Orden ECI/3058/2004, de 10 de septiembre, por la que se regulan determinadas convalidaciones de m骴ulos de los ciclos formativos de Artes Pl醩ticas y Dise駉 conforme la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenaci髇 General del Sistema Educativo.
- 觬gano MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA
- Publicado en BOE n鷐. 233 de 27 de Septiembre de 2004
- Vigencia desde 28 de Septiembre de 2004.
Sumario
- INTRODUCCION
- Primero. Objeto de la Orden y 醡bito de aplicaci髇.-
- Segundo. Convalidaci髇 de estudios.
- Tercero. Requisitos para la concesi髇 de la convalidaci髇.-
- Cuarto. Reconocimiento de la convalidaci髇 por parte del Centro docente.-
- Quinto. Procedimiento para el reconocimiento de otras convalidaciones.
- Sexto. Acreditaci髇 de las convalidaciones.-
- S閜timo. Resoluci髇 de las convalidaciones ya iniciadas.-
- Octavo. T韙ulo Competencial y car醕ter b醩ico de la norma.-
- Noveno. Aplicaci髇 de la Orden.-
- D閏imo. Entrada en vigor.-
- ANEXO .燫elaci髇 de m骴ulos que se convalidan entre ciclos formativos de Artes Pl醩ticas y Dise駉 de acuerdo a la Familia Profesional y al Grado correspondiente
La Ley Org醤ica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenaci髇 General del Sistema Educativo, determina en la secci髇 tercera del cap韙ulo I del T韙ulo II, los aspectos esenciales de las ense馻nzas de Artes Pl醩ticas y de Dise駉 dentro del sistema educativo regulado por esta Ley. As, en su art韈ulo 46 se establece el contenido, la finalidad y las modalidades de estas ense馻nzas art韘ticas de r間imen especial y en el art韈ulo 47 se establece su organizaci髇 en ciclos de formaci髇 espec韋ica con las peculiaridades previstas en la citada ley, manteni閚dose dicha estructura tras la entrada en vigor de la Ley Org醤ica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educaci髇.
Los diversos Reales Decretos por los que se establecen los t韙ulos y las correspondientes ense馻nzas m韓imas de Artes Pl醩ticas y de Dise駉, disponen que los ciclos de formaci髇 espec韋ica se organizar醤 en m骴ulos de formaci髇 te髍ica, te髍ico-pr醕tica y pr醕tica y, de acuerdo con el art韈ulo 149.1.30. de la Constituci髇 Espa駉la, la Disposici髇 adicional primera, apartado 2 c) de la Ley Org醤ica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educaci髇 y el Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtenci髇, expedici髇 y homologaci髇 de t韙ulos acad閙icos y profesionales no universitarios, corresponde al Ministerio de Educaci髇 y Ciencia la competencia para convalidar o declarar equivalentes estudios parciales y totales de ense馻nzas no universitarias.
En el 醡bito de las ense馻nzas impartidas en las escuelas de Arte, se producen numerosas solicitudes de convalidaci髇 que, ante la ausencia de una normativa espec韋ica, han de ser resueltas de forma individualizada. No obstante, la experiencia en la tramitaci髇 de estos expedientes ha puesto de manifiesto supuestos que son susceptibles de un tratamiento com鷑, como es el caso de los estudios pertenecientes a ciclos formativos de la misma familia profesional con objetivos, contenidos y criterios de evaluaci髇 an醠ogos, y la adopci髇 de un planteamiento basado en la concepci髇 integral de las ense馻nzas de Artes Pl醩ticas y de Dise駉 puede evitar duplicidades en las materias cursadas por los alumnos.
Con la presente Orden se busca una racionalizaci髇 de la actuaci髇 administrativa en el procedimiento de concesi髇 de convalidaciones, mejorando la atenci髇 a los interesados al regularse los casos m醩 habituales y establecer que su reconocimiento se har desde los centros docentes p鷅licos en donde se encuentra su expediente, una vez comprobada la documentaci髇 acreditativa.
En virtud de todo lo anterior, consultadas las Administraciones Educativas y previo informe del Consejo Escolar del Estado y del Ministerio de Administraciones P鷅licas, dispongo:
Primero. Objeto de la Orden y 醡bito de aplicaci髇.-
La presente Orden tiene por objeto establecer las convalidaciones entre m骴ulos de distintos ciclos formativos de Artes Pl醩ticas y Dise駉 y es de aplicaci髇 en todos los centros docentes del territorio nacional donde se imparten estas ense馻nzas.
