Instrumento de Adhesión de 13 de julio de 1989 de España al Tratado de 19 de junio de 1970 de cooperación en materia de patentes (PCT) elaborado en Washington, enmendado el 2 de octubre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984, y a su reglamento de ejecución
- Órgano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 267 de 07 de Noviembre de 1989
- Vigencia desde 16 de Noviembre de 1989. Revisión vigente desde 01 de Enero de 1998 hasta 30 de Junio de 1998
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
-
Tratado de Cooperación en materia de Patentes
- INTRODUCCION
- Disposiciones preliminares
-
CAPÍTULO I.
Solicitud internacional y búsqueda internacional
- Artículo 3 Solicitud internacional
- Artículo 4 Petitorio
- Artículo 5 Descripción
- Artículo 6 Reivindicaciones
- Artículo 7 Dibujos
- Artículo 8 Reivindicación de prioridad
- Artículo 9 Solicitante
- Artículo 10 Oficina receptora
- Artículo 11 Fecha de presentación y efectos de la solicitud internacional
- Artículo 12 Transmisión de la solicitud internacional a la Oficina Internacional y a la Administración encargada de la búsqueda internacional
- Artículo 13 Posibilidad para las Oficinas designadas de recibir copia de la solicitud internacional
- Artículo 14 Irregularidades en la solicitud internacional
- Artículo 15 Búsqueda internacional
- Artículo 16 Administración encargada de la búsqueda internacional
- Artículo 17 Procedimiento en el seno de la Administraron encargada de la búsqueda internacional
- Artículo 18 Informe de búsqueda internacional
- Artículo 19 Modificación de las reivindicaciones en la Oficina Internacional
- Artículo 20 Comunicación a las Oficinas designadas
- Artículo 21 Publicación internacional
- Artículo 22 Copias, traducciones y tasas para las Oficinas designadas
- Artículo 23 Suspensión del procedimiento nacional
- Artículo 24 Posible pérdida de los efectos en los Estados designados
- Artículo 25 Revisión por las Oficinas designadas
- Artículo 26 Oportunidad de corregir la solicitud en las Oficinas designadas
- Artículo 27 Requisitos nacionales
- Artículo 28 Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas
- Artículo 29 Efectos de la publicación internacional
- Artículo 30 Carácter confidencial de la solicitud internacional
-
CAPÍTULO II.
Examen preliminar internacional
- Artículo 31 Solicitud de examen preliminar internacional
- Artículo 32 Administración encargada del examen preliminar internacional
- Artículo 33 Examen preliminar internacional
- Artículo 34 Procedimiento de la Administración encargada del examen preliminar internacional
- Artículo 35 Informe de examen preliminar internacional
- Artículo 36 Transmisión, traducción y comunicación del informe de examen preliminar internacional
- Artículo 37 Retiro de la solicitud o de la elección
- Artículo 38 Carácter confidencial del examen preliminar internacional
- Artículo 39 Copias, traducciones y tasas para las Oficinas elegidas
- Artículo 40 Suspensión del examen nacional y de los demás procedimientos
- Artículo 41 Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas
- Artículo 42 Resultado del examen nacional en las Oficinas elegidas
-
CAPÍTULO III.
Disposiciones comunes
- Artículo 43 Búsqueda de ciertas clases de protección
- Artículo 44 Búsqueda de dos clases de protección
- Artículo 45 Tratado de patente regional
- Artículo 46 Traducción incorrecta de la solicitud internacional
- Artículo 47 Plazos
- Artículo 48 Retrasos en el cumplimiento de ciertos plazos
- Artículo 49 Derecho a actuar ante las Administraciones internacionales
- CAPÍTULO IV. Servicios técnicos
- CAPÍTULO V. Disposiciones administrativas
- CAPÍTULO VI. Diferencias
- CAPÍTULO VII. Revisión y modificación
- CAPÍTULO VIII. Cláusulas finales
-
Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (en vigor el 1 de enero de 1986)
- PARTE A. Reglas preliminares
-
PARTE B.
