Base de Datos de Legislación

Real Decreto 1177/2008, de 11 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica y se fijan sus enseñanzas mínimas.


Sumario:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30 y 7 de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, ha establecido la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, del mismo modo, concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, los títulos de formación profesional respondan a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las comunidades autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en cada título también se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional cuando proceda.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos, ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, el presente Real Decreto conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica.

En el proceso de elaboración de este Real Decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Política Social y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 2008, dispongo:

CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Objeto.

El presente Real Decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

CAPÍTULO II.
IDENTIFICACIÓN DEL TÍTULO, PERFIL PROFESIONAL, ENTORNO PROFESIONAL Y PROSPECTIVA DEL TÍTULO EN EL SECTOR O SECTORES.

Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica queda identificado por los siguientes elementos:

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en evaluar la eficiencia de las instalaciones de energía y agua en edificios, apoyando técnicamente el proceso de calificación y certificación energética de edificios, y configurar instalaciones solares térmicas, gestionando su montaje y mantenimiento en condiciones de seguridad, calidad y respeto ambiental.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales completas:

  1. Eficiencia energética de edificios ENA358_3 (Real Decreto 1698/2007, de 14 de diciembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:

  2. Organización y proyectos de instalaciones solares térmicas ENA264_3 (Real Decreto 1114/2007, de 24 de agosto), que comprende las siguientes unidades de competencia:

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Este profesional ejerce su actividad en el sector energético, en instituciones competentes en auditorías, inspecciones y certificaciones energéticas y en empresas dedicadas a realizar estudios de viabilidad, promoción, implantación y mantenimiento de instalaciones de energía solar en edificios.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

  1. La Unión Europea, dentro de su política energética, se ha puesto como objetivo reducir sensiblemente el consumo de energía sin poner en entredicho su actual nivel de bienestar y desarrollo. Así, el sector evoluciona hacia la implantación de marcos normativos que fomenten el ahorro y la eficiencia, la innovación y mejora de procesos tecnológicos, el uso de mejores y más eficientes equipos energéticos, la reducción de pérdidas térmicas, el aprovechamiento de las energías renovables y hacia la adopción de políticas de sensibilización del ciudadano y formación de especialistas en este campo, constituyendo éstos, algunos de los ejes sobre los que gira el Plan de acción para la eficiencia energética de la Comisión de las Comunidades Europeas. En este plan se contemplan un conjunto de acciones prioritarias para los próximos años. Entre otras, y en el marco de este título, se destacan las tres siguientes:

  2. En relación con la acción de sensibilización, este plan de eficiencia señala como área prioritaria, en el ámbito de la educación, la elaboración de planes y programas de educación y formación para responsables de la gestión energética en empresas privadas y de servicio público.

  3. La Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia Horizonte 2007-2012-2020 persigue el cumplimiento de los compromisos de España en materia de cambio climático y el impulso de las energías limpias. Dedica un capítulo específico a la denominada energía limpia que engloba a las renovables y a la eficiencia energética estableciendo objetivos y medidas ambiciosas para cada campo y teniendo como meta el conseguir que a partir del año 2010 las energías renovables se sitúen en una posición estratégica y competitiva frente a los combustibles fósiles, aumentando su contribución en el conjunto energético español hasta conseguir una aportación al consumo bruto de electricidad del 32% en el 2012 y del 37% en el 2020.

  4. La política comunitaria y la nacional se han propuesto conseguir el máximo ahorro energético posible, impulsando la eficiencia energética y las energías renovables. La reciente entrada en vigor de legislación de aplicación relacionada con la eficiencia energética y la energía solar potencia la necesidad de contar con una nueva figura profesional especializada en el ámbito de la eficiencia energética en edificación, con competencias en actividades profesionales relacionadas con las instalaciones solares.

CAPÍTULO III.
ENSEÑANZAS DEL CICLO FORMATIVO Y PARÁMETROS BÁSICOS DE CONTEXTO.

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

  1. Quedan desarrollados en el anexo I del presente Real Decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

  2. Son los que a continuación se relacionan:

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este Real Decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este Real Decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

  1. La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

  2. Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

  3. Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

  4. Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza a los alumnos. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:

  1. El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

  2. La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de alumnos y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III.A de este Real Decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el anexo III.B del presente Real Decreto.

3. Las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son las incluidas en el anexo III.C del presente Real Decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales o se acredite, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos tres años, en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. Las Administraciones competentes velarán para que los profesores que imparten los módulos profesionales cumplan con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV.
ACCESOS Y VINCULACIÓN A OTROS ESTUDIOS, Y CORRESPONDENCIA DE MÓDULOS PROFESIONALES CON LAS UNIDADES DE COMPETENCIA.

Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.

Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de Bachillerato de Ciencias y Tecnología.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se han asignado 120 créditos ECTS en las enseñanzas mínimas establecidas en este Real Decreto entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.

1. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales, comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de Formación Profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma Ley.

