla 1 y que se encuentren en las zonas a que se hace referencia en el apartado 3.2, por un lado, y los intereses humanos, por otro lado, y harán públicos los resultados de dicha evaluación.

4.3.2 Las Partes se esforzarán por recoger información sobre los daños, en particular a los cultivos y a la pesca, causados por las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, e informarán de los resultados a la Secretaría del Acuerdo.

4.3.3 Las Partes cooperarán con vistas a identificar técnicas adecuadas que minimicen los daños, o atenúen los efectos de los daños, en particular a los cultivos y a la pesca, causados por las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, aprovechando la experiencia obtenida en otros lugares del mundo.

4.3.4 Las Partes cooperarán con vistas a elaborar planes de acción para especies determinadas respecto de poblaciones que causen daños graves, en particular a los cultivos y a la pesca. La Secretaría del Acuerdo coordinará la elaboración y armonización de dichos planes.

4.3.5 Las Partes promoverán, en la medida de lo posible, principios medioambientales exigentes en la planificación y construcción de estructuras, con objeto de minimizar su impacto sobre las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Las Partes deberán estudiar medidas que minimicen el impacto de las estructuras ya existentes, cuando se ponga de manifiesto que tienen un impacto negativo sobre las poblaciones de que se trate.

4.3.6 En los casos en que cualquier perturbación de origen humano amenace el estado de conservación de las poblaciones de aves acuáticas enumeradas en la Tabla 1, las Partes se esforzarán por adoptar medidas que limiten la magnitud de dicha amenaza. Se deberá prestar especial atención a los trastornos causados por la actividad humana en los lugares de reproducción de las colonias de aves acuáticas que anidan colectivamente, en particular cuando éstos se encuentran en lugares conocidos por la práctica de actividades recreativas al aire libre. Entre las medidas adecuadas podría figurar el establecimiento de enclaves libres de perturbaciones en zonas protegidas, a los que no se permita el acceso del público.

4.3.7 Se exhorta a las Partes a que tomen las medidas apropiadas, a nivel nacional o en el contexto de los organismos regionales de gestión de pesca (RFMOs) y de las organizaciones internacionales afectadas, para paliar el impacto de la pesca (3) en las aves acuáticas migratorias, y cuando proceda, las Partes cooperarán dentro de dichos foros a reducir la mortalidad en las zonas situadas en la jurisdicción nacional y más allá de ella. En particular, se tomarán medidas adecuadas relativas a la muerte y captura accidentales en los equipos de pesca, incluida la pesca con redes de enmalle, con palangre y de arrastre.

4.3.8 Se exhorta también a las Partes a que tomen las medidas a nivel nacional o en el contexto de los organismos regionales de gestión de pesca (RFMOs) y de las organizaciones internacionales afectadas, para paliar el impacto de la pesca en las aves acuáticas migratorias producido en particular por la pesca no sostenible que implica una disminución de los recursos alimentarios para las aves acuáticas migratorias.

4.3.9 Las Partes tomarán o reforzarán las medidas normativas adecuadas para controlar la contaminación, conformes con toda norma internacionalmente aceptada y con los acuerdos jurídicos, en particular en cuanto a las mareas negras, la descarga e inmersión de residuos, para paliar su impacto en las poblaciones que figuran en la Tabla 1.

4.3.10 Las Partes adoptarán medidas apropiadas, a ser posible para eliminar, pero al menos para atenuar la amenaza que suponen los depredadores terrestres no autóctonos para las aves acuáticas migratorias que se reproducen en islas e islotes. Dichas medidas deberían referirse a planes de emergencia para prevenir plagas, respuestas de emergencia para eliminar depredadores introducidos y programas de restauración para las islas en que ya se han instalado los depredadores.

4.3.11 Se exhorta a las Partes a tomar las medidas apropiadas para luchar contra la amenaza que supone la acuicultura para las aves acuáticas migratorias, incluidos estudios de impacto medioambiental relativos a los desarrollos que supongan una amenaza importante para las aves acuáticas, en particular cuando se trata de nuevas instalaciones o de ampliación de instalaciones existentes, y que impliquen cuestiones como la contaminación (p. ej.: los residuos de tratamientos farmacéuticos utilizados en acuicultura o la eutrofización), la pérdida del hábitat, los riesgos de enganche y la introducción de especies no autóctonas y potencialmente invasivas.

(3) pesca abarca la acuicultura y se refiere bien a los peces marinos, bien a los peces de agua dulce, crustáceos y moluscos (p. ej.: bivalvos, gasterópodos y cefalópodos).

5. Investigación y seguimiento continuado

5.1 Las Partes se esforzarán por llevar a cabo trabajos de campo en zonas poco conocidas, que podrían acoger grandes concentraciones de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Se dará la máxima difusión a los resultados de dichas investigaciones.

5.2 Las Partes se esforzarán por realizar con regularidad el seguimiento de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1. Los resultados de dicho seguimiento serán publicados o enviados a las organizaciones internacionales pertinentes, con el fin de permitir el análisis del estado y las tendencias de la población.

5.3 Las Partes cooperarán para mejorar la evaluación de las tendencias de las poblaciones de aves, como criterio para describir el estado de dichas poblaciones.

5.4 Las Partes cooperarán con vistas a determinar los itinerarios de migración de todas las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, utilizando los conocimientos disponibles sobre distribuciones y resultados de los censos en las temporadas de reproducción y fuera de esas temporadas, y participando en programas coordinados de anillamiento.

5.5 Las Partes se esforzarán por emprender y apoyar proyectos de investigación conjuntos sobre la ecología y la dinámica de población de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1 y sus hábitats, con el fin de determinar sus necesidades concretas y las técnicas más adecuadas para su conservación y gestión.

5.6 Las Partes se esforzarán por llevar a cabo estudios sobre los efectos de la pérdida y degradación de los humedales, así como sobre la perturbación de la capacidad de acogida de los humedales utilizados por las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, y sobre las pautas migratorias de dichas poblaciones.

5.7 Las Partes se esforzarán por llevar a cabo estudios sobre el impacto de la caza y del comercio en las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, y sobre la importancia de estas formas de utilización para la economía local y nacional.

5.8 Las Partes se esforzarán por cooperar con las organizaciones internacionales pertinentes y por apoyar proyectos de investigación y seguimiento continuado.

6. Educación e información

6.1 Las Partes, cuando sea necesario, organizarán programas de formación para garantizar que el personal responsable de la aplicación del presente Plan de Acción posea los conocimientos adecuados para la eficaz aplicación del mismo.

6.2 Las Partes cooperarán entre ellas y con la Secretaría del Acuerdo con vistas a desarrollar programas de formación y a intercambiar la documentación disponible.

6.3 Las Partes se esforzarán por elaborar programas, documentos y mecanismos informativos con objeto de incrementar el grado de sensibilización del público en general con respecto a los objetivos, disposiciones y contenido del presente Plan de Acción. En este sentido, se prestará especial atención a las personas que habiten dentro o cerca de humedales importantes, a los usuarios de dichos humedales (cazadores, pescadores, turistas, etc.) y a las autoridades locales y otros responsables de la toma de decisiones.

6.4 Las Partes se esforzarán por organizar campañas concretas de sensibilización del público para la conservación de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1.

7. Aplicación

7.1 Al aplicar el presente Plan de Acción, las Partes darán prioridad, cuando proceda, a las poblaciones enumeradas en la Columna A de la Tabla 1.