Segundo. Convalidaci髇 de estudios.
1. A los alumnos que hayan superado los m骴ulos del ciclo formativo y familia profesional que figuran en el Anexo a esta Orden, les ser醤 reconocidas las convalidaciones de los m骴ulos del ciclo formativo y familia profesional seg鷑 la correspondencia establecida en el citado Anexo.
2. A los alumnos que hayan superado el m骴ulo de 獸ormaci髇 y Orientaci髇 Laboral en un ciclo formativo de Artes Pl醩ticas y Dise駉, le ser reconocida la convalidaci髇 de dicho m骴ulo siempre que el ciclo formativo de Artes Pl醩ticas y Dise駉 para el que se solicita la convalidaci髇 sea de igual o inferior nivel acad閙ico al cursado.
Tercero. Requisitos para la concesi髇 de la convalidaci髇.-
Para la concesi髇 de estas convalidaciones ser requisito indispensable que el interesado se encuentre matriculado como alumno en las ense馻nzas oficiales para las que solicita la convalidaci髇 y haya cursado y superado, con car醕ter oficial, los correspondientes m骴ulos del ciclo formativo y familia profesional.
Cuarto. Reconocimiento de la convalidaci髇 por parte del Centro docente.-
Las convalidaciones a que se refiere la presente Orden ser醤 reconocidas por la Direcci髇 del Centro docente p鷅lico en que est matriculado el alumno o, en su caso, donde estuviera adscrito el centro privado en el que el interesado curse sus estudios, previa solicitud individual acompa馻da de los documentos acreditativos originales o compulsados necesarios para su reconocimiento, que quedar醤 incorporados al expediente personal del alumno en el Centro. Entre dicha documentaci髇 estar, al menos, la certificaci髇 acad閙ica oficial de los estudios cursados donde consten superados los m骴ulos objeto de la convalidaci髇 solicitada.
Quinto. Procedimiento para el reconocimiento de otras convalidaciones.
1. Las convalidaciones no contempladas en la presente Orden ser醤 objeto de resoluci髇 individualizada por la Direcci髇 General de Educaci髇, Formaci髇 Profesional e Innovaci髇 Educativa, conforme establece la Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, de competencias del Ministerio de Educaci髇 y Ciencia.
2. A tal fin, el interesado deber remitir, en el primer trimestre del curso, instancia de solicitud de convalidaci髇 dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Educaci髇, Formaci髇 Profesional e Innovaci髇 Educativa del Ministerio de Educaci髇 y Ciencia, aportando la siguiente documentaci髇: fotocopia del D.N.I, certificaci髇 acad閙ica oficial de los estudios cursados donde consten superados los m骴ulos o asignaturas objeto de la convalidaci髇, y justificante de encontrarse matriculado de los m骴ulos o asignaturas para las que solicita la convalidaci髇 en un Centro p鷅lico o privado debidamente autorizado por la Administraci髇 educativa competente. El Ministerio de Educaci髇 y Ciencia podr recabar al interesado aquellos documentos acreditativos que estime oportunos para la resoluci髇 de las mismas.
3. Ser requisito imprescindible para el reconocimiento de las convalidaciones que las asignaturas cursadas y superadas tengan validez acad閙ica oficial, pertenezcan a ense馻nzas del mismo o superior nivel educativo y que, al menos, exista un m韓imo de un 75% de coincidencia en carga lectiva y contenido con las asignaturas objeto de convalidaci髇.
4. De la resoluci髇 de convalidaci髇 se dar traslado al interesado y a la Administraci髇 Educativa competente, quien tomar las medidas oportunas para dejar constancia de la misma en el expediente acad閙ico del alumno.
Sexto. Acreditaci髇 de las convalidaciones.-
Los m骴ulos objeto de convalidaci髇 quedar醤 registrados en los documentos b醩icos de evaluaci髇 del alumno con la expresi髇 de 獵onvalidado. En ning鷑 caso dichos m骴ulos ser醤 computados a efectos de obtener la nota media de la totalidad de los m骴ulos que integran el curr韈ulo de los estudios correspondientes.
