Resoluci髇 de 19 de julio de 2000, de la Entidad P鷅lica Empresarial Loter韆s y Apuestas del Estado, por la que se aprueban las normas que han de regir los concursos de pron髎ticos de la Apuesta Deportiva a partir de la primera jornada de la temporada 2000-2001
- 觬gano MINISTERIO DE HACIENDA
- Publicado en BOE n鷐. 180 de 28 de Julio de 2000
- Vigencia desde 17 de Agosto de 2000. Revisi髇 vigente desde 17 de Agosto de 2000 hasta 31 de Agosto de 2001
TITULO II
Sistema de validaci髇 inform醫ica
CAPITULO I
Contenido del sistema
9.
1. Las apuestas podr醤 formularse en este sistema de las siguientes formas:
-
a) Mediante la presentaci髇 en un establecimiento autorizado para su recepci髇 y lectura por el terminal de los boletos-octavillas de un s髄o cuerpo, seg鷑 modelos que se incluyen en el anexo III editados al efecto por Loter韆s y Apuestas del Estado, en el que se hayan consignado los pron髎ticos de acuerdo a las normas 16. a 22.
En este caso el boleto se utiliza 鷑icamente como soporte de la lectura, por lo que carece de otro valor.
- b) Tecleando los pron髎ticos directamente sobre el terminal por el receptor de apuestas.
- c) Mediante la solicitud al receptor de apuestas formuladas al azar por el terminal, modalidad denominada 玜utom醫ica.
Si se elige esta forma, el concursante puede solicitar que las apuestas le sean formuladas por el m閠odo de apuestas sencillas, en cuyo caso puede solicitar desde 2 hasta 8 apuestas, ambas inclusive, seg鷑 establece la norma 18., o bien puede solicitar que le sean formuladas por el m閠odo M鷏tiple Directo seg鷑 establecen las normas 19. y 20., indicando el n鷐ero de dobles y triples de entre los autorizados seg鷑 la tabla incluida como anexo I. En ambos casos las apuestas le ser醤 asignadas de forma aleatoria.
2. El concursante deber abonar el importe de las apuestas efectuadas antes de la entrega del resguardo o, en su caso, resguardos, emitidos por el terminal.
3. Insertadas las apuestas en el terminal, ser醤 transmitidas al Sistema Central para su registro en un soporte inform醫ico.
4. A continuaci髇, el terminal expedir uno o varios resguardos. En todos ellos constar醤 los siguientes datos:
- Tipo de juego.
- Pron髎ticos efectuados.
- Fecha de la jornada o semana en que participa.
- N鷐ero de apuestas.
- Importe de las apuestas jugadas.
- N鷐eros de control.
5. Para las apuestas que participan por los m閠odos m鷏tiples reducido y condicionado, regulados en las Normas 21. y 22., en el resguardo constar, adem醩, la indicaci髇 de los n鷐eros de los partidos que hayan sido elegidos para la reducci髇 o para ser condicionados, as como las condiciones, de acuerdo a los modelos que se incluyen como anexo III de estas normas.
6. El resguardo es el 鷑ico instrumento v醠ido para solicitar el pago de premios y constituye la 鷑ica prueba de participaci髇 en los concursos. A todos los efectos quedar identificado por los n鷐eros de control que figuran en 閘.
10. El concursante es el 鷑ico responsable de la correcta cumplimentaci髇 de su boleto y deber comprobar en el momento de recibir el resguardo si las apuestas y los pron髎ticos contenidos en 閘 son de conformidad, adem醩 de que han sido impresos correctamente los datos que establece la norma 9., 4.
11. Entregado el resguardo al concursante, no se acceder a la solicitud que pudiera formular 閟te sobre anulaci髇, salvo que 閟ta sea necesaria debido a un fallo del terminal o de su impresora. No podr醤 rectificarse pron髎ticos, una vez que han sido validados correctamente por el terminal. Tampoco podr醤 rectificarse o formularse pron髎ticos por telegrama, carta o cualquier otro procedimiento no contemplado en estas normas.