7.2 Cuando, en el caso de las poblaciones enumeradas en la Tabla 1, se encuentre en el territorio de una Parte más de una población de la misma especie, dicha Parte aplicará las medidas de conservación adecuadas para la población o poblaciones que se encuentren en el estado de conservación más precario.

7.3 La Secretaría del Acuerdo, en coordinación con el Comité Técnico y con la asistencia de expertos de los Estados del área de distribución, coordinará la elaboración de directrices de conservación, de conformidad con el apartado 4 del artículo IV del presente Acuerdo, con objeto de ayudar a las Partes en la aplicación del presente Plan de Acción. La Secretaría del Acuerdo garantizará, siempre que sea posible, la compatibilidad de las directrices con las aprobadas en virtud de otros instrumentos internacionales. Las directrices de conservación tendrán como objeto la introducción del principio de uso sostenible, y abarcarán, entre otras cosas:

  1. planes de acción para especies determinadas;

  2. medidas de emergencia;

  3. la elaboración de inventarios de lugares y de métodos de ordenación del hábitat;

  4. prácticas en materia de caza;

  5. el comercio de aves acuáticas;

  6. el turismo;

  7. medidas de paliación de los daños de los cultivos; y

  8. un protocolo de vigilancia de las aves acuáticas.

7.4 La Secretaría del Acuerdo, en coordinación con el Comité Técnico y con las Partes, elaborará una serie de estudios internacionales necesarios para la aplicación del presente Plan de Acción, en particular sobre:

  1. el estado y las tendencias de las poblaciones;

  2. las lagunas informativas en los trabajos de campo;

  3. las redes de lugares utilizados por cada población, incluidos análisis del nivel de protección de cada lugar, así como de las medidas de gestión adoptadas en cada caso;

  4. la legislación relativa a las especies enumeradas en el Anexo 2 del presente Acuerdo aplicable a la caza y al comercio en cada país;

  5. la fase en que se encuentra la elaboración y aplicación de los planes de acción relativos a especies determinadas;

  6. los proyectos de reintroducción; y

  7. el estado de especies de aves acuáticas no autóctonas introducidas, y de los híbridos de las mismas.

7.5 La Secretaría del Acuerdo se esforzará por garantizar que los estudios mencionados en el apartado 7.4 se actualicen en los siguientes intervalos:

  1. cada sesión de la Reunión de las Partes;

  2. cada segunda sesión de la Reunión de las Partes;

  3. cada segunda sesión de la Reunión de las Partes;

  4. cada tercera sesión de la Reunión de las Partes;

  5. cada segunda sesión de la Reunión de las Partes;

  6. cada tercera sesión de la Reunión de las Partes;

  7. cada segunda sesión de la Reunión de las Partes.

7.6 El Comité Técnico evaluará las directrices y estudios elaborados al amparo de los apartados 7.3 y 7.4, y formulará recomendaciones y resoluciones provisionales relativas a su desarrollo, contenido y aplicación, para su examen en los períodos de sesiones de la Reunión de las Partes.

7.7 La Secretaría del Acuerdo realizará un análisis periódico de los posibles mecanismos para obtener recursos adicionales (fondos y asistencia técnica) con vistas a la aplicación del presente Plan de Acción, y presentará un informe en cada período ordinario de sesiones de la Reunión de las Partes.

(2) Versión adoptada en la cuarta sesión de la Reunión de las Partes Contratantes celebrada los días 15 a 19 de septiembre de 2008 en Antananarivo, Madagascar.

TABLA 1 (A)
Estado de las poblaciones de aves acuáticas migratorias.

LISTA DE COLUMNAS

La siguiente clasificación es la base para la aplicación del Plan de Acción:

Columna A 
Categoría 1:(a) Especies comprendidas en el Apéndice I de la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres;
 (b) Especies clasificadas como amenazadas en la Lista Roja de Animales Amenazados de la UICN, según se refiere en el resumen más reciente de Bird Life International; o
 (c) Poblaciones de menos de 10 000 ejemplares.
Categoría 2:Poblaciones aproximadamente entre 10 000 y 25 000 ejemplares.
Categoría 3:Poblaciones aproximadamente entre 25 000 y 100 000 ejemplares y que se estima que están amenazadas como consecuencia de:
 (a) su concentración en un número reducido de lugares en cualquier fase de su ciclo anual;
 (b) su dependencia de un tipo de hábitat que se encuentre gravemente amenazado;
 (c) registrar una decadencia grave a largo plazo; o
 (d) registrar fluctuaciones extremadas en cuanto al tamaño o tendencias en este sentido de su población.
En relación con las especies enumeradas en las categorías 2 y 3 supra, véase el apartado 2.1.1 del Plan de Acción que figura en el Anexo 3 del Acuerdo.

Columna B 
Categoría 1:Poblaciones, aproximadamente, entre 25.000 y 100.000 ejemplares y que no cumplen las condiciones relativas a la Columna A, expresadas más arriba.
Categoría 2:Poblaciones de más de 100.000 ejemplares y que se consideran dignas de especial atención como consecuencia de:
 (a) su concentración en un número reducido de lugares en cualquier fase de su ciclo anual;
 (b) su dependencia de un tipo de hábitat que se encuentre gravemente amenazado;
 (c) registrar una decadencia grave a largo plazo; o
 (d) registrar grandes fluctuaciones en cuanto al tamaño o tendencias en este sentido de población.

Columna C 
Categoría 1:Poblaciones de más de 100.000 ejemplares, que podrían beneficiarse considerablemente de la cooperación internacional y que no cumplen las condiciones relativas a las Columnas A o B supra.

(A) Tabla 1, Estado de las poblaciones de aves migratorias forma parte del Plan de Acción que figura en el Anexo 3 del Acuerdo.

REVISIÓN DE LA TABLA 1

Esta Tabla:

  1. será revisada periódicamente por el Comité Técnico de conformidad con el apartado 3 (b) del artículo VII del presente Acuerdo; y

  2. será modificada cuando sea pertinente por la Reunión de las Partes, de conformidad con el apartado 9 (d) del artículo VI del presente Acuerdo, a la luz de las conclusiones que se desprendan de dicha revisión.

DEFINICIÓN DE LOS TÉRMINOS GEOGRÁFICOS UTILIZADOS EN LA DESCRIPCIÓN DE LAS ÁREAS DE DISTRIBUCIÓN (*)