S閜timo. Resoluci髇 de las convalidaciones ya iniciadas.-
Los expedientes de convalidaci髇 iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, ser醤 resueltos por la Direcci髇 General de Educaci髇, Formaci髇 Profesional e Innovaci髇 Educativa conforme establece la Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, de competencias del Ministerio de Educaci髇 y Ciencia.
Octavo. T韙ulo Competencial y car醕ter b醩ico de la norma.-
La presente Orden es de aplicaci髇 en todo el 醡bito del Estado y se dicta al amparo de lo previsto en el art韈ulo 149.1.30. de la Constituci髇 Espa駉la, de la disposici髇 adicional primera 2.c) de la Ley Org醤ica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educaci髇 y del Real Decreto 1564/1982, de 18 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtenci髇, expedici髇 y homologaci髇 de t韙ulos acad閙icos y profesionales no universitarios.
Noveno. Aplicaci髇 de la Orden.-
Las Administraciones Educativas podr醤 dictar, en el 醡bito de sus respectivas competencias, las instrucciones que sean necesarias para la aplicaci髇 de lo establecido en la presente Orden.
D閏imo. Entrada en vigor.-
La presente Orden entrar en vigor el d韆 siguiente al de su publicaci髇 en el Bolet韓 Oficial del Estado.
ANEXO
Relaci髇 de m骴ulos que se convalidan entre ciclos formativos de Artes Pl醩ticas y Dise駉 de acuerdo a la Familia Profesional y al Grado correspondiente
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas de la escultura | Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas de la escultura. |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Volumen | Volumen. |
De grado superior a grado superior | |
Historia de las artes aplicadas de la escultura | Historia de las artes aplicadas de la escultura. |
Geometr韆 descriptiva | Geometr韆 descriptiva |
Volumen y proyectos | Volumen y proyectos. |
Taller de vaciado y moldeado art韘ticos (CF de Artes aplicadas de la escultura) | Taller de vaciado y moldeado art韘ticos (CF de Artes aplicadas de la piedra). |
Taller de vaciado y moldeado art韘ticos (CF de Artes aplicadas de la piedra) | Taller de vaciado y moldeado art韘ticos (CF de Artes aplicadas de la escultura). |
De grado superior a grado medio | |
Historia de las artes aplicadas de la escultura | Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas de la escultura |
Volumen y proyectos | Volumen. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Historia del arte y de la orfebrer韆 y la joyer韆 | Historia del arte y de la orfebrer韆 y la joyer韆. |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Volumen | Volumen. |
De grado superior a grado superior | |
Historia de la orfebrer韆, joyer韆 y bisuter韆 | Historia de la orfebrer韆, joyer韆 y bisuter韆. |
Dibujo art韘tico y color | Dibujo art韘tico y color. |
Modelado y maquetismo | Modelado y maquetismo. |
Dibujo t閏nico | Dibujo t閏nico. |
De grado superior a grado medio | |
Historia de la orfebrer韆, joyer韆 y bisuter韆 | Historia del arte y de la orfebrer韆 y la joyer韆. |
Dibujo art韘tico y color | Dibujo art韘tico. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado superior a grado superior | |
Historia de la arquitectura y de su entorno ambiental | Historia de la arquitectura y de su entorno ambiental. |
Expresi髇 volum閠rica | Expresi髇 volum閠rica. |
Proyectos | Proyectos. |
Tecnolog韆 y sistemas constructivos | Tecnolog韆 y sistemas constructivos. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Historia de la cultura y del arte: indumentaria | Historia de la cultura y del arte: indumentaria. |
De grado superior a grado superior | |
Dibujo del natural y su aplicaci髇 a la indumentaria | Dibujo del natural y su aplicaci髇 a la indumentaria. |
Historia de la indumentaria | Historia de la indumentaria. |