Reglas relativas al Capítulo I del Tratado
- REGLA 3. Petitorio (forma)
- REGLA 4. Petitorio (contenido)
- REGLA 5. Descripción
- REGLA 6. Reivindicaciones
- REGLA 7. Dibujos
- REGLA 8. Resumen
- REGLA 9. Expresiones, etc., que no deben utilizarse
- REGLA 10. Terminología y signos
- REGLA 11. Requisitos materiales de la solicitud internacional
- REGLA 12. Idioma de la solicitud internacional
- REGLA 13. Unidad de la invención
- REGLA 13BIS. Invenciones microbiológicas
- REGLA 14. Tasa de transmisión
- REGLA 15. Tasa internacional
- REGLA 16. Tasa de búsqueda
- REGLA 16BIS. Anticipo de tasas por la Oficina Internacional
- REGLA 17. Documento de prioridad
- REGLA 18. Solicitante
- REGLA 19. Oficina receptora competente
- REGLA 20. Recepción de la solicitud internacional
- REGLA 21. Preparación de copias
- REGLA 22. Transmisión del ejemplar original
- REGLA 23. Transmisión de la copia para la búsqueda
- REGLA 24. Recepción del ejemplar original por la Oficina Internacional
- REGLA 25. Recepción de la copia para la búsqueda por la Administración encargada de la búsqueda internacional
- REGLA 26. Control y corrección de ciertos elementos de la solicitud internacional ante la Oficina receptora
- REGLA 27. Falta de pago de las tasas
- REGLA 28. Irregularidades encontradas por la Oficina Internacional
- REGLA 29. Solicitudes internacionales o designaciones consideradas como retiradas en el sentido del Artículo 14.1), 3) o 4
- REGLA 30. Plazo según el Artículo 14.4
- REGLA 31. Copias previstas en el Artículo 13
- REGLA 32. Retiro de la solicitud internacional o de las designaciones
- REGLA 32BIS. Retiro de la reivindicación de prioridad
- REGLA 33. Estado de la técnica pertinente a los fines de la búsqueda internacional
- REGLA 34. Documentación mínima
- REGLA 35. Administración encargada de la búsqueda internacional competente
- REGLA 36. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas de la búsqueda internacional
- REGLA 37. Falta de título o título defectuoso
- REGLA 38. Falta de resumen
- REGLA 39. Objeto según el Artículo 17.2)a)i
- REGLA 40. Falta de unidad de la invención (búsqueda internacional)
- REGLA 41. Búsqueda anterior distinta de una búsqueda internacional
- REGLA 42. Plazo para la búsqueda internacional
- REGLA 43. Informe de búsqueda internacional
- REGLA 44. Transmisión del informe de búsqueda internacional, etc
- REGLA 45. Traducción del informe de búsqueda internacional
- REGLA 46. Modificación de las reivindicaciones ante la Oficina Internacional
- REGLA 47. Comunicación a las Oficinas designadas
- REGLA 48. Publicación internacional
- REGLA 49. Copia, traducción y tasa previstas en el Artículo 22
- REGLA 50. Facultad prevista en el Artículo 22.3
- REGLA 51. Revisión por las Oficinas designadas
- REGLA 51BIS. Ciertas exigencias nacionales admitidas en virtud del Artículo 27.1), 2), 6) y 7
- REGLA 52. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas designadas
-
PARTE C.
Reglas relativas al Capítulo II del Tratado
- REGLA 53. Solicitud de examen preliminar internacional
- REGLA 54. Solicitante facultado para presentar una solicitud de examen preliminar internacional
- REGLA 55. Idiomas (examen preliminar internacional)
- REGLA 56. Elecciones posteriores
- REGLA 57. Tasa de tramitación
- REGLA 58. Tasa de examen preliminar
- REGLA 59. Administración encargada del examen preliminar internacional competente
- REGLA 60. Ciertas irregularidades en la solicitud de examen preliminar internacional o en las elecciones
- REGLA 61. Notificación de la solicitud de examen preliminar internacional y de las elecciones
- REGLA 62. Copia para la Administración encargada del examen preliminar internacional
- REGLA 63. Exigencias mínimas para las Administraciones encargadas del examen preliminar internacional
- REGLA 64. Estado de la técnica a los fines del examen preliminar internacional
- REGLA 65. Actividad inventiva o no evidencia
- REGLA 66. Procedimiento en el seno de la Administración encargada del examen preliminar internacional
- REGLA 67. Objeto según el Artículo 34.4)a)i
- REGLA 68. Falta de unidad de la invención (examen preliminar internacional)
- REGLA 69. Plazo para el examen preliminar internacional
- REGLA 70. Informe de examen preliminar internacional
- REGLA 71. Transmisión del informe de examen preliminar internacional
- REGLA 72. Traducción del informe de examen preliminar internacional
- REGLA 73. Comunicación del informe de examen preliminar internacional
- REGLA 74. Traducción y transmisión de los anexos del informe de examen preliminar internacional
- REGLA 75. Retiro de la solicitud o de las elecciones
- REGLA 76. Copia, traducción y tasa previstas en el Articule 39.1); traducción del documento de prioridad
- REGLA 77. Facultad prevista en el Artículo 39.1)b
- REGLA 78. Modificación de las reivindicaciones, de la descripción y de los dibujos en las Oficinas elegidas
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PARTE D.
