Base de Datos de Legislación

Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.


TÍTULO V.
DE LAS MEDIDAS ECONÓMICO-FINANCIERAS PARA LA IMPLANTACIÓN Y SOSTENIMIENTO DE LA PLANTA JUDICIAL.

Artículo 62. Redacción según Ley 31/1991, de 30 de diciembre.

El Gobierno elaborará los programas necesarios para la aplicación efectiva de la nueva planta judicial, en el período comprendido entre 1989 y 1992. Corresponderá al Ministerio de Justicia su desarrollo y ejecución.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Gobierno, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, podrá acordar la extensión de los mencionados programas durante los años 1993 y 1994.

Artículo 63.

Para la determinación de los créditos a que se refiere el artículo anterior, el Gobierno elaborará anualmente los programas necesarios, de acuerdo con los criterios objetivos de prioridades a que se refieren los artículos 32, 39, 41, 43.2, 44, 45 y 46 de la presente Ley. El Ministerio de Justicia presentará, a tal efecto, memoria de las realizaciones llevadas a cabo.

Artículo 64.

A los efectos prevenidos en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declarán de utilidad pública las obras de construcción, modificación y ampliación de edificios para sede de juzgados, tribunales y centros, organismos y servicios de la Administración de Justicia necesarias para la ejecución de la planta establecida en esta Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

En tanto las Comunidades Autónomas no determinen la capitalidad de los partidos judiciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta se entenderá reconocida al municipio que la tuviese a la entrada en vigor de esta Ley; si existiesen varios, al municipio en que radicasen mas Juzgados de Primera Instancia e Instrucción; en caso de igualdad, al de mayor población de derecho. En su defecto, al municipio o municipios en que radicasen Juzgados de Distrito, con iguales criterios de preferencia y, en último termino, al de mayor población de derecho.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.

Los 2 Presidentes de las actuales salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que no sean nombrados para la presidencia de la sala de lo contencioso-administrativo del mismo mantendrán, a título personal, los derechos económicos que correspondan a un Presidente de sala del Tribunal Supremo y presidirán las secciones que puedan constituirse.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.

1. Los Presidentes de las actuales salas de lo contencioso-administrativo de las Audiencias Territoriales a los que no correspondiere la presidencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia presidirán, en su caso, las secciones que pudieran constituirse y mantendrán los derechos económicos correspondientes a un Presidente de sala, mientras no obtuviesen otro destino.

2. Los Presidentes de las salas de lo civil de las Audiencias Territoriales presidiran, en su caso, las secciones que pudieran constituirse y mantendrán los derechos económicos correspondientes a un Presidente de sala, mientras no obtuviesen otro destino.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.

En tanto no se produzca la constitución de los Juzgados de Menores, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria vigesima sexta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo General del Poder Judicial podrá proceder al nombramiento de miembros de la carrera judicial para las plazas correspondientes a los Tribunales Tutelares de Menores que no se hallen ocupadas por jueces pertenecientes a la escala de jueces unipersonales de menores, disponiendo el cese de sus actuales titulares.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA.

Los actuales Secretarios de Juzgados de Paz continuarán desempeñando sus funciones con sujeción al régimen actual hasta que se produzca el nombramiento de persona idonea.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA.

Los actuales Jueces de Paz continuarán ejerciendo sus funciones hasta la entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz constituido de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEPTIMA.

Las percepciones a que se refiere el artículo 49 únicamente corresponderán a los jueces de paz nombrados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA.

Los miembros de la carrera judicial a que se refiere la disposición transitoria vigesima quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial podrán participar en el concurso de méritos a que se hace referencia en el artículo 25 de la presente Ley. Si no obtuviesen plaza en el referido concurso o no tomasen parte en el mismo, en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de la resolución, deberán optar entre pasar al servicio activo en la carrera judicial, quedando adscritos al Tribunal Superior de Justicia o a la Audiencia Provincial de Madrid hasta que obtengan destino en propiedad, o pasar a la situación de excedencia voluntaria en la misma.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Añadido por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

1. En tanto las comunidades autónomas respectivas no fijen la sede de los Juzgados de lo Penal, ésta se entenderá situada en donde se hubieran constituido los Juzgados de lo Penal correspondientes según lo dispuesto en el anexo VII de esta Ley.

2. En tanto las comunidades autónomas respectivas no fijen la sede de los Juzgados de lo Mercantil, ésta se entenderá situada en aquellas capitales de provincia o poblaciones que, tanto por ser núcleos en donde los procedimientos concursales son estadísticamente más frecuentes, como por tener atribuido el conocimiento exclusivo de determinadas competencias con exclusividad al resto, resulte así conveniente para el adecuado cumplimiento de la función jurisdiccional con respecto a los plazos procesales.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA. Añadido por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

En tanto no entren en funcionamiento los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Penal y de lo Mercantil correspondientes a las nuevas circunscripciones territoriales creadas por esta Ley, mantendrán su competencia los órganos judiciales que tuvieran a la entrada en vigor de la disposición, conociendo de los asuntos pendientes ante ellos hasta su definitiva conclusión.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

El cese de sus funciones como Juzgados de Primera Instancia e Instrucción o como Juzgados de Instrucción de los que resulten transformados se acomodará a las siguientes reglas:

  1. A los veinte días de la entrada en vigor de la presente Ley, los juzgados cesarán en sus funciones de instrucción de procedimientos penales, respecto de las causas que deban enjuiciar, asumiendo las mismas los restantes Juzgados de Instrucción.

  2. Desde la fecha que señale el Real Decreto a que se refiere el apartado 1 del artículo 42 cesarán en sus funciones como Juzgados de Primera Instancia, salvo para dictar, dentro de los plazos señalados, las sentencias en los asuntos que hubiesen quedado conclusos y solo pendientes de fallo. Notificadas las resoluciones finales, remitirán los asuntos sentenciados, así como los pendientes, al juzgado que corresponda, conforme a las reglas aprobadas por la correspondiente sala de Gobierno, notificándolo a las partes.

  3. Desde la misma fecha cesarán en sus funciones como Juzgados de Instrucción respecto a las causas que deba enjuiciar la Audiencia Provincial.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.

El titular y Secretario de los juzgados transformados pasarán a ocupar los puestos correspondientes en los Juzgados de lo Penal. El personal adscrito a los juzgados transformados pasará a estarlo al Juzgado de lo Penal correspondiente, sin perjuicio de las adscripciones que puedan realizarse conforme a los reglamentos vigentes y de lo que pueda disponerse con arreglo al Real Decreto a que se refiere el artículo 42.1 de esta Ley. Los juzgados a transformar serán los de Instrucción o Primera Instancia e Instrucción de Creación mas reciente. De ellos, el de creación mas lejana será el número 1, y así sucesivamente.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.

En la fecha en que señale el Real Decreto a que se refiere el apartado 1 del artículo 42 de la presente Ley, y oído el Consejo General del Poder Judicial, se transformarán en Juzgados de lo Penal los siguientes:

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Facultad de desarrollo. Añadido por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

El Gobierno dictará cuantas disposiciones sean precisas en la ejecución y desarrollo de lo previsto en esta Ley.

 

Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 28 de diciembre de 1988.

- Juan Carlos R. -

 

El presidente del Gobierno,
Felipe González Márquez.

ANEXO I. Anexo omitido.

ANEXO II. Anexo omitido.

ANEXO III.
Audiencia Nacional.
Redacción según Real Decreto 610/1997, de 25 de abril.

1. Presidente Audiencia Nacional.

Sala de lo Penal: Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.

1 Presidente de Sala.

4 Secciones: Cada una compuesta de 1 Presidente y 2 Magistrados, excepto la primera, compuesta por 5 Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

8 Secciones: cada una compuesta de un Presidente y 4 Magistrados, excepto la Primera, compuesta por 4 Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

2 Magistrados.

Total: 56 Magistrados.

