Resolución de 2 de septiembre de 2003, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Orientación. (Vigente hasta el 26 de julio de 2010)
- Órgano: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
- Publicado en BOE núm. 224 de 18 de septiembre de 2003
- Vigencia desde 18 de septiembre de 2003. Esta revisión vigente desde 6 de noviembre de 2006hasta 26 de julio de 2010.
- Notas
- ANEXO. ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ORIENTACIÓN.
- TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
- CAPÍTULO I. RÉGIMEN JURÍDICO. (Arts. 1 al 3)
- CAPÍTULO II. FUNCIONES. (Art. 4)
- CAPÍTULO III. REPRESENTACIÓN INTERNACIONAL. (Art. 5)
- TÍTULO II. INTEGRANTES DE LA FEDO.
- CAPÍTULO I. FEDERACIONES Y AGRUPACIONES DE ÁMBITO AUTONÓMICO. (Arts. 6 al 11)
- CAPÍTULO II. CLUBES. (Arts. 12 y 13)
- CAPÍTULO III. ORIENTADORES, TÉCNICOS Y JUECES-CONTROLADORES. (Art. 14)
- TÍTULO III. ÓRGANOS DE LA FEDO.
- CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. (Arts. 15 al 21)
- CAPÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIÓN.
- SECCIÓN I. LA ASAMBLEA GENERAL. (Arts. 22 al 24)
- SECCIÓN II. LA COMISIÓN DELEGADA. (Arts. 25 y 26)
- SECCIÓN III. EL PRESIDENTE. (Arts. 27 al 29)
- CAPÍTULO III. ÓRGANOS COMPLEMENTARIOS. (Arts. 30 al 33)
- CAPÍTULO IV. ÓRGANOS DE RÉGIMEN INTERNO.
- SECCIÓN I. EL SECRETARIO GENERAL. (Art. 34)
- SECCIÓN II. EL TESORERO. (Art. 35)
- SECCIÓN III. EL DIRECTOR TÉCNICO. (Art. 36)
- CAPÍTULO V. ÓRGANOS TÉCNICOS. (Arts. 37 y 38)
- TÍTULO IV. RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO Y PATRIMONIAL. (Arts. 39 y 40)
- TÍTULO V. RÉGIMEN DOCUMENTAL. (Art. 41)
- TÍTULO VI. RÉGIMEN DISCIPLINARIO. (Arts. 42 al 45)
- TÍTULO VII. CAUSAS DE EXTINCIÓN Y DISOLUCIÓN. (Art. 46)
- TÍTULO VIII. MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS. (Art. 47)
- DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en sesión de 28 de julio de 2003, ha aprobado definitivamente los Estatutos de la Federación Española de Orientación y autorizado su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los Estatutos de los mismos y sus modificaciones.
En virtud de lo anterior, esta Secretaría de Estado acuerda disponer la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Orientación contenidos en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2003.
El Secretario de Estado-Presidente,
Juan Antonio Gómez-Angulo Rodríguez.