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Resolución de 16 de agosto de 2006, del Consell Insular de Menorca (Illes Balears), referente a la declaración de Bien de Interés Cultural de la Zona Arqueológica de la naveta de Cala Blanca, Ciutadella.


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Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Menorca en sesión extraordinaria de 27 de marzo de 2006, adoptó el acuerdo relativo a la declaración definitiva de la delimitación del entorno de protección de bien de interés cultural de carácter arqueológico, según lo previsto en el artículo 7 y 11 de la Ley 12/1998 de 21 de Diciembre del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, a favor del siguiente yacimiento:

Zona arqueológica de la naveta de Cala Blanca (Ciutadella):

Primero.

Declarar definitivamente delimitado el entorno de protección de la zona arqueológica de la naveta de Cala Blanca (Ciutadella), según documentación que se puede consultar en las oficinas del Consell Insular de Menorca, Departamento de Cultura y Educación (Pl. Biosfera, 5, Maó).

Segundo.

Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establece la Ley 12/1998 del patrimonio histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante.

Tercero.

Notificar el acuerdo al Ayuntamiento y a la propiedad afectada.

Cuarto.

Notificar a la Consejería de Cultura del Gobierno de las Islas Baleares, a los efectos de su inscripción definitiva en el Registro de bienes de interés cultural y su comunicación al Registro del Ministerio de Educación y Cultura.

Quinto.

Proceder a la correspondiente anotación en el Registro de BIC del Consell Insular de Menorca.

Sexto.

Publicar el acuerdo en el BOIB y en el BOE.

Séptimo.

Inscribir la delimitación en el Registro de la Propiedad.

Maó, 16 de agosto de 2006.

 

El Presidente en funciones,
Damià Borràs Barber.



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