4 Magistrados del Tribunal Supremo, uno de los cuales con consideración de Presidente de Sala.

ANEXO IV.
Tribunales Superiores de Justicia.
Redacción según Real Decreto 814/2001, de 13 de julio.

Andalucía (compuesto por siete Salas). Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.

Principado de Asturias (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Illes Balears (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo.

Canarias (compuesto por cinco Salas). Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Castilla y León (compuesto por cinco Salas). Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Castilla-La Mancha (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Comunitat Valenciana (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.

Extremadura (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Galicia (compuesto por tres Salas). Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo.

Región de Murcia (compuesto por tres Salas) Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

La Rioja (compuesto por tres Salas) Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

Total nacional: 483 Magistrados.

ANEXO V.
Audiencias Provinciales.
Redacción según Real Decreto 814/2001, de 13 de julio.

Provincia sedeMagistradosJurisdicción
Andalucía:  
Almería9 
Cádiz16Partidos judiciales 1, 4, 6, 9, 10, 11, 13 y 14.
   Algeciras3Partidos judiciales 3, 5 y 8.
   Ceuta Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3Partido judicial 12.
   Jerez de la Frontera Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 4Partidos judiciales 2, 7 y 15.
Córdoba10 
Granada Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 16 
Huelva9 
Jaén9 
Málaga Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 27Partidos judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12.
   Melilla Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3Partido judicial 8.
Sevilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 31 
      TotalRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 140 
Aragón: Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Huesca4 
Teruel3 
Zaragoza18 
      Total25 
Asturias:  
Oviedo19Partidos judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 1 1, 12, 13, 14, 15, 16 y 18.
   Gijón7Partidos judiciales 8 y 17.
      Total26 
Illes Balears: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Palma de Mallorca20 
      Total20 
Canarias: Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio.   
Las Palmas de Gran CanariaRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.24 
Santa Cruz de TenerifeRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 19 
      Total Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 43 
Castilla-La Mancha: Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.   
Albacete6 
Ciudad Real8 
Cuenca3 
Guadalajara3 
Toledo7 
      Total27 
Castilla y León: Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.   
Ávila3 
Burgos10 
León10 
Palencia5 
Salamanca5 
Segovia3 
Soria3 
Valladolid12 
Zamora4 
      Total55 
Cataluña: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
BarcelonaRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 83 
Girona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.14 
Lleida Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.7 
Tarragona12 
      TotalRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 116 
Comunidad Valenciana: Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.   
Alicante22Partidos Judiciales 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12.
Ámbito nacional en Marca Comunitaria.
Elche6Partidos judiciales 4, 8 y 13.
Castellón de la Plana10 
Valencia39 
      Total77 
Extremadura: Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.   
Badajoz7Partidos judiciales 3,5,6,7,8 y 12
Mérida4Partidos judiciales 1,2,4,9,10,11,13 y 14
      Total11 
Galicia:  
A Coruña17Partidos judiciales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 14.
   Santiago de Compostela4Partidos judiciales 2, 10 y 13.
Lugo6 
Ourense6 
Pontevedra13Partidos judiciales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 13.
   Vigo Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 7Partidos judiciales 3 y 10.
      Total53 
Madrid: Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.   
MadridRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 115 
      TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 115 
País Vasco: Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.   
Donostia-San Sebastián12 
      Total12 
Región de Murcia: Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo.   
MurciaRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 14Partidos judiciales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.
   Cartagena4Partidos judiciales 2 y 11.
      TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 18 
Total798 Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 

ANEXO VI.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Redacción según Real Decreto 996/2002, de 27 de septiembre.

ProvinciaPartido Judicial
número
Primera instanciaInstrucciónPrimera instancia e instrucción
Andalucía Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.     
Almería Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 176-
2--2
3--3
4--3
5--5
6--1
7--5
8--1
   Total33
Cádiz Redacción según Real Decreto 46/2007, de 19 de enero. 1--4
2--3
344Servidos por Magistrados
454-
5--2
6--4 servidos por Magistrados
754-
8--3
9--3 servidos por Magistrados
10--5 servidos por Magistrados
11--2
13--2
14--2
15--1
   Total57
Córdoba Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1--2
2--1
3--2
4--1
5--2
6--2
7--3
8107-
9--1
10--2
11--2
12--2
   Total37
Granada Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1--2
2--2
3169-
4--5 servidos por Magistrados
5--2
6--2
7--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3
8--1
9--2
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 44
Huelva1--2
264-
3--3
4--2
5--4
6--2
   Total23
Jaén Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.164-
2--2
3--2
4--3
5--1
6--4
7--2
8--2
9--2
10--3
   Total31
Málaga Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 159/2008, de 8 de febrero. Redacción según Real Decreto 46/2007, de 19 de enero. 1--3
2--4
31914-
4--3
544- servidos por Magistrados
665-
7--5
9--2
10--2
11--1
1255-
   Total82
Sevilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1--2
2--1
3--3
4--3
5--3
62721-
7--2
8--2
9--3
10--2
11--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 4
12--6 servidos por Magistrados
13--2
14--2
15--2
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 85

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera instanciaInstruc.Primera instancia e instrucción
Aragón    
Zaragoza Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. Añadido por Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio. 1--2
2--1
32011-
4--1
5--2
6--1
7--2
   Total40
Huesca Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--1
2--1
3--1
4--4 servidos por Magistrados
5--2
6--2
Total11

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Principado de Asturias Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.     
Asturias1--1
2--2
3--1
4--7 servidos por Magistrados
5--2
6--3
7--1
8115-
9--2
10Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 104-
11--1
12--3
13--3
14--1
15--1
16--1
17--1
18--1
   TotalRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 61

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Illes Balears Redacción según Orden JUS/2773/2008, de 25 de septiembre.Redacción según Orden JUS/505/2008, de 26 de febrero. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.      
Illes Balears.1--3Servidos por Magistrados.
2--6Servidos por Magistrados.
32312- 
4--6Servidos por Magistrados.
544- 
6--2 
7--2 
Total   62 

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstruc.Primera Instancia e Instrucción
Canarias Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo.    
Las Palmas Redacción según Real Decreto 1833/2008, de 8 de noviembre. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 159/2008, de 8 de febrero. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--8 servidos por Magistrados
2168-
3--5
4--3
5--7 servidos por Magistrados
6--7 servidos por Magistrados
7--2
8--4
Total   60
Santa Cruz de Tenerife Redacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1--4
2--1
3Redacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril. 95-
4--2
5--2
6--1
7Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 64-
8--4
9--2
10--3
11--3
12--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 8 servidos por Magistrados
TotalRedacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 54

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Cantabria Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.     
Cantabria Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1--8 servidos por magistrados.
2--2
3Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 115-
4--1
5--1
6--2
7--2
8--2
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 32

ProvinciaPartido Judicial
número
Primera instanciaInstrucciónPrimera instancia e instrucción

Castilla-La Mancha Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

    
Albacete163-
2--1
3--2
4--2
5--1
6--2
7--1
   Total18
Ciudad Real Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1--3
2--6 servidos por magistrados.
3--2
4--2
5--2
6--1
7--3
8--3
9--1
10--1
   Total24
Cuenca Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--4 servidos por Magistrados
2--2
3--2
4--2
Total   10
Guadalajara  Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1201/2006, de 20 de octubre. 154-
2--1
3--1
   Total11
Toledo1--2
2--2
3--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 5
4--5 servidos por magistrados.
5--5 servidos por magistrados.
6--3
7--2
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 24

