Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. | |
Artículo 45. Abono de honorarios.
1. El abono de los honorarios devengados por los profesionales a los que se refiere el segundo párrafo del artículo 6.6 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita correrá a cargo del Ministerio de Justicia, excepto en los siguientes casos:
Cuando en la sentencia que ponga fin al proceso haya pronunciamiento sobre costas a favor del titular del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Cuando, venciendo en el pleito el titular del derecho a la asistencia jurídica gratuita y no existiendo en la sentencia pronunciamiento expreso sobre costas, los beneficios obtenidos por aquél en el procedimiento superen en tres veces la cuantía de las costas causadas en su defensa.
2. En el supuesto de que en la sentencia que ponga fin al proceso fuera condenado en costas el titular del derecho a la asistencia jurídica gratuita, quedará éste obligado a abonar las peritaciones realizadas por técnicos privados, si dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso viniese a mejor fortuna.
Para hacer efectiva dicha obligación, será de aplicación el procedimiento al que hace referencia el artículo 20.
Artículo 46. Coste económico de las pruebas periciales.
1. Antes de la realización de la prueba pericial, el técnico privado designado conforme a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 6.6 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita remitirá a la Gerencia del Ministerio de Justicia competente por razón del territorio, para su aprobación, una previsión del coste económico de aquélla, que incluirá necesariamente los extremos siguientes:
Tiempo previsto para la realización de la pericia y valoración del coste por hora.
Gastos necesarios para su realización.
Copia de la resolución judicial que dio lugar a la realización de la prueba.
La previsión inicial del coste quedará automáticamente aprobada si en el plazo de un mes, desde su remisión, la Gerencia Territorial no formula ningún reparo a su cuantificación.
2. La minuta de honorarios se ajustará a la previsión del coste económico, aprobada conforme a lo dispuesto en el apartado anterior. Para su devengo, el profesional aportará, además, documentos que acrediten el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita de quien instó la prueba pericial y pronunciamiento del órgano judicial sobre las costas generadas por el proceso.








| APELLIDOS Y NOMBRE | N.I.F., N.I.E. (o, en defecto de N.I.E., número de pasaporte) | ||||||
| NACIONALIDAD | FECHA DE NACIMIENTO | LUGAR DE NACIMIENTO | |||||
| DOMICILIO (calle, número y piso) | MUNICIPIO | PROVINCIA | CÓDIGO POSTAL | ||||
| ESTADO CIVIL | PROFESIÓN U OFICIO | ||||||
SOLICITO formalmente que me sea reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita establecida en la Ley 1/1996, de 10 de enero, para las siguientes diligencias:
Defensa y representación en:
| PROCEDIMIENTO JUDICIAL / ADMINISTRATIVO | ÓRGANO JUDICIAL / ORGANISMO O ENTIDAD PÚBLICA |
A tal fin, manifiesto expresamente que:
Mi relación con el agresor es:
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Mi situación familiar es (familiares que conviven con el solicitante):
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Mi situación económica es (ingresos anuales de la unidad familiar):
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USO DEL DOMICILIO FAMILIAR: Propiedad Alquiler Otros | OTROS BIENES: Propiedades muebles Propiedades inmuebles Cuentas corrientes y de ahorro Otros productos financieros |
Manifiesto que son ciertos los datos indicados y me comprometo a presentar la documentación necesaria en el plazo máximo de 5 días a contar desde el de la presentación de la solicitud.
En el caso de no estar obligada a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la presentación de esta solicitud implica que AUTORIZO a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita a que obtenga de forma directa de la Administración tributaria la acreditación de dicha ausencia de obligación.
La declaración errónea, falsa o con ocultación de datos relevantes supondrá la revocació del reconocimiento del derecho, en tal caso vendé obligada a pagar las prestaciones que haya obtenido, además de quedar sujeta a las responsabilidades que se me puedan exigir.
