Base de Datos de Legislación

Reforma por la que se modifican diversos artículos del Reglamento del Senado.


Sumario:

Artículo primero.

Se suprime el apartado 3 del artículo 15.

Artículo segundo.

Los artículos 45, 46, 47 y 48 del Reglamento del Senado quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo tercero.

Los apartados 2 y 3 del artículo 49 del Reglamento del Senado quedan redactados en los siguientes términos:

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

El inciso final de la letra e del artículo 18 del Reglamento del Senado queda referido al artículo 46.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.

La Mesa del Senado adoptará las disposiciones necesarias a efectos de trasladar los asuntos pendientes a las Comisiones que resulten competentes por razón de la materia a consecuencia de la entrada en vigor de esta reforma.

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente modificación del Reglamento del Senado entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

Lo que se publica para general conocimiento.

Palacio del Senado, 14 de mayo de 2008.

 

El Presidente del Senado,
Francisco Javier Rojo García.

Notas:
Publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales número 1(f), de 13 de mayo de 2008.


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