África del NorteArgelia, Egipto, Jamahiriya Árabe Libia, Marruecos, Túnez.
África OccidentalBenin, Burkina Faso, Camerún, Cabo Verde, Costa de Marfil, Gambia, Ghana, Guinea, Ginea-Bissau, Liberia, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Chad, Togo.
África OrientalBurundi, Yibuti, Eritrea, Etiopía, Kenia, Uganda, Ruanda, Somalia, Sudán, Tanzania (República Unida de).
NO de ÁfricaMarruecos, Argelia y Túnez.
NE de ÁfricaYibuti, Egipto, Eritrea, Etiopía, Somalia, Sudán.
África AustralSudáfrica, Angola, Botswana, Lesotho, Malawi, Mozambique, Namibia, Swazilandia, Zambia, Zimbabwe.
África CentralCamerún, Congo, Gabón, Guinea Ecuatorial, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Santo Tomé y Príncipe, Zaire.
África SubsaharianaTodos los Estados africanos al sur del Sahara.
África TropicalÁfrica subsahariana excepto Lesotho, Namibia, Sudáfrica y Swazilandia.
Paleártico OccidentalTal como se define en el manual de aves de Europa, Norte de África y Próximo Oriente (Cramp y Simmons 1977).
NO de EuropaAlemania, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Suecia.
Europa OccidentalNoroeste de Europa con Portugal y España.
NE de EuropaLa parte septentrional de la Federación de Rusia al Oeste de los Urales.
Europa del NorteNO y NE de Europa tal como se han definido supra.
Europa del EsteBelarús, Federación de Rusia al Oeste de los Urales, Ucrania.
Europa CentralAlemania, Austria, Estonia, Federación de Rusia en torno al Golfo de Finlandia y Kaliningrado, Hungría, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Suiza.
SO de EuropaEspaña, Francia, Italia, Malta, Portugal, San Marino.
SE de EuropaAlbania, Armenia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Georgia, Grecia, Macedonia (Antigua República Yugoslava de), Moldavia, Montenegro, Rumanía, Serbia, Eslovenia y Turquía.
Europa del SurSO y SE de Europa tal como se han definido supra.
Atlántico NorteCosta NO de la Federación de Rusia, Feroe, Groenlandia, Irlanda, Islandia, Noruega, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Svalbard.
Atlántico EsteCosta europea del Atlántico y del norte de África desde el norte de Noruega hasta Marruecos.
Siberia OccidentalFederación de Rusia al Este de los Urales hasta el río Yenisei y al Sur de la frontera de Kazajstán.
Siberia CentralFederación de Rusia desde el río Yenisei hasta la frontera oriental de la península de Taimir y al sur del Altai.
Mediterráneo OccidentalArgelia, España, Francia, Italia, Malta, Marruecos, Mónaco, Portugal, San Marino, Túnez.
Mediterráneo OrientalAlbania, Bosnia y Herzegovina, Chipre, Croacia, Egipto, Grecia, Israel, Jamahiriya Árabe Libia, Líbano, Macedonia (Antigua República Yugoslava de), Montenegro, República Árabe Siria, Serbia, Eslovenia, Turquía, Yugoslavia.
Mar NegroArmenia, Bulgaria, Federación de Rusia, Georgia, Moldavia, Rumanía, Turquía, Ucrania.
Mar CaspioAzerbaiyán, Federación de Rusia, Kazajstán, Uzbekistán, República Islámica de Irán, Turkmenistán.
SO de AsiaArabia Saudita, Bahrein, Emiratos Árabes Unidos, Iraq, Israel, Jordania, Kazajstán, Kuwait, Líbano, Omán, Uzbekistán, Qatar, República Árabe Siria, República Islámica de Irán, Turkmenistán, Turquía oriental, Yemen.
GolfoEl Golfo Pérsico, el Golfo de Omán y el Mar de Omán al Oeste del Golfo de Aden.
Asia OccidentalParte occidental de la Federación de Rusia al Este de los Urales y los países del mar Caspio.
Asia centralAfganistán, Kazajstán, Kirguistán, Uzbekistán, Tayikistán, Turkmenistán.
Sur de AsiaBangladesh, Bhután, India, Maldivas, Nepal, Pakistán, Sri Lanka.
Océano ÍndicoComores, Madagascar, Mauricio, Seychelles.

(*) Estas definiciones no se corresponden con ninguna regionalización geopolítica ni económica; están basadas en las áreas de distribución y en la delimitación de las poblaciones de aves acuáticas. Por esa razón, varios países pueden aparecer en más de una definición.

CLAVES DE LOS SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

rep:población reproductora
inv:población invernada
N:norte de
E:este de
S:sur de
O:oeste de
NE:nordeste de
NO:noroeste de
SE:sudeste de
SO:sudoeste de

(): Se desconoce el estado de la población. Estado de conservación aproximado.
*: Excepcionalmente, se podrá seguir cazando a las poblaciones indicadas con un asterisco por motivos de explotación sostenible, cuando dicha caza constituya una práctica culturalmente bien arraigada (véase apartado 2.1.1 del Plan de Acción que figura en el Anexo 3 del Acuerdo).

OBSERVACIONES

1. Los datos sobre población utilizados para elaborar la Tabla 1 se corresponden en la medida de lo posible con el número de ejemplares potencialmente reproductores en la zona del Acuerdo. El estado de conservación se basa en las mejores estimaciones de población publicadas de que se disponen.

2. Las abreviaturas (rep) o (inv) en las listas de población son sólo una ayuda para la identificación de la población. No indican restricciones estacionales en las actividades respecto de dichas poblaciones en virtud del presente Acuerdo y del Plan de Acción.

3. Las breves descripciones utilizadas para identificar poblaciones reproducen las de la cuarta edición de Waterfowl Population Estimates y Handbook of the Birds of the World.

4. Las barras oblicuas (/) utilizadas separan las zonas de reproducción de las zonas de hibernación.

5. Cuando la población de una especie figura en la Tabla 1 bajo distintas categorías, las obligaciones que se deberán tomar en cuenta según el Plan de Acción son las que se derivan de la categoría más estricta.