2. El módulo profesional de Formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral, y se posea el certificado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica para su convalidación o exención queda determinada en el anexo IV.A de este Real Decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el anexo IV.B de este Real Decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Oferta a distancia del presente título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Real Decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

La formación establecida en este Real Decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Regulación del ejercicio de la profesión.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.

DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante y en la especialidad docente a la que pretenda acceder durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en diseño para todos.

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación de normas.

Quedan derogadas todas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Título competencial.

El presente Real Decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1 y 30 de la Constitución.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Implantación del nuevo currículo.

Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2009/2010. No obstante, podrán anticipar al año académico 2008/2009 la implantación de este ciclo formativo.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dado en Madrid, el 11 de julio de 2008.

 

La Ministra de Educación, Política Social y Deporte,
Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

ANEXO I.
MÓDULOS PROFESIONALES.

Módulo Profesional: Equipos e instalaciones térmicas (Equivalencia en créditos ECTS: 14)

Código: 0121
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Calcula la carga térmica de instalaciones de calefacción, refrigeración y climatización utilizando tablas, diagramas y programas informáticos.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha relacionado cada magnitud con su unidad correspondiente en el Sistema Internacional y otros sistemas de unidades.

  2. Se han calculado los espesores de aislamiento de los paramentos de los locales a acondicionar en función de los parámetros de diseño.

  3. Se ha obtenido la carga térmica de calefacción de una vivienda o local a partir de planos, detalles constructivos y datos de proyecto.

  4. Se ha obtenido la carga térmica de refrigeración para una instalación frigorífica a partir de los datos de proyecto.

  5. Se ha obtenido la carga térmica para la climatización de una vivienda o local a partir de planos, detalles constructivos y datos de proyecto.

  6. Se han seguido las directrices de la normativa relacionada con el tipo de instalación.

  7. Se ha colaborado entre compañeros durante la realización de las tareas.

2. Determina los equipos e instalaciones de producción de calor analizando su funcionamiento y describiendo la función que realiza cada componente en el conjunto.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado las características de los distintos tipos de combustibles y su almacenamiento y distribución.

  2. Se ha interpretado el resultado de un análisis de humos relacionándolo con la regulación del quemador.

  3. Se han descrito los distintos tipos de calderas y las partes que las componen explicando su funcionamiento en el conjunto.

  4. Se ha descrito el funcionamiento y las partes componentes de los quemadores y el fraccionamiento de potencia.

  5. Se ha dimensionado el conjunto caldera-quemador en función de la carga térmica y otras condiciones de diseño.

  6. Se han dimensionado las unidades terminales (emisores, suelo radiante, fan-coil) a partir de la carga térmica de un local.

  7. Se han dimensionado los elementos auxiliares de una instalación de producción de calor (depósito de expansión, depósito de acumulación de ACS, bombas circuladoras, válvulas y otros).

  8. Se han descrito los sistemas de instalación para la contribución solar a instalaciones de ACS.

3. Determina los equipos e instalaciones frigoríficas analizando su funcionamiento y describiendo la función que realiza cada componente en el conjunto.

Criterios de evaluación:

  1. Se han representado esquemas de principio de instalaciones frigoríficas utilizando simbología normalizada.

  2. Se han representado los ciclos frigoríficos de los diferentes sistemas de instalación (compresión simple, múltiple, sistemas inundados y otros) sobre los diagramas de refrigerante, calculando los parámetros característicos (caudal de refrigerante, volumen aspirado, potencias, rendimientos y otros).

  3. Se han calculado las características de los equipos y elementos de una instalación utilizando tablas, diagramas y programas informáticos.

  4. Se han analizado los distintos tipos de compresores y las partes que los componen explicando su funcionamiento.

  5. Se ha analizado los sistemas de expansión y su selección a partir de las condiciones de diseño y la documentación técnica.

  6. Se han analizado los distintos tipos de intercambiadores de calor (evaporadores, condensadores y otros) explicando su funcionamiento y los sistemas de desescarche.

  7. Se han analizado los elementos auxiliares de las instalaciones frigoríficas explicando su función en el conjunto.

4. Determina equipos e instalaciones de climatización y ventilación analizando su funcionamiento y describiendo la función que realiza cada componente en el conjunto.

Criterios de evaluación:

  1. Se han calculado las características de una instalación de climatización a partir de las condiciones de diseño.

  2. Se han analizado los sistemas de instalación en climatización a partir de las características del local o edificio y su adecuación al mismo.

  3. Se ha calculado la red de conductos de aire de una instalación de climatización utilizando tablas, ábacos y programas informáticos.

  4. Se han descrito los tipos de elementos que intervienen en instalaciones de climatización (UTA, ventiladores, recuperadores de calor y otros).

  5. Se han analizado los tipos de ventiladores y sus curvas características.

  6. Se han determinado las características de los ventiladores para una red de distribución de aire.

5. Determina los parámetros que intervienen en el transporte de fluidos utilizando tablas, diagramas, ábacos y programas informáticos.