Reglas relativas al Capítulo III del Tratado
- REGLA 79. Calendario
- REGLA 80. Cómputo de los plazos
- REGLA 81. Modificación de los plazos fijados por el Tratado
- REGLA 82. Irregularidades en el servicio postal
- REGLA 82BIS. Excusa por el Estado designado o elegido de los retrasos en la observación de ciertos plazos
- REGLA 82TER. Rectificación de errores cometidos por la Oficina receptora o por la Oficina Internacional
- REGLA 83. Derecho a ejercer ante las Administraciones Internacionales
- PARTE E. Reglas relativas al Capítulo V del Tratado
-
PARTE F.
Reglas relativas a varios Capítulos del Tratado
- REGLA 90. Representación
- REGLA 91. Errores evidentes contenidos en documentos
- REGLA 92. Correspondencia
- REGLA 92BIS. Registro de cambios relativos a ciertas indicaciones del petitorio o de la solicitud de examen preliminar internacional
- REGLA 93. Conservación de archivos y expedientes
- REGLA 94. Suministro de copias por la Oficina Internacional y por la Administración encargada del examen preliminar internacional
- REGLA 95. Obtención de traducciones
- REGLA 96. Tabla de tasas
- TABLA DE TASAS
- ESTADOS PARTE
- Norma afectada por
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- 1/7/2018
-
Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas el 11 de octubre de 2017 por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 49º periodo de sesiones
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-
Véanse las Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas el 11 de octubre de 2017 por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 49º periodo de sesiones (21º ordinario) («B.O.E.» 8 octubre 2019).
- 1/7/2002
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Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Tratado, Reglamento de ejecución, tabla de tasas aneja y diversas decisiones aprobadas el 3 Oct. 2001)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2002, por el apartado C.C. de la Res. 30 mayo 2002, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 11 junio).
Efectos/ aplicación: 1/1/2002
R Asuntos Exteriores 30 May. 2002 (art. 32 D 801/1972, ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2002, por el apartado C.C. de la Res. 30 mayo 2002, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 11 junio).
Efectos/ aplicación: 1/1/2002
- 1/4/2002
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Modificaciones 11 Oct. 2016 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes -Unión PCT- en su 48ª reunión)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones adoptadas por la Unión PCT en su 47ª reunión celebrada en Ginebra el 14 Oct. 2015 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT)
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-
El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 22 a 30 Sep. 2014 (al Regl. del Tratado de cooperación en materia de patentes, adoptadas por Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes, en su 46ª reunión, 27º sesión extraordinaria celebrada en Ginebra)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 29 de Jul. 2014 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión, celebrada en Ginebra)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 9 Oct. 2012 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas por Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes en su 43ª reunión)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 26 Sep. 5 Oct. 2011 (al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes en su 42ª sesión, celebrada en Ginebra)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 29 Sep. 2010 al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes -PCT- (adoptadas en la 41ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 1 Oct. 2009 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT adoptadas en la 40ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 29 Sep. 2008 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 12 Nov. 2007 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Tabla modificada 15 May. 2008 (de las Tasas anexas al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 3 Oct. 2006 (al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, PCT, adoptadas en la 35.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 5 Oct. 2005 (al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, PCT, adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 5 Oct. 2004, hechas en Ginebra (del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes PCT, adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones de 1 Oct. 2003 hecho en Ginebra (al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 1 Oct. 2002 hechas en Ginebra (al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Modificaciones 1 Oct. 2002 hechas en Ginebra (al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes)
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
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Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Tratado, Reglamento de ejecución, tabla de tasas aneja y diversas decisiones aprobadas el 3 Oct. 2001)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Artículo 22 del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactado de acuerdo a las Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT (publicados en el «Boletín Oficial del Estado», de 7 de noviembre de 1989), Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001 («B.O.E.» 14 julio 2004).
