Resolución de 28 de octubre de 1993, de la Secretaría de Estado-Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Real Federación Española de Atletismo. (Vigente hasta el 11 de abril de 2008)
- Órgano: Ministerio de Educación y Ciencia.
- Publicado en BOE núm. 275 de 17 de noviembre de 1993
- Vigencia desde 18 de noviembre de 1993. Esta revisión vigente desde 19 de diciembre de 2004hasta 11 de abril de 2008.
- Notas
TÍTULO XI.
LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS.
Los Estatutos de la RFEA únicamente podrán ser modificados por acuerdo de la Asamblea General, previa inclusión expresa en el orden del día. Se acompañará a la convocatoria el texto de la modificación.
La propuesta de modificación de los Estatutos a la Asamblea General podrá ser realizada:
Por una cuarta parte de los miembros de la Asamblea General.
Por la Comisión Delegada.
Por la Junta Directiva.
Por tres cuartas partes de los miembros de uno de los colectivos de los estamentos de la Asamblea General, siempre que se trate de artículos que afecten directamente a dicho estamento.
Aprobada la modificación de los Estatutos, ésta entrará en vigor a partir del momento en que sea ratificada por el Consejo Superior de Deportes, al día siguiente de ser publicados en el Boletín Oficial del Estado.