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Resolución de 16 de diciembre de 1991 del Instituto de la Juventud, sobre colaboración del mismo con centros y servicios de información y documentación juvenil.


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Sumario:

El organismo autónomo Instituto de la Juventud, adscrito al Ministerio de Asuntos Sociales, en virtud de los Reales Decretos 565/1985, 727/1988 y 791/1988, tiene, entre sus competencias, en el campo de la información a la juventud, el desarrollo y coordinación de un sistema de información y documentación de la juventud.

Esta labor tiene como objetivo fundamental que los/las jóvenes dispongan de una información tan completa como sea posible, en relación con todos los problemas que les afectan, en orden a su promoción, autonomía e integración social, y sin perjuicio de la información que puedan obtener de otras fuentes públicas o privadas.

En este sentido, la presente Resolución se inspira en la Recomendación número (90)7, de fecha 21 de febrero de 1990, del Consejo de Europa, relativa a la información y el asesoramiento a dar a los jóvenes en Europa, especialmente en lo que se refiere a difusión de dichos servicios.

Para la realización de todas estas funciones el Instituto de la Juventud precisa obtener información suficiente y actualizada sobre las actividades que se desarrollan en relación con la juventud, lo cual supone la existencia de flujos informativos entre aquel y los restantes centros y servicios públicos y privados especializados en la información juvenil.

Por otra parte, dado que el propio Instituto de la Juventud es generador de información y documentación, a cuyo efecto elabora datos, encuestas, estudios e informes sobre la juventud, es pertinente establecer el marco general de colaboración entre este organismo con los centros y servicios en materia de información y documentación.

En su virtud, ha resuelto lo siguiente:

Primero.

El Instituto de la Juventud realizará las funciones de información y documentación de la juventud, que reglamentariamente tiene encomendadas, en colaboración y coordinación con los centros y servicios de información a la juventud que, establecidos por las Comunidades Autónomas, desarrollen tareas similares en su ámbito territorial.

Asimismo, el Instituto colaborará con los servicios de información a la juventud de las restantes administraciones públicas y con los centros y servicios de similar naturaleza de carácter no gubernamental.

Segundo.

La información que se elabore y facilite por el Instituto de la Juventud y por los centros que colaboran con el mismo, será pluralista en cuanto a sus fuentes, fiable y accesible sin discriminación, tenderá a la promoción de la autonomía de los jóvenes y respetará, en todo caso, su derecho al anonimato.

Tercero.

El Instituto de la Juventud contribuirá a la promoción de la coordinación internacional en materia de información y documentación juvenil mediante las relaciones con centros y servicios extranjeros y con organizaciones internacionales que presten servicios de información y documentación juvenil, la participación en iniciativas internacionales de coordinación y el fomento de las mismas.

El Instituto de la Juventud posibilitará la adecuada participación de los servicios de las Comunidades Autónomas en las actividades bilaterales y multilaterales y en iniciativas de coordinación de carácter internacional, referidas a información y documentación. Para ello facilitará a los servicios de aquellas la información pertinente, así como los acuerdos adoptados en foros internacionales sobre la materia.

Cuarto.

Con objeto de facilitar la colaboración y coordinación contemplados en la presente resolución, el Instituto de la juventud constituirá una comisión técnica, que, presidida por el Subdirector general de Información y Documentación del Instituto, y compuesta por un máximo de un miembro por cada Comunidad Autónoma que lo desee, se reunirá, al menos, una vez al trimestre por convocatoria del propio Instituto de la Juventud.

Quinto.

El Instituto de la Juventud podrá, en el marco de la normativa vigente, suscribir convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas, así como con organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal, que realicen funciones de igual naturaleza, con el fin de conseguir el mejor cumplimiento de los objetivos comunes, en el ámbito de la información y documentación de la juventud.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 16 de diciembre de 1991.

 

El Director general,
Magdy Martinez Solimán.



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