El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 17 Mar. 2000)- Ocultar / Mostrar comentarios
-
El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003.
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 48ª reunión (28ª sesión extraordinaria).
Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 29 Sep. 1999)- Ocultar / Mostrar comentarios
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
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- Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 33 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, Ginebra 5 de octubre de 2004.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 38ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 29 de septiembre de 2008.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 40ª Sesión (17º ordinario) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 1 de octubre de 2009.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 41ª Sesión (24ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes, el 29 de septiembre de 2010.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT), adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 42ª sesión (18ª sesión ordinaria) celebrada en Ginebra del 26 de septiembre al 5 de octubre de 2011.
Téngase en cuenta que no se procede a incorporar las citadas modificaciones al no tener constancia de la publicación en medio oficial las siguientes disposiciones:
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 19.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 2 de octubre de 1991.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 20.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 29 de septiembre de 1992.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 43ª reunión (25º sesión extraordinaria), adoptadas en Ginebra el 9 de octubre de 2012.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 44ª reunión (19º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra del 23 de septiembre al 2 de octubre de 2013.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 46ª reunión (27º sesión extraordinaria), celebrada en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2014.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de cooperación en materia de patentes (Unión PCT) en su 47ª reunión (20º sesión ordinaria), celebrada en Ginebra el 14 de octubre de 2015.
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Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 1 Oct. 1997)- Ocultar / Mostrar comentarios
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El presente Reglamento de Patentes ha sido afectado por:
- Modificaciones del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999.
- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 28.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 17 de marzo de 2000.
- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
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- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 36ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 12 de noviembre de 2007.
Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
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- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
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- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997.
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- Modificaciones del artículo 22 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), modificaciones del Reglamento de ejecución del PCT, Decisiones sobre la entrada en vigor y disposiciones transitorias y modificaciones de la tabla de tasas ajenas al Reglamento de ejecución del PCT, adoptadas en la 30 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 3 de octubre de 2001.
- Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT, adoptadas en la 31 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Ginebra 1 de octubre de 2002).
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- Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005.
- Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006.
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Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) adoptadas en la 37ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.
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- Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptadas en la 18.ª sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes, el 12 de julio de 1991.
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- 12/7/2001
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Res Asuntos Exteriores 11 Jun. 2001 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2001, por el apartado C.C. de la Res. 11 junio 2001, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados internacionales («B.O.E.» 22 junio).
Efectos/ aplicación: 1/1/2001
- 1/1/2000
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Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 29 Sep. 1999)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2000, conforme establecen las Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1989), adoptadas en la 27 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes el 29 de Septiembre de 1999 («B.O.E.» 12 julio 2004).
- 17/11/1999
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R 8 Oct. 1999 (tratados internacionales. Aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de enero de 1999, por el apartado C.C. de la Res. 8 octubre 1999, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 28 octubre).
Efectos/ aplicación: 1/1/1999
- 1/7/1998
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Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 1 Oct. 1997)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de julio de 1998, conforme establecen las Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997 («B.O.E.» 2 febrero 2000).
- 1/1/1998
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Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (modificaciones del Reglamento aprobadas el 1 Oct. 1997)
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Tabla de Tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de enero de 1998, conforme establecen las Modificaciones del Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes (Unión del PCT) en su vigésimo cuarto período de sesiones (11.º ordinario) el 1 de octubre de 1997 («B.O.E.» 2 febrero 2000).
Efectos/ aplicación: 1/7/1998
- 13/11/1996
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R Exteriores 9 Oct. 1996 (comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 May. y 31 Ago. 1996)
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Tabla de tasas del Reglamento del Tratado de cooperación en materia de Patentes redactada, con efectos desde el 1 de enero de 1996, por el apartado C.C. de la Res. 9 octubre 1996, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 24 octubre).
Efectos/ aplicación: 1/1/1996
- 16/11/1989
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R Asuntos Exteriores 5 Oct. 2011 (ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado C.C de la Res. 5 octubre 2011, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 13 octubre), por el que se publica la adhesión de Qatar, con entrada en vigor el 3 de agosto de 2011, con formulación de declaración.