12. Los titulares de establecimientos receptores de apuestas son intermediarios independientes asumiendo la responsabilidad de la perfecta ejecuci髇 de todas las operaciones a su cargo, sin que en ning鷑 caso sus posibles anomal韆s puedan ser imputadas a Loter韆s y Apuestas del Estado.
13. Los titulares de establecimientos receptores de apuestas entregar醤 al Delegado Comercial de Loter韆s y Apuestas del Estado al que est閚 adscritos o persona que le represente, los resguardos validados y posteriormente cancelados seg鷑 lo dispuesto en la norma 11., as como las incidencias detectadas en las validaciones de los boletos.
14. Recibidos por el Delegado Comercial los resguardos de cancelaci髇 unidos a sus correspondientes resguardos de apuestas validadas, proceder a remitirlos a la Junta Superior para el control y custodia de los mismos.
15. Terminado el per韔do de validaci髇 se remitir a la Junta Superior de Control, por el responsable de los sistemas centrales inform醫icos, el soporte que contenga todas las apuestas validadas, incluso las canceladas, y por el del servicio de escrutinio, el detalle del n鷐ero de resguardos validados, las apuestas que participan y la venta obtenida para el concurso.
CAPITULO II
Forma de pronosticar
16. Para pronosticar se marcar con el signo 玐, en los bloques del boleto, la casilla que contenga el resultado elegido en cada partido teniendo en cuenta que: Marcar el signo 玐 sobre la casilla que contiene el 1, significa pronosticar ganador al equipo que figura en primer lugar; marcar el signo 玐 sobre la casilla que contiene la X, significa pronosticar empate a goles de los dos equipos y marcar el signo 玐 sobre la casilla que contiene el 2, significa pronosticar ganador al equipo que figura en segundo lugar. El lugar donde se celebren los partidos no afecta a estos concursos.
CAPITULO III
M閠odos de apuestas
17. Mediante este sistema de validaci髇 se puede participar en los concursos por los m閠odos de apuestas Sencillas y M鷏tiples y dentro de este con las modalidades de Reducidas y Condicionadas que en 閘 se regulan.
18. Apuestas sencillas:
Son apuestas sencillas cuando se ha pronosticado una en cada bloque. Podr醤 jugarse tantas apuestas como bloques tenga el boleto. Si se desean jugar dos apuestas, que es el m韓imo, se marcar醤 14 pron髎ticos, uno por cada partido, en los bloques 1 y 2 seg鷑 establece la norma 16., si se desean jugar 3, 4, 5, 6, 7, u 8 apuestas se marcar醤 14 pron髎ticos, uno por cada partido, en los primeros 3, 4, 5, 6, 7 u 8 bloques, respectivamente.
19. Apuestas m鷏tiples:
- 1. Son apuestas m鷏tiples cuando se ha pronosticado m醩 de una en un s髄o bloque del boleto (que ha de ser el 1) mediante la combinaci髇 de dos (doble) o tres (triple) pron髎ticos por partido, adem醩 es imprescindible marcar con el signo 玐 en la zona reservada para ello en el bloque de combinaciones las casillas que contengan el n鷐ero de dobles y de triples que se han pronosticado.
-
2. El desarrollo de las combinaciones pronosticadas por el m閠odo m鷏tiple para obtener el orden de participaci髇 de las apuestas es el siguiente:
Cada uno de los pron髎ticos de la primera variante comenzando por el primer partido y primer signo de la izquierda, se escribir una sola vez. Cada uno de los pron髎ticos de la segunda variante y por el mismo orden se repetir dos o tres veces consecutivas seg鷑 que la variante primera haya sido doble o triple, llevando consigo la repetici髇 de la primera variante en la forma expresada. Cada uno de los pron髎ticos de la tercera variante tambi閚 de izquierda a derecha, se escribir a continuaci髇 tantas veces consecutivas como corresponde al total de columnas desarrolladas con las variantes anteriores, y as sucesivamente. Cada columna vertical del desarrollo, constituye una apuesta.
- 3. El partido denominado 玃leno al 15 se pronosticar exclusivamente a un s髄o resultado: al 1, a la X o al 2. No forma parte de la combinatoria en apuestas m鷏tiples.
- 4. En el m閠odo m鷏tiple se puede participar a trav閟 de tres modalidades: Directo, Reducido y Condicionado.
