Real Decreto 3475/2000, de 29 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social para el ejercicio 2001. | |
La Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2001, contiene, dentro de su Título IV, los criterios de revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social para dicho ejercicio, previendo una revalorización de aquéllas de acuerdo con el índice de inflación previsto para dicho ejercicio.
De acuerdo con las previsiones legales, el presente Real Decreto establece una revalorización de las pensiones de la Seguridad Social, tanto en su modalidad contributiva, incluidas las pensiones mínimas y el límite máximo de percepción de pensiones públicas, como de las no contributivas, del 2 %. A su vez, contempla el mantenimiento íntegro del poder adquisitivo de las pensiones en el año 2001, compensando a los pensionistas de la Seguridad Social la desviación producida entre la evolución real del IPC, en el indicado ejercicio, período noviembre/1999-noviembre/2000 y el porcentaje de revalorización inicialmente practicado.
La revalorización de las pensiones de la Seguridad Social en los términos señalados supone el mantenimiento del poder adquisitivo de las mismas de conformidad con las previsiones del artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley 24/1997, de 15 de julio, de consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social.
Por último, el Real Decreto, de acuerdo con las previsiones legales citadas, actualiza el límite de ingresos compatibles con la condición de beneficiario de las asignaciones por hijo a cargo, así como las cuantías de tales asignaciones en favor de hijos minusválidos con dieciocho o más años aplicando los mismos criterios que los señalados para las pensiones.
En su virtud a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2000, dispongo:
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com