R Asuntos Exteriores 12 Feb. 2010 (ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado CC. de la Res. 12 febrero 2010, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 23 febrero), por el que se publica la adhesión por parte de Tailandia, con entrada en vigor el 24 de diciembre de 2009.
R Asuntos Exteriores y Cooperación 4 Nov. 2009 (ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado CC. de la Res. de 4 de noviembre de 2009, de la Secretaria General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 13 noviembre), por el que se publican las adhesiones por parte de Chile, con entrada en vigor el 2 de junio de 2009 y con formulación de declaración, y Perú, con entrada en vigor el 6 de junio de 2009.
R Asuntos Exteriores y Cooperación 16 Jun. 2008 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado CC. de la Res. 16 junio 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 26 junio), por el que se publica la adhesión por parte de Santo Tomé y Príncipe, con entrada en vigor el 3 de julio de 2008.
R Asuntos Exteriores y Cooperación 18 Jun. 2007 (aplicación del artículo 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado C.C. de la Res. 18 junio 2007, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 3 julio), por el que se publican las adhesiones por parte de Bahrein, con entrada en vigor el 18 de marzo de 2007, República Dominicana, con entrada en vigor el 28 de mayo de 2007, y Malta, con entrada en vigor el 1 de marzo de 2007 y con formulación de declaración.
R Asuntos Exteriores y Cooperación 16 Oct. 2006 (aplicación del artículo 32 del D 801/1972 relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase el apartado C.C. de la Res. 16 octubre 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 23 octubre), por el que se publica la adhesión al presente Tratado por parte de Guatemala, con entrada en vigor el 14 de octubre de 2006.
R Asuntos Exteriores y Cooperación 2 Feb. 2006 (aplicación del artículo 32 del D 801/1972 relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Véase apartado C.C de Res. 2 febrero 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del D. 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales («B.O.E.» 16 febrero), por el que se publican las adhesiones por parte de Comoras, Jamahiriya Árabe Libia, Nigeria y San Cristóbal y Nieves.
R Asuntos Exteriores y de Cooperación 26 Ene. 2005 (aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Asuntos Exteriores y Cooperación 1 Jun. 2004 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
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- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
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- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
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- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Asuntos Exteriores 27 Sep. 2001 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
Res Asuntos Exteriores 11 Jun. 2001 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales)
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 30 May. 2000 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del estado en materia de tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 8 Oct. 1999 (tratados internacionales. Aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 24 May. 1999 (acuerdos internacionales. Aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a ordenación de la actividad de la administración en materia de tratados)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 11 Ene. 1999 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 6 Oct. 1998 (aplicación del art. 32 del D 801/1972 relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 28 May. 1998 (normas sobre aplicación del art. 32 del D 801/1972, ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 26 Ene. 1998 (se dispone la publicación, de las comunicaciones relativas a Tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 31 Ago. 1997 y el 31 Dic. 1997)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
Retirada de la reserva al Tratado PCT 19 Jun. 1970 hecho en Washington (formulada por España en el Instrumento de adhesión al Tratado)
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Téngase en cuenta la retirada de la reserva formulada por el Gobierno de España respecto al Capítulo II en el Instrumento de Adhesión al presente Tratado, con efectos a partir del 6 de septiembre de 1997 («B.O.E.» 11 febrero 1998).
