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Orden de 28 de julio de 1998 por la que se integra la Red de Carreteras del Estado en Ceuta y Melilla en el ámbito de actuación de las Demarcaciones de Carreteras del Estado de Andalucía Occidental y de Andalucía Oriental, respectivamente.


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Sumario:

El Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones de Gobierno, ha suprimido las Direcciones Provinciales del Departamento, incluidas las Direcciones Especiales del mismo en Ceuta y Melilla, teniendo atribuidas estas últimas, salvo las reservadas a unidades de nivel superior, las competencias referentes a las carreteras de interés general en su ámbito respectivo. Como consecuencia de esta importante reforma estructural, se hace necesario regular la asignación de las funciones relativas a las carreteras de interés general en las citadas ciudades con Estatuto de Autonomía.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Las carreteras de la Red del Estado de Melilla y Ceuta se considerarán integradas a efectos del ejercicio de las competencias estatales, dentro del ámbito correspondiente a las Demarcaciones de Carreteras de Andalucía Oriental y de Andalucía Occidental, respectivamente.

Segundo.

Los Jefes de las mencionadas Demarcaciones ejercerán en estas carreteras las mismas competencias, propias o delegadas, que tengan atribuidas en el resto de carreteras de su Demarcación.

Tercero.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de julio de 1998.

 

Arias-Salgado Montalvo
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras y Transportes e
Ilmos. Sres. Subsecretario de Fomento y
Director general de Carreteras.



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