Criterios de evaluación:

  1. Se han analizado los principios de la dinámica de fluidos.

  2. Se han analizado las características de los diferentes materiales de tuberías y su campo de aplicación.

  3. Se han determinado los parámetros (diámetro, pérdida de carga, velocidad y otros) de las tuberías para diferentes fluidos refrigerantes.

  4. Se han determinado los parámetros (diámetro, pérdida de carga, velocidad y otros) de las tuberías para circuitos de producción de calor y agua sanitaria.

  5. Se han determinado los parámetros (diámetro, pérdida de carga, velocidad y otros) de las tuberías para instalaciones de gases combustibles.

  6. Se han determinado los parámetros (diámetro, pérdida de carga, velocidad y otros) de las tuberías para diferentes fluidos de procesos industriales.

  7. Se han determinado las características de las bombas necesarias para instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

  8. Se ha analizado la curva característica de una bomba circuladora interpretando su punto de funcionamiento en una instalación y su modificación mediante el uso de variadores de velocidad y válvulas de equilibrado.

  9. Se ha analizado la variación de la curva característica de dos bombas puestas en paralelo o en serie.

6. Determina equipos y elementos contra incendios analizando las características de las instalaciones y aplicando la reglamentación vigente.

Criterios de evaluación:

  1. Se han analizado los elementos necesarios en una instalación, en función de su actividad y reglamentación.

  2. Se han analizado los diferentes sistemas de detección y alarma.

  3. Se han analizado los diferentes sistemas de extinción.

  4. Se ha calculado la carga de fuego de un local o edificio.

Duración: 125 horas.

Contenidos básicos:

Cálculo de instalaciones térmicas:

Identificación y cálculo de los componentes de instalaciones de producción de calor y ACS:

Descripción y cálculo de los componentes de instalaciones frigoríficas:

Identificación y cálculo de componentes y equipos en instalaciones de climatización y ventilación:

Cálculo de redes de transporte de fluidos en instalaciones térmicas y de ventilación:

Configuración de instalaciones de protección contra incendios:

Orientaciones pedagógicas:

La planificación, montaje y mantenimiento de las instalaciones térmicas y de fluidos incluye aspectos como:

Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se aplican en:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a, b, e, k, l, m, n y u del ciclo formativo y las competencias profesionales, personales y sociales a, b, e, f, i, j, k, l, y s del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

Módulo Profesional: Procesos de montaje de instalaciones (Equivalencia en créditos ECTS: 13)

Código: 0122
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Identifica los distintos materiales y sus tratamientos utilizados en las instalaciones analizando sus propiedades físicas y químicas.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado los materiales empleados en cada tipo de instalación.

  2. Se han diferenciado las características y propiedades físicas y químicas de los materiales.

  3. Se han relacionado los distintos tratamientos térmicos con las propiedades de los materiales.

  4. Se ha valorado las ventajas e inconvenientes de los diferentes materiales para cada tipo de instalación.

  5. Se ha descrito el proceso de corrosión y oxidación de los materiales metálicos.

  6. Se han descrito los procedimientos y técnicas para proteger de la corrosión y oxidación.

2. Realiza operaciones de transformación de elementos aplicando técnicas manuales de mecanizado y conformado, relacionando el funcionamiento de las máquinas con las condiciones del proceso y las características del producto.

Criterios de evaluación:

  1. Se han diferenciado los distintos equipos de mecanizado y conformado según sus aplicaciones.

  2. Se han identificado los diferentes instrumentos de medida (pie de rey, micrómetros, cinta métrica).

  3. Se han identificado los diferentes instrumentos de comparación (galgas, comparadores, nivel).

  4. Se han realizado mediciones con el instrumento adecuado y la precisión exigida.

  5. Se han identificado las distintas herramientas necesarias para el mecanizado y conformado.

  6. Se han realizado operaciones de mecanizado, medición, trazado, taladrado, roscado y corte, etc.

  7. Se han realizado operaciones de conformado (plegado, curvado, abocardado, entre otras) en tubos y otros materiales.

  8. Se han aplicado tratamientos de anticorrosión y antioxidación.

  9. Se ha determinado la secuencia de las operaciones que se deben realizar.

  10. Se han utilizado correctamente las herramientas o equipos de trabajo.

  11. Se han respetado los criterios de calidad requeridos.

  12. Se han aplicado las normas de seguridad, medioambientales y prevención de riesgos laborales.

  13. Se han respetado los tiempos previstos para el proceso.

3. Realiza uniones no soldadas analizando las características de cada unión y aplicando las técnicas adecuadas a cada tipo de unión.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado los distintos tipos de uniones no soldadas y los materiales que se deben unir.