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Castilla y León Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.     
Ávila Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1--1
2--2
3--4 servidos por magistrados.
4--1
   Total8
Burgos Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 174-
2--2
3--2
4--2
5--1
6--1
7--1
Total   20
León Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. Añadido por Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio. 1--1
295-
3--2
4--7 servidos por magistrados.
5--2
6--1
7--1
   Total28
Palencia1--6 Servidos por Magistrados
2--1
3--2
   Total9
Salamanca. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 184-
2--2
3--1
4--2
5--1
   Total18
Segovia Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--5 servidos por Magistrados
2--1
3--1
4--1
Total   8
Soria Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1--1
2--1
3--4 servidos por magistrados.
   Total6
Valladolid Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1136-
2--2
3--1
   Total22

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
CataluñaRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.     
Barcelona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Orden JUS/2479/2007, de 27 de julio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--7 servidos por Magistrados
2--7 servidos por Magistrados
364-
474-
5--5
6--6 servidos por Magistrados
7--5
8--2
9--4
1074-
115833-
12--5
1375-
14--8 servidos por Magistrados
1574-
16--7 servidos por Magistrados
1775-
18--6 servidos por Magistrados
19--8 servidos por Magistrados
20--4
21--8 servidos por Magistrados
22--5
23--3
24--7 servidos por Magistrados
25--5 servidos por Magistrados
   Total260
Girona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. Añadido por Real Decreto 1495/2003, de 28 de noviembre. 1--8 servidos por Magistrados
264-
3--4
4--1
5--4
6--2
7--5
8--4
9--1
   Total39
Lleida Redacción según Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio. 1--1
2--2
3--2
4Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 74-
5--2
6--1
7--1
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 20
Tarragona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 8 servidos por Magistrados
264- servidos por Magistrados
3--3
4--3
5--1
686-
7--4
8--1
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 44

ProvinciaPartido Judicial
número
Primera instanciaInstrucciónPrimera instancia e instrucción
Comunidad Valenciana Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.     
Alacant/Alicante Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1--7 servidos por magistrados.
2--4
3Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 129-
4--7 servidos por magistrados.
5--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3
6--4
7--3
865-
935-
10--4
11--3
12--2
1335-
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 85
Castellón/Castelló Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Orden JUS/505/2008, de 26 de febrero. 175-
2--1
3--5
4--4
5--5 Servidos por Magistrados
   Total27
Valencia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Orden JUS/505/2008, de 26 de febrero. Redacción según Orden JUS/2479/2007, de 27 de julio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1--6 Servidos por Magistrados
2--8 Servidos por Magistrados
3--4
4--8 Servidos por Magistrados
5--6 Servidos por Magistrados
62821-
7- 4
8- 6 Servidos por Magistrados
9- 4
10- 4
11- 3
12- 5
13- 4
14- 6 Servidos por Magistrados
15- 3
16- 4
17- 3
18- 2
   Total129

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Extremadura Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.     
Badajoz Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1--2
2--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3
3--1
4--4 servidos por magistrados.
564-
6--1
7--2
8--1
9--1
10--2
11--3
12--1
13--2
14--1
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 34
Cáceres Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 1--7 Servidos por Magistrados
2--2
3--2
4--4 Servidos por Magistrados.
5--2
6--1
7--1
   Total19

ProvinciaPartido Judicial
número
Primera instanciaInstrucciónPrimera instancia e instrucción

Galicia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.

    
A Coruña Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1107/2007, de 24 de agosto. 1--3
263- servidos por Magistrados
343- servidos por Magistrados
4127-
5--2
6--3
7--2
8--1
9--1
10--3
11--1
12--1
13--2
14--2
   Total56
Lugo Redacción según Real Decreto 341/2007, de 9 de marzo. 1--2
2--1
343- Servidos por magistrados.
4--2
5--2
6--2
7--1
8--1
9--1
   Total19
Ourense Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 352/2006, de 24 de marzo. 163Servidos por magistrados.
2--1
3--1
4--1
5--2
6--2
7--2
8--1
9--1
   Total20
Pontevedra Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 321/2008, de 29 de febrero. Redacción según Real Decreto 2/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1--3
2--3
3 138-
453-
5--2
6--2
7--3
8--2
9--4
10--2
11--3
12--2
13--2
   Total57

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera instanciaInstruc.Primera instancia e instrucción
La Rioja Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. Añadido por Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio.     
La Rioja1--2
2--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3
363-
   TotalRedacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 14

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera instanciaInstrucciónPrimera instancia e instrucción
MadridRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Orden JUS/505/2008, de 26 de febrero. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. Redacción según Real Decreto 340/2007, de 9 de marzo.Redacción según Real Decreto 1577/2008, de 26 de septiembre.      
Madrid.     
1--1 
2--8Servidos por Magistrados.
3--4 
455-Servidos por Magistrados.
554-Servidos por Magistrados.
665- 
7--4 
8--3 
9--8Servidos por Magistrados.
10--7Servidos por Magistrados.
119554- 
12--7Servidos por Magistrados.
13--6Servidos por Magistrados.
14--7Servidos por Magistrados.
15--7Servidos por Magistrados.
16--7Servidos por Magistrados.
17--7Servidos por Magistrados.
1855- 
19--6Servidos por Magistrados.
20--6Servidos por Magistrados.
21--4 
Total281 

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstrucciónPrimera Instancia e Instrucción
Murcia Redacción según Orden JUS/2773/2008, de 25 de septiembre. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.      
Murcia.1--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3 
265- 
3--4 
4--6Servidos por Magistrados.
5--2 
6128- 
7--2 
8--Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 6Servidos por Magistrados.
9--4 
10--2 
11--6 
Total   Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 66 

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera instanciaInstruc.Primera instancia e instrucción
Navarra Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio. Añadido por Real Decreto 2126/2004, de 2 de noviembre.     
Navarra1--2
2--2
3--4
485-
5--2
   Total23

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera InstanciaInstruc.Primera Instancia e Instrucción
País Vasco Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.    
Álava Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1--2
284-
Guipúzcoa1--3
2--2
3--4
4--3
586-
6--5
   Total31
Vizcaya Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1--4
265-
3--3
41511-
5--2
6--6 servidos por Magistrados
Total52

ProvinciaPartido judicial númeroPrimera instanciaInstruc.Primera instancia e instrucción
Ciudad de Ceuta    
Ceuta Redacción según Real Decreto 1682/2007, de 14 de diciembre. Añadido por Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio. 12--6 Servidos por magistrados.
   Total6

         Total nacional2.234 Redacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril. Redacción según Real Decreto 1833/2008, de 8 de noviembre. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 1682/2007, de 14 de diciembre. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.

Registros Civiles Redacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril. Redacción según Real Decreto 1833/2008, de 8 de noviembre. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.

Registro CivilNúmero de Juzgados
Madrid (Registro Central)2
Málaga1
Sevilla1
Zaragoza1
Palma2
Las Palmas de Gran Canaria1
Santa Cruz de Tenerife1
Valladolid1
Barcelona3
Alicante/Alacant2
Valencia3
A Coruña1
Vigo1
Madrid5
Murcia1
Bilbao1
Total27

ANEXO VII.
Juzgados de lo Penal.
Redacción según Real Decreto 996/2002, de 27 de septiembre.

ProvinciaSede en Partido Judicial número Núm de Juzgados

Andalucía Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.

   
Almería Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1 5
Cádiz Redacción según Real Decreto 1682/2007, de 14 de diciembre. 3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 5 y 84
4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 4, 6, 9, 10, 11, 13 y 14.5
7Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 7 y 15.3
12Extiende su jurisdicción al partido judicial número 12.2
Málaga Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.3Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 1211
8Extiende su jurisdicción al partido judicial 82
Sevilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.6 13
3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 3, 4 y 78
5Extiende su jurisdicción al partido judicial número 5 2

Aragón Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero.