 ABC
SPHENISCIDAE   
Spheniscus demersus   
- África austral1b2a 2c 
GAVIIDAE   
Gavia stellata   
- NO de Europa (inv) 2c 
- Mar Caspio, mar Negro y Mediterráneo oriental (inv) (1) 
Gavia arctica arctica   
- Europa del Norte y Siberia occidental/Europa 2c 
Gavia arctica suschkini   
- Siberia central/mar Caspio  (1)
Gavia immer   
- Europa (inv)1c  
Gavia adamsii   
- Europa del Norte (inv)1c  
PODICIPEDIDAE   
Tachybaptus ruficollis ruficollis   
- Europa y NO de África  1
Podiceps cristatus cristatus   
- NO de Europa y Europa occidental 2c 
- Mar Negro y Mediterráneo (inv) 2c 
- Mar Caspio y SO de Asia (inv)2  
Podiceps cristatus infuscatus   
- África oriental (Etiopía al N de Zambia)1c  
- África austral1c  
Podiceps grisegena grisegena   
- NO de Europa (inv)3c  
- Mar Negro y Mediterráneo (inv)3c  
- Mar Caspio (inv)2  
Podiceps auritus auritus   
- NO de Europa (pico grande)1c  
- NE de Europa (pico pequeño)2  
- Mar Caspio y Sur de Asia (inv)2  
Podiceps nigricollis nigricollis   
- Europa/Europa del Sur y occidental y África del Norte 2c 
- Asia occidental/SO y Sur de Asia 1 
Podiceps nigricollis gurneyi   
- África austral2  
PHAETHONTIDAE   
Phaethon aetheras aetheras   
- Atlántico Sur1c  
Phaethon aetheras indicus   
- Golfo Pérsico, golfo de Aden, mar Rojo1c  
Phaethon rubricauda rubricauda   
- Océano Índico1c  
Phaethon lepturus lepturus   
- Golfo Pérsico, golfo de Aden, mar Rojo1c  
PELECANIDAE   
Pelecanus onocrotalus   
- África austral 1 
- África occidental 1 
- África oriental  1
- Europa y Asia occidental (rep)1a 3c  
Pelecanus rufescens   
- África tropical y SO de Arabia 1 
Pelecanus crispus   
- Mar Negro y Mediterráneo (inv)1a 1c  
- SO y Sur de Asia (inv)1a 1c  
SULIDAE   
Sula (Morus) bassana 2a 
Sula (Morus) capensis   
- África austral1b2a 2c 
Sula dactylatramelanops   
- Océano Índico occidental1c  
PHALACROCORACIDAE   
Phalacrocorax coronatus   
- Litoral del SO de África1c  
Phalacrocorax pygmeus   
- Mar Negro y Mediterráneo 1 
- SO de Asia 1 
Phalacrocorax neglectus   
- Litoral del SO de África1b 2  
Phalacrocorax carbo carbo   
- NO de Europa  1
Phalacrocorax carbo sinensis   
- Europa del Norte y Europa central  1
- Mar Negro y Mediterráneo  1
Asia occidental y SO  (1)
Phalacrocorax carbo lucidus   
- Litoral del África occidental 1 
- África central y oriental  1
- Litoral del África austral2  
Phalacrocorax nigrogularis   
- Costas de Arabia1b2a 2c 
- Golfo de Aden, Socotora, mar de Omán1b1 
Phalacrocorax capensis   
- Litoral del África austral 2a 2c 
FREGATIDAE   
Fregata minor aldabrensis   
- Océano Índico occidental1c  
Fregata ariel iredalei   
- Océano Índico occidental1c  
ARDEIDAE   
Egretta ardesiaca   
- África subsahariana 1 
Egretta vinaceigula   
- África austral y central1b 1c  
Egretta garzetta garzetta   
- África subsahariana  (1)
- Europa occidental, NO de África  1
- Europa central y E Europa, mar Negro, E Mediterráneo 1 
- Asia occ.l/SO de Asia y NE de África y África oriental (1) 
Egretta gularis gularis   
- África occidental (1) 
Egretta gularis schistacea   
- NE de África y mar Rojo (1) 
- SO y Sur de Asia2  
Egretta dimorpha   
- Litoral del África oriental2  
Ardea cinerea cinerea   
- África subsahariana  1
- Europa del Norte y occidental  1
- Europa central y del Este  1
- Asia occidental y SO (rep)  (1)
Ardea melanocephala   
- África subsahariana  (1)
Ardea purpurea purpurea   
- África tropical 1 
- Europa occ. y Mediterráneo occidental/África occidental2  
- Europa del Este y SO de Asia /África subsahariana (2c) 
Casmerodius albus albus   
- O, C y SE de Europa/Mar Negro y Mediterráneo 1 
- Asia occidental/SO de Asia (1) 
Casmerodius albus melanorhynchos   
- África subsahariana y Madagascar  (1)
Mesophoyx intermedia brachyrhyncha   
- África subsahariana 1 
Bubulcus ibis ibis   
- África austral  1
- África tropical  1
- SO de Europa  1
- NO África  1
- Mediterráneo oriental y SO de Asia 1 
Ardeola ralloides ralloides   
- SO de Europa, NO de África (rep)1c  
- C y E Europa/mar Negro y E Mediterráneo (rep) 1 
- Asia occidental y SO/África subsahariana (1) 
Ardeola ralloides paludivaga   
- África subsahariana y Madagascar  (1)
Ardeola idae   
- Madagascar y Aldabra/África central y del Este1b 1c  
Ardeola rufiventris   
- Este tropical y África austral (1) 
Nycticorax nycticorax nycticorax   
- África subsahariana y Madagascar  1
- O de Europa, NO de África (rep)3c  
- C y E Europa/mar Negro y E Mediterráneo (rep) 2c 
- Asia occidental /SO de Asia y NE de África (1) 
Ixobrychus minutus minutus   
- O de Europa, NO de África/África subsahariana2  
- C y E de Europa, mar Negro y E Mediterráneo/África subsahariana 2c 
- Asia occidental y SO/África subsahariana (1) 
Ixobrychus minutus payesii   
- África subsahariana (1) 
Ixobrychus sturmii   
- África subsahariana (1) 
Botaurus stellaris stellaris   
- O de Europa, NO de África (rep)1c  
- C y E de Europa/mar Negro y E Mediterráneo (rep) 2c 
- SO de Asia (inv) 1 
Botaurus stellaris capensis   
- África austral1c  
CICONIIDAE   
Mycteria ibis   
- África subsahariana (sin incluir Madagascar) 1 
Anastomus lamelligerus lamelligerus   
- África subsahariana  1
Ciconia nigra   
- África austral1c  
- SO de Europa/África occidental1c  
- Europa central y del Este/África subsahariana2  
Ciconia abdimii   
- África subsahariana y SO de Arabia (2c) 
Ciconia episcopus microscelis   
- África subsahariana (1) 
Ciconia ciconia ciconia   
- África austral1c  
- Península Ibérica y NO de África /África subsahariana3b  
- Europa central y del Este/África subsahariana  1
- Asia occidental/SO de Asia2  
Leptoptilos crumeniferus   
- África subsahariana  1
BALAENICIPITIDAE   
Balaeniceps rex   
- África tropical central1c  
THRESKIORNITHIDAE   
Plegadis falcinellus falcinellus   
- África subsahariana (rep)  1
- Mar Negro y Mediterráneo/África occidental3c  
- SO de Asia /África oriental (1) 
Geronticus eremita   
- Marruecos1a 1b 1c  
- SO de Asia1a 1b 1c  
Threskiornis aethiopicus aethiopicus   
- África subsahariana  1
- Iraq e Iran1c  
Platalea leucorodia leucorodia   
- Europa occ./Mediterráneo occidental y África occidental2  
- Europa central y SE de Europa/Mediterráneo y África tropical2  
Platalea leucorodia archeri   
- Mar Rojo y Somalia1c  
Platalea leucorodia balsaci   
- Litoral del África occidental (Mauritania)1c  
Platalea leucorodia major   
- Asia occidental/SO y Sur de Asia2  
Platalea alba   
