Real Decreto 770/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores. | |
Artículo 15. Toma de muestras y método de análisis.
En los controles analíticos que hayan de efectuarse sobre los productos contemplados en la presente Reglamentación se utilizarán los métodos oficiales aprobados por las disposiciones vigentes o, en su defecto, los reconocidos como idóneos por los Organismos internacionales correspondientes.
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