R Asuntos Exteriores 7 Oct. 1997 (aplicación de artículo 32 del D 801/1972 de 24 Mar., de ordenación de la actividad administrativa en materia de tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Asuntos Exteriores 26 May. 1997 (aplicación del art. 32 del D 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Secretaría General Técnica 22 Ene. 1997 (aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Exteriores 9 Oct. 1996 (comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 May. y 31 Ago. 1996)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 10 May. 1996 (se dispone la publicación de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Ene. y 30 Abr. 1996)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 25 Ene. 1996 (se dispone la publicación, de las comunicaciones relativas a Tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 31 Ago. y 31 Dic. 1995)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 29 Sep. 1995 (se dispone la publicación de las comunicaciones relativas a Tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 May. y 31 Ago. 1995)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 24 May. 1995 (se dispone la publicación de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Ene. y 30 Abr. 1995)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 24 Ene. 1995 (se dispone la publicación, de las comunicaciones relativas a Tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 31 Ago. y 31 Dic. 1994)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 4 Oct. 1994 (se dispone la publicación de las comunicaciones relativas a tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 May. y el 31 Ago. 1994)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 31 May. 1994 (publicación de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Ene. 1994 y el 30 Abr. 1994)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 7 Feb. 1994 (publicación de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 31 Ago. y 31 Dic. 1993)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 19 May. 1993 (se dispone la publicación de las comunicaciones relativas a tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Ene. y el 30 Abr. 1993)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 8 May. 1991 (publicación de las comunicaciones relativas a tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Ene. y el 30 Abr. 1991)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 15 Ene. 1991 (publicación de las comunicaciones relativas a tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 Sep. y 31 Dic. 1990 - Convenios núm. 164, adoptado por la OIT el 8 Oct. 1987, sobre protección de la salud y la asistencia médica de la gente de mar, y núm. 166, adoptado por la OIT el 9 Oct. 1987, sobre la repatriación de la gente de mar - Instrumentos de ratificación del 26 Feb. 1990)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R 17 Sep. 1990 (publicación de las comunicaciones relativas a tratados internacionales en los que España es parte, recibidas en el M.º Asuntos Exteriores entre el 1 May. y el 31 Ago. 1990)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
R Asuntos Exteriores 18 Ene. 1990 (aplicación del art. 32 del D 801/1072, ordenación de la actividad de la administración del Estado en materia de tratados internacionales)- Ocultar / Mostrar comentarios
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Ténganse en cuenta las diversas Resoluciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores por las que se publica lo siguiente:
- Canadá. 2 de octubre de 1989. Ratificación («BOE» 27 enero 1990)- República de Corea . 1 de junio de 1990. Retira la declaración relativa al Capítulo II que hizo en el momento de su adhesión al Tratado («B.O.E.» 22 septiembre 1990). - Grecia. 9 de julio de 1990. Adhesión con una declaración no considerándose obligada con las disposiciones del Capítulo II (artículos 31 a 42) y por las correspondientes de las Reglas 53 A 78 («B.O.E.» 21 enero 1991). - México. 1 de octubre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 1 de enero de 1995. - Uganda. 9 de noviembre de 1994. Adhesión entrada en vigor el 9 de febrero de 1995. («B.O.E.» 10 febrero 1995) - Bulgaria. 3 de mayo de 1994. Retira la declaración hecha sobre el artículo 64.5) del Tratado y sobre la cual la República de Bulgaria no está obligada por el artículo 59 de dicho Tratado concerniente a la Corte Internacional de Justicia. - Estonia. 24 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Liberia. 27 de mayo de 1994. Adhesión entrada en vigor el 24 de agosto de 1994. - Armenia. 17 de mayo de 1994. Sucesión. - Swazilandia. 20 de junio de 1994. Adhesión entrada en vigor el 20 septiembre de 1994. («B.O.E.» 14 octubre 1994) - Costa de Marfil. 31 de enero de 1991. Ratificación.- República Checa y Eslovaca. 20 de marzo de 1991. Adhesión. - Guinea. 27 de febrero de 1991. Adhesión. - Mongolia. 27 de febrero de 1991. Adhesión. («B.O.E.» 23 mayo 1991). - Portugal. 