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Orden de 27 de enero de 1990 por la que se adapta la denominación de determinados Partidos Judiciales a la Ley de Capitalidad de la Comunidad Valenciana y se constituyen Juzgados de Paz.


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Sumario:

Por Ley 9/1989, de 29 de diciembre, de la comunidad valenciana, se ha determinado la capitalidad de los partidos judiciales existentes en el ámbito territorial de la mencionada comunidad autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Resulta ahora necesario efectuar las adaptaciones procedentes en la denominación de algunos juzgados de primera instancia e instrucción existentes en los partidos judiciales 10 de Alicante y 9 y 15 de Valencia, para su acomodación a lo establecido en la mencionada Ley de Capitalidad.

Asimismo han de constituirse juzgados de paz en aquellos municipios donde no exista juzgado de primera instancia e instrucción, con arreglo al artículo 99.1 en relación con el artículo 84 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En su virtud, con informe del Consejo General del Poder Judicial, he tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La designación de los partidos judiciales 10 de Alicante y 9 y 15 de Valencia será en lo sucesivo la de San Vicente del Raspeig, Carlet y Quart de Poblet, respectivamente.

Artículo 2.

El traslado de la sede de los juzgados de primera instancia e instrucción números 1 de los partidos judiciales 10 de Alicante y 9 y 15 de Valencia a la capitalidad fijada por la Ley 9/1989, de 29 de diciembre, de la comunidad valenciana, tendrá efectos el día 15 de marzo de 1990.

Artículo 3.

Los juzgados de primera instancia e instrucción números 2 y 3 del partido judicial 9 de Valencia, constituidos por el artículo único del Real Decreto 1529/1989, de 15 de diciembre, entrarán en funcionamiento conforme a lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, con sede en la capital fijada en la Ley 9/1989, de 29 de diciembre, de la comunidad valenciana.

Artículo 4.

1. Se constituyen los Juzgados de Paz de Xixona, Silla y Manises, cuya entrada en funcionamiento será la de 15 de marzo de 1990.

2. La plantilla orgánica de personal de estos juzgados de paz será la siguiente:

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 27 de enero de 1990.

 

Múgica Herzog.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.



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