   
Huesca4 1
Teruel3 1
Zaragoza3 8

Asturias

   
Asturias4Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 4, 7, 15 y 161
8Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 8 y 173
10Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 1, 2, 3, 5, 6, 10, 11, 12, 14 y 184
13Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 9 y 131
Canarias   
Las Palmas Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 3.3
2extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 4, 5, 6, 7 y 8.6
Santa Cruz de Tenerife Añadido por Real Decreto 2126/2004, de 2 de noviembre. 3 Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 7
Cantabria Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.    
Cantabria3 4
Castilla y León Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.    
Burgos1 3
Ávila3 1
León2Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 1, 2, 3, 5, 6 y 72
4Extiende su jurisdicción al partido judicial número 4 1
Palencia1 2
Salamanca1 2
Segovia1 1
Soria3 1
Valladolid1 4
Zamora2 1
Castilla-La Mancha Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.    
Albacete Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1 3
Ciudad Real Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 2 3
Cuenca Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1 1
Guadalajara Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 1 1
Toledo5 3

Cataluña Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.

   
Barcelona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 2extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2 y 8.3
3extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3 y 22.3
4extiende su jurisdicción al partido judicial número 4.2
5extiende su jurisdicción al partido judicial número 5.1
6extiende su jurisdicción al partido judicial número 6.2
11extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 7, 10, 11, 12, 16, 17, 18, 20, 23 y 25.25
13extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 13 y 19.3
14extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 9, 14 y 21.3
15extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 15 y 24.2
Girona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1Extiende su jurisdicción al Partido Judicial número 12
2Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 95
Lleida Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre. 4 3
Tarragona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 2extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2 y 8.2
6extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 4 y 6.4
7extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 5 y 7.1

Comunidad Valenciana Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.

   
Alicante/Alacant3extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 3, 5, 6, 7, 10, 11 y 12.7
4extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 4 y 13.3
8extiende su jurisdicción al partido judicial número 8.3
9extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 9.3
Valencia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 2extiende su jurisdicción al partido judicial número 2.1
6extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18.15
4extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9,11, 12 y 13.3
Extremadura   
Badajoz4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 4, 13 y 14.2
5Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 5, 6, 7, 8 y 12.2
11Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 9, 10 y 11.1

Galicia

   
A Coruña Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 2Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 2, 10 y 132
3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3 y 92
4Extiende su jurisdicción a los Partidos Judiciales 1, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12 y 146
Madrid Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.    
Madrid4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 4, 13 y 14.4
6Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 6, 17 y 18.5
10Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 8, 9, 10, 16 y 20.4
11Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 5, 7, 11, 12, 15, 19 y 21.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 30
Región de Murcia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.    
Murcia2Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2 y 11.2
4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 4 y 9.2
6Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 10.5
Navarra Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.    
Navarra4 4
   Total329 Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 1682/2007, de 14 de diciembre.

ANEXO VIII.
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Redacción según Real Decreto 347/2000, de 10 de marzo.

ProvinciaSede
en partido
judicial
número
 Número
de
Juzgados
AndalucíaRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.   
Almería Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1 3
Cádiz3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 5 y 8.1
4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 4, 6, 9, 10, 11, 13 y 14.4
7Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 7 y 15.1
Córdoba Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 8 5
Granada Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 3  Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 5
Huelva Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.2 3
Jaén Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1 3
Málaga Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 7
Sevilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 2126/2004, de 2 de noviembre. 6 Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 12
Aragón   
Huesca4 1
Teruel3 1
Zaragoza Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 3 5
Principado de Asturias Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre.    
Asturias8Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 8 y 17.2
10Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 18.5
Illes Balears Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.    
Illes Balears3 3
CanariasRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.    
Las Palmas Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio. 2 Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 6
Santa Cruz de Tenerife Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3 4
Castilla-La Mancha   
Albacete1 2
Ciudad Real2 1
Cuenca1 1
Guadalajara1 1
Toledo5 2
Castilla y León Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.    
Ávila Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.3 1
Burgos Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1 2
León Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre. 2 2
Palencia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1 1
Salamanca Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1 2
Segovia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1 1
Soria Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 3 1
Valladolid Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1 3
Zamora Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 2 1
Cataluña Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.    
Barcelona11 17
Girona2 3
Lleida4 2
Tarragona6 3
Comunidad Valenciana Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre.    
Alicante/Alacant. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12.4
8Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 4, 8 y 13.1
Castellón/Castelló Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1 2
Valencia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 6 10
Extremadura   
Badajoz Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 4, 9, 10, 11, 13 y 14.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 2
5Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3, 5, 6, 7, 8 y 12.2
Cáceres Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1 2
Galicia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.   
Ourense Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre. 1 2
Pontevedra Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3 y 10.2
4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 13.3
A Coruña Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 708/2006, de 9 de junio. 2Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 10 y 13.2
3Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 3 y 9.1
4Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12 y 14.4
Madrid Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.    
Madrid Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.11 Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 31
Murcia Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.    
Murcia2Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2 y 11.1
6Extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.8
Ciudad de Melilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.    
Melilla 8Extiende su jurisdicción al partido judicial número 8 de Málaga.3
Centrales de lo Contencioso - Administrativo Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Extiende su jurisdicción a toda España12
País Vasco Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.    
Álava2 3
Guipúzcoa5 3
Vizcaya4 5
La Rioja   
La Rioja Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 3 2
      Total232 Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio.

ANEXO IX.
Juzgados de lo Social.
Redacción según Real Decreto 814/2001, de 13 de julio.

Provincia sedeNúmero de Juzgados 
Andalucía:  
Almería Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 4 
Cádiz Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 3 extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 4, 9, 13 y 14.
Algeciras Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1 extiende su jurisdicción a los partidos 3, 5 y 8.
Ceuta Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 1 extiende su jurisdicción al partido judicial número 12.
Jérez de la Frontera Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 3 extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 6, 7, 10, 11 y 15.
Córdoba Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 4 
Granada Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 7 extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1, 2, 3, 5, 6, 7 y 8.
   Motril Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 1extiende su jurisdición a los partidos judiciales 4 y 9.
Huelva Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 3  
Jaén Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 4  
Málaga Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 12extiende su jurisdicción a los partidos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12.
Melilla Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1extiende su jurisdicción al partido judicial número 8.
Sevilla Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 11  .
Aragón Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.   
Zaragoza7 
Principado de Asturias: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
   Asturias:  
      Oviedo6extiende su jurisdicción a los partidos 1, 3, 5, 6, 10, 11, 14 y 18.
      Avilés2extiende su jurisdicción a los partidos 4, 7, 15 y 16.
      Gijón4extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 8 y 17.
      Mieres1extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 9, 12 y 13.
Illes Balears:  
Palma de Mallorca4extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 3 y 4.
   Ciutadella de Menorca1extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 6.
   Eivissa1extiende su jurisdicción al partido judicial número 5.
Canarias: Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.   
Santa Cruz de TenerifeRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 7 
   Las Palmas: Redacción según Real Decreto 2126/2004, de 2 de noviembre.   
Las Palmas de Gran Canaria Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 9extiende su jurisdicción a los partidos 2, 5, 6, 7 y 8.
Arrecife Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 2extiende su jurisdicción a los partidos 1 y 3
Gáldar Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1extiende su jurisdicción al partido judicial número 4.
Puerto del Rosario Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1 
Cantabria: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Santander5 
Castilla-La Mancha: Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre.   
   Guadalajara:  
      Guadalajara2 
Castilla y León: Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre.   
Ávila1 
Burgos3 
León3extiende su jurisdicción a los partidos 1, 2, 3, 5 y 6.
Ponferrada2extiende su jurisdicción a los partidos 4 y 7.
Palencia2 
Salamanca2 
Segovia1 
Soria1 
Valladolid4 
Zamora2 
Cataluña: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Barcelona33extiende su jurisdicción a los partidos 1, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 18, 20, 21, 23.
Granollers3extiende su jurisdicción a los partidos 3, 5 y 22.
Manresa1extiende su jurisdicción a los partidos 2 y 8
Mataró2extiende su jurisdicción a los partidos 4 y 6.
Sabadell3extiende su jurisdicción a los partidos 13 y 19.
Terrassa2extiende su jurisdicción a los partidos 15 y 24.
Comunidad Valenciana:Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.  
Valencia17 
Alicante/Alacant. Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo. 7extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 2, 3, 5, 6, 7, 10, 11 y 12.
   Benidorm1extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 9.
   Elche3extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 4, 8 y 13.
Valencia17 
Extremadura: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Cáceres3 
Madrid: Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Madrid39extiende su jurisdicción a los partidos 1, 5, 7, 11, 12, 15, 19 y 21.
Alcalá de Henares1extiende su jurisdicción a los partidos 2 ,4 ,13 y 14.
Getafe1extiende su jurisdicción a los partidos 8 ,9 ,10 ,16 y 20.
Móstoles2extiende su jurisdicción a los partidos 3 ,6 ,17 y 18.
País Vasco: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Bilbao10 
Navarra  
Pamplona4 
La Rioja  
Logroño.3 
      Total Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 334 

ANEXO X.
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
Redacción según Ley Orgánica 5/2003, de 27 de mayo.

