Resolución de 16 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, aprobando modelo de cancelación de cargas obrantes en el Registro de Bienes Muebles procedentes de la Dirección General de Tráfico (Archivo Histórico). | |
Mediante escrito de FECGA 18 de mayo de 2001, don Tomás Pérez Ruiz, Presidente de la Asociación Española de Leasing (AEL) propone que se apruebe por este centro directivo un modelo de cancelación genérico de las cargas obrantes en el Registro de Bienes Muebles procedentes del Registro Administrativo de Tráfico y que se transfieran a aquel en virtud del Convenio entre la Dirección General de Tráfico y la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 10 de mayo de 2000, esto es, para el archivo denominado Histórico, en cuanto que no figura inscrito en el Registro de Bienes Muebles, sino como mero arrastre de las cargas existentes hasta la fecha del Convenio,
Vistos la Orden del Ministerio de Justicia de 19 de julio de 1999 por la que se aprueba la Ordenanza del Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles (hoy Registro de Bienes Muebles), la disposición adicional única del Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por la que se crea el Registro de Bienes Muebles y el apartado IV del anexo XIV del Reglamento General de Vehículos aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
La Dirección General de Tráfico deniega la transferencia administrativa si no desaparecen las limitaciones jurídicas a la transmisibilidad de los vehículos, y se requiere un sistema ágil de cancelación ya que las operaciones de tráfico se perfeccionan con gran rapidez.
Dado que las cargas obrantes en el Archivo Histórico del Registro de Bienes Muebles, esto es, las procedentes por transferencia de los datos obrantes en el Registro Administrativo de Tráfico a la entrada en vigor del Convenio de 10 de mayo de 2000, no estén sujetos a los mismos principios y efectos que las cargas anotadas o inscritas con posterioridad al mismo, donde ya se aplican los principios de calificación y demás característicos de un Registro Jurídico, y dado que hasta entonces el vigente Reglamento General de Vehículos admite la cancelación de limitaciones de disposición en virtud de escrito suscrito por el vendedor o arrendador, confirmas reconocidas,
Esta Dirección General acuerda aprobar el adjunto modelo de cancelación de limitaciones dispositivas obrantes en el Archivo Histórico del Registro de Bienes Muebles derivadas de contratos de arrendamiento financiero o venta a plazos con pacto de reserva de dominio o prohibición de disponer.
Madrid, 16 de julio de 2001.
La Directora general,
Ana López-Monís Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
Cancelación de titularidades dominicales, limitaciones y reservas de dominio, prohibiciones de disponer, cargas y gravámenes sobre vehículos matriculados, constatadas en el Registro de Bienes Muebles mediante transferencia informática procedente del Registro Central de Tráfico-Dirección General de Tráfico, a instancia del titular o beneficiario de dichas situaciones jurídicas.

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