- África subsahariana 1 
PHOENICOPTERIDAE   
Phoenicopterus roseus   
- África occidental3a  
- África oriental3a  
- África austral (hasta Madagascar)3a  
- Mediterráneo occidental 2a 
- Mediterráneo oriental3a  
- SO y Sur de Asia 2a 
Phoeniconaias minor   
- África occidental2  
- África oriental 2a 2c 
- África austral (hasta Madagascar)3a  
ANATIDAE   
Dendrocygna bicolor   
- África occidental (Senegal hasta Chad) 1 
- África oriental y África austral  (1)
Dendrocygna viduata   
- África occidental (Senegal hasta Chad)  1
- África oriental y África austral  1
Thalassornis leuconotus leuconotus   
- África occidental1c  
- África oriental y África austral2*  
Oxyura leucocephala   
- Mediterráneo occidental (España y Marruecos)1a 1b 1c  
- Argelia y Túnez1a 1b 1c  
- Mediterráneo oriental, Turquía y SO de Asia1a 1b 1c  
Oxyura maccoa   
- África oriental1c  
- África austral1c  
Cygnus olor   
- NO del continente y Europa central  1
- Mar Negro 1 
- Asia occidental y Asia central/Mar Caspio 2a 2d 
Cygnus cygnus   
- Islandia/Reino Unido e Irlanda2  
- NO del continente europeo 1 
- N de Europa y O Siberia/mar Negro y E Mediterráneo2  
- Siberia occidental y central/Mar Caspio2  
Cygnus columbianus bewickii   
- Siberia occidental y NE Europa/NO de Europa2  
- Siberia del Norte/Mar Caspio1c  
Anser brachyrhynchus   
- Groenlandia del Este e Islandia/Reino Unido 2a 
- Svalbard/NO de Europa 1 
Anser fabalis fabalis   
- NE de Europa /NO de Europa 1 
Anser fabalis rossicus   
- Siberia occidental y central/NE y SO de Europa  (1)
Anser fabalis johanseni   
- Siberia occ. y central/Turkmenistán al Oeste de China  (1)
Anser albifrons albifrons   
- NO de Siberia y NE de Europa/NO de Europa  1
- Siberia occidental/Europa central3c*  
- Siberia occidental/mar Negro y Turquía  1
- Norte de Siberia /Mar Caspio e Iraq2  
Anser albifrons flavirostris   
- Groenlandia/Irlanda y Reino Unido2*  
Anser erythropus   
- N de Europa y O de Siberia/mar Negro y Mar Caspio1a 1b 2  
Anser anser anser   
- Islandia/Reino Unido e Irlanda 1 
- NO de Europa/SO de Europa  1
- Europa central/África del Norte 1 
Anser anser rubrirostris   
- Mar Negro y Turquía 1 
- Siberia occidental/Mar Caspio e Iraq  1
Branta leucopsis   
- Groenlandia del Este/Escocia e Irlanda 1 
- Svalbard/SO de Escocia 1 
- Rusia/Alemania y Países Bajos  1
Branta bernicla bernicla   
- Siberia occidental/Europa occidental 2b 2c 
Branta bernicla hrota   
- Svalbard, Dinamarca y Reino Unido1c  
- Canadá y Groenlandia/Irlanda2  
Branta ruficollis   
- Norte de Siberia /mar Negro y Mar Caspio1a 1b 3a 3c  
Alopochen aegyptiacus   
- África occidental1c  
- África oriental y África austral  1
Tadorna ferruginea   
- NO de África1c  
- Mediterráneo oriental y mar Negro/NE de África2  
- Asia occidental y Mar Caspio/Iran e Iraq 1 
Tadorna cana   
- África austral 1 
Tadorna tadorna   
- NO de Europa 2a 
- Mar Negro y Mediterráneo3c  
- Asia occidental/Mar Caspio y Oriente Medio 1 
Plectropterus gambensis gambensis   
- África occidental 1 
- África oriental (Sudán hasta Zambia)  1
Plectropterus gambensis niger   
- África austral 1 
Sarkidiornis melanotos melanotos   
- África occidental 1 
- África austral y África oriental  1
Nettapus auritus   
- África occidental1c  
- África austral y África oriental  (1)
Anas capensis   
- África oriental (Valle del Rif)1c  
- Cuenca del lago Chad21c  
- África austral (N hasta Angola y Zambia)  1
Anas strepera strepera   
- NO de Europa 1 
- NE de Europa /mar Negro y Mediterráneo 2c 
- Siberia occidental/SO de Asia y NE de África  (1)
Anas penelope   
- Siberia occidentale y NE Europa/NO Europa  1
- O de Siberia y NE Europa/mar Negro y Mediterráneo 2c 
- Siberia occidental/SO de Asia y NE de África 2c 
Anas platyrhynchos platyrhynchos   
- NO de Europa  1
- Europa del Norte/ Mediterráneo occidental  1
- Europa del Este/mar Negro y Mediterráneo oriental  1
- Siberia occidental/ SO de Asia  (1)
Anas undulata undulata   
- África austral  1
Anas clypeata   
- NO de Europa y Europa central (inv) 1 
- O Siberia NE y E Europa/S Europa y África occidental 2c 
- O Siberia/SO Asia, NE África y África oriental 2c 
Anas erythrorhyncha   
- África austral  1
- África oriental  1
- Madagascar2  
Anas acuta   
- NO de Europa 1 
- O de Siberia NE y E de Europa/S de Europa y África occidental 2c 
- Siberia occidental/SO de Asia y África oriental  (1)
Anas querquedula   
- Siberia occidental y Europa/África occidental 2c 
- Siberia occidental/SO de Asia, NE y África oriental  (1)
Anas crecca crecca   
- NO de Europa  1
- O Siberia y NE Europa/mar Negro y Mediterráneo  1
- Siberia occidental/SO de Asia y NE de África 2c 
Anas hottentota   
- Cuenca del lago Chad1c  
- África oriental (Sur hasta N de Zambia) 1 
- África austral (Norte hasta S de Zambia) 1 
Marmaronetta angustirostris   
- Mediterráneo occ./Mediterráneo occ. y África occidental1a 1b 1c  
- Mediterráneo oriental1a 1b 1c  
- SO de Asia1a 1b 2  
Netta rufina   
- SO de Europa y Europa central/Mediterráneo occidental 1 
- Mar Negro y Mediterráneo oriental3c  
- Asia occidental y Asia central/SO de Asia  1
Netta erythrophthalma brunnea   
- África austral y África oriental 1 
Aythya ferina   
- NE de Europa /NO de Europa  1
- Europa central y NE de Europa/mar Negro y Mediterráneo  1
- Siberia occidental/SO de Asia 2c 
ferruginous pochard   
- Mediterráneo occidental/África del Norte y occidental1a 1c  
- Europa del Este/Mediterráneo oriental y África saheliana1a 3c  
- Asia occidental/SO de Asia y NE de África1a 3c  
Aythya fuligula   
- NO de Europa (inv)  1
- Europa central, mar Negro y Mediterráneo (inv)  1
- Siberia occidental/SO de Asia y NE de África  (1)
Aythya marila marila   
- Europa del Norte/ Europa occidental  1
- Siberia occidental/mar Negro y Mar Caspio  1
Somateria mollissima mollissima   
- Mar Báltico, Dinamarca y Países Bajos 2d 
- Noruega y Rusia  1
Somateria mollissima borealis   
- Svalbard y Franz Joseph (rep) 1 
Somateria spectabilis   
- Groenland del Este, NE de Europa y Siberia occidental  1
Polysticta stelleri   
- Siberia occidental/NE de Europa1a 2  
Clangula hyemalis   
- Islandia y Groenlandia  1
- Siberia occidental/Europa del Norte  1
Melanitta nigra nigra   
- O de Siberia y N de Europa/O de Europa y NO d África 2a 
Melanitta fusca fusca   
- Siberia occidental y Europa del Norte/NO de Europa 2a 
- Mar Negro/Mar Caspio1c  
Bucephala clangula clangula   
- NO de Europa y Europa central (inv)  1