 Número Juzgados Vigilancia PenitenciariaNúmero Juzgado Penal OrdinarioCon jurisdicción en las provincias
Andalucía2-Cádiz.
4-Málaga, Granada, Jaén y Almería.
3-Sevilla, Huelva y Córdoba.
Aragón Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 2-Zaragoza, Huesca y Teruel.
Principado de Asturias1-Ámbito de la provincia.
Illes Balears1-Ámbito de la provincia.
Canarias1-Las Palmas.
1-Santa Cruz de Tenerife.
Cantabria Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1-Ámbito de la provincia.
Castilla y León Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1-Burgos y Soria.
1-Zamora, Valladolid, Segovia y Ávila.
1-León.
1-Palencia.
1-Salamanca.
Castilla-La Mancha1-Ciudad Real y Albacete.
1-Toledo, Cuenca y Guadalajara.
Cataluña Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. 4-Barcelona y Girona.
1-Lleida y Tarragona.
Comunidad Valenciana Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 2-Alacant/Alicante.
1-Castelló/Castellón.
1-València/Valencia.
Extremadura1-Cáceres y Badajoz.
Galicia2-A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.
Madrid Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 5-Ámbito de la provincia.
Murcia1-Ámbito de la provincia.
Navarra Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 1-Ámbito de la provincia.
País Vasco1-Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.
La Rioja-1Ámbito de la provincia.
Ciudad de Ceuta1-Ámbito de la ciudad.
Ciudad de Melilla-1Ámbito de la ciudad.
TotalRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 442 
Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria-1Ámbito nacional.

ANEXO XI.
Juzgados de Menores.
Redacción según Real Decreto 987/1998, de 22 de mayo.

ProvinciaNúmero de Juzgados
   Andalucía: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.  
Almería1
Cádiz3
Córdoba1
Granada2
Huelva1
Jaén1
Málaga3
Sevilla3
Ceuta1
Melilla1
   Asturias: 
Asturias1
   Cataluña: Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre.  
Barcelona6
   Comunidad Valenciana: Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.  
Alacant/Alicante3
Castelló/Castellón1
València/Valencia4
   Galicia: 
A Coruña1
Lugo1
Ourense1
Pontevedra1
   Madrid: Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio.  
Madrid7
   Murcia Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.  
Murcia2
   País Vasco: 
Álava1
Guipúzcoa1
Vizcaya Redacción según Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre. 2
  
Juzgado Central de Menores Redacción según Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre. 1
      Total 

ANEXO XII.
Juzgados de lo Mercantil.
Añadido por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

 Número
Juzgados
de lo
Mercantil
Jurisdicción
Andalucía Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.   
Almería1Ámbito provincial.
Cádiz1Ámbito provincial.
Córdoba1Ámbito provincial.
Granada1Ámbito provincial.
Huelva1Ámbito provincial.
Jaén1Ámbito provincial.
Málaga2Ámbito provincial.
Sevilla2Ámbito provincial.
Aragón Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.   
Huesca1Ámbito provincial.
Teruel1Ámbito provincial.
Zaragoza2Ámbito provincial.
Asturias  
Oviedo Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 2Ámbito provincial.
Illes Balears  
Palma de Mallorca Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 2Ámbito provincial.
Canarias Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.  
Las Palmas2Ámbito provincial.
Santa Cruz de Tenerife1Ámbito provincial.
Cantabria   
Cantabria1Ámbito provincial.
Castilla y León Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.  
Ávila1Ámbito provincial.
Burgos1Ámbito provincial.
León1Ámbito provincial.
Palencia1Ámbito provincial.
Salamanca1Ámbito provincial.
Segovia1Ámbito provincial.
Soria1Ámbito provincial.
Valladolid1Ámbito provincial.
Zamora1Ámbito provincial.
Castilla-La Mancha   
Albacete1Ámbito provincial.
Ciudad Real1Ámbito provincial.
Cuenca1Ámbito provincial.
Guadalajara1Ámbito provincial.
Toledo1Ámbito provincial.
Cataluña Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.  
Barcelona Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 8Ámbito provincial.
Girona1Ámbito provincial.
Lleida1Ámbito provincial.
Tarragona1Ámbito provincial.
Comunidad Valenciana Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Alicante/Alacant3Ámbito provincial (nacional como Juzgado de Marca Comunitaria).
Castellón 2 Plana/Castelló1Ámbito provincial.
Valencia3Ámbito provincial.
Extremadura Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.  
Badajoz1Ámbito provincial.
Cáceres1Ámbito provincial.
Galicia Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.  
A Coruña2Ámbito provincial.
Lugo1Ámbito provincial.
Ourense1Ámbito provincial.
Pontevedra3Ámbito provincial.
Madrid Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.  
Madrid Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero. Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre. 12Ámbito provincial.
Murcia Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero.  
Murcia2Ámbito provincial.
Navarra   
Navarra1Ámbito provincial.
País Vasco Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre.   
Vitoria-Gasteiz1Ámbito provincial.
Donostia-San Sebastián1Ámbito provincial.
Bilbao2Ámbito provincial.
La Rioja   
La Rioja1Ámbito provincial.
Ciudad de Ceuta  
Ceuta1Ámbito Ciudad Autónoma.
Ciudad de Melilla  
Melilla1Ámbito Ciudad Autónoma.
Total Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio. 85 

