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Resolución de 4 de junio de 2001, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras.


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Sumario:

La vigente normativa sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras fue establecida en la Resolución de 18 de febrero de 1999 de la entonces Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo.

Posteriormente se ha producido una modificación de la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, mediante el Real Decreto 1206/1999, de 9 de julio; el Real Decreto 690/2000, de 2 de mayo, y el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.

En la estructura resultante, se han suprimido, creado o modificado determinados órganos superiores, directivos y Unidades, algunos de cuyos miembros integraban la composición de las Mesas de Contratación.

En concreto, se han suprimido la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, la Dirección General de Programación Económica y Presupuestaria y las Subdirecciones Generales de Tecnología y Proyectos y de Programas y Presupuestos de la Dirección General de Carreteras.

El Real Decreto 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, contempla asimismo la composición y funcionamiento de las Mesas de Contratación y elimina los contratos de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.

Por otra parte, se ha mantenido el enorme número de expedientes de licitación promovidos por la Dirección General de Carreteras, siendo frecuente la celebración de dos y hasta tres reuniones semanales de las Mesas de Contratación (de calificación documental, de apertura de ofertas económicas y de adjudicación).

Por todo ello, a fin de adaptarlas a la nueva estructura orgánica ministerial y de garantizar la rapidez, agilidad y el regular desenvolvimiento de las Mesas de Contratación con las funciones previstas en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace necesario reformar la vigente Resolución sobre composición de Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras de 18 de febrero de 1999.

La propuesta sobre composición de Mesas de Contratación utiliza básicamente los mismos criterios ya utilizados en la anterior composición, pero actualizados para resolver las disfuncionalidades observadas durante su período de vigencia y que son las siguientes:

  1. Por razón de la cuantía (más de 2.000 millones de pesetas), y por lo tanto del número limitado de Mesas a celebrar, se establece una única Mesa sin distinción del tipo de contrato y con una concreta designación del Presidente y los Vocales pertenecientes al órgano de Contratación.

  2. Para el resto de las Mesas cuyos contratos sean inferiores a 2.000 millones de pesetas, se establece una composición distinta en relación con el importe, el tipo de contrato promovido por la Subdirección General correspondiente y en función de que el procedimiento de adjudicación sea concurso o subasta. En este apartado se ha optado por establecer un sistema ágil y operativo que permita la fácil sustitución de los miembros de la Mesa de Contratación debido, por una parte a que éstos simultanean esta función con sus respectivos puestos de trabajo en la Dirección General de Carreteras y en la Dirección General de Programación Económica, y de otra el elevado número de reuniones de la Mesa de Contratación en este tipo de licitaciones.

En consecuencia, y de conformidad con el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el artículo 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, en lo que no se oponga a la citada Ley, así como con lo previsto en los artículos 17 y 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.

Modificar la Resolución de 18 de febrero de 1999, sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras que, con carácter permanente, será la siguiente:

  1. Redacción según Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contratos de importe igual o superior a 12.020.242,09 €.

  2. Redacción según Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contratos de importe comprendido entre 3.005.060,52 € y 12.020.242,09 €.

  3. Redacción según Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contrato de importe inferior a 3.005.060,52 €.

  4. Redacción según Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación. Además, en todas las Mesas de Contratación habrá que incluir como Vocales Titulares a un representante de la Abogacía del Estado y a otro de la Intervención Delegada de la Administración en el Departamento.

Segundo.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de junio de 2001.

 

El Secretario de Estado,
Benigno Blanco Rodríguez.

Notas:
Apartado Primero:
Redacción según Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras.


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