24 de agosto de 1992. Adhesión. - Nueva Zelanda. 1 de septiembre de 1992. Adhesión. - Alemania. 31 de agosto de 1992. Situación después de la adhesión de la República Democrática Alemana a la República Federal de Alemania. - República Checa. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Checa. - República Eslovaca. 18 de diciembre de 1992. Declaración por la que a partir del 1 de enero de 1993 continuará aplicándose el presente Tratado en lo que concierne a la República Eslovaca. - Kazajstán. 16 de febrero de 1993. Declaración por la que la República de Kazajstán acepta las obligaciones contenidas en el Convenio en lo que concierne a su territorio. - Níger. 21 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 21 de marzo de 1993. - Vietnam. 10 de diciembre de 1992. Adhesión, entrada en vigor el 10 de marzo de 1993. («B.O.E.» 31 mayo 1993). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión. - Letonia. 7 de junio de 1993. Adhesión. - China. 1 de octubre de 1993. Adhesión. («B.O.E.» 17 febrero 1994). - Eslovenia. 1 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de marzo de 1994. - Polonia. 6 de diciembre de 1993. Notificación retirando la declaración hecha de conformidad con el artículo 64.2, a) i), del Tratado, y sobre la cual Polonia no se siente obligada por las disposiciones del artículo 39, 1), del Tratado, con efecto desde el 1 de marzo de 1994. - Trinidad y Tobago. 10 de diciembre de 1993. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de marzo de 1994. - Georgia. 18 de enero de 1994. Sucesión. - Kirguizistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Tadjikistán. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - República de Moldova. 14 de febrero de 1994. Sucesión. - Lituania. 5 de abril de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 5 de julio de 1994. - Kenia. 8 de marzo de 1994. Adhesión. Entrada en vigor el 8 de junio de 1994. («B.O.E.» 10 junio 1994). - Islandia. 23 de diciembre de 1994. Adhesión. - Singapur. 23 de noviembre de 1994. Adhesión con entrada en vigor el 22 de febrero de 1995. - Turkmenistán. 1 de marzo de 1994. Sucesión. («B.O.E.» 15 junio 1995) - Antigua República Yugoslava de Macedonia. 10 de mayo de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 10 de agosto de 1995. - Liechstentein. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual el Principado de Liechtenstein no está obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia a partir de esta fecha el Principado de Liechstentein estará obligado por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. - Suiza. 1 de junio de 1995. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación y según la cual Suiza no está obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. La retirada de dicha declaración tendrá efecto el 1 de septiembre de 1995. Por consecuencia, a partir de esta fecha Suiza estará obligada por lo dispuesto en el capítulo II del Tratado. («B.O.E.» 18 octubre 1995) - Lesotho. 21 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 21 de octubre de 1995. - Albania. 4 de julio de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 4 de octubre de 1995. - Turquía. 1 de octubre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 1 de enero de 1996. - Azerbaiyán. 25 de septiembre de 1995. Adhesión. Entrada en vigor el 25 de diciembre de 1995. («B.O.E.» 21 febrero 1996) - Israel. 1 de marzo de 1996. Ratificación, entrada en vigor el 1 de junio de 1996. («B.O.E.» 1 junio 1996) - Santa Lucía. 30 de mayo de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 30 de agosto de 1996 con la siguiente declaración: «De conformidad con el artículo 64.5 del Tratado, el Gobierno de Santa Lucía no se considera obligado por el artículo 59 del Tratado.» - Bosnia-Herzegovina. 7 de junio de 1996. Adhesión, entrada en vigor el 7 de septiembre de 1996. - Grecia. 7 de junio de 1996. Retira la declaración contenida en su Instrumento de Ratificación del Tratado según la cual la República Helénica no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado. La retirada de la declaración tendrá efecto el 7 de septiembre de 1996, por lo tanto, a partir de esta fecha la República Helénica estará obligada igualmente por las disposiciones del capítulo II del Tratado. - Cuba. 16 de abril de 1996. Adhesión con la siguiente declaración: «El Gobierno de la República de Cuba no se considera vinculado por el artículo 59 del Tratado, en virtud del cual la Corte Internacional de Justicia puede tener competencias para pronunciarse sobre una diferencia entre dos o varios países con respecto a la interpretación o aplicación del Tratado. La República de Cuba opina que para someter una diferencia a la Corte Internacional de Justicia, conviene obtener la aquiescencia de todas las partes en la diferencia en cada caso concreto.» («BOE» 24 octubre 1996). - República Federal de Yugoslavia. 1 de noviembre de 1996. Ratificación, entrada en vigor 1 de febrero de 1997. («B.O.E.» 6 febrero 1997) - Ghana. 