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Orden de 3 de junio de 1987 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Bridgetown (Barbados).


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Sumario:

Al objeto de atender a la colonia española y con el fin de facilitar los trámites consulares necesarios, la Dirección General del Servicio Exterior de este Ministerio, ha propuesto la creación de una Oficina Consular Honoraria en Barbados.

En su virtud, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Artículo Único.

Se crea una Oficina Consular Honoraria en Bridgetown (Barbados), cuya jurisdicción abarcará Barbados, Granada, Dominica y Santa Lucía, dependiendo de la Embajada de España en Kingston (Jamaica).

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de junio de 1987.

 

Fernández Ordóñez.

Ilmo. Sr. Subsecretario.



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