  2. Se ha determinado la secuencia de operaciones que es preciso realizar.

  3. Se han seleccionado las herramientas en función del material y el proceso a realizar.

  4. Se han efectuado operaciones de roscado, atornillado, engatillado, pegado y remachado.

  5. Se han efectuado operaciones de abocardado y ensanchado.

  6. Se han respetado los criterios dimensionales establecidos.

  7. Se ha comprobado la fiabilidad de las uniones (resistencia, estanqueidad, entre otras).

  8. Se ha operado con las herramientas y materiales en condiciones de calidad y seguridad requeridas.

  9. Se han aplicado las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales.

  10. Se han respetado los tiempos previstos para el proceso.

4. Realiza uniones soldadas seleccionando la técnica adecuada para cada tipo de material e instalación.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha seleccionado el proceso de soldadura (blanda, dura y eléctrica) adecuado a las características de los materiales.

  2. Se ha identificado la simbología de los distintos tipos de soldadura.

  3. Se han identificado los distintos componentes de los equipos de soldeo.

  4. Se han operado las herramientas y máquinas con la seguridad requerida.

  5. Se ha realizado la unión aplicando la técnica de soldeo adecuada.

  6. Se ha comprobado la fiabilidad de las uniones (resistencia, estanqueidad, entre otras).

  7. Se han aplicado las normas de uso y control durante el proceso de soldeo.

  8. Se han respetado las especificaciones y normas de prevención de riesgos laborales y medioambientales.

  9. Se han respetado los tiempos previstos para el proceso.

  10. Se ha operado con autonomía en las actividades propuestas.

5. Realiza pequeños montajes de equipos y elementos de instalaciones frigoríficas y de climatización (compresores herméticos, splits, entre otros), aplicando técnicas de montaje e interpretando planos e instrucciones del fabricante.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha elaborado el plan de montaje de la instalación aplicando la reglamentación de las instalaciones y las medidas de prevención de riesgos y seguridad.

  2. Se ha replanteado la instalación relacionando los planos con el espacio de montaje.

  3. Se han seleccionado las herramientas, materiales y técnicas necesarias para el montaje de la instalación.

  4. Se han fijado y nivelado los equipos, tubos y accesorios.

  5. Se ha realizado la interconexión de los equipos.

  6. Se ha operado con las herramientas con la calidad y seguridad requerida.

  7. Se ha realizado el montaje respetando los tiempos estipulados.

  8. Se han realizado los trabajos con orden, limpieza y autonomía.

  9. Se ha distribuido el trabajo equitativamente y se ha trabajado en equipo.

6. Realiza pequeños montajes de equipos y elementos de instalaciones de calefacción y ACS (calderas individuales y calentadores) aplicando técnicas de montaje e interpretando planos e instrucciones del fabricante.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha elaborado el plan de montaje de la instalación aplicando la reglamentación de las instalaciones y las medidas de prevención y seguridad.

  2. Se ha replanteado la instalación relacionando los planos con el espacio de montaje.

  3. Se han seleccionado y utilizado las herramientas adecuadas con la seguridad requerida.

  4. Se han fijado y nivelado los equipos, tubos y accesorios.

  5. Se ha realizado la interconexión de los equipos.

  6. Se ha realizado el montaje respetando los tiempos estipulados.

  7. Se han realizado los trabajos con orden, limpieza y autonomía.

  8. Se ha distribuido el trabajo equitativamente y se ha trabajado en equipo.

7. Realiza pruebas de estanqueidad de instalaciones térmicas y de fluidos aplicando criterios técnicos y reglamentarios.

Criterios de evaluación:

  1. Se han determinado los valores de presión que se han de alcanzar en las pruebas de estanqueidad según normativa.

  2. Se han seleccionado los equipos e instrumentos de medida apropiados.

  3. Se han alcanzado las presiones estipuladas en la realización de la prueba.

  4. Se han localizado y solucionado las posibles fugas en la instalación.

  5. Se han respetado los criterios de seguridad personal y material.

  6. Se han aplicado los criterios reglamentarios correspondientes.

  7. Se han solventado las contingencias en tiempos de ejecución justificados.

  8. Se han respetado las normas de utilización de los medios, equipos y espacios.

  9. Se ha operado con autonomía en las actividades propuestas.

8. Realiza operaciones de montaje de sistemas eléctricos asociados a las instalaciones térmicas y de fluidos, interpretando esquemas e instrucciones de montaje.

Criterios de evaluación:

  1. Se han realizado e interpretado los esquemas eléctricos de protección, mando y potencia con la simbología correcta.

  2. Se han distribuido y ubicado los elementos del cuadro con criterios de funcionalidad y de minimización del espacio.

  3. Se ha realizado la interconexión eléctrica de los elementos del cuadro y periféricos siguiendo los criterios reglamentarios.

  4. Se ha verificado la fiabilidad de las conexiones eléctricas y la secuencia de funcionamiento de la instalación eléctrica (presostatos, sondas, sistemas de arranque de motores, térmicos, entre otros).

