Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
- Órgano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 11 de 13 de Enero de 2000
- Vigencia desde 13 de Enero de 2001. Revisión vigente desde 05 de Febrero de 2007 hasta 28 de Diciembre de 2012
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1 Declaración general
1. Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.
2. Las personas a las que se aplique la presente Ley gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, particularmente en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor , así como en la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en todas aquellas normas sobre protección de menores contenidas en los Tratados válidamente celebrados por España.