Solicito que me sean asignados abogado y procurador del turno de oficio, comprometiéndose a abonar la minuta del abogado y procurador que se asistan de oficio en el caso de que no me fuere reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
| Firma de la solicitante | Lugar y fecha |
| ............................................... | ....................................................................................................... |
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA SOLICITANTE:
- DOCUMENTACIÓN GENERAL: Fotocopia del N.I.F., los españoles y ciudadanos de la Unión Europea; fotocopia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor o, en su defecto, del Pasaporte en vigor, los extranjeros no nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea. Declaración impositiva de la unidad familiar (última declaración de I.R.P.F. y, en su caso, del Impuesto sobre el Patrimonio). Certificado de la Administración tributaria de no haber presentado declaración (en el caso de que la unidad familiar no esté obligada a presentar declaración del I.R.P.F.) (la solicitante deberá aportar este certificado si deniega expresamente el consentimiento antes mencionado a la Comisión Asistencia Jurídica Gratuita (1)). Certificación catastral (bienes inmuebles). Nota simple del Registro de la Propiedad (si se alegan cargas sobre el inmueble). Certificado de los centros de trabajo de las altas y bajas de la Seguridad Social. Certificado de empresa que acredite los ingresos brutos anuales. Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) en el que conste la percepción de ayuda por desempleo y período al que se extiende. Certificado de cobro de pensiones públicas.- OTRA DOCUMENTACIÓN: .......................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................... |
(1) DENIEGO expresamente mi consentimiento para que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita obtenga de forma directa de la Administración tributaria la acreditación, en su caso, de que no estoy obligada a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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Módulos y bases de compensación económica - Abogados.
| Asistencia al detenido o preso | |
| Asistencia individualizada (procedimiento penal general o enjuiciamiento rápido) | 60,10 € |
| Servicio de guardia de 24 horas. Asistencia al detenido - Audiencia Nacional | 150 € |
| Servicio de guardia de 24 horas. Asistencia al detenido (procedimiento penal general) | 114,19 € |
| Servicio de guardia de 24 horas. Asistencia al detenido en Procedimiento de Enjuiciamiento Rápido (carácter excepcional) | 60,10 € |
| Asesoramiento y asistencia inmediata a la mujer víctima de violencia de género | |
| Por disponibilidad cuando no haya sido requerida la asistencia durante el servicio de guardia de 24 horas | 60,10 € |
| Por disponibilidad y asesoramiento previo prestado sin que la víctima haya requerido ninguna otra actuación en el servicio de guardia, por cada asistencia (con un límite de 120,20 euros) | 60,10 € |
| Por disponibilidad y por asesoramiento previo prestado con asistencia en la formulación de la denuncia o solicitud de orden de protección, por cada asistencia (con un límite de 180 euros) | 90 € |
| Vía previa administrativa o conciliación previa en materia laboral | 60,10 € |
| Gastos de desplazamiento si el lugar en que hay que prestar la asistencia: | |
| - Dista más de 5 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 12,02 € |
| - Dista más de 25 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 30,05 € |
| - Dista más de 50 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 50 € |
| Jurisdicción penal | |
| Procedimiento con Tribunal del Jurado | 300,51 € |
| Procedimiento penal de especial complejidad | 300,51 € |
| Por cada mil folios | 18,03 € |
| A partir de cinco comparecencias ante el juzgado, por cada cinco comparecencias | 18,03 € |
| A partir de dos días de vista, por cada día | 54,09 € |
| Procedimiento penal de especial complejidad ante la Audiencia Nacional | 315 € |
| Por cada mil folios | 19 € |
| A partir de cinco comparecencias ante el juzgado, por cada cinco comparecencias | 19 € |
| A partir de dos días de vista, por cada día | 57 € |
| Procedimiento penal general | 270,45 € |
| Procedimiento penal general ante la Audiencia Nacional | 283 € |
| Procedimiento abreviado | 200 € |
| Procedimiento abreviado ante la Audiencia Nacional | 210 € |
| Procedimiento de enjuiciamiento rápido con asistencia a detenido | 240 € |
| Procedimiento de enjuiciamiento rápido sin asistencia a detenido | 220 € |
| Procedimiento penal de menores, incluida pieza de responsabilidad civil | 200 € |
| Procedimiento penal de menores ante la Audiencia Nacional | 132 € |
| Expedientes de vigilancia penitenciaria | 114,19 € |
