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Orden de 10 de marzo de 1982 por la que se cambia la denominación de la aduana de Seo de Urgel por la de Farga de Moles.


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Sumario:

La Orden ministerial de este Departamento de 28 de enero de 1944 creó la Aduana de Seo de Urgel en sustitución de la de Farga de Moles, situando el punto avanzado en la misma raya fronteriza.

Próximas a inaugurar las instalaciones de la Aduana, tanto para el despacho de viajeros como el de mercancías, en el lugar del punto avanzado, a 700 metros del núcleo de población de Farga de Moles, parece el momento adecuado para fijar la denominación de la Aduana de acuerdo con la de la entidad de población de Farga de Moles que aunque incluida en el Ayuntamiento de Valles del Valira, tiene sentido administrativo figurando con tal nombre en el nomenclátor del Instituto Nacional de Estadística de 1970, último publicado.

En su virtud y oído el parecer del Ayuntamiento de Valles del Valira, este Ministerio ha acordado disponer:

1.

La Inspección y Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Seo de Urgel (Lérida), con carácter de dependencia de la Delegación de Hacienda de Lérida, se denominará en lo sucesivo Inspección y Administración de Aduanas de Farga de Moles, con la misma dependencia.

2.

Queda derogada la Orden ministerial de 28 de enero de 1944 (Boletín Oficial del Estado de 11 de febrero) y la de 23 de mayo de 1980 (Boletín Oficial del Estado del 30) en lo que, en su apartado vigésimo octavo, se oponga a la presente.

3.

Dependerán de la Inspección y Administración de Aduanas de Farga de Moles las Secciones de Gestión Aduanera y de Impuestos Especiales, así como la Administración de Aduanas de Les.

4.

La Aduana de Farga de Moles queda habilitada para el despacho de toda clase de mercancías en cualquier régimen de importación, exportación o tránsito, con excepción de aquellos artículos a que se refiere la Orden ministerial de 12 de marzo de 1979.

5.

Los Agentes de Aduanas habilitados para realizar su mediación en la Inspección y Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Seo de Urgel se considerarán habilitados para ello en la de Farga de Moles.

Madrid, 10 de marzo de 1982.

 

García Añoveros.



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