  5. Se han seleccionado las herramientas y materiales, operado con la seguridad requerida.

  6. Se ha realizado el montaje respetando los tiempos estipulados.

  7. Se han realizado los trabajos con orden y limpieza.

9. Realiza la puesta en marcha de pequeñas instalaciones térmicas y de fluidos, comprobando el funcionamiento de la instalación.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha descrito la secuencia de la puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas y de fluidos.

  2. Se ha comprobado la secuencia de funcionamiento de los elementos de control, seguridad y receptores eléctricos de la instalación térmica.

  3. Se han realizado las operaciones de puesta en funcionamiento de la instalación (vacío, carga de fluidos, purgados, entre otros).

  4. Se han regulado y calibrado los equipos y elementos de la instalación (presostatos, termostatos, entre otros).

  5. Se han respetado las normas de seguridad y medioambientales.

  6. Se han verificado los parámetros de funcionamiento de la instalación térmica.

  7. Se han seleccionado y utilizado las herramientas e instrumentos adecuados.

  8. Se han repartido equitativamente las tareas y se ha trabajado en equipo.

Duración: 125 horas.

Contenidos básicos:

Identificación de materiales y tratamientos anticorrosivos y antioxidantes:

Mecanizado y conformado de materiales aplicados en los procesos de montaje de instalaciones térmicas y de fluidos:

Ejecución de uniones no soldadas:

Soldadura aplicada en los procesos de montaje de instalaciones térmicas y de fluidos:

Montaje básico de equipos frigoríficos:

Montaje básico de equipos y elementos de instalaciones de producción de calor y de fluidos:

Realización de pruebas de estanqueidad de instalaciones térmicas y de fluidos:

Montaje de sistemas eléctricos asociados a instalaciones térmicas básicas:

Puesta en marcha de instalaciones térmicas:

Orientaciones pedagógicas:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b, c, k, l,y m del ciclo formativo y las competencias profesionales, personales y sociales b, c, j y l del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo están relacionados con:

Módulo Profesional: Representación gráfica de instalaciones (Equivalencia en créditos ECTS: 7)

Código: 0123
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Representa elementos y equipos de instalaciones térmicas y de fluidos relacionándolos con la simbología normalizada de aplicación en planos y esquemas.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado los distintos tipos de planos (plantas, cortes, secciones, entre otros) que definen el sistema.

  2. Se ha relacionado la simbología de aplicación con los elementos y equipos del sistema.

  3. Se han identificado sobre planos los elementos y equipos que componen la instalación.

  4. Se han interpretado las especificaciones técnicas contenidas en los planos de acuerdo a las normas generales de representación.

  5. Se han identificado los elementos singulares de la instalación con las indicaciones contenidas en la leyenda correspondiente.

  6. Se han utilizado TIC para la interpretación de documentación gráfica.

2. Elabora esquemas de principio de instalaciones térmicas y de fluidos utilizando programas de dibujo asistido por ordenador.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha identificado el esquema con su información característica.

  2. Se han realizado listados de componentes de los sistemas.

  3. Se ha representado cada elemento de acuerdo a la simbología de aplicación.

  4. Se han incorporado leyendas.

  5. Se han respetado los convencionalismos de representación.

  6. Se ha trabajado con pulcritud y limpieza.

  7. Se ha realizado el esquema en los tiempos estipulados.

  8. Se han utilizado TIC en la elaboración de los esquemas.

3. Dibuja planos de instalaciones térmicas y de fluidos aplicando convencionalismos de representación y programas de diseño.

Criterios de evaluación:

  1. Se han seleccionado los útiles, soportes y formatos más adecuados para la realización de los planos.

  2. Se han establecido y ordenado las agrupaciones de los diferentes tipos de circuitos.

  3. Se han elaborado croquis a partir de instalaciones reales, locales o edificios.

  4. Se ha tenido en cuenta las características de la edificación.

  5. Se ha dibujado el trazado de la instalación.

  6. Se ha acotado de acuerdo a las normas.

  7. Se han incorporado indicaciones y leyendas.

  8. Se han elaborado listados de componentes.

  9. Se han utilizado escalas y formatos normalizados.

  10. Se ha identificado el plano con su información característica.

  11. Se han aplicado normas específicas al tipo de instalación.

  12. Se han respetado las normas de utilización de los medios informáticos.

4. Dibuja planos de detalle e isometrías de instalaciones describiendo la solución constructiva seleccionada.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha seleccionado el sistema de representación.

  2. Se ha seleccionado la escala adecuada al detalle.

  3. Se han representado los elementos de detalle (cortes, secciones, entre otros) definidos.

  4. Se han dispuesto las cotas de acuerdo a la geometría del detalle.

  5. Se han utilizado programas de diseño.

  6. Se ha trabajado con pulcritud y limpieza.

Duración: 65 horas.