| Expedientes de vigilancia penitenciaria ante la Audiencia Nacional | 120 € |
| Asistencia a la comparecencia de la orden de protección | 60,10 € |
| Juicios de Faltas | 70 € |
| Procedimiento Abreviado con desplazamiento para la asistencia a juicio oral | 224,04 € |
| Gastos de desplazamiento por salidad a centros de prisión: | |
| - Si distan más de 5 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 12,02 € |
| - Si distan más de 25 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 30,05 € |
| - Si dista más de 50 km. de la sede del Colegio en cuya circunscripción se comprende el partido judicial | 50 € |
| Jurisdicción civil | |
| Juicio ordinario | 240,40 € |
| Verbal | 150 € |
| Juicio completo de familia contencioso | 200 € |
| Medidas provisionales | 60,10 € |
| Juicio completo de familia de mutuo acuerdo | 120 € |
| Filiación, paternidad, capacidad | 200 € |
| Monitorio | 150 € |
| División Judicial de patrimonios | 150 € |
| Cambiario | 150 € |
| Solicitud y asistencia a las medidas previas de separación y divorcio | 60,10 € |
| Solicitud y asistencia a la vista de las medidas cautelares previas o provisionales del artículo 770.6 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil | 60,10 € |
| Procesos sobre guarda y custodia o alimentos de hijos menores | 120 € |
| Petición de eficacia civil de resoluciones de Tribunales eclesiásticos | 60,10 € |
| Procedimiento completo de modificación de medidas | 90 € |
| Jurisdicción Voluntaria | 150 € |
| Jurisdicción contencioso-administrativa | |
| Vía administrativa previa (extranjería y asilo) | 72,12 € |
| Vía administrativa previa (extranjería y asilo) ante la Audiencia Nacional | 75 € |
| Recurso contencioso-administrativo | 198,33 € |
| Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional | 208 € |
| Jurisdicción social | |
| Procedimiento íntegro | 132,22 € |
| Recurso de suplicación | 72,12 € |
| Jurisdicción militar | |
| Fase sumarial | 60,10 € |
| Fase Juicio Oral | 120,20 € |
| Recursos | |
| Recurso de Casación | 260 € |
| Recurso de Casación cuando no se formaliza y hay sólo anuncio | 24,04 € |
| Recurso de Amparo | 260 € |
| Recurso de Apelación | 102,17 € |
| Normas generales | |
| Transacciones extrajudiciales | 75 % de la cuantía aplicable al procedimiento |
| Informe motivado de la insostenibilidad de la pretensión | 30,05 € |
| Procedimientos en vía administrativa | |
| Solicitudes y reclamaciones | 20 € |
| Recursos en vía administrativa | 60 € |
Módulos y bases de compensación económica - Procuradores.
| Jurisdicción penal | |
| Todos los procedimientos | 18,03 € |
| Apelaciones | 21,04 € |
| Jurisdicción civil | |
| Todos los procedimientos | 24,04 € |
| Apelaciones | 21,03 € |
Los abogados y procuradores devengarán la indemnización correspondiente a su actuación en el turno de oficio, con arreglo a los siguientes porcentajes:
Un 70 %.
En procesos civiles, incluidos los de familia, a la presentación de la copia de la providencia de admisión de demanda o teniendo por formulada la contestación de ésta.
En apelaciones civiles, a la presentación de la copia de providencia admitiendo a trámite el recurso o, en su caso, la personación en la alzada.
En procedimientos penales, a la presentación de la copia de la diligencia o solicitud de actuación procesal en la que intervenga el letrado o procurador, o de la apertura del juicio oral.
En apelaciones penales, a la presentación de la copia de la resolución judicial teniendo por formalizado o impugnado el recurso o del señalamiento para la vista.
En los demás procedimientos, a la presentación de la copia de la diligencia judicial acreditativa de la intervención del letrado, o procurador de los tribunales.
En los recursos de casación formalizados, a la presentación de la copia de la providencia por la que se tenga por formalizado el recurso.
En los recursos de casación no formalizados, a la presentación de la copia del informe dirigido al colegio, fundamentando la inviabilidad del recurso.
El restante 30 % de los asuntos procedentes, a la presentación de la copia de la sentencia o resolución que ponga fin a la instancia.
En las transacciones extrajudiciales e informe de insostenibilidad de la pretensión, se devengará la totalidad de la indemnización correspondiente a la presentación de documento suscrito por el interesado o del informe de insostenibilidad.
En las salidas a centros de prisión, se devengarán la totalidad de la indemnización a la presentación de certificación expedida por el centro penitenciario, acreditativa de la actuación realizada.
En la vía administrativa previa (extranjería y asilo), se devengará la totalidad de la indemnización a la presentación de la copia de la resolución o acto administrativo que suponga la finalización del procedimiento.
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