ANEXO XIII.
Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Añadido por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Andalucía     
Almería Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo. 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Berja -1 Ámbito Partido Judicial. 
   El Ejido -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Huercal-Overa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Purchena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Roquetas de Mar -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vélez Rubio -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vera -1 Ámbito Partido Judicial. 
Cádiz. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto. Añadido por Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Algeciras1- Ámbito Partido Judicial. 
   Arcos de la Frontera-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Barbate-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Chiclana de la Frontera-1 Ámbito Partido Judicial. 
   El Puerto de Santa María-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Jerez de la Frontera1- Ámbito Partido Judicial. 
   La Línea de la Concepción-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Puerto Real-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Rota-1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Fernando-1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Roque-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sanlúcar de Barrameda-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ubrique-1 Ámbito Partido Judicial. 
Córdoba. Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio.  1- Ámbito Partido Judicial 
   Aguilar de la Frontera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Baena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cabra -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lucena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Montilla -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Montoro -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Peñarroya-Pueblonuevo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Posadas -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Pozoblanco -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Priego de Córdoba -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Puente Genil -1 Ámbito Partido Judicial. 
Granada. Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio.  2- Ámbito Partido Judicial. 
   Almuñécar -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Baza -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Guadix -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Huéscar -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Loja -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Motril -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Orgiva -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Santa Fe -1 Ámbito Partido Judicial. 
Huelva Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  1- Ámbito partido judicial. 
   Aracena -1 Ámbito partido judicial. 
   Ayamonte -1 Ámbito partido judicial. 
   La Palma del Condado -1 Ámbito partido judicial. 
   Moguer -1 Ámbito partido judicial. 
   Valverde del Camino -1 Ámbito partido judicial. 
Jaén Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  1- Ámbito partido judicial. 
   Alcalá La Real -1 Ámbito partido judicial. 
   Andújar -1 Ámbito partido judicial. 
   Baeza -1 Ámbito partido judicial. 
   Cazorla -1 Ámbito partido judicial. 
   La Carolina -1 Ámbito partido judicial. 
   Linares -1 Ámbito partido judicial. 
   Martos -1 Ámbito partido judicial. 
   Úbeda -1 Ámbito partido judicial. 
   Villacarrillo -1 Ámbito partido judicial. 
Málaga. Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto.  3- Ámbito Partido Judicial. 
   Antequera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Archidona -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Coín -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Estepona -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Fuengirola 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Marbella 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Ronda -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torremolinos -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrox -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vélez-Málaga -1 Ámbito Partido Judicial. 
Sevilla. Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto.  4- Ámbito Partido Judicial. 
   Alcalá de Guadaira -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Carmona -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cazalla de la Sierra -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Coria del Río -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Dos Hermanas -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Écija -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Estepa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lebrija -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lora del Río -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Marchena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Morón de la Frontera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Osuna -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sanlúcar la Mayor -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Utrera -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Aragón    
Huesca.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
6-1 
Teruel.1-1 
2-1 
3-1 
Zaragoza. Redacción según Real Decreto 339/2007, de 9 de marzo.  2- Ámbito Partido Judicial. 
   Calatayud -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Caspe -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Daroca -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ejea de los Caballeros -1 Ámbito Partido Judicial. 
   La Almunia de Doña Godina -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Tarazona -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Asturias    
Oviedo 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Avilés -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cangas de Onís -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cangas del Narcea -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Castropol -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Gijón -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Grado -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Infiesto (Piloña) -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Langreo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Laviana -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Llanes -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Luarca (Valdes) -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mieres -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Pravia -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Siero -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Tineo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villaviciosa -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Illes Balears Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.     
Palma de Mallorca 2- Ámbito Partido Judicial. 
   Ciutadella de Menorca -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Eivissa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Inca -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mahón -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Canarias    
Las Palmas de Gran Canaria Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo. 2- Ámbito Partido Judicial. 
   Arrecife -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Arucas -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Puerto del Rosario -1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Bartolomé de Tirajana 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Santa María de Guía de Gran -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Telde -1 Ámbito Partido Judicial. 
Santa Cruz de Tenerife Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto.  2- Ámbito Partido Judicial 
   Arona 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Granadilla de Abona -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Güímar -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Icod de los Vinos -1 Ámbito Partido Judicial. 
   La Orotava -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Los Llanos de Aridane -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Puerto de la Cruz -1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Cristóbal de La Laguna -1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Sebastián de La Gomera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Santa Cruz de La Palma -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Valverde -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Cantabria Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.     
Santander 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Castro Urdiales -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Laredo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Medio Cudeyo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Reinosa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Vicente de la Barquera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Santoña -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrelavega -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Castilla y León    
Ávila.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
Burgos.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
6-1 
7-1 
León.1-1 
2-1 
3-1 
4-1Servido por Magistrado.
5-1 
6-1 
7-1 
Palencia.1-1 
2-1 
3-1 
Salamanca.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
Segovia.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
Soria.1-1 
2-1 
3-1 
Valladolid Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.  1- Ámbito Partido Judicial. 
   Medina de Rioseco -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Medina del Campo -1 Ámbito Partido Judicial. 
Zamora.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Castilla-La Mancha    
Albacete Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.  1- Ámbito Partido Judicial. 
   Alcaraz -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Almansa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Casas-Ibáñez -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Hellín -1 Ámbito Partido Judicial. 
   La Roda -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villarrobledo -1 Ámbito Partido Judicial. 
Ciudad Real.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
6-1 
7-1 
8-1 
9-1 
10-1 
Cuenca.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
Guadalajara.1-1 
2-1 
3-1 
Toledo.1-1 
2-1 
3-1 
4-1Servido por Magistrado.
5-1 
6-1 
7-1 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
CataluñaRedacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.    
Barcelona. Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  4- Ámbito Partido Judicial. 
   Arenys de Mar-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Badalona1- Ámbito Partido Judicial. 
   Berga-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cerdanyola del Vallès-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cornellà de Llobregat-1 Ámbito Partido Judicial. 
   El Prat de Llobregat-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Esplugues de Llobregat-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Gavà1- Ámbito Partido Judicial. 
   Granollers1- Ámbito Partido Judicial. 
   Igualada-1 Ámbito Partido Judicial. 
   L’Hospitalet de Llobregat1- Ámbito Partido Judicial. 
   Manresa-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Martorell-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mataró1- Ámbito Partido Judicial. 
   Mollet del Vallès-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Rubí-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sabadell1- Ámbito Partido Judicial. 
   Sant Boi de Llobregat-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sant Feliu de Llobregat1- Ámbito Partido Judicial. 
   Santa Coloma de Gramenet-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Terrassa1- Ámbito Partido Judicial. 
   Vic-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vilafranca del Penedès-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vilanova i la Geltrú-1 Ámbito Partido Judicial. 
Girona. Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  11 Ámbito Partido Judicial. 
   Blanes -1 Ámbito partido judicial. 
   Figueres -1 Ámbito partido judicial. 
   La Bisbal d'Emporda -1 Ámbito partido judicial. 
   Olot -1 Ámbito partido judicial. 
   Puigcerda -1 Ámbito partido judicial. 
   Ripoll -1 Ámbito partido judicial. 
   Sant Feliu de Guixols -1 Ámbito partido judicial. 
   Santa Coloma de Farners -1 Ámbito partido judicial. 
Lleida Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.1-Ámbito Partido Judicial 
Balaguer-1Ámbito Partido Judicial 
Cervera-1Ámbito Partido Judicial 
La Seu D'Urgell-1Ámbito Partido Judicial 
Solsona-1Ámbito Partido Judicial 
Tremp-1Ámbito Partido Judicial 
Vielha e Mijaran-1Ámbito Partido Judicial 
Tarragona Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo.1- Ámbito Partido Judicial. 
   Amposta-1 Ámbito Partido Judicial. 
   El Vendrell-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Falset-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Gandesa-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Reus1- Ámbito Partido Judicial. 
   Tortosa-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Valls-1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Comunidad Valenciana    
Alicante Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  2- Ámbito Partido Judicial. 
   Alcoy -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Benidorm 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Denia 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Elche 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Elda -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ibi -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Novelda -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Orihuela 1- Ámbito Partido Judicial. 
   San Vicente del Raspeig -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrevieja -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villajoyosa -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villena -1 Ámbito Partido Judicial. 
Castellón de la Plana. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio. 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Nules-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Segorbe-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villarreal1- Ámbito Partido Judicial. 
   Vinarós-1 Ámbito Partido Judicial. 
Valencia. Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre. 3- Ámbito Partido Judicial. 
   Alzira-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Carlet-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Catarroja-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Gandia1- Ámbito Partido Judicial. 
   Lliria-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Massamagrell-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mislata-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Moncada-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ontinyent-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Paterna1- Ámbito Partido Judicial. 
   Picassent-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Quart de Poblet-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Requena-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sagunto-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Sueca-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrent1- Ámbito Partido Judicial. 
   Xativa-1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Extremadura    
Badajoz Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.  1- Ámbito Partido Judicial. 
   Almendralejo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Castuera -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Don Benito -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Fregenal de la Sierra -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Herrera del Duque -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Jerez de los Caballeros -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Llerena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mérida -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Montijo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Olivenza -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villafranca de los Barros -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Villanueva de la Serena -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Zafra -1 Ámbito Partido Judicial. 
Cáceres.1-1 
2-1 
3-1 
4-1Servido por Magistrado.
5-1 
6-1 
7-1 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Galicia    
A Coruña Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo. 1- Ámbito Partido Judicial 
   Arzua -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Betanzos -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Carballo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Corcubión -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ferrol -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Muros -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Negreira -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Noia -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ordes -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ortigueira -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Padrón -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ribeira -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Santiago de Compostela -1 Ámbito Partido Judicial. 
Lugo.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
6-1 
7-1 
8-1 
9-1 
Ourense.1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
5-1 
6-1 
7-1 
8-1 
9-1 
Pontevedra. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.  -1 Ámbito Partido Judicial. 
   A Estrada -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Caldas de Reis -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cambados -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cangas -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lalín -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Marín -1 Ámbito Partido Judicial. 
   O Porriño -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Ponteareas -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Redondela -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Tui -1 Ámbito Partido Judicial. .
   Vigo -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Vilagarcía de Arousa -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Madrid Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio.Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.     
Madrid.10- Ámbito Partido Judicial. 
   Alcalá de Henares1- Ámbito Partido Judicial. 
   Alcobendas-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Alcorcón-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Aranjuez-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Arganda del Rey1- Ámbito Partido Judicial. 
   Collado Villalba-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Colmenar Viejo-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Coslada-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Fuenlabrada1- Ámbito Partido Judicial. 
   Getafe1- Ámbito Partido Judicial. 
   Leganés1- Ámbito Partido Judicial. 
   Majadahonda-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Móstoles1- Ámbito Partido Judicial. 
   Navalcarnero-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Parla1- Ámbito Partido Judicial. 
   Pozuelo de Alarcón-1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Lorenzo de El Escorial-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrejón de Ardoz-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Torrelaguna-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Valdemoro-1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Murcia    
Murcia Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto.  2- Ámbito Partido Judicial. 
   Caravaca de la Cruz -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Cartagena 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Cieza -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Jumilla -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Lorca -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Molina de Segura -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Mula -1 Ámbito Partido Judicial. 
   San Javier -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Totana -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Yecla -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Navarra Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.     
Pamplona 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Aoiz -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Estella -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Tafalla -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Tudela -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
País Vasco    
Álava. Redacción según Real Decreto 233/2005, de 4 de marzo. 1-1 
21- 
Guipúzcoa. Redacción según Real Decreto 233/2005, de 4 de marzo. 1-1 
2-1 
3-1 
4-1 
51- 
6-1 
Bilbao Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio. Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre. 2-- Ámbito Partido Judicial. 
   Balmaseda-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Barakaldo1- Ámbito Partido Judicial. 
   Durango-1 Ámbito Partido Judicial. 
   Gernika-Lumo--1 Ámbito Partido Judicial. 
   Getxo -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
La Rioja Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre.     
Logroño 1- Ámbito Partido Judicial. 
   Calahorra -1 Ámbito Partido Judicial. 
   Haro -1 Ámbito Partido Judicial. 

