Resolución de 23 de noviembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2006, a efectos de cómputos de plazos. | |
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que la Administración General del Estado fijará, con sujeción al calendario laboral oficial, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.
Este calendario se publicará antes del comienzo de cada año en el Boletín Oficial del Estado y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
Por todo ello, esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 8 del Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Administraciones Públicas, ha resuelto:
Aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2006, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Son días inhábiles:
En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refiere el punto a y b de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en los tablones de anuncios de los órganos y dependencias de la Administración General del Estado.
Madrid, 23 de noviembre de 2005.
El Secretario general,
Francisco Javier Velázquez López.

| ENERO | día 2: | Andalucía, Aragón, Asturias, Extremadura y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. |
| FEBRERO | día 28: | Andalucía. |
| MARZO | día 1: | I. Balears. |
| día 20: | Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y Ciudad Autónoma de Melilla. | |
| ABRIL | día 13: | Andalucía, Aragón, Asturias, I. Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Navarra, Región de Murcia, País Vasco, La Rioja y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. |
| día 17: | Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y La Rioja. | |
| día 24: | Aragón y Castilla-León. | |
| MAYO | día 2: | Comunidad de Madrid. |
| día 17: | Galicia. | |
| día 30: | Canarias. | |
| día 31: | Castilla-La Mancha. | |
| JUNIO | día 9: | Región de Murcia y la Rioja. |
| día 24: | Cataluña. | |
| JULIO | día 25: | Canarias(*), Castilla y León, Galicia, Navarra, País Vasco. |
| día 28: | Cantabria. | |
| SEPTIEMBRE | día 2: | Ciudad Autónoma de Ceuta. |
| día 8: | Asturias y Extremadura. | |
| día 11: | Cataluña. | |
| día 15: | Cantabria. | |
| OCTUBRE | día 9: | Comunidad Valenciana. |
| DICIEMBRE | día 26: | I. Balears y Cataluña. |
(*) En la Comunidad Autónoma de Canarias el Decreto 182/2005, de 25 de junio, por el que se declaran las fiestas propias de la Comunidad para el año 2006 (BOE de 5 de agosto de 2005) dispone que en las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, la fiesta del 25 de julio queda sustituida por:
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