Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios. | |
Artículo 66. Exigencias básicas. ![]()
Artículo 67. Homologación del laboratorio fabricante. ![]()
Artículo 68. Autorización de entidades importadoras de medicamentos veterinarios procedentes de terceros países. ![]()
Artículo 69. Entrada de los medicamentos veterinarios en España y controles consecutivos. ![]()
Artículo 70. Exenciones. ![]()
Artículo 71. Condiciones básicas y procedimiento. ![]()
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