Resolución de 2 de septiembre de 2003, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Orientación. (Vigente hasta el 6 de noviembre de 2006)
- Órgano: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
- Publicado en BOE núm. 224 de 18 de septiembre de 2003
- Vigencia desde 18 de septiembre de 2003. Esta revisión vigente desde 20 de noviembre de 2005hasta 6 de noviembre de 2006.
- Notas
TÍTULO IV.
RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO Y PATRIMONIAL.
1. El patrimonio de la FEDO estará integrado por los bienes cuya titularidad le corresponda.
2. Son recursos de la FEDO, entre otros, los siguientes:
Las subvenciones que las entidades públicas puedan concederle.
Las donaciones, herencias, legados y premios que le sean otorgados.
Los beneficios que produzcan las actividades y competiciones deportivas que organice, así como los derivados de los contratos que realice.
Los frutos de su patrimonio.
Los préstamos o créditos que obtenga.
Cualesquiera otros que puedan serle atribuidos por disposición legal o en virtud de convenio.
1. La FEDO tiene su propio régimen de administración y gestión de presupuesto y patrimonio, siendo de aplicación el artículo 36 de la Ley del Deporte.
2. La administración del Presupuesto responderá al principio de caja única, debiendo dedicar sus ingresos propios, de forma prioritaria, a sus gastos de estructura.
3. La contabilidad se ajustará a la Orden de 2 de febrero de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Federaciones deportivas españolas.
4. El Consejo Superior de Deportes tendrá acceso al Balance y cuentas de la FEDO, cuando así lo estime.