Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. | |
Existen dos modalidades de Mando: el del empleo de la Fuerza u Operativo y el de su preparación u Orgánico.
Las personas que ejerzan el Mando Operativo se denominarán Comandantes y las que ejerzan el Mando Orgánico se denominarán Jefes, excepto cuando por tradición convenga adoptar otras denominaciones.
Cuando el ejercicio de la autoridad se aplica al desarrollo de funciones administrativas o técnicas en los Órganos de los Servicios, recibe el nombre de Dirección o Jefatura, según los casos, y las personas que las desempeñan los de Director o Jefe.
De los niveles jerárquicos
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com