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Ciudad de Ceuta    
Ceuta.12-1Servido por Magistrado.
Ciudad de Melilla    
Melilla.8-1Servido por Magistrado.

ProvinciaPartido judicial númeroExclusivosCompatiblesCategoría del titular
Total nacional 92 Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre. 366 Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre.  

Notas:
Artículo 62:
Redacción según Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992.
Anexo XI:
Redacción según Real Decreto 987/1998, de 22 de mayo, de dotación y constitución de plazas de Magistrado y Juzgados correspondiente a la programación de 1998.
Anexo III:
Redacción según Real Decreto 610/1997, de 25 de abril, por el que se dotan plazas de Magistrado en la Audiencia Nacional y en determinadas Audiencias Provinciales correspondientes a la programación de 1997.
Anexo VIII:
Redacción según Real Decreto 347/2000, de 10 de marzo, por el que se dispone la dotación y constitución de plazas de Magistrados y Juzgados correspondiente a la programación del año 2000.
Anexos IV, V y IX:
Redacción según Real Decreto 814/2001, de 13 de julio, por el que se regula el desarrollo de la Planta Judicial correspondiente a la programación del año 2001.
Anexos VI y VII:
Redacción según Real Decreto 996/2002, de 27 de septiembre, por el que se dispone la creación y constitución de determinados Juzgados dentro de la programación del año 2002.
Artículos 4, 14 y 29:
Redacción según Ley 3/1992, de 20 de marzo, sobre medidas de corrección de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Anexo IV, V, VI, VIII y IX:
Añadido por Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre, por el que se completa el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2002.
Anexo IV, V, VI, VIII y XI:
Redacción según Real Decreto 1161/2002, de 8 de noviembre, por el que se completa el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2002.
Artículo 21 (párrafo 1):
Redacción según Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado.
Artículos 1, 6 y 18 (apdo. 1); Anexo X:
Redacción según Ley Orgánica 5/2003, de 27 de mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, y la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Anexos VI (Principado de Asturias), VII (Lleida), VIII (Principado de Asturias, León, Alicante y Orense), IX (Guadalajara) y XI (Barcelona):
Redacción según Real Decreto 1230/2003, de 26 de septiembre, por el que se regula el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2003.
Anexo VI (Girona):
Añadido por Real Decreto 1495/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece la separación de Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en los partidos judiciales de Granollers, Mataró, Girona y Cartagena.
Artículo 54:
Derogado por Ley 10/1992, de 30 de abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Artículos 3, 8 (apdo. 2), 23 (apdo. 1 y 3):
Redacción según Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículos 19 bis y 46 bis; Disposiciones transitoria novena, transitoria décima, final única; Anexo XII:
Añadido por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Anexo VI (Lleida):
Redacción según Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio, por el que se dispone la creación de una plaza de magistrado, de la sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante, y la creación y constitución de determinados juzgados, todos ellos con competencia mercantil, correspondientes a la programación del año 2004.
Anexo VI (Zaragoza, León, La Rioja y Ceuta):
Añadido por Real Decreto 1649/2004, de 9 de julio, por el que se dispone la creación de una plaza de magistrado, de la sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante, y la creación y constitución de determinados juzgados, todos ellos con competencia mercantil, correspondientes a la programación del año 2004.
Anexos VI (Navarra), VII (Santa Cruz de Tenerife), VIII (Sevilla) y IX (Las Palmas):
Redacción según Real Decreto 2126/2004, de 2 de noviembre, por el que se dispone la creación y constitución de determinados juzgados dentro del desarrollo de la programación del año 2004.
Artículo 25:
Redacción según Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Artículos 4 (apdo. 1), 9 y 21 (apdo. 2):
Redacción según Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículos 15 bis y 46 ter; Anexo XIII:
Añadido por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Anexo XIII (Álava y Guipúzcoa):
Redacción según Real Decreto 233/2005, de 4 de marzo, por el que se dispone la creación y constitución de juzgados de violencia sobre la mujer correspondientes a la programación del año 2005.
Anexo IV (Illes Balears y Galicia), V (Cádiz, Granada, Málaga, Sevilla, Pontevedra y Murcia), VIII (Málaga) y IX (Alicante/Alacant):
Redacción según Real Decreto 481/2005, de 4 de mayo, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados dentro de la programación correspondiente al año 2005.
Anexos IV (Principado de Asturias, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Región de Murcia y La Rioja), V (Aragón, Illes Balears y Cataluña), VI (Andalucía, Zaragoza, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Ávila, León, Salamanca, Soria, Valladolid, Comunidad Valenciana, Badajoz, Galicia, País Vasco y La Rioja), VII (Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Girona, Extremadura, Galicia, Madrid y Región de Murcia), VIII (Córdoba, Zaragoza, Burgos, Salamanca, Cáceres, Pontevedra y Región de Murcia), IX (Almería, Málaga, Melilla, Oviedo, Avilés, Gijón, Mieres, Gáldar, Santander, Barcelona, Granollers, Manresa, Mataró, Sabadell, Terrassa, Cáceres, Madrid, Alcalá de Henares, Getafe, Móstoles y Bilbao), X (Aragón, Cantabria, Comunidad Valenciana, Madrid y Navarra), XI (Andalucía y Comunidad Valenciana) y XII (Comunidad Valenciana, Pontevedra, Madrid y País Vasco):
Redacción según Real Decreto 1197/2005, de 10 de octubre, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados para completar la programación correspondiente al año 2005.
Artículo 20 (apdo. 1):
Redacción según Ley 26/1998, de 13 de julio, por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Anexo VI (Ourense):
Redacción según Real Decreto 352/2006, de 24 de marzo, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Ourense.
Anexos IV (Castilla-La Mancha, sala de lo Contencioso-Administrativo), V (Canarias), VI (Santa Cruz de Tenerife y Navarra), VIII (Las Palmas y A Coruña), IX (Madrid) y XIII (Córdoba, Granada, Alicante y Castellón):
Redacción según Real Decreto 708/2006, de 9 de junio, por el que se dispone la creación de veinte unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2006.
Anexos III (Sala de lo Penal), V (Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Madrid), VI (Almería, Granada, Sevilla, Asturias, Illes Balears, Las Palmas, Barcelona, Girona, Tarragona, Valencia, Pontevedra, Madrid, Murcia y Vizcaya), VII (Almería, Cádiz, Las Palmas, Barcelona, Tarragona y Comunidad Valenciana), VIII (Illes Balears, Valencia, Madrid y Ciudad de Melilla), IX (Aragón, Las Palmas de Gran Canaria, Arrecife y Puerto del Rosario), X (Castilla y León), XI (Murcia), XII (Barcelona) y XIII (Cádiz, Asturias, Illes Balears, Cantabria, Valladolid, Albacete, Badajoz, Pontevedra, Navarra, Bilbao y La Rioja):