Contenidos básicos:

Representación de elementos y equipos de instalaciones térmicas y de fluidos:

Elaboración de esquemas de instalaciones térmicas y de fluidos:

Elaboración de planos generales de instalaciones térmicas y de fluidos:

Elaboración de planos de detalle e isometrías de instalaciones térmicas y de fluidos:

Orientaciones pedagógicas:

La representación gráfica de instalaciones asociada a la función de diseño incluye aspectos como:

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a, b, c, d, f, h, i, y l y las competencias profesionales, personales y sociales a, b, c, d, f, h, i, y k del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

Módulo Profesional: Eficiencia energética de instalaciones (Equivalencia en créditos ECTS: 12)

Código: 0349
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Evalúa la eficiencia energética de generadores de calor relacionando la variación de los parámetros característicos con su rendimiento.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado generadores de calor por su placa y manual técnico.

  2. Se han comprobado combustibles y propiedades de combustión.

  3. Se han efectuado medidas de gasto de combustible.

  4. Se han analizado humos de la combustión.

  5. Se han comparado los valores medidos con los admisibles de emisión de CO2, CO y opacidad, entre otros.

  6. Se han cuantificado las pérdidas y la energía útil aportada al sistema.

  7. Se ha determinado el rendimiento energético de calderas o generadores de calor.

  8. Se han comprobado las operaciones de mantenimiento reglamentarias.

  9. Se ha procedido con seguridad en la manipulación de generadores de calor.

2. Evalúa la eficiencia energética de generadores de frío para climatización relacionando la variación de los parámetros característicos con su rendimiento.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado los generadores de frío por su placa y manual técnico.

  2. Se han efectuado medidas de temperatura, presión y caudal.

  3. Se han determinado los parámetros y propiedades de estado del aire y del agua.

  4. Se han efectuado medidas de los parámetros eléctricos.

  5. Se han determinado los rendimientos instantáneos.

  6. Se han determinado los rendimientos estacionales.

  7. Se han comprobado las operaciones de mantenimiento reglamentarias.

  8. Se ha establecido el protocolo de seguridad en la inspección de generadores de frío.

3. Evalúa la eficiencia energética de los sistemas de distribución térmica relacionando la variación de los parámetros característicos con su rendimiento.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado los sistemas de distribución.

  2. Se han efectuado medidas de temperatura, presión y caudal.

  3. Se han determinado los parámetros y propiedades de estado del aire y del agua.

  4. Se han efectuado las medidas de los parámetros eléctricos en bombas y ventiladores.

  5. Se ha comprobado el estado y calidad del aislamiento de conductos, tuberías y equipos comprobando su estanqueidad.

  6. Se han cuantificado los balances energéticos en intercambiadores y unidades terminales.

  7. Se han cuantificado las pérdidas y la energía útil aportada al sistema.

  8. Se han determinado los rendimientos de bombas y ventiladores.

  9. Se ha comprobado y corregido el equilibrado hidráulico de las redes.

  10. Se ha establecido el protocolo de seguridad en la inspección de sistemas de distribución térmica.

4. Cuantifica el ahorro energético de sistemas de recuperación de energía analizando su funcionamiento.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado los principales sistemas de recuperación de energía existentes en el mercado.

  2. Se han seleccionado los equipos de recuperación adecuados para cada instalación.

  3. Se ha cuantificado el ahorro alcanzado con los sistemas de recuperación planteados.

  4. Se han tenido en cuenta las especificaciones reglamentarias.

  5. Se ha procedido con rigor en los cálculos realizados.

  6. Se ha definido el mantenimiento necesario para conservar la eficacia de los sistemas de recuperación.

5. Valora el ahorro energético proporcionado por los sistemas de control de las instalaciones térmicas en edificios analizando su regulación.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado los principales sistemas de control de las instalaciones térmicas y sus elementos constituyentes.

  2. Se han determinado los mínimos exigibles al sistema de control para asegurar el cumplimento de la normativa vigente.

  3. Se han determinado las características opcionales de los sistemas de control que contribuyen a optimizar el consumo de energía.

  4. Se ha definido la estrategia de control requerida para la instalación.

  5. Se han establecido puntos de control para optimizar el funcionamiento de la instalación.

  6. Se ha interpretado la configuración del sistema de control aplicado a la instalación.

  7. Se han definido las consignas de los parámetros de funcionamiento que deben ser controladas y sus valores.

  8. Se ha justificado el sistema de control para la instalación.

6. Evalúa instalaciones eléctricas de alimentación de equipos energéticos analizando sus componentes.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado los componentes eléctricos de una instalación y los esquemas de los cuadros correspondientes.

  2. Se han interpretado los esquemas eléctricos de alimentación, protección y mando de las instalaciones térmicas.

  3. Se han definido las especificaciones reglamentarias que deben cumplir los circuitos y cuadros eléctricos.

  4. Se han efectuado mediciones de las variables eléctricas características.

  5. Se han interpretado las mediciones efectuadas para detectar el comportamiento anómalo de la instalación.

  6. Se han analizado los riesgos eléctricos derivados de la manipulación de instalaciones y sus consecuencias.

  7. Se ha determinado el protocolo de seguridad en la inspección de sistemas eléctricos de las instalaciones.

7. Calcula la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación en edificios, determinando su consumo energético.

