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Orden de 28 de julio de 2000 por la que se autoriza el funcionamiento de enseñanzas universitarias en las ciudades de Ceuta y Melilla.


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Sumario:

Vista la solicitud de la Universidad de Granada de autorización para el funcionamiento de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciado en Psicopedagogía y de Maestro, especialidades de Audición y Lenguaje y de Educación Especial, en al Facultad de Educación y Humanidades de cada una de las ciudades de Ceuta y Melilla, con efectos desde su impartición y, teniendo en cuenta los medios materiales y personales con que cuentan, así como lo establecido en las disposiciones adicional única y final primera del Real Decreto 399/2000, de 24 de marzo, así como en las disposiciones adicionales y final única del Real Decreto 2082/1994, de 20 de octubre, por los que se autorizaron las citadas enseñanzas,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Autorizar, en la Universidad de Granada, con efectos desde su impartición, el funcionamiento de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciado en Psicopedagogía y de Maestro, especialidades de Audición y Lenguaje y de Educación Especial, en la Facultad de Educación y Humanidades de cada una de las ciudades de Ceuta y de Melilla.

Segundo.

Por la Dirección General de Universidades se adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 28 de julio de 2000.

 

Del Castillo Vera.

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades.



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