Base de Datos de Legislación

Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.


TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto.Redacción según Ley 29/2009, de 30 de diciembre.

La publicidad se regirá por esta Ley, por la Ley de Competencia Desleal y por las normas especiales que regulen determinadas actividades publicitarias.

Artículo 2.

A los efectos de esta Ley, se entenderá por:

Publicidad:
Toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.
Destinatarios:
Las personas a las que se dirija el mensaje publicitario o a las que este alcance.



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