Redacción según Real Decreto 963/2006, de 1 de septiembre, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados para completar la programación correspondiente al año 2006.
Anexo VI (Guadalajara):
Redacción según Real Decreto 1201/2006, de 20 de octubre, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Guadalajara.
Anexo VI (Cádiz y Málaga):
Redacción según Real Decreto 46/2007, de 19 de enero, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en los partidos judiciales de Algeciras y Fuengirola.
Anexo XIII (Zaragoza y Valencia):
Redacción según Real Decreto 339/2007, de 9 de marzo, por el que se dispone la creación de seis unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2007.
Anexo VI (Madrid):
Redacción según Real Decreto 340/2007, de 9 de marzo, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Alcalá de Henares.
Anexo VI (Lugo):
Redacción según Real Decreto 341/2007, de 9 de marzo, por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Lugo.
Anexos VI (Canarias) y XIII (Almería, Las Palmas de Gran Canaria, Tarragona, Elche y A Coruña):
Redacción según Real Decreto 657/2007, de 25 de mayo, por el que se dispone la creación y constitución de ocho unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2007.
Anexos IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XII:
Redacción según Real Decreto 867/2007, de 2 de julio, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y la creación y constitución de juzgados dentro de la programación correspondiente al año 2007.
Artículo 20 (apdo. 1, segundo párrafo):
Redacción según Ley 2/1999, de 11 de enero, de modificación de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Anexo VI (Barcelona y Valencia):
Redacción según Orden JUS/2479/2007, de 27 de julio, por la que se dispone que los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Martorell (Barcelona) y Lliria (Valencia) sean servidos por Magistrados.
Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto, por el que se dispone la creación y constitución de 18 unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2007.
Anexo XIII (Cádiz, Málaga, Sevilla, Santa Cruz de Tenerife, Barcelona, Madrid y Murcia):
Redacción según Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto, por el que se dispone la creación y constitución de 18 unidades judiciales dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para el año 2007.
Anexo VI (A Coruña):
Redacción según Real Decreto 1107/2007, de 24 de agosto, por el que se establece la separación de Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en el partido judicial de Ferrol, A Coruña.
Anexo XIII (Huelva, Jaén, Barcelona, Girona, Alicante, Valencia y Madrid):
Redacción según Real Decreto 1309/2007, de 5 de octubre, por el que se dispone la creación y constitución de 11 unidades judiciales que completan el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2007.
Anexos VI (Ceuta) y VII (Cádiz):
Redacción según Real Decreto 1682/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece la transformación del Juzgado de lo Penal número 3 de Ceuta en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta.
Artículo 25 (primer inciso):
Redacción según Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional.
Anexo VI (Pontevedra):
Redacción según Real Decreto 2/2008, de 11 de enero, por el que se establece la transformación del juzgado de primera instancia n.º 4 de Vigo en Registro Civil exclusivo de Vigo.
Anexos V (Aragón y Total), VI (Zaragoza y Total), VII (Aragón y Total) y VII (Zaragoza y Total):
Redacción según Real Decreto 3/2008, de 11 de enero, por el que se dispone la creación de cuatro unidades judiciales en el partido judicial de Zaragoza y se crea una nueva sección en la Audiencia Provincial de Zaragoza dentro de la programación correspondiente al año 2008.
Anexo VI (Málaga, Las Palmas, Barcelona, Valencia, Madrid y total nacional):
Redacción según Real Decreto 159/2008, de 8 de febrero, por el se dispone la creación y constitución de 10 juzgados de primera instancia dentro de la programación para el año 2008.
Artículo 16:
Redacción según Ley 37/1999, de 28 de octubre, por la que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Anexo VI (Illes Balears, Castellón/Castelló, Valencia y Madrid):
Redacción según Orden JUS/505/2008, de 26 de febrero, por la que se dispone que los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Manacor (Illes Balears), Vila-real (Castellón), Sueca (Valencia) y Valdemoro (Madrid) sean servidos por Magistrados.
Anexo VI (Pontevedra):
Redacción según Real Decreto 321/2008, de 29 de febrero, por el que se dispone la modificación de la denominación del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Vigo, en Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vigo.
Anexos IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII :
Redacción según Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, por el que se crean 126 Juzgados y 20 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales correspondientes a la programación de 2008.
Anexo VI (Illes Balears y Murcia):
Redacción según Orden JUS/2773/2008, de 25 de septiembre, por la que se dispone que los juzgados de primera instancia e instrucción de los partidos judiciales de Inca (Illes Balears) y Molina de Segura (Murcia) sean servidos por Magistrados.
Anexo VI (Madrid):
Redacción según Real Decreto 1577/2008, de 26 de septiembre, por el que se establece la separación de Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en el partido judicial de Alcobendas, Madrid.
Anexo VI (Las Palmas, total nacional y tabla de Registros Civiles):
Redacción según Real Decreto 1833/2008, de 8 de noviembre, por el que se establece la transformación del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Las Palmas de Gran Canaria en Registro Civil exclusivo.
Anexo XII (Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia):
Redacción según Real Decreto 167/2009, de 13 de febrero, por el que se dispone la creación y constitución de 15 juzgados para la mejora de la jurisdicción mercantil, dentro de la programación del año 2009.
Anexo VI (Santa Cruz de Tenerife):
Redacción según Real Decreto 712/2009, de 24 de abril, por el que se establece la transformación del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santa Cruz de Tenerife en Registro Civil exclusivo.
Artículos 19 y 61; Anexo XI:
Redacción según Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo.
Artículo 23 (apdo. 4):
Redacción según Ley Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, sobre medidas urgentes para la agilización de la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Anexos I y II:
Anexo omitido. Pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado número 313, de 30 de diciembre de 1988.
Anexo I modificado por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Declarado inconstitucional por sentencia numero 62/1990, de 30 de marzo, del pleno del Tribunal Constitucional, en los recursos de inconstitucionalidad acumulados numeros 505, 548, 583 y 588/1989, contra determinados articulos de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.