Orden FOM/3717/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica parcialmente el anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea (Eurocontrol) y se modifica el tipo de inter閟 por mora en el pago de dichas tarifas.
- 觬gano MINISTERIO DE FOMENTO
- Publicado en BOE n鷐. 24 de 28 de Enero de 2010
- Vigencia desde 29 de Enero de 2010
Sumario
- Expandir / Contraer 韓dice sistem醫ico
- INTRODUCCION
- Art韈ulo 1 燤odificaci髇 del apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea (Eurocontrol)
- Art韈ulo 2 燭ipo de inter閟 por mora
- DISPOSICIONES FINALES
Las tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea, tambi閚 conocidas como tasas de ruta, se rigen por el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegaci髇 a閞ea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, y ratificado por Espa馻 mediante Instrumento de 14 de abril de 1987.
La Comisi髇 Permanente de la Organizaci髇 Europea para la Seguridad de la Navegaci髇 A閞ea (Eurocontrol), competente para la determinaci髇 de las tarifas, de sus condiciones de pago y periodo de aplicaci髇, ha establecido las nuevas tarifas unitarias para el a駉 2010 y ha modificado el tipo de inter閟 por mora en el pago de dichas tarifas mediante sus Decisiones n鷐ero 112 y 113 adoptadas el 2 de diciembre de 2009.
El art韈ulo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificaci髇 del R間imen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenamiento de las Prestaciones Patrimoniales de car醕ter P鷅lico, dispone que las modificaciones de las tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea adoptadas en el seno de Eurocontrol se incorporar醤 al ordenamiento jur韉ico espa駉l por orden ministerial.
En ejecuci髇 de las indicadas Decisiones n鷐eros 112 y 113 de la Comisi髇 Permanente de Eurocontrol, esta Orden tiene por objeto modificar el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea, y modificar el tipo de inter閟 por mora en el pago de las tarifas,
En su virtud, dispongo:
Art韈ulo 1 Modificaci髇 del apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea (Eurocontrol)
El apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegaci髇 a閞ea (Eurocontrol), se sustituye por el que se contiene en esta orden.
Art韈ulo 2 Tipo de inter閟 por mora
El tipo de inter閟 por mora en el pago de las tarifas por ayudas a la navegaci髇 a閞ea (Eurocontrol) se establece en el 11,58 por 100 anual.
Disposici髇 final 鷑ica Entrada en vigor
Esta orden entrar en vigor el d韆 siguiente al de su publicaci髇 en el 獴olet韓 Oficial del Estado, si bien sus efectos se producir醤 desde el d韆 1 de enero de 2010, de conformidad con lo determinado en las Decisiones n鷐eros 112 y 113 adoptadas por la Comisi髇 Permanente de Eurocontrol el d韆 2 de diciembre de 2009.
獳NEXO I
Tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegaci髇 A閞ea.
1. Las tarifas unitarias de referencia aplicables a partir del 1 de enero de 2010 por los servicios puestos a disposici髇 de los usuarios, dentro de los espacios a閞eos espa駉les que se indican, son los siguientes:
- FIR/UIR Barcelona: 84.11 euros.
- FIR/UIR Canarias: 68.27 euros.
- FIR/UIR: Madrid: 84.11 euros.
2. Las tarifas unitarias de base aplicables a partir del 1 de enero de 2010 para el resto de Estados participantes en el sistema com鷑 de establecimiento y percepci髇 de tarifas por ayudas a la navegaci髇 a閞ea son las siguientes:
Estados | Tarifa unitaria global en euros |
Tipo de cambio aplicado 1 euro = |
B閘gica –Luxemburgo | 76,59 | |
Alemania | 68,99 | |
Francia | 65,10 | |
Reino Unido | 68,98 | 0,892800 GBP |
Holanda | 65,80 | |
Irlanda | 30,81 | |
Suiza | 75,05 | 1,51366 CHF |
Portugal Lisboa | 49,18 | |
Austria | 69,04 | |
Portugal Santa Mar韆 | 12,36 | |
Grecia | 39,06 | |
Turqu韆 | 29,76 | |
Malta | 25,86 | |
Italia | 68,64 | |
Chipre | 30,23 | |
Hungr韆 | 36,69 | 271,083 HUF |
Noruega | 63,75 | 8,59141 NOK |
Dinamarca | 64,38 | 7,43955 DKK |
Eslovenia | 76,36 | |
Ruman韆 | 46,57 | 4,23833 RON |
Rep鷅lica Checa | 47,54 | 25,3138 CZK |
Suecia | 58,12 | 10,1831 SEK |
Rep鷅lica Eslovaca | 53,91 | |
Croacia | 41,98 | 7,30204 HRK |
Bulgaria | 42,93 | 1,95527 BGN |
Antigua Rep鷅lica Yugoslava de Macedonia | 56,74 | 61,2845 MKD |
Moldova | 39,97 | 16,3741 MDL |
Finlandia | 40,36 | |
Albania | 44,38 | 133,248 ALL |
Bosnia y Herzegovina | 39,27 | 1,94247 BAM |
Serbia-Montenegro | 39,34 | 93,1758 RSD |
Lituania | 49,76 | 3,45086 LTL |
Polonia | 40,06 | 4,15408 PLN |
Armenia | 27,90 | 551,074 AMD |
3. Las tarifas unitarias para los Estados miembros de la Uni髇 Econ髆ica y Monetaria son las resultantes de la aplicaci髇 de los tipos de conversi髇 fijados entre el euro y las monedas de dichos Estados, establecidos de forma irrevocable el 31 de diciembre de 1998.
4. Las tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro y los tipos de cambio que figuran en el cuadro anterior, son los determinados y comunicados por Eurocontrol para aplicarse en el mes de enero de 2010.
No obstante, dichas tarifas unitarias para los Estados cuya moneda nacional no es el euro, se calcular醤 mensualmente bas醤dose en el tipo medio de cambio mensual entre el euro y la moneda nacional, correspondiente al mes anterior a aqu閘 en el cual se efectu el vuelo. El tipo de cambio aplicado es el promedio mensual de los tipos cruzados al cierre, calculado por Reuters bas醤dose en el tipo diario de inter閟 para la compra (bid rate).