Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales (Vigente hasta el 04 de Febrero de 2012).
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 43 de 09 de Abril de 1999
- Vigencia desde 10 de Abril de 1999. Esta revisión vigente desde 16 de Julio de 2008 hasta 04 de Febrero de 2012
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Sumario
- Norma afectada por
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- 4/2/2012
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Título III «Renta básica» derogado por la disposición derogatoria única de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 1/2012, 23 enero, por la que se regula la renta de inclusión social («B.O.N.» 3 febrero).
Téngase en cuenta que el número 2 de la disposición adicional primera de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 1/2012, 23 enero, por la que se regula la renta de inclusión social («B.O.N.» 3 febrero), establece que a partir de la entrada en vigor de la misma, toda referencia a la prestación de renta básica que exista en las normas en materia de servicios sociales de Navarra, se entenderá referida a la prestación de renta de inclusión social.
Téngase en cuenta que el número 2 de la disposición adicional primera de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 1/2012, 23 enero, por la que se regula la renta de inclusión social («B.O.N.» 3 febrero), establece que a partir de la entrada en vigor de la misma, toda referencia a la prestación de renta básica que exista en las normas en materia de servicios sociales de Navarra, se entenderá referida a la prestación de renta de inclusión social.
- 16/7/2008
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Ley Foral 13/2008 de 2 Jul. CF Navarra (modificación de la LF 9/1999 de 6 Abr., para una Carta de Derechos Sociales)
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Artículo 1 redactado por el artículo 1 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 13/2008, 2 julio, de modificación de la Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales («B.O.N.» 16 julio).
Artículo 4 redactado por el artículo 2 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 13/2008, 2 julio, de modificación de la Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales («B.O.N.» 16 julio).
Artículo 5 redactado por el artículo 3 de Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 13/2008, 2 julio, de modificación de la Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales («B.O.N.» 16 julio).
- 1/7/2004
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RDL 3/2004 de 25 Jun. (racionalización del salario mínimo interprofesional e incremento de su cuantía)
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Véase el artículo 2 del R.D. Ley 3/2004, 25 junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía («B.O.E.» 26 junio), por el que se establece un indicador público de renta de efectos múltiples, y la Disposición Transitoria 2.ª de dicho R.D. Ley, sobre la no afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
- 1/3/2003
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LF 8/2003 de 24 Feb. CF Navarra (concesión de 18 créditos extraordinarios para atender insuficiencias presupuestarias)
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Artículo 4 redactado por Ley Foral [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 8/2003, 24 febrero, de concesión de dieciocho créditos extraordinarios por un importe global de 6.487.105 euros y de tres suplementos de crédito por un importe de 1.156.720 euros para atender insuficiencias presupuestarias en los Departamentos de Presidencia, Justicia e Interior, Economía y Hacienda, Administración Local, Educación y Cultura, Salud y Bienestar Social, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra, así como otras medidas con efectos presupuestarios («B.O.N.» 28 febrero).