M醨keting | M醨keting. |
Modelismo | Modelismo. |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo del natural y su aplicaci髇 a la indumentaria | Dibujo art韘tico. |
Historia de la indumentaria | Historia de la cultura y del arte: indumentaria. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Dibujo | Dibujo. |
Color | Color. |
Historia de la cultura y del arte: textiles art韘ticos | Historia de la cultura y del arte: textiles art韘ticos. |
De grado superior a grado superior | |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Color | Color. |
Historia de los textiles art韘ticos | Historia de los textiles art韘ticos. |
Taller de estampaciones y tintados de telas (C.F. de Estampaciones y tintados art韘ticos) | Taller de estampaciones y tintados de telas (C. F. de Arte textil). |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo art韘tico | Dibujo. |
Color | Color. |
Historia de los textiles art韘ticos | Historia de la cultura y del arte: textiles art韘ticos. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
T閏nicas de expresi髇 gr醘ica | T閏nicas de expresi髇 gr醘ica. |
Historia de la cultura y del arte: artes del libro | Historia de la cultura y del arte: artes del libro. |
De grado superior a grado superior | |
Historia del libro | Historia del libro. |
Taller de encuadernaci髇 (C.F. de Encuadernaci髇 art韘tica) | Taller de encuadernaci髇 (C.F. de Edici髇 de arte). |
Taller de serigraf韆 + Taller de litograf韆 + Taller de grabado (1) (C.F. de Grabado y t閏nicas de estampaci髇) | Taller de grabado y estampaci髇 (C.F. de Edici髇 de arte). |
De grado superior a grado medio | |
Historia del libro | Historia de la cultura y del arte: artes del libro. |
Historia del grabado | Historia de la cultura y del arte: artes del libro. |
T閏nicas de expresi髇: grabado | T閏nicas de expresi髇 gr醘ica. |
Expresi髇 gr醘ica: encuadernaci髇 | T閏nicas de expresi髇 gr醘ica. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Historia de la cultura y del arte: cer醡ica | Historia de la cultura y del arte: cer醡ica. |
Dibujo (CC.FF. de Decoraci髇 cer醡ica y de Moldes y reproducciones art韘ticos) | Dibujo (C.F. de Alfarer韆). |
Dibujo (C.F. de Moldes y reproducciones art韘ticos) | Dibujo (C.F. de Decoraci髇 cer醡ica). |
Dibujo (C.F. de Decoraci髇 cer醡ica) | Dibujo (C.F. de Moldes y reproducciones art韘ticos). |
De grado superior a grado superior | |
Historia de la cer醡ica | Historia de la cer醡ica. |
Volumen (C.F. de Cer醡ica art韘tica) | Volumen (C.F. de Modelismo y matricer韆 cer醡ica). |
Volumen (C.F. de Modelismo y matricer韆 cer醡ica) | Volumen (C.F. de Cer醡ica art韘tica). |
Dibujo (C.F. de Cer醡ica art韘tica) | Dibujo (C.F. de Modelismo y matricer韆 cer醡ica). |
Dibujo (C.F. de Modelismo y matricer韆 cer醡ica) | Dibujo (C.F. de Cer醡ica art韘tica). |
De grado superior a grado medio | |
Historia de la cer醡ica | Historia de la Cultura y del Arte: Cer醡ica. |
Volumen (C.F. de Cer醡ica art韘tica y de Modelismo y matricer韆 cer醡ica) | Volumen (C.F. de Moldes y reproducciones cer醡icos). |
Dibujo (C.F. de Cer醡ica art韘tica y de Modelismo y matricer韆 cer醡ica). | Dibujo (C. F. de Alfarer韆). |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado superior a grado superior | |
Ergonom韆 y antropometr韆 | Ergonom韆 y antropometr韆. |
Dibujo del natural (C.F. de Modelismo industrial) | Dibujo del natural (C.F. de Modelismo y maquetismo). |
Dibujo del natural (C.F. de Modelismo y maquetismo) | Dibujo del natural (C.F. de Modelismo industrial). |
Historia del dise駉 industrial (C.F. de Modelismo industrial) | Historia del dise駉 industrial (C.F. de Modelismo y maquetismo. |
Historia del dise駉 industrial (C.F. de Modelismo y maquetismo) | Historia del dise駉 industrial (C.F. de Modelismo industrial) |