26 de noviembre de 1996. Adhesión. Entrada en vigor el 26 de febrero de 1997. - Zimbabwe. 11 de marzo de 1997. Adhesión. Entrada en vigor el 11 de junio de 1997. - Eslovenia. 20 de diciembre de 1996. Carta respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. 17 de enero de 1997. Carta común de Bosnia-Herzegovina, Croacia, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Eslovenia respecto a la Adhesión de la República Federal de Yugoslavia el 1 de noviembre de 1996 al Tratado. («B.O.E.» 7 junio 1997) - Sierra Leona. 17 de marzo de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 17 de junio de 1997. («B.O.E.» 16 octubre 1997). - China. 6 de junio de 1997. Notificación.- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 16 de junio de 1997. Notificación. - Gambia. 9 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 9 de diciembre de 1997. - Guinea-Bissau. 12 de septiembre de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 12 de diciembre de 1997. - Indonesia. 5 de junio de 1997. Adhesión, entrada en vigor el 5 de septiembre de 1997 con la formulación de declaraciones. («B.O.E.» 12 febrero 1998) - Chipre. 1 de enero de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 1 de abril de 1998. - Croacia. 1 de abril de 1998. Ratificación, entrada en vigor el 1 de julio de 1998 («B.O.E.» 11 junio 1998 y 22 octubre 1998). - Granada, 22 de junio de 1998. Adhesión, entrada en vigor el 22 de septiembre de 1998. («B.O.E.» 22 octubre 1998) - India. 7 de septiembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 7 de diciembre de 1998, con la formulación de declaraciones («B.O.E.» 22 enero 1999). - Bielorrusia. 14 de abril de 1993. Sucesión con efecto desde el 25 de diciembre de 1991. - Emiratos Árabes Unidos. 10 de diciembre de 1998. Adhesión, entrada en vigor 10 de marzo de 1999. («B.O.E.» 8 junio 1999). - Sudáfrica. 16 de diciembre de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 16 de marzo de 1999 con la formulación de declaraciones.Dominica. 7 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 7 de agosto de 1999. - Costa Rica. 3 de mayo de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 3 de agosto de 1999. - República Unida de Tanzania. 14 de junio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 14 de septiembre de 1999. - Marruecos. 8 de julio de 1999. Adhesión, entrada en vigor el 8 de octubre de 1999. («B.O.E.» 28 octubre 1999). - Adhesión de la República Federal de Yugoslavia (Serbia y Montenegro). Antigua y Barbuda. 17 de diciembre de 1999. - Adhesión, entrada en vigor 17 de marzo de 2000. - Estados Unidos. 21 de mayo de 1999. Comunicación - Mozambique. 18 de febrero de 2000. Adhesión, entrada en vigor 18 de mayo de 2000, con la formulación de declaración. - Argelia. 8 de diciembre de 1999. Ratificación, entrada en vigor 8 de marzo de 2000, con la formulación de declaración. - Belize. 17 de marzo de 2000. Adhesión, entrada en vigor 17 de junio de 2000 («B.O.E.» 9 junio 2000). - Ecuador, 7 de febrero de 2001. Adhesión, entrada en vigor el 7 de mayo de 2001. («B.O.E.» 22 junio 2001). - Filipinas. 17 de mayo de 2001. Ratificación, entrada en vigor 17 de agosto de 2001. - Guinea Ecuatorial. 17 de abril de 2001. Adhesión, entrada en vigor 17 de julio de 2001. («B.O.E.» 19 octubre 2001) - Sultanato de Omán. 26 de julio de 2001. Adhesión y Entrada en vigor el 26 de octubre de 2001 con la formulación de declaración. («B.O.E.» 1 febrero 2002). - San Vicente y Granadinas, 6 de mayo de 2002. Adhesión, entrada en vigor 6 de agosto de 2002. («B.O.E.» 16 octubre 2002) - Seychelles. 7 de noviembre de 2002. Adhesión.- Papúa Nueva Guinea. 14 de marzo de 2003. Adhesión, entrada en vigor 14 de junio de 2003. («B.O.E.» 3 julio 2003). - Botswana. 30 de julio de 2003. Adhesión. Entrada en vigor el 30 de octubre de 2003. («B.O.E.» 15 junio 2004). - San Marino. 14 de septiembre de 2004. Adhesión, entrada en vigor 14 de diciembre de 2004. («B.O.E.» 9 febrero 2005).
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución y, por consiguiente, cumplidos los requisitos exigidos por la legislación española, extiendo el presente Instrumento de Adhesión de España al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 2 de octubre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984, y a su Reglamento de ejecución, para que mediante su depósito, y de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2, España pase a ser Parte en dicho Tratado.
En fe de lo cual, firmo el presente Instrumento, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores, con la siguiente reserva:
«Haciendo uso de la reserva prevista en el artículo 64.1 a) y b), España no se considera obligada por las disposiciones del capítulo II del Tratado ni por las correspondientes del Reglamento.»
Dado en Madrid
a 13 de julio de 1989.
JUAN CARLOS
R.
El Ministro de Asuntos Exteriores
FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