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Orden 256/2001, de 4 de diciembre, por la que se señala la zona de seguridad del Cuartel General Subregional con junto Sudoeste de la OTAN, en Retamares (Madrid).


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Sumario:

Por existir en la Región Militar Centro una instalación militar, que aloja elementos pertenecientes a un cuartel general internacional, denominada Cuartel General Subregional Conjunto Sudoeste de la OTAN, situada en el término municipal de Pozuelo de Alarcón, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, por lo que, previo el informe preceptivo del Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región, dispongo:

Primero.

A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero Boletín Oficial del Estado, número 89), que desarrolla la Ley número 8/1975, de 12 de marzo Boletín Oficial del Estado, número 63), se considera incluida en el grupo segundo la instalación militar Cuartel General Subregional Conjunto Sudoeste de la OTAN, en Retamares (Madrid).

Segundo.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 15.1 y 10.1 del citado Reglamento, se establece una zona próxima de seguridad al Cuartel General Subregional Conjunto Sudoeste de la OTAN, de 300 metros de anchura, contados a partir del límite exterior o líneas principales que definen el perímetro más avanzado de dicha instalación, excepto al norte y este en la zona coincidente con el campo de golf de Somosaguas donde la zona de seguridad próxima pasa por los límites de la citada propiedad.

Tercero.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 15.2 y 19 del mismo Reglamento, la zona de seguridad radioeléctrica tendrá una anchura de 26,22 metros, 1.925 metros de longitud y la altura limitada por el plano situado a 13,11 metros por debajo de la recta que une los puntos de referencia (antenas del radioenlace) de las dos instalaciones, Retamares y Prado del Rey, conforme a los siguientes determinantes:

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Derogación normativa.

Queda derogado el punto 2.14 de la Orden 16/1980, de 16 de junio (BOD número 145), por la que se señala la zona de seguridad del Acuartelamiento de la Agrupación Logística, Retamares (Madrid).

DISPOSICIÓN ADICIONAL.

Aquellas instalaciones radioeléctricas que se encuentren dentro de la zona de seguridad radioeléctrica mencionada, que hayan sido previamente autorizadas, no les afectará ningún tipo de limitación a que hace referencia la presente Orden, siempre que no interfieran a la citada instalación y no sean modificadas sus características actuales.

DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de diciembre de 2001.

 

Trillo-Figueroa y Martínez-Conde



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