Orden 292/1998, de 27 de octubre, por la que se efectúa la distribución de efectivos del reemplazo de 1999. | |
El Real Decreto 2280/1998, de 23 de octubre, por el que se determina la cuantía de los efectivos del reemplazo de 1999 dispone, en su artículo segundo, que el Ministro de Defensa efectuará la distribución de dichos efectivos entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
En su virtud, dispongo:
La cuantía de los efectivos a incorporar a las Fuerzas Armadas durante el año 1999 para prestar el servicio militar, establecida en 136.969 por Real Decreto 2280/1998, de 23 de octubre, se distribuirá de la forma siguiente:
Servicio para la formación de cuadros de mando:
Ejército de Tierra: 900.
Armada: 166.
Ejército del Aire: 340.
Total: 1.406.
Tropa y Marinería:
Ejército de Tierra: 104.384.
Armada: 17.623.
Ejército del Aire: 13.556.
Total: 135.563.
Total: 136.969
La asignación de efectivos a cada una de las demarcaciones territoriales será la siguiente:
Ejército de Tierra
| Demarcación territorial | Efectivos |
| Región Militar Centro Región Militar Sur Región Militar Pirenaica Región Militar Noroeste Zona Militar de Baleares Zona Militar de Canarias Zona Militar de Ceuta Zona Militar de Melilla Total |
26.028 12.529 16.896 29.277 3.559 9.899 3.294 2.902 104.384 |
Armada
| Demarcación territorial | Efectivos |
| Zona Marítima del Cantábrico Zona Marítima del Estrecho Zona Marítima del Estrecho (Ceuta) Zona Marítima del Estrecho (Melilla) Zona Marítima del Mediterráneo Zona Marítima del Mediterráneo (Baleares) Zona Marítima de Canarias Jurisdicción Central Total |
3.994 6.859 22 18 3.323 280 1.113 2.104 17.623 |
Ejército del Aire
| Demarcación territorial | Efectivos |
| Primera Región Aérea Segunda Región Aérea Segunda Región Aérea (Melilla) Tercera Región Aérea Tercera Región Aérea (Baleares) Zona Aérea de Canarias Total |
5.675 4.085 8 1.514 686 1.588 13.556 |
La cuantía de los efectivos a incorporar a la Cruz Roja Española para prestar servicio voluntario, establecida en 4.536 por Real Decreto 2280/1998, de 23 de octubre, se distribuirá entre las diferentes Asambleas provinciales de acuerdo con la propuesta que presente dicha institución.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dictará las instrucciones necesarias para la aplicación de la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 27 de octubre de 1998.
Serra Rexach
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