CAPITULO IV
Modalidades del m閠odo m鷏tiple
20. M閠odo m鷏tiple directo:
Para participar por el m閠odo m鷏tiple directo se podr醤 formular en el boleto establecido al efecto cualesquiera de las apuestas contenidas en la tabla que se incluye como Anexo I, en la cual est醤 incluidas todas las combinaciones posibles hasta un m醲imo determinado.
Adem醩 de marcar los pron髎ticos seg鷑 establece la norma 16. mediante la combinaci髇 de dos (doble) o tres (triple) por partido en el bloque 1 destinado a los pron髎ticos, se debe marcar tambi閚 en el bloque de combinaciones la casilla que contenga el n鷐ero de dobles y/o triples que haya pronosticado. El desarrollo de las combinaciones pronosticadas para obtener el orden de participaci髇 de las apuestas es el establecido en la norma 19..2.
21. M閠odo m鷏tiple reducido:
Para participar por el m閠odo m鷏tiple reducido exclusivamente se podr formular en el boleto establecido al efecto una cualquiera de las apuestas contenidas en las tablas que se incluyen como anexo II. Si adem醩 de los partidos elegidos para la reducci髇 se pronosticase a doble o a triple cualesquiera de los restantes partidos, 閟tos participan con el desarrollo que establece el m閠odo m鷏tiple directo.
A) Forma de pronosticar en el boleto:
En el bloque destinado a pron髎ticos se marcar醤 los signos seg鷑 establece la norma 16. mediante la combinaci髇 de uno (fijo), de dos (doble) o de tres (triple) por partido.
En el bloque destinado a combinaciones se marcar con el signo 玐 en la primera columna la casilla (una sola) que contenga el n鷐ero de dobles que haya pronosticado (incluidos los que se hubieran elegido para la reducci髇) y en la segunda columna se marcar la casilla (una sola) que contenga el n鷐ero de triples que haya pronosticado (incluidos los que se hubieran elegido para la reducci髇).
En el bloque de reducciones se marcar醤 con el signo 玐 aquellas casillas que contengan el n鷐ero ordinal asignado en el boleto a cada uno de los partidos elegidos para la reducci髇 de entre los pronosticados a doble o a triple.
B) Reducciones autorizadas:
Para participar por este m閠odo se establecen las siguientes reducciones de combinaciones:
Reducci髇 primera:
Combinaciones de 4 partidos pronosticados a triple (81 apuestas) reducidas a 9 apuestas.
Combinaciones.
Reducci髇 segunda:
Combinaciones de 7 partidos pronosticados a doble (128 apuestas) reducidas a 16 apuestas.
Combinaciones.
Reducci髇 tercera:
Combinaciones de 3 partidos pronosticados a doble y 3 partidos a triple (216 apuestas) reducidas a 24 apuestas.
Combinaciones.
El n鷐ero (m韓imo y m醲imo) de partidos que pueden pronosticarse a doble y a triple en el bloque de pron髎ticos para cada reducci髇 viene determinado en las tablas de combinaciones y apuestas autorizadas incluidas en el anexo II.
C) Asignaci髇 de pron髎ticos a cada partido:
Una vez marcada en el bloque de reducciones del boleto la casilla que contiene el n鷐ero ordinal asignado a cada partido, al primero en orden creciente de los elegidos se le asignan los pron髎ticos del 玴artido 1.夯, al segundo los del 玴artido 2.夯 y as sucesivamente, tanto para los dobles como para los triples, en las tres reducciones.
Ejemplo:
Se ha pronosticado el siguiente boleto con 6 dobles y 4 triples:
Boleto.
Juega con la reducci髇 玊ercera y ha elegido para reducir los partidos siguientes:
Orden de asignaci髇 de los pron髎ticos del grupo a cada uno de estos partidos:
Combinaciones.
D) Atribuci髇 de los pron髎ticos a doble:
En las reducciones segunda y tercera indicadas en el apartado B) de esta misma Norma los signos 1 y X que figuran en los grupos de pron髎ticos de los partidos a doble, debe entenderse que son sustituidos por la pareja de signos con que hubiera sido pronosticado cada partido en el bloque de pron髎ticos y por ese orden.
