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Resolución de 26 de junio de 2003, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la que se acuerda la publicación de la relación de normas armonizadas en el ámbito del Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable.


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Sumario:

La disposición final tercera del Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable, establece que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, publicará, con carácter informativo y mediante resolución del órgano directivo competente en materia de Seguridad Industrial, las especificaciones técnicas u homologaciones técnicas europeas, así como las referencias de las normas armonizadas que hayan sido publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (Hoy Diario Oficial de la Unión Europea).

La Comisión Europea ha publicado, en el Diario Oficial de la Unión Europea, C 97 de 24 de abril de 2003, las referencias de varias normas armonizadas, lo que debe comunicarse con carácter informativo a los interesados, dado que de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, anteriormente citado, las instalaciones y sus infraestructuras, los subsistemas y los constituyentes de seguridad de una instalación construidos con arreglo a las mismas gozan de presunción de conformidad con los requisitos esenciales de dicho Real Decreto.

En su virtud, esta Dirección General resuelve disponer la publicación de las normas armonizadas en el ámbito de la Directiva 2000/9/CE relativa a las instalaciones de transporte de personas por cable, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante Real Decreto 596/2002, de 28 de junio publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta la fecha.

Esta publicación debe entenderse a título informativo y sujeta a posteriores actualizaciones, en función de los mecanismos de elaboración previstos en la disposición adicional tercera del Real Decreto 596/2002, anteriormente citado.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Madrid, 26 de junio de 2003.

 

El Director General,
Arturo González Romero.

ANEXO.
Normas armonizadas que dan presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad de la directiva de transporte de personas por cable .

Código de norma armonizadaDiario Oficial DOCETítulo de la norma armonizadaAdopción por Aenor
-
Código de norma
armonizada
NúmeroFecha
EN 12385-8: 2002C-972003-4-24Cables de acero -Seguridad- Parte 8: Remolque y transporte con torón. Cables de transporte para teleféricos.PNE-EN 12385-8
EN 12385-9: 2002C-972003-4-24Cables de acero -Seguridad- Parte 9: Cables de arrollamiento bloqueado para teleféricos.PEN-EN 12385-9


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