- NE de Europa /Adriático  1
- Siberia occidental y NE de Europa 1 
- Siberia occidental/Mar Caspio  1
Mergellus albellus   
- NO de Europa y Europa central (inv)3a  
- NE de Europa /Mar Negro y Mediterráneo oriental 1 
- Siberia occidental/SO de Asia 1 
Mergus serrator serrator   
- NO de Europa y Europa central (inv)  1
- NE de Europa /mar Negro y Mediterráneo 1 
- Siberia occidental/SO de Asia y Asia central1c  
Mergus merganser merganser   
- NO de Europa y Europa central (inv)  1
- NE de Europa mar Negro1c  
- Siberia occidental/Mar Caspio2  
GRUIDAE   
Balearica pavonina pavonina   
- África occidental (Senegal hasta Chad)2  
Balearica pavonina ceciliae   
- África oriental (Sudán hasta Uganda)3c  
Balearica regulorum regulorum   
- África austral (N hasta Angola y S Zimbabwe)1c  
Balearica regulorum gibbericeps   
- África oriental (Kenia hasta Mozambique)3c  
Grus leucogeranus   
- Irán (inv)1a 1b 1c  
Grus virgo   
- Mar Negro (Ucrania)/NE de África1c  
- Turquía (rep)1c  
- Kalmukia/NE de África 1 
Grus paradisea   
- Extremo del África austral1b1 
Grus carunculatus   
- África central y austral1b 1c  
Grus grus   
- NO de Europa/pénínsula Ibérica  1
- NE de Europa y Europa central/África del Norte 1 
- Europa del Este/Turquía, Oriente Medio y NE África3c  
- Turquía y Georgia (rep)1c  
- Siberia occidental/Sur de Asia (1) 
RALLIDAE Sarothrura elegans elegans   
- NE, África oriental y austral  (1)
Sarothrura elegans reichenovi   
- SO África hasta África central  (1)
Sarothrura boehmi   
- África central1c  
Sarothrura ayresi   
- Etiopía1a 1b 1c  
- África austral1a 1b 1c  
Rallus aquaticus aquaticus   
- Europa y África del Norte 2c 
Rallus aquaticus korejewi   
- Siberia occidental/SO de Asia  (1)
Rallus caerulescens   
- África austral y oriental  (1)
Crecopsis egregia   
- África subsahariana  (1)
- Crex crex   
- Europa y Asia occidental/África subsahariana1b2c 
Amaurornis flavirostris   
- África subsahariana  1
Porzana parva parva   
- Eurasia occidental/África 2c 
Porzana pusilla intermedia   
- Europa (rep)1c  
Porzana porzana   
- Europa/África 2d 
Aenigmatolimnas marginalis   
- África subsahariana(2)  
Porphyrio alleni   
- África subsahariana  (1)
Gallinula chloropus chloropus   
- Europa y África del Norte  1
Asia occidental y SO  (1)
Gallinula angulata   
- África subsahariana  (1)
Fulica cristata   
- África subsahariana  1
- España y Marruecos1c  
Fulica atra atra   
- NO de Europa (inv)  1
- Mar Negro y Mediterráneo (inv)  1
- SO de Asia (inv)  (1)
DROMADIDAE   
Dromas ardeola   
- NO del océano Índico, mar Rojo y Golfo3a  
HAEMATOPODIDAE   
Haematopus ostralegus ostralegus   
- Europa/Europa del Sur y occidental y NO de África  1
Haematopus ostralegus longipes   
- SE de Eur y O de Asia/SO de Asia y NE de África 2c 
Haematopus moquini   
- Litoral del África austral1c  
RECURVIROSTRIDAE   
Himantopus himantopus himantopus   
- África subsahariana (excepto el Sud)  (1)
- África austral ('meridionalis')2  
- SO Europa y NO de África/África occidental 1 
- Europa central y Mediterráneo oriental/África del Norte-África central 1 
- Oeste, Centro y SO de Asia/SO de Asia y NE de África (1) 
Recurvirostra avosetta   
- África austral2  
- África del Este (1) 
- O de Europa y NO de África (rep) 1 
- SE de Europa, mar Negro y Turquía (rep)(3c)  
- Asia occidental y SO/África oriental2  
 ABC
BURHINIDAE   
Burhinus senegalensis senegalensis   
- África occidental(2)  
Burhinus senegalensis inornatus   
- NE de África y África del Este(2)  
GLAREOLIDAE   
Pluvianus aegyptius aegyptius   
- África occidental (1) 
- África oriental(2)  
- Cuenca inferior del Congo2  
Glareola pratincola pratincola   
- Europa occidental y NO de África/África occidental2  
- Mar Negro y Mediterráneo oriental/zona este del Sahel2  
- SO de Asia/SO de Asia y NE de África (1) 
Glareola nordmanni   
- SE de Europa y Asia occidental/África austral 2b 2c 
Glareola ocularis   
- Madagascar/África oriental1c  
Glareola nuchalis nuchalis   
- África oriental y África central (1) 
Glareola nuchalis liberiae   
- África occidental  1
Glareola cinerea cinerea   
- SE África occidental y África central(2)  
CHARADRIIDAE   
Pluvialis apricaria apricaria   
- Gran Bretaña, Irlanda, Dinamarca, Alemania y Báltico (rep) 2c 
Pluvialis apricaria altifrons   
- Islandia e islas Feroe/costa Este Atlántico  1
- Europa del Norte y Europa occidental y NO de África  1
- Siberia del Norte/Mar Caspio y Asia menor (1) 
Pluvialis fulva   
- Siberia del Norte et central/Asia del Sur y SO de Asia, NE África (1) 
Pluvialis squatarola   
- O de Siberia y Canadá/O de Europa y O de África  1
- C y E Siberia/SO de Asia, África oriental y austral 1 
Charadrius hiaticula hiaticula   
- Europa del Norte/Europa y África del Norte 1 
Charadrius hiaticula psammodroma   
- Canadá, Groenlandia e Islandia/O y S de África (2c) 
Charadrius hiaticula tundrae   
- NE de Europa y Siberia/SO de Asia, E y S de África  (1)
Charadrius dubius curonicus   
- Europa y NO de África /África occidental  1
- Asia occidental y SO/África oriental  (1)
Charadrius pecuarius pecuarius   
- África austral y oriental  (1)
- África occidental (1) 
Charadrius tricollaris tricollaris   
- África austral y oriental  1
Charadrius forbesi   
- África occidental y central (1) 
Charadrius pallidus pallidus   
- África austral2  
Charadrius pallidus venustus   
- África oriental1c  
Charadrius alexandrinus alexandrinus   
- Europa occ. y Mediterráneo occidental/África occidental3c  
- Mar Negro y Mediterráneo oriental/zona este del Sahel3c  
- SO Asia y Asia central/SO Asia y NE África (1) 
Charadrius marginatus mechowi   
- mechowi/tenellus interior de África oriental y central2  
- Litoral E de África2  
- África occidental2  
Charadrius mongolus pamirensis   
- Asia occidental y central/SO de Asia y África oriental  1
Charadrius leschenaultii columbinus   
- Turquía y SO Asia/Mediterráneo oriental y mar Rojo1c  
Charadrius leschenaultii crassirostris   
- Mar Caspio y SO de Asia/Arabia y NE de África (1) 
Charadrius leschenaultii leschenaultii   
- Asia central/África occidental y austral (1) 
Charadrius asiaticus   
- SE Europa y Asia occ./E África y África austral-central3c  
Eudromias morinellus   
- Europa/NO de África(3c)  
- Asia/Oriente Medio (1) 
Vanellus vanellus   
- Europa/Europa y África del Norte 2c 
- Asia occidental/SO de Asia  (1)
Vanellus spinosus   
- Mar Negro y Mediterráneo (rep) 1 
