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Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de telecomunicaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Sumario:

ANEXO II
Reglamento del procedimiento para el otorgamiento, modificación y extinción de concesiones en materia de telecomunicaciones.

TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Régimen jurídico.

El régimen de otorgamiento, modificación y extinción de las concesiones en materia de telecomunicaciones se regirá por las Leyes especiales que sean de aplicación, así como por sus normas de desarrollo y, en especial, por el Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con el uso de dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. El procedimiento establecido en el Título II se aplicará a los supuestos en los que, de conformidad con la normativa específica, corresponde otorgar la concesión por orden de prioridad de presentación de solicitudes.

2. Para el resto de concesiones en materia de telecomunicaciones se estará a lo dispuesto en la legislación del contratos del Estado, en los correspondientes Reglamentos técnicos y de prestación de servicios y, en todos, caso, en las bases del concurso que haya de regir la concesión de cada servicio.



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