Dibujo t閏nico (C.F. de Modelismo industrial) | Dibujo t閏nico (C.F. de Modelismo y maquetismo). |
Dibujo t閏nico (C.F. de Modelismo y maquetismo) | Dibujo t閏nico (C.F. de Modelismo industrial). |
Teor韆 y ciencia del dise駉 (C.F. de Modelismo industrial) | Teor韆 y ciencia del dise駉 (C.F. de Modelismo y maquetismo). |
Teor韆 y ciencia del dise駉 (C.F. de Modelismo y maquetismo) | Teor韆 y ciencia del dise駉 (C.F. de Modelismo industrial). |
Dibujo t閏nico (CC.FF. de Modelismo industrial y de Modelismo y maquetismo) | Geometr韆 descriptiva (C.F. de Mobiliario). |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo art韘tico y comunicaci髇 gr醘ica | Dibujo art韘tico. |
Dibujo del natural | Dibujo art韘tico. |
Dibujo T閏nico (CC.FF. de Modelismo industrial y de Modelismo y maquetismo) | Dibujo t閏nico. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Historia del arte y de la imagen gr醘ica | Historia del arte y de la imagen gr醘ica. |
De grado superior a grado superior | |
Historia de la imagen gr醘ica (C.F. de Ilustraci髇) | Historia de la imagen gr醘ica (C.F. de Gr醘ica publicitaria). |
T閏nicas de ilustraci髇 (C.F. de Ilustraci髇) | T閏nicas de expresi髇 gr醘ica (C.F. de Gr醘ica publicitaria). |
T閏nicas de ilustraci髇 (C.F. de Ilustraci髇) | Expresi髇 pl醩tica: fotograf韆 (C.F. de Fotograf韆 art韘tica). |
Medios inform醫icos (C.F. de Gr醘ica publicitaria) | Dise駉 gr醘ico asistido por ordenador (C.F. de Ilustraci髇). |
Fotograf韆 art韘tica (C.F. de Fotograf韆 art韘tica) | Fotograf韆 (CC.FF. de Ilustraci髇 y de Gr醘ica publicitaria). |
Fotograf韆 (CC.FF. de Gr醘ica publicitaria) | Fotograf韆 (CC.FF. de Ilustraci髇). |
De grado superior a grado medio | |
Historia de la imagen gr醘ica (CC.FF. de Ilustraci髇 y de Gr醘ica publicitaria) | Historia del arte y de la imagen gr醘ica (CC.FF. de Autoedici髇 y de Artefinal de dise駉 gr醘ico). |
Medios inform醫icos (CC.FF. de Gr醘ica publicitaria) | Dise駉 gr醘ico asistido por ordenador (C.F. de Artefinal de dise駉 gr醘ico). |
T閏nicas de ilustraci髇 (C.F. de Ilustraci髇) | T閏nicas gr醘icas (C.F. de Artefinal de dise駉 gr醘ico). |
T閏nicas de expresi髇 gr醘ica (C.F. de Gr醘ica publicitaria) | T閏nicas gr醘icas (C.F. de Artefinal de dise駉 gr醘ico). |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado superior a grado superior | |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Historia de las artes aplicadas al muro (C.F. de Artes aplicadas al muro) | Historia de la cultura y del arte: artes aplicadas al muro. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo art韘tico y color | Dibujo art韘tico. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado medio a grado medio | |
Historia de la cultura y del arte: vidrio art韘tico | Historia de la cultura y del arte: vidrio art韘tico. |
Dibujo art韘tico | Dibujo art韘tico. |
Volumen (C.F. de Procedimientos de vidrio en fr韔) | Volumen (C.F. de Procedimientos de vidrio en caliente). |
Volumen (C.F. de Procedimientos de vidrio en caliente) | Volumen (C.F. de Procedimientos de vidrio en fr韔). |
De grado superior a grado superior | |
Volumen | Volumen. |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo y proyectos para vidrio (C.F. de Artes del vidrio) | Dibujo art韘tico. |
Dibujo art韘tico (C.F. de Vidrieras art韘ticas) | Dibujo art韘tico. |
Historia del arte del vidrio (C.F. de Artes del vidrio) | Historia de la cultura y del arte: vidrio art韘tico. |
Historia de la vidriera (C.F. de Vidrieras art韘ticas) | Historia de la cultura y del arte: vidrio art韘tico. |
M骴ulos superados | M骴ulos que se convalidan |
De grado superior a grado medio | |
Dibujo art韘tico y proyectos | Dibujo. |
Historia de la arquitectura y de su entorno ambiental + Historia del paisajismo 1 (2) | Historia de la cultura y del arte: jardiner韆. |
Taller de arte floral | Taller b醩ico de arte floral. |