Resolución de 9 de enero de 2006, del Cabildo Insular de Gran Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Pleno Corporativo de 28 de julio de 2005, aprobatorio del cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino por el de La Aldea de San Nicolás. | |
El Pleno Corporativo del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2005, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
En relación con el expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino, y en ejercicio de las competencias que la Legislación del Régimen Local y Disposiciones Complementarias otorgan a esta Corporación Insular, de forma relevante, los preceptos, actos, y trámites que se infieren de los artículos, acuerdos y documentación que, entre otra, se analiza en la parte expositiva siguiente:
El acuerdo del Ayuntamiento Pleno de San Nicolás de Tolentino, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el inicio del expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino por el de La Aldea de San Nicolás.
El escrito de la Real Academia de la Historia, de fecha 15 de febrero de 2005, por el que, previo estudio del proyecto de cambio de denominación del municipio a ella comunicado, acuerda adherirse al mismo en los términos fijados por el municipio de referencia.
Lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en los que se establece la posibilidad legal de cambio de denominación de municipios, así como el régimen jurídico al que debe ajustarse su tramitación procedimental.
El artículo 29.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Canarias, Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, por el que se dispone que la titularidad competencial en relación con el cambio de denominación de Municipios se residencia en dicha Comunidad Autónoma.
El artículo 2, apartado A.2, del Decreto 154/1994, de 21 de julio, de transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de régimen local y policía de espectáculos, en particular, la competencia para resolver los expedientes de cambio de denominación de municipios.
El artículo 123.d de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 57/2003, de 11 de abril, por la que se establece la competencia del Pleno del Cabildo Insular para adoptar el acuerdo relativo a la resolución del expediente del cambio de denominación del municipio.
El informe Administrativo emitido por el Servicio de Cooperación Institucional de fecha 7 de julio de 2005.
Visto el dictamen favorable de la Comisión de Pleno Infraestructura, Medio Ambiente y Territorio de fecha 14 de julio de 2005, el Pleno por unanimidad acuerda:
Primero.
Resolver favorablemente el expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino y, por ende, aprobar la nueva denominación de dicho municipio que será el de La Aldea de San Nicolás.
Segundo.
Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de San Nicolás de Tolentino a los efectos previstos en el artículo 26.3 y 30.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
El expediente ha sido sometido al trámite previsto por la normativa de aplicación sin que se haya producido reclamación alguna, procediendo, una vez inscrito en el Registro de Entidades Locales, su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Las Palmas de Gran Canaria, 9 de enero de 2006.
El Presidente,
P.D. (Decreto nº 19, de 1-5-2005),
el Consejero de la Presidencia,
Luis Larry Álvarez Cardero.
| ||||
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com