Es decir, si el partido ha sido pronosticado a 1 y X, los signos del 1 y de la X del grupo de pron髎ticos permanecen, si ha sido pronosticado a 1 y 2, el 1 permanece y la X es sustituida por el 2 y si ha sido pronosticado a X y 2, los signos 1 y X son sustituidos de la forma siguiente: el 1 por la X y la X por el 2.
E) Desarrollo de apuestas y premios:
El desarrollo de las combinaciones para la determinaci髇 de las apuestas que participan y de los premios obtenidos en cada una de ellas se realiza de la siguiente forma:
-
1. Si los 鷑icos partidos pronosticados a doble o a triple son los elegidos para la reducci髇, el 鷑ico pron髎tico de cada uno de los restantes partidos se repite 9, 16 24 veces, seg鷑 que la reducci髇 elegida sea la primera, la segunda o la tercera respectivamente. Cada columna vertical resultante con 14 pron髎ticos constituye una apuesta.
Ejemplo:
Pronosticamos la reducci髇 玃rimera.
Boleto:
Boleto.
Desarrollo de combinaciones:
Combinaciones.
-
2. Si adem醩 de los partidos elegidos para la reducci髇 se pronostican partidos a Doble y/o a Triple, la apuesta m鷏tiple que forman estas combinaciones (en la que no se incluyen las combinaciones de los partidos elegidos para la reducci髇) se repite tantas veces como columnas tiene cada grupo de pron髎ticos, es decir: 9, 16 24, seg鷑 que la reducci髇 elegida sea la Primera, la Segunda o la Tercera, respectivamente. El n鷐ero de premios que corresponde a cada apuesta m鷏tiple de acuerdo con los aciertos obtenidos, viene determinado por la tabla incluida en el anexo I para el m閠odo directo.
Ejemplo:
Pronosticamos la reducci髇 玃rimera y adem醩 2 dobles y 2 triples al Directo, es decir 324 apuestas.
Boleto:
Boleto.
Desarrollo de combinaciones:
Combinaciones.
Se han formado 9 apuestas m鷏tiples de 2 dobles y 2 triples, por lo tanto de 36 apuestas cada una, que hacen un total de 324 apuestas.
Premios:
Los premios depender醤 del n鷐ero de aciertos obtenidos en cada una de las 9 apuestas m鷏tiples de 36 apuestas y ser醤 los determinados en la tabla establecida para el m閠odo directo.
22. M閠odo m鷏tiple condicionado:
Se podr participar en el m閠odo condicionado formulando, exclusivamente en el boleto establecido al efecto, cualesquiera n鷐ero de apuestas que resulten de combinar los 14 partidos pronosticados a 1, 2 3 signos y de aplicar las condiciones que se establecen a continuaci髇, con los l韒ites m韓imo y m醲imo que se establecen en el apartado D) de esta norma.
A) Forma de pronosticar en el boleto:
En el bloque destinado a pron髎ticos se marcar醤 los signos seg鷑 establece la norma 16., mediante la combinaci髇 de uno (fijo), de dos (doble) o de tres (triple) por partido.
En el bloque destinado a combinaciones se marcar con el signo 玐 en la primera columna la casilla (una sola) que contenga el n鷐ero de dobles que haya pronosticado y en la segunda columna se marcar la casilla (una sola) que contenga el n鷐ero de triples que haya pronosticado.
En el bloque de sistema condicionado se marcar con el signo 玐:
En la columna partidos en sistema las casillas que contengan el n鷐ero ordinal asignado en el boleto a cada uno de los partidos pronosticados a doble y a triple que sean elegidos para ser condicionados, que han de ser dos como m韓imo. Los pronosticados a doble y a triple que no hayan sido elegidos, participan con el desarrollo que establece el m閠odo m鷏tiple directo.
En las filas de condiciones las casillas que contengan los n鷐eros elegidos en cada condici髇. Es imprescindible marcar al menos en una de las condiciones.
Hay siete opciones distintas para marcar condiciones:
- Opci髇 1.: Marcar s髄o casillas de variantes.
- Opci髇 2.: Marcar s髄o casillas de equis.
- Opci髇 3.: Marcar s髄o casillas de doses.