Vanellus albiceps   
- África occidental y central (1) 
Vanellus senegallus senegallus   
- África occidental (1) 
Vanellus senegallus solitaneus   
- SO de África (1) 
Vanellus senegallus lateralis   
- África oriental y SO 1 
Vanellus lugubris   
- Parte meridional de África occidental2  
- África central y oriental3c  
Vanellus melanopterus minor   
- África austral1c  
Vanellus coronatus coronatus   
- África oriental y África austral  1
- África central(2)  
Vanellus coronatus xerophilus   
- África du Sud-Ouest (1) 
Vanellus superciliosus   
- África occidental y central(2)  
Vanellus gregarius   
- SE Europa y Asia occidental/NE de África1a 1b 2  
- Repúblicas de Asia central/NO de India1a 1b 1c  
Vanellus leucurus   
- SO de Asia/SO de Asia y NE de África2  
- Repúblicas de Asia central/Asia del Sur (1) 
SCOLOPACIDAE   
Scolopax rusticola   
- Europa/Europa del Sur y occidental y África del Norte  1
- Siberia occidental/SO de Asia (Mar Caspio)  (1)
Gallinago stenura   
- Norte de Siberia /Asia del Sur y África oriental  (1)
Gallinago media   
- Escandinavia/probablemente África occidental 1 
- Siberia occidental y NE de Europa/ SE de África 2c 
Gallinago gallinago gallinago   
- Europa/Europa del Sur y occidental y NO África 2c 
- Siberia occidental/SO de Asia y África  1
Gallinago gallinago faeroeensis   
- Islandia/Feroe y Escocia del Norte/Irlanda  1
Lymnocryptes minimus   
- Europa del Norte/S y O de Europa y África occidental 2b 
- Siberia occidental/SO de Asia y NE de África  1
Limosa limosa limosa   
- Europa occidental, NO de África y África occidental 2c 
- Europa oriental/África del Norte 2c 
- Asia occidental y central/SO de Asia y África oriental (1) 
Limosa limosa islandica   
- Islandia/Europa occidental3a*  
Limosa lapponica lapponica   
- Europa del Norte/ Europa occidental 2a 
Limosa lapponica taymyrensis   
- Siberia occidental/África occidental y SO 2a 2c 
Limosa lapponica menzbieri   
- Siberia central/Asia del Sur y SO Asia y África oriental  (1)
Numenius phaeopus phaeopus   
- Europa del Norte/ África occidental  (1)
- Siberia occidental/África austral y oriental  (1)
Numenius phaeopus islandicus   
- Islandia/Feroe y Escocia/África occidental  1
Numenius phaeopus alboaxillaris   
- SO de Asia /África oriental1c  
Numenius tenuirostris   
- Siberia central/Mediterráneo y SO Asia1a 1b 1c  
Numenius arquata arquata   
- Europa/Europa, África del Norte y occidental  1
Numenius arquata orientalis   
- Siberia occidental/SO de Asia, E y S de África3c  
Numenius arquata suschkini   
- SE de Europa y SO de Asia (rep)2  
Tringa erythropus   
- N Europa/Europa del Sur, África del Norte y occidental  (1)
- Siberia occidental/SO Asia, NE África y África oriental (1) 
Tringa totanus totanus   
- Europa del Norte (reproducción)  1
- Europa centrale y de l’Est (reproducción) 2c 
Tringa totanus britannica   
- Gran Bretaña e Irlanda/Gran Bretaña, Irlanda, Francia 2c 
Tringa totanus tetanus ussuriensis   
- Asia occidental/SO Asia y NE África y África oriental  (1)
Tringa totanus robusta   
- Islandia y Feroe/Europa occidental  1
Tringa stagnatilis   
- Europa oriental/África occidental y central (1) 
- Asia occidental/SO de Asia, África oriental y austral (1) 
Tringa nebularia   
- Europa del Norte/SO de Europa, NO y O de África  1
- Siberia occidental/SO de Asia, E y S de África  (1)
Tringa ochropus   
- Europa del Norte/S y O de Europa, África occidental  1
- Siberia occidental/SO Asia, NE África y África oriental  (1)
Tringa glareola   
- NO de Europa/África occidental  1
- NE de Europa y O de Siberia/África oriental y austral  (1)
Tringa cinerea   
- NE de Europa y O Siberia/SO de Asia, E y S de África  1
Tringa hypoleucos   
- Europa occidental y central/África occidental  1
- E Europa de y O Siberia/África central, E y S de África  (1)
Arenaria interpres interpres   
- NE de Canada y Groenlandia/O Europa y NO África 1 
- Europa del Norte/ África occidental  1
- Siberia occidental y central/SO de Asia, E y S de África  (1)
Calidris tenuirostris   
- Siberia oriental/SO de Asia y parte occidental del Asia del Sur1c  
Calidris canutus canutus   
- Siberia del Norte/África occidental y África austral 2a 2c 
Calidris canutus islandica   
- NE Canada y Groenlandia/Europa occidental 2a 2c 
Calidris alba   
- Europa Atlántico Este/África occ. y África austral (inv)  1
- SO de Asia, África oriental y austral (inv)  1
Calidris minuta   
- N de Europa/S de Europa, África del Norte y occidental (2c) 
- Siberia occidental/SO de Asia, E y S de África  (1)
Calidris temminckii   
- Fennoscandia/África del Norte y occidental (1) 
- NE Europa y O Siberia/SO Asia y África oriental  (1)
Calidris maritima maritima   
- N Europa y O Siberia (reproducción) 1 
- NE Canada y N Groenlandia/Europa (reproducción)3c  
Calidris alpina alpina   
- E Europa y NO de Siberia /O Europa y NO de África  1
Calidris alpina centralis   
- Siberia central/SO de Asia y NE de África  (1)
Calidris alpina schinzii   
- Islandia y Groenlandia/NO África y África occidental  1
- Gran Bretaña e Irlanda/SO Europa y NO África2  
- Mar Báltico/SO de Europa y NO de África1c  
Calidris alpina arctica   
- NE de Groenlandia/África occidental3a  
Calidris ferruginea   
- Siberia occidental/África occidental  1
- Siberia central/SO de Asia, E y S de África  1
Limicola falcinellus falcinellus   
- Europa del Norte/ SO de Asia y África3c  
Philomachus pugnax   
- Europa del Norte y Siberia occidental/África occidental 2c 
- Siberia del Norte/SO de Asia, E y S de África (2c) 
Phalaropus lobatus   
- Eurasia occidental/mar de Omán  1
Phalaropus fulicaria   
- Canadá y Groenlandia/costa atlántica de África 2c 
STERCORARIIDAE   
Catharacta skua 1 
Stercorarius longicaudus longicaudus  1
LARIDAE   
Larus leucophthalmus   
- Mar Rojo y costas próximas1a1 
Larus hemprichii   
- Mar Rojo, Golfo, Arabia y África oriental 2a 
Larus canus canus   
- Europa central y SE de Europa/Mediterráneo y África tropical - Europa/costa Atlántica y Mediterránea 2c 
- Larus canus heinei   
- NE de Europa y Siberia occ./mar Negro y Mar Caspio  1
Larus audouinii   
- Mediterránea/costas N y O de África1a 3a  
Larus marinus   
- Europa del Norte y occidental  1
Larus dominicanus vetula   
- Litoral de África austral 1 
Larus hyperboreus hyperboreus   
- Svalbard y N de Rusia (rep)  (1)
Larus hyperboreus leuceretes   
- Canadá, Groenlandia e Irlanda (rep)  (1)
Larus glaucoides glaucoides   
