Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados
Ficha:
- Órgano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE de 12 de Enero de 1979
- Vigencia desde 01 de Febrero de 1979. Revisión vigente desde 10 de Noviembre de 1995 hasta 31 de Diciembre de 2002
Versiones/revisiones:
Lo más consultado
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- TITULO PRIMERO. Principios generales
- TITULO SEGUNDO. Riesgos, zonas y producciones asegurables
- TITULO TERCERO. Características del Seguro
- TITULO CUARTO. Pólizas del Seguro
- TITULO QUINTO. Indemnizaciones por siniestros
- TITULO SEXTO. Créditos y ayudas vinculados al seguro
- TITULO SEPTIMO. Entidad Estatal de Seguros Agrarios
- DISPOSICIONES FINALES
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- Norma afectada por
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- Afectaciones recientes
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- 1/8/2015
- 11/3/2010
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L 3/2010 de 10 Mar. (medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas)
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Párrafo 2.º del número uno del artículo tercero introducido por la disposición final tercera de la Ley 3/2010, de 10 de marzo, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas («B.O.E.» 11 marzo).
- 1/1/2003
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Artículo tercero redactado por el número uno del artículo 89 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social («B.O.E.» 31 diciembre).
Artículo once redactado por el número dos del artículo 89 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social («B.O.E.» 31 diciembre).
- 10/11/1995
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L 21/1990 de 19 Dic. (adaptación al derecho comunitario y actualización de la legislación de seguros privados)
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Disposición Adicional 1.ª derogada por la Letra 4 de la disposicion derogatoria de Ley 21/1990, 19 diciembre, para adaptar el Derecho español a la Directiva 88/357/CEE, sobre libertad de servicios en seguros distintos al de vida, y de actualización de la legislación de seguros privados («B.O.E.» 20 diciembre).
- Otras afectaciones anteriores
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- Número 3.º del artículo 9 redactado por Ley 30/1995, 8 noviembre («B.O.E.» 9 noviembre), de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Número 3 del artículo 18 redactado por Ley 30/1995, 8 noviembre («B.O.E.» 9 noviembre), de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Disposición Adicional 1ª redactada por Ley 30/1995, 8 noviembre («B.O.E.» 9 noviembre), de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
L 21/1990 de 19 Dic. (adaptación al derecho comunitario y actualización de la legislación de seguros privados)
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- Párrafo 2º del número 1º del artículo 11 introducido por Ley 21/1990, 19 diciembre («B.O.E.» 20 diciembre), de adaptación del Derecho español a la Directiva 88/357/CEE, sobre libertad de servicios en seguros distintos al de vida, y de actualización de la legislación de seguros privados.