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Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.


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Sumario:

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 18 de marzo de 2010.

 

El Secretario de Estado de Cooperación Territorial,
Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.

ANEXO.
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 17 de marzo de 2010 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con artículo 5, apartados cinco, once, trece y catorce, el apartado uno del artículo 42, las disposiciones transitorias tercera y cuarta y la disposición final primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 24 de marzo de 2010, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.



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