Criterios de evaluación:

  1. Se han caracterizado los sistemas de iluminación de edificios, incluido el alumbrado exterior.

  2. Se han determinado los mínimos exigibles de eficiencia del sistema de iluminación según la normativa vigente.

  3. Se ha determinado el rendimiento de las luminarias.

  4. Se han analizado los sistemas de control y regulación para optimizar el aprovechamiento de la luz natural.

  5. Se han verificado las operaciones de mantenimiento reglamentarias.

  6. Se han identificado los riesgos eléctricos derivados de la manipulación de instalaciones de iluminación.

  7. Se ha establecido el protocolo de seguridad en la inspección de sistemas de alumbrado.

8. Elabora propuestas para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones justificando el ahorro energético conseguido.

Criterios de evaluación:

  1. Se han seleccionado los datos, medidas y cálculos referentes a la eficiencia de las instalaciones.

  2. Se ha diagnosticado la eficiencia de diferentes subsistemas e instalaciones.

  3. Se han identificado los puntos críticos de las instalaciones susceptibles de mejora.

  4. Se han indicado posibles alternativas de mejora.

  5. Se han seleccionado alternativas viables y eficientes de entre las propuestas de mejora consideradas.

  6. Se han elaborado propuestas con alternativas y modificaciones a las instalaciones y sus subsistemas.

  7. Se han incorporado esquemas, planos y presupuestos para la definición de las soluciones adoptadas.

  8. Se ha cuantificado el ahorro energético previsto y la amortización de la inversión.

  9. Se ha elaborado información sobre las repercusiones de la modificación de la instalación sobre su uso y mantenimiento.

Duración: 100 horas.

Contenidos básicos:

Evaluación energética de sistemas de generación de calor:

Evaluación energética de sistemas de generación de frío:

Evaluación energética de sistemas de distribución térmica:

Cálculo del ahorro energético de los sistemas de recuperación de energía:

Valoración del ahorro energético de los sistemas de control de instalaciones:

Evaluación de los sistemas eléctricos de las instalaciones térmicas:

Cálculo de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación en edificios:

Elaboración de propuestas para la mejora de la eficiencia energética de instalaciones:

Orientaciones pedagógicas:

La evaluación y mejora de la eficiencia energética de instalaciones térmicas y de iluminación en edificios incluye aspectos como:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a, b, c, q y r del ciclo formativo y las competencias a, b, c, g y p del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

Módulo Profesional: Certificación energética de edificios (Equivalencia en créditos ECTS: 14)

Código: 0350
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Evalúa el aislamiento que proporcionan los cerramientos de edificios, relacionando las propiedades de sus componentes con el comportamiento higrotérmico del conjunto.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado las principales tipologías de componentes de la envolvente térmica de un edificio.

  2. Se han identificado los principales tipos de aislantes existentes en el mercado.

  3. Se han relacionado las propiedades de los aislantes (características térmicas, de comportamiento frente al incendio y de degradación higroscópica) con sus aplicaciones.

  4. Se ha calculado la transmitancia térmica de cerramientos tipo.

  5. Se ha justificado el comportamiento térmico de los diferentes componentes de la envolvente térmica de un edificio.

  6. Se han relacionado las causas de condensaciones superficiales e intersticiales en los cerramientos con las posibles soluciones.

  7. Se ha analizado la permeabilidad de huecos en relación a la demanda energética del edificio.

  8. Se ha evaluado el comportamiento térmico de estructuras tipo para el cerramiento.

2. Determina la limitación de la demanda energética de edificios comprobando que los elementos constitutivos de su envolvente se ajustan a lo dispuesto por la normativa.

Criterios de evaluación:

  1. Se han relacionado los usos tipo en edificación con su repercusión en la demanda energética.

  2. Se ha recopilado la información constructiva relevante (cerramientos, capas y características) de los edificios objeto de análisis.

  3. Se han relacionado las características de los cerramientos de la envolvente térmica del edificio con los requisitos que establece la normativa vigente.

  4. Se han relacionado las condensaciones en la superficie y en el interior de los cerramientos con los límites establecidos en la normativa.

  5. Se han relacionado las infiltraciones de aire en edificación con los límites establecidos.

  6. Se han propuesto soluciones para mejorar el aislamiento de cerramientos y cumplir con los requisitos establecidos por la normativa.

3. Calcula la demanda energética necesaria para garantizar la habitabilidad de los edificios, comprobando que se ajusta a las limitaciones impuestas por la normativa de aplicación.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha recopilado la información constructiva necesaria (cerramientos, capas y características) para el cálculo de la demanda energética.

  2. Se ha incorporado la información constructiva y térmica del edificio al programa informático.

  3. Se ha comprobado que la demanda energética calculada está por debajo de la de un edificio de referencia.

  4. Se ha propuesto modificar las características constructivas y/o de aislamiento de los cerramientos si no se cumple la limitación de demanda energética.

