Ley Org醤ica 10/1995, de 23 de noviembre, del C骴igo Penal
Ficha:
- 觬gano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE n鷐. 281 de 24 de Noviembre de 1995
- Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Revisi髇 vigente desde 24 de Mayo de 2002 hasta 11 de Diciembre de 2002
Versiones/revisiones:
Lo más consultado
T蚑ULO XIX bis
De los delitos de corrupci髇 en las transacciones comerciales internacionales
Art韈ulo 445 bis
Los que, con d醖ivas, presentes, ofrecimientos o promesas, corrompieren o intentaren corromper, por s o por persona interpuesta, a las autoridades o funcionarios p鷅licos extranjeros o de organizaciones internacionales en el ejercicio de su cargo en beneficio de 閟tos o de un tercero, o atendieren a sus solicitudes al respecto, con el fin de que act鷈n o se abstengan de actuar en relaci髇 con el ejercicio de funciones p鷅licas para conseguir o conservar un contrato u otro beneficio irregular en la realizaci髇 de actividades econ髆icas internacionales, ser醤 castigados con las penas previstas en el art韈ulo 423, en sus respectivos casos.

A partir de: 1 octubre 2004
T閚gase en cuenta que el T韙ulo XIX bis, integrado por el art韈ulo 445 bis, ha de entenderse derogado por los apartados cent閟imo cuadrag閟imo segundo y tercero del art韈ulo 鷑ico de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del C骴igo Penal (獴.O.E. 26 noviembre). El anterior contenido de este T韙ulo ha pasado a integrar el Cap韙ulo X del T韙ulo XIX del Libro II de este C骴igo (actual art韈ulo 445).