- Opci髇 4.: Marcar casillas de variantes y de equis.
- Opci髇 5.: Marcar casillas de variantes y de doses.
- Opci髇 6.: Marcar casillas de equis y de doses.
- Opci髇 7.: Marcar casillas de Variantes, de equis y de doses.
B) Condiciones autorizadas:
Primera condici髇: 玍ariantes.
Se entiende por 玍ariantes los signos pronosticados en las columnas segunda y tercera del bloque de pron髎ticos, es decir, en las casillas que contienen la 玐 y el 2 correspondientes a los partidos que hayan sido pronosticados con dos o tres signos y elegidos para ser condicionados.
Se contemplan los siguientes casos: 1. No marcar casillas y 2. Marcar una o m醩 casillas.
- 1. Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas con el n鷐ero de variantes que resulten por aplicaci髇 del resto de condiciones de estas normas.
-
2. Si marca 玌na o 玀醩 casillas significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas que tengan el n鷐ero de variantes que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de condiciones de estas normas.
El n鷐ero m醩 alto de variantes que indiquen las casillas marcadas no puede ser superior al total de los partidos elegidos en la columna de 玃artidos en sistema.
El n鷐ero m醩 bajo de variantes que indiquen las casillas marcadas no puede ser inferior al total de los partidos elegidos en la columna de 玃artidos en sistema que se encuentren pronosticados al doble 玐2.
Segunda condici髇: 獷quis:
Se contemplan los siguientes casos: 1. No marcar casillas y 2. Marcar una o m醩 casillas.
- 1. Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas con el n鷐ero de equis que resulten por aplicaci髇 del resto de condiciones de estas normas.
- 2. Si marca 玌na o 玀醩 casillas significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas que tengan el n鷐ero de equis que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de condiciones de estas normas.
El n鷐ero m醩 alto de equis que indiquen las casillas marcadas no puede ser superior al total de las equis pronosticadas en los partidos elegidos en la columna de 玃artidos en sistema.
Tercera condici髇: 獶oses:
Se contemplan los siguientes casos: 1. No marcar casillas y 2. Marcar una o m醩 casillas.
- 1. Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas con el n鷐ero de doses que resulten por aplicaci髇 del resto de condiciones de estas normas.
- 2. Si marca 玌na o 玀醩 casillas significa que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, juega las apuestas que tengan el n鷐ero de doses que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de condiciones de estas normas.
El n鷐ero m醩 alto de doses que indiquen las casillas marcadas no puede ser superior al total de los doses pronosticados en los partidos elegidos en la columna de 玃artidos en sistema.
C) Si ha marcado casillas en las tres condiciones s髄o participan las apuestas que, del grupo que forman los partidos pronosticados a doble y a triple elegidos en la columna de 玃artidos en sistema, tengan el n鷐ero de variantes que indiquen las casillas marcadas en la primera condici髇 y que ese n鷐ero sea suma de una pareja compuesta de un n鷐ero de equis y de un n鷐ero de doses, de los contenidos en cualesquiera de las casillas marcadas en las condiciones segunda y tercera. Si las casillas marcadas en variantes, en equis y en doses exceden respectivamente de dichos n鷐eros, el boleto ser rechazado por el sistema de validaci髇.
D) Apuestas que participan:
Las apuestas que participan, con un m韓imo de 2 y un m醲imo de 31.104 por boleto, son las que constan en el resguardo expedido por el terminal inform醫ico.
En estos l韒ites se contemplan tanto las que corresponden al desarrollo de la combinaci髇 del grupo de partidos elegidos para jugar por el m閠odo condicionado como las que resultan despu閟 de aplicar a las anteriores el desarrollo de las combinaciones de los partidos que participan por el m閠odo directo.
Ejemplo n鷐ero 1:
Pronosticamos el siguiente boleto:
Boleto.
Hemos pronosticado 7 dobles y 3 triples. Hemos elegido para jugar como 玃artidos en sistema del 1 al 8 y hemos marcado las siguientes 獵ondiciones para esos 8 partidos:
En aplicaci髇 de la norma 22. tenemos que:
- 1. Las condiciones marcadas s髄o afectan al grupo de partidos elegidos en la columna de 玃artidos en sistema. El resto de los partidos est閚 pronosticados a fijo, doble o a triple participan por el m閠odo Directo.