- Groenlandia/Islandia y NO de Europa  1
Larus argentatus argentatus   
- Europa del Norte y del NO  1
Larus argentatus argenteus   
- Islandia y Europa occidental 2c 
Larus heuglini   
- NE de Europa y O de Siberia/SO de Asia y NE deÁfrica  (1)
Larus (heuglini) barabensis   
- SO de Siberia /SO de Asia  (1)
Larus armenicus   
- Armenia, Turquía oriental y NO de Irán3a  
Larus cachinnans cachinnans   
- Mar Negro y Asia occidental/SO de Asia, NE de África  1
Larus cachinnans michahellis   
- Mediterráneo, península Ibérica y Marruecos  1
Larus fuscus fuscus   
- NE Europa/mar Negro, SO Asia y África oriental (2c) 
Larus fuscus graellsii   
- Europa occidental/ Mediterráneo y África occidental  1
Larus fuscus intermedius   
- S de Escandinavia, Países Bajos, delta del Ebro, España  1
Larus ichthyaetus   
- Mar Negro y Mar Caspio/SO de Asia3a  
Larus cirrocephalus poiocephalus   
- África occidental (1) 
- África central y oriental  (1)
- Litoral del África austral (excepto Madagascar) (1) 
Larus hartlaubii   
- Litoral del SO de África 1 
Larus ridibundus   
- O de Europa/O de Europa, Mediterráneo occidental, África occidental 2c 
- Europa oriental/mar Negro y Mediterráneo oriental  1
- Asia occidental/SO de Asia y NE de África  (1)
Larus genei   
- África occidental (rep)2  
- Mar Negro y Mediterráneo (rep) 2a 
- Asia occidental, del SO y del Sur (rep) 2a 
Larus melanocephalus   
- O de Europa, Mediterráneo y NO de África 2a 
Larus minutus   
- Europa central y E de Europa/SO de Europa y Mediterráneo occidental  1
- O de Asia/Mediterráneo oriental, mar Negro y Mar Caspio (1) 
Xema sabini sabini   
- Canadá y Groenlandia/SE Atlántico  (1)
Rissa tridactyla tridactyla 2a 
STERNIDAE   
Sterna nilotica nilotica   
- Europa occidental/África occidental2  
- Mar Negro y Mediterráneo oriental/África oriental3c  
- Asia occidental y Asia central/SO de Asia2  
Sterna caspia caspia   
- África austral (rep)1c  
- África occidental (rep) 1 
- Europa (rep)1c  
- Mar Caspio (rep)2  
Sterna maxima albidorsalis   
- África occidental (rep) 2a 
Sterna bengalensis bengalensis   
- Golfo/Asia del Sur 2a 
Sterna bengalensis par   
- Mar Rojo/África oriental3a  
Sterna bengalensis emigrata   
- S Mediterráneo/costas NO y África occidental1c  
Sterna bergii bergii   
- África austral (Angola - Mozambique)2  
Sterna bergii enigma   
- Madagascar y Mozambique/África austral1c  
Sterna bergii thalassina   
- África oriental y Seychelles1c  
Sterna bergii velox   
- Mar Rojo y NE de África2  
Sterna sandvicensis sandvicensis   
- Europa occidental/África occidental 2a 
- Mar Negro y Mediterráneo (rep) 2a 
- Asia occidental y Asia central/SO y S de Asia 2a 
Sterna dougallii dougallii   
- África austral1c  
- África oriental3a  
- Europa (rep)1c  
Sterna dougallii arideensis   
- Madagascar, Seychelles y Mascareñas2  
Sterna dougallii bangsi   
- Norte del mar de Omán (Omán)1c  
Sterna vittata vittata   
- P.Edward, Marion, Crozet y Kerguelen/África del Sur1c  
Sterna vittata tristanensis   
- Tristan da Cunha y Gough/África del Sur1c  
Sterna hirundo hirundo   
- Europa del Sur y occidental (rep)  1
- Europa del Norte y del Este (rep)  1
- Asia occidental (rep)  (1)
Sterna paradisaea   
- Eurasia occidental (rep)  1
Sterna albifrons albifrons   
- Atlántico oriental (rep)3b 3c  
- Mar Negro y Mediterráneo (rep)3b 3c  
- Mar Caspio (rep)2  
Sterna albifrons guineae   
- África occidental (rep)1c  
Sterna saundersi   
- O Asia del Sur, mar Rojo, Golfo y África oriental (1) 
Sterna balaenarum   
- Namibia y África del Sur/costa atlántica de Ghana2  
Sterna repressa   
- O Asia del Sur, mar Rojo, Golfo y África oriental 2c 
Sterna anaethetus melanopterus   
- África occidental1  
Sterna anaethetus fuligula   
- Mar Rojo, E de África, golfo Pérsico, mar de Omán hasta la India occidental  1
Sterna anaethetus antarctica   
- S océano Índico 1 
Sterna fuscata nubilosa   
- Mar Rojo, golfo de Aden, E hasta Pacífico 2a 
Chlidonias hybridus hybridus   
- Europa occidental y NO África (rep) 1 
- Mar Negro y Mediterráneo oriental (rep)  (1)
- Mar Caspio (rep) (1) 
Chlidonias hybridus sclateri   
- África oriental (Kenia y Tanzania)2  
- África austral (Malawi y Zambia hasta África del Sur)(2)  
Chlidonias leucopterus   
- Europa oriental y Asia occidental/África  (1)
Chlidonias niger niger   
- Europa y Asia occidental/costa atlántica de África 2c 
Anous stolidus plumbeigularis   
- Mar Rojo y Golfo de Aden 1 
Anous tenuirostris tenuirostris   
- Islas del océano Índico hasta África oriental  1
RYNCHOPIDAE   
Rynchops flavirostris   
- Litoral del África de occidental y África central2  
- África oriental y África austral2  
ALCIDAE   
Alle alle alle   
- Alto Ártico, isla de Baffin – Novaya Zemlia 2a 
Uria aalge aalge   
- E de América del Norte, Groenlandia, Islandia, Feroe, Escocia, S de Noruega, mar Báltico 2a 
Uria aalge albionis   
- Irlanda, S de Gran Bretaña, Francia, península Ibérica, Heligoland 2a 
Uria aalge hyperborea   
- Svalbard, N de Noruega hasta Novaya Zemlia 2a 
Uria lomvia lomvia   
- E América del Norte, Groenlandia, E hasta Severnaya Zemlia 2a 
Alca torda torda   
- E América del Norte, Groenlandia, E hasta el mar Báltico y mar Blanco  1
Alca torda islandica   
- Islandia, Feroe, Gran Bretaña, Irlanda, Heligoland, NO de Francia  1
Cepphus grylle grylle   
- Mar Báltico 1 
Cepphus grylle mandtii   
- Ártico E de América del Norte hasta Groenlandia, Jan Mayen y Svalbard E pasando por Siberia hasta Alaska 1 
Cepphus grylle arcticus   
- N América, S Groenlandia, Gran Bretaña, Irlanda, Escandinavia, mar Blanco 1 
Cepphus grylle islandicus   
- Islandia 1 
Cepphus grille faeroeensis   
- Feroe 1 
Fratercula arctica arctica   
- Bahía de Hudson y Maine E hasta S Groenlandia, Islandia, isla Bear, Noruega hasta S Novaya Zemlia 2a 
Fratercula arctica naumanni   
- NE de Canadá, N Groenlandia hasta Jan Mayen, Svalbard, N Novaya Zemlia 2a 
Fratercula arctica grabae   
- Feroe, S Noruega y Suecia, Gran Bretaña, Irlanda, NO de Francia 2a 

Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 18 de de diciembre de 2008, conforme a lo dispuesto en el artículo X.5 del Acuerdo sobre la conservación de las Aves Acuáticas Migratorias Afroeuroasiáticas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 23 de septiembre de 2010.

 

El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
Antonio Cosano Pérez.



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