Resolución de 22 de septiembre de 1993, de la Secretaría de Estado-Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Balonmano. | |
La Junta directiva es el órgano de gestión de la Real Federación Española de Balonmano, siendo sus miembros designados y revocados libremente por su Presidente.
La Junta directiva se compondrá de un máximo de 25 personas, nombrándose de entre ellos al menos un Vicepresidente y un Tesorero.
Podrán asistir a sus reuniones cuantas personas tenga a bien invitar el Presidente para su asesoramiento.
El Vicepresidente primero, o el que indique el Presidente, sustituirá a éste en los casos de ausencia o en aquellas funciones que se le designen expresamente; debiendo en todo momento el sustituto ser miembro de la Asamblea general, por derecho personal o por representación de cualquier club miembro de la misma.
El Tesorero, encargado de la gestión económica, será nombrado por el Presidente de la Real Federación Española de Balonmano de entre los miembros de su Junta directiva. Sus funciones, en colaboración con el Gerente, serán las del control contable, proporcionar pagos y preparar el anteproyecto de presupuesto.
Los miembros de la Junta directiva, a excepción de su Presidente, no serán remunerados y serán de aplicación a todos ellos las causas de inelegibilidad previstas en el artículo 60 de estos Estatutos.
Son funciones de la Junta directiva:
Elaborar el proyecto de los reglamentos de la Real Federación Española de Balonmano para su sometimiento a la Comisión Delegada.
Elaborar el anteproyecto de normas que hayan de regir las distintas competiciones organizadas por la Real Federación Española de Balonmano.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto y de Balance para su sometimiento a la Comisión Delegada.
Proponer las modificaciones o rectificaciones en el desarrollo de los planes de actividades en el momento y circunstancias en el que el interés general del balonmano así lo exija.
Cualquier otra que en el ámbito de sus competencias le sea asignada por el Presidente.
La Junta directiva se reunirá con carácter ordinario cada cuatro meses y con carácter extraordinario siempre que lo considere oportuno el Presidente. La convocatoria, en la que constará la fecha y hora de celebración y los asuntos a tratar, deberá notificarse como mínimo con antelación de siete días, pudiendo excepcionalmente reducirse el plazo a cuarenta y ocho horas, cuando el Presidente aprecie motivos de reconocida urgencia que así lo aconsejen.
La Junta directiva quedará válidamente constituida cuando asistan la mitad más uno de sus miembros, excepto en los casos de urgencia que quedará constituida cualquiera que sea el número de miembros asistentes. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los asistentes, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente.
El Presidente de la Real Federación Española de Balonmano podrá nombrar un Secretario, que ejercerá las funciones de fedatario, asesor y más específicamente:
Preparar las sesiones de los órganos de representación y gobierno, velando por el cumplimiento de los acuerdos de éstos.
Levantar actas de las sesiones de los órganos colegiados de la Real Federación Española de Balonmano, especificando el nombre de las personas que hayan intervenido y las demás circunstancias que se consideren oportunas, así como el resultado de la votación y, en su caso, indicación de los votos particulares contrarios al acuerdo adoptado.
Expedir las certificaciones oportunas de los actos de los órganos de gobierno y representación.
En el caso de que en la Real Federación Española de Balonmano no exista Secretario, el Presidente de la misma será el responsable del desempeño de estas funciones, pudiendo delegarlas en la persona que considere oportuno.
Es el órgano de gestión económico-financiera de la Real Federación Española de Balonmano, siendo su figura obligatoria y por designación directa del Presidente.
Son funciones propias de la Gerencia:
Llevar la contabilidad de la Real Federación Española de Balonmano.
Ejercer la inspección económica de todos sus órganos.
Preparar el anteproyecto de presupuesto así como el Balance de situación y las cuentas de ingresos y gastos.
Elaborar los informes precisos para la posterior autorización de los gastos.
Elaborar la Memoria económica anual de la entidad, que se presentará a la Comisión Delegada, para su aprobación.
Informar puntualmente a cualquier asambleísta o miembro de la Junta Directiva, así como facilitar el trabajo del Tesorero y/o responsable del área económica de la Real Federación Española de Balonmano.
Prestar el asesoramiento oportuno al Presidente y a los órganos de representación y gobierno en todos los casos en que fuere requerido para ello.
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