-
2. El grupo de partidos elegidos para ser condicionados son 6 dobles y 2 triples que desarrollados seg鷑 establece la norma para las combinaciones m鷏tiples al Directo, resultan 576 apuestas, de las cuales s髄o participan aquellas que cumplen las condiciones marcadas.
Para mejor comprensi髇 vemos a continuaci髇 las apuestas de la posici髇 268 a 288 del desarrollo al directo, seg鷑 la norma 19., 2.
Combinaciones.
De las 21 apuestas reflejadas, s髄o las indicadas con asterisco cumplen las condiciones marcadas en el ejemplo.
-
3. Por aplicaci髇 de las condiciones marcadas al grupo de los 8 partidos elegidos, resulta que las apuestas que participan son aquellas en las que la suma de cada pareja de las condiciones segunda y tercera, es decir, de 玐-2, sea igual a alguna de las casillas marcadas en la condici髇 primera o variantes.
Veamos:
Variantes.
-
4. Como adem醩 de los partidos elegidos para condicionar, se han pronosticado otros a Doble y a Triple, que participan al Directo, habremos de multiplicar el n鷐ero obtenido en el punto 3. por 2, tantas veces como Dobles haya, y por 3, tantas veces como Triples haya. En este caso que nos ocupa ser韆:
232 X 2 X 3 = 1.392.
Es decir, el boleto del ejemplo participar韆 con 1.392 apuestas, en lugar de las 3.456 que resultan de 7 Dobles y 3 triples al directo.
- 5. Los partidos elegidos para ser condicionados pueden ser los de cualquier posici髇, no tienen que ser necesariamente consecutivos y pueden ser desde 2 hasta 14.
- 6. Las casillas de las condiciones pueden ser marcadas consecutivas o alternas, pero nunca aquella que contenga un n鷐ero superior al de los partidos elegidos para condicionar.
Ejemplo n鷐ero 2:
Pronosticamos el siguiente boleto:
Boleto.
Hemos pronosticado 7 dobles y 3 triples.
Hemos elegido 8 partidos para condicionar.
Hemos marcado las siguientes condiciones:
- Primera: Marcamos las casillas 5 y 7.
- Segunda: No marcamos ninguna casilla.
- Tercera: No marcamos ninguna casilla.
Participan las apuestas del grupo de los 8 partidos condicionados en las que la suma de las parejas de 玐-2 sean 5 y 7.
Variantes.
Teniendo en cuenta los partidos de dobles y triples al directo, el boleto participa con:
256 X 2 X 3 = 1.536 apuestas.
Ejemplo n鷐ero 3:
Pronosticamos el siguiente boleto:
Boleto.
Hemos pronosticado 7 dobles y 3 triples.
Hemos elegido 8 partidos para condicionar.
Hemos marcado las siguientes condiciones:
- Primera: No marcamos ninguna casilla.
- Segunda: Marcamos las casillas 4 y 5.
- Tercera: No marcamos ninguna casilla.
Participan todas las apuestas del grupo de los 8 partidos condicionados en las que se den todas las parejas 玐-2 que resulten con 4 y con 5 equis.
Veamos:
Variantes.
Teniendo en cuenta los partidos de dobles y triples al directo, el boleto participa con:
136 X 2 X 3 = 816 apuestas.
CAPITULO V
Participaci髇 en los concursos
23.
1. En todo caso, son condiciones fundamentales para participar en los concursos, a las que presta su conformidad todo concursante, las siguientes:
- a) Que los pron髎ticos hayan sido registrados v醠idamente y no anulados en un soporte de los sistemas inform醫icos centrales, de acuerdo con los requisitos y formalidades establecidas en estas normas.
- b) Que dicho soporte se encuentre en poder de la Junta Superior de Control para su custodia y archivo antes de la hora de comienzo de los partidos que integran el concurso.
2. A los efectos antes se馻lados se entender como soporte inform醫ico del Sistema Central los discos 髉ticos, cintas, cartuchos o discos magn閠icos en los que se grabar醤 las apuestas correspondientes a cada concurso.