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Resolución de 26 de junio de 2007, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban diversos procedimientos de operación para su adaptación a la nueva normativa eléctrica.


Sumario:

Vistos la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica.

Vistas las Órdenes ITC/400/2007, de 26 de febrero, por la que se regulan los contratos bilaterales que firmen las empresas distribuidoras para el suministro a tarifa en el territorio peninsular, la Orden ITC/843/2007, de 28 de marzo, por la que se modifica la Orden ITC/4112/2005, de 30 de diciembre, por la que se establece el régimen aplicable para la realización de intercambios intracomunitarios e internacionales de energía eléctrica, la Disposición adicional vigésima del Real Decreto 1634/2006, de 29 de diciembre, sobre emisiones primarias de energía y la Resolución de 19 de abril de 2007, de la Secretaria General de Energía, por la que se regulan las emisiones primarias de energía previstas en la disposición adicional vigésima del Real Decreto 1634/2006, de 29 de diciembre.

Vistas las propuestas realizadas por el Operador del Sistema de los procedimientos de operación del sistema, P.O. 3.1., P.O. 3.2., P.O. 4.1, P.O. 4.2, P.O. 14.3 y P.O. 14.4. para su adaptación a las citadas ordenes de acuerdo con lo establecido en las mismas y en el artículo 31 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre.

Esta Secretaría General, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, ha adoptado la presente Resolución:

Primero.

Se aprueban los procedimientos de operación del sistema eléctrico P.O. 3.1. Programación de la generación, P.O. 3.2. Resolución de restricciones técnicas , P.O. 4.1 Resolución de congestiones en la interconexión Francia-EspañaSin efecto por Resolución de 28 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía., P.O. 4.2. Resolución de congestiones en la interconexión Portugal-España, P.O. 14.3 Garantías de pagoSin efecto por Resolución de 28 de julio de 2008, de la Secretaría General de Energía. y P.O. 14.4 Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistemaSin efecto por Resolución de 28 de julio de 2008, de la Secretaría General de Energía., que figuran como anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Se autoriza la aplicación de las Reglas Conjuntas de Asignación de Capacidad en la Interconexión Francia-España (Reglas IFE), versión 2.0 de fecha 15 de junio de 2007, que figuran como anexo II de la presente Resolución.

Tercero.

Quedan derogados los siguientes procedimientos de operación del sistema eléctrico:

Cuarto. Publicidad.

El Operador del Sistema publicará el contenido de los Anexos de la presente Resolución en su Página web de Información (www.ree.es).

Quinto. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será de aplicación para la realización de las programaciones que se ejecuten a partir de las cero horas del 1 de julio de 2007.

Madrid, 26 de junio de 2007.

 

El Secretario General de Energía,
Ignasi Nieto Magaldi.

Notas:
Anexos omitidos. Pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado número 155, de 29 de junio de 2007.
Véase modificación del Procedimiento de Operación 14.4 Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema en Resolución de 10 de diciembre de 2007, de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica la de 26 de junio de 2007, por la que se aprueban diversos procedimientos de operación para su adaptación a la nueva normativa eléctrica.
Procedimientos para la operación del sistema eléctrico P.O. 14.3 y P.O. 14.4 sin efecto por Resolución de 28 de julio de 2008, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban los procedimientos de operación de liquidaciones de los servicios de ajuste del sistema 14.1, 14.3, 14.4, 14.6, 14.7 y 14.8 y se deroga el Procedimiento P.O. 14.5 derechos de cobro y obligaciones de pago por garantía de potencia.
Procedimiento de operación del sistema eléctrico P.O. 4.1 Resolución de congestiones en la interconexión Francia-España y las Reglas Conjuntas de Asignación de Capacidad en la Interconexión Francia-España (las reglas IFE) sin efecto por Resolución de 28 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el procedimiento de operación del sistema 4.1 y se autoriza la aplicación de las Reglas conjuntas de asignación de capacidad para la interconexión Francia-España (Reglas IFE) versión 3.0.
Los procedimientos de operacion del sistema eléctrico P.O. 3.1: Programación de la generación y P.O. 3.2: Resolución de restricciones técnicas quedan sin efecto según Resolución de 26 de junio de 2007, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban diversos procedimientos de operación para su adaptación a la nueva normativa eléctrica.


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