  5. Se ha propuesto utilizar sistemas de protección solar si no se cumple la limitación de demanda energética.

  6. Se ha identificado la información técnica que permita justificar el cumplimiento de la normativa.

4. Califica energéticamente edificios identificando su envolvente, caracterizando las instalaciones implicadas y calculando el balance térmico mediante el procedimiento homologado.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha identificado la información relevante para incorporar al programa informático acerca de las instalaciones térmicas y de la demanda energética del edificio.

  2. Se han aplicado procedimientos de cálculo simplificados de acuerdo a la norma para la obtención de la calificación energética en edificación.

  3. Se han obtenido índices de calificación energética del edificio según sus instalaciones térmicas y su definición constructiva.

  4. Se han relacionado los resultados de programas informáticos homologados para la calificación energética en edificación con la información técnica suministrada.

  5. Se han propuesto modificaciones que pudieran mejorar la calificación del edificio.

5. Documenta procesos de certificación energética de edificios especificando la información técnica requerida por la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha descrito el proceso administrativo que es preciso seguir para la obtención, actualización, renovación o mejora de la certificación energética.

  2. Se ha relacionado el proceso de obtención, actualización, renovación o mejora de la certificación energética de edificios con la documentación necesaria en cada caso.

  3. Se han cumplimentado documentos para la obtención de la certificación energética de edificios.

  4. Se han identificado las especificaciones técnicas que requiere la etiqueta o acreditación legal de la calificación energética de edificios.

  5. Se han cumplimentado etiquetas de eficiencia energética.

Duración: 120 horas.

Contenidos básicos:

Evaluación del aislamiento en cerramientos de edificios:

Determinación de la limitación de la demanda energética en edificación:

Cálculo de la demanda energética en edificación:

Calificación energética de los edificios:

Documentación para la certificación energética de edificios:

Orientaciones pedagógicas:

La certificación energética incluye aspectos como:

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales d, e, f, g y r del ciclo formativo y las competencias d, e, f, g y p del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

Módulo Profesional: Gestión eficiente del agua en edificación (Equivalencia en créditos ECTS: 4)

Código: 0351
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación

1. Mide parámetros característicos de redes de suministro de agua y saneamiento en edificación, relacionando los resultados de la medición con la tipología y características de las instalaciones.

Criterios de evaluación:

  1. Se han identificado las principales instalaciones tipo para el suministro de agua fría y agua caliente sanitaria en edificación.

  2. Se han identificado los diferentes tipos de instalaciones de evacuación de aguas residuales.

  3. Se han relacionado los elementos constituyentes de las instalaciones tipo con la función que desempeñan.

  4. Se ha interpretado documentación técnica relacionada con las instalaciones hidráulicas de los edificios (memorias, esquemas de principio, planos, detalles constructivos, entre otros).

  5. Se han realizado conversiones de unidades térmicas e hidráulicas (de presión, caudal, temperatura, potencia y energía, entre otras).

  6. Se han identificado las normas aplicables a cada tipo de instalación y las recomendaciones realizadas por organismos y otras entidades especializadas en la calidad, la eficiencia y el ahorro de agua.

  7. Se han relacionado las magnitudes que es preciso controlar con los correspondientes equipos de medida.

  8. Se han medido con exactitud y precisión los parámetros (hidráulicos, térmicas, químicos, eléctricos, entre otros) característicos de las diferentes instalaciones.

  9. Se han comparado las mediciones obtenidas con los valores normales de calidad y de funcionamiento eficiente indicados en la normativa vigente.

  10. Se han respetado las normas de utilización de los equipos, materiales e instalaciones.

2. Evalúa la eficiencia de aparatos receptores de instalaciones hidráulicas en edificios, relacionando los sistemas para su control con las medidas de ahorro propuestas.

Criterios de evaluación:

  1. Se han relacionado los parámetros relevantes (presiones, caudales, temperaturas, entre otros) con el funcionamiento eficiente de los receptores hidráulicos.

  2. Se ha identificado la información técnica para el análisis de la eficiencia de receptores hidráulicos a partir de bases de datos, históricos de consumo y catálogos de productos.

  3. Se han determinado las características de funcionamiento y de consumo de agua de los receptores tipo en las instalaciones hidráulicas en edificación.

  4. Se han identificado las características de funcionamiento de los sistemas de control empleados para el consumo eficiente de agua en los edificios.

  5. Se han clasificado los receptores hidráulicos y dispositivos de control de instalaciones atendiendo a sus características de eficiencia.

  6. Se han elaborado hipótesis referentes a las causas probables de las desviaciones típicas de las medidas.

3. Configura instalaciones hidráulicas de edificios justificando el cálculo de la demanda y el diseño de la red en función del número de usuarios y de su comportamiento.

Criterios de evaluación:

  1. Se ha relacionado la documentación técnica de instalaciones hidráulicas (esquemas, planos constructivos e isometrías) con el trazado de las mismas y con las caracter&i