Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León (Vigente hasta el 27 de Agosto de 2011).
- Órgano CONSEJERIA DE HACIENDA
- Publicado en BOCL núm. 144 de 27 de Julio de 2005
- Vigencia desde 28 de Julio de 2005. Esta revisión vigente desde 03 de Septiembre de 2010 hasta 27 de Agosto de 2011
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- TÍTULO I. Disposiciones Generales
-
TÍTULO II.
Creación, modificación y extinción de las Cajas de Ahorro domiciliadas en Castilla y León
- CAPÍTULO I. Creación
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CAPÍTULO II.
Modificación
- Artículo 13 Modificación de Estatutos y Reglamentos de Procedimiento Electoral
- Artículo 14 Clases y efectos de fusión
- Artículo 15 Proyecto de fusión
- Artículo 16 Acuerdo de fusión
- Artículo 17 Autorización
- Artículo 18 Inscripción
- Artículo 19 Período transitorio
- Artículo 20 Entidad Fundadora
- Artículo 21 Cesión global del activo y pasivo, escisión, adhesión a sistemas institucionales de protección y ejercicio indirecto de la actividad financiera
- Artículo 21 bis Transformación en fundación de carácter especial
- CAPÍTULO III. Extinción
- TÍTULO III. Registros
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TÍTULO IV.
Los órganos de gobierno y la dirección de las Cajas de Ahorro con domicilio social en Castilla y León
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CAPÍTULO I.
Disposiciones comunes
- Artículo 30 Órganos de gobierno
- Artículo 31 Requisitos de elegibilidad y ejercicio del cargo
- Artículo 32 Causas de incompatibilidad
- Artículo 33 Limitaciones
- Artículo 34 Cese
- Artículo 35 Mandato y reelección
- Artículo 36 Separación y revocación de los miembros de los órganos de Gobierno
- Artículo 37 Renovación parcial
- Artículo 38 Vacantes
- Artículo 39 Percepciones
- Artículo 40 Procesos electorales
- Artículo 41 Normas de funcionamiento de los órganos
- Artículo 41 bis Derecho de información y de impugnación de los titulares de cuotas participativas
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CAPÍTULO II.
Asamblea General
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SECCIÓN 1.
Naturaleza y composición
- Artículo 42 Naturaleza
- Artículo 43 Composición
- Artículo 44 Participación de los grupos de representación
- Artículo 45 Consejeros Generales representantes de los Impositores
- Artículo 46 Consejeros Generales representantes de las Cortes de Castilla y León
- Artículo 47 Consejeros Generales representantes de las Corporaciones Municipales
- Artículo 48 Consejeros Generales representantes del Personal
- Artículo 49 Consejeros Generales representantes de las Entidades Fundadoras
- Artículo 50 Consejeros Generales representantes de las Entidades de Interés General
- SECCIÓN 2. Funciones y funcionamiento
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SECCIÓN 1.
Naturaleza y composición
- CAPÍTULO III. Consejo de Administración
- CAPÍTULO IV. Comisión de Control
- CAPÍTULO V. Personal de dirección
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CAPÍTULO I.
Disposiciones comunes
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TÍTULO V.
Control y supervisión de las Cajas de Ahorro
- Artículo 76 Disposición general
- Artículo 77 Deber de información
- Artículo 78 Deber de secreto
- Artículo 79 Inversiones
- Artículo 80 Operaciones con miembros de los órganos de gobierno y de dirección
- Artículo 81 Expansión
- Artículo 82 Solvencia
- Artículo 83 Protección al cliente
- Artículo 84 Publicidad
- Artículo 85 Financiación
- Artículo 86 Excedentes
- Artículo 87 Obra social
- Artículo 88 Auditoría
- Artículo 89 Inspección
- Artículo 90 Sustitución e intervención
- TÍTULO VI. Régimen sancionador
- TÍTULO VII. Federación de Cajas de Ahorro de Castilla y León
- DISPOSICIONES ADICIONALES
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Disposición transitoria primera Renovaciones parciales
- Disposición transitoria segunda Cobertura de vacantes
- Disposición transitoria tercera Régimen transitorio de determinados aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorro
- Disposición transitoria cuarta Adaptación de los Estatutos y Reglamentos del Procedimiento Electoral de las Cajas de Ahorro
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
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- 18/7/2012
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Número 6 del artículo 4 redactado por el número 1 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Número 7 del artículo 4 redactado por el número 1 de la Disposición Final 2.ª de Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Número 8 del artículo 4 introducido por el número 1 de la Disposición Final 2.ª de Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Letra a) del número 1 del artículo 21 bis redactada por el número 2 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Letra b) del número 1 del artículo 21 bis redactada por el número 2 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Último párrafo del número 1 del artículo 30 redactado por el número 3 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Último párrafo del artículo 43 introducido por el número 4 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
Disposición Adicional 5.ª introducida por el número 5 de la Disposición Final 2.ª de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2012, 16 julio, de Medidas Financieras y Administrativas («B.O.C.L.» 17 julio).
- 1/3/2012
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Primer párrafo del número 1 del artículo 62 redactado por el número 1 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Número 3 del artículo 77 renumerado por el número 2 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero), su contenido literal se corresponde con el del anterior número 2.
Número 4 del artículo 77 renumerado por el número 2 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero), su contenido liteal se corresponde con el del anterior número 3.
Número 2 del artículo 77 introducido, en su actual redacción, por el número 2 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Párrafo 2.º del número 2 del artículo 87 introducido por el número 3 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Letra h) del número 1 del artículo 94 redactada por el número 4 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Letra g) del número 1 del artículo 95 redactada por el número 5 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Disposición Adicional 4.ª redactada por el número 6 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Número 6 del artículo 4 redactado por el número 7 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
Número 7 del artículo 4 redactado por el número 7 de la disposición final decimoquinta de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 1/2012, 28 febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras («B.O.C.L.» 29 febrero).
- 27/8/2011
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DL 1/2011 de 25 Ago. CA Castilla y León (modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio)
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Número 1 del artículo 19 redactado por el número uno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 4 del artículo 21 redactado por el número dos del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 6 del artículo 21 bis renumerado y redactado por el número tres del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto); su contenido se corresponde con el del anterior número 4.
Número 4 del artículo 21 bis introducido, en su actual redacción, por el número tres del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 5 del artículo 21 bis introducido por el número tres del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 7 del artículo 21 bis introducido por el número tres del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 1 del artículo 30 redactado por el número cuatro del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Artículo 39 redactado por el número cinco del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Letra a) del número 2 del artículo 50 redactada por el número seis del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 2 del artículo 52 redactado por el número siete del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 2 del artículo 55 redactado por el número ocho del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 3 del artículo 57 redactado por el número nueve del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 4 del artículo 60 introducido por el número diez del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 1 del artículo 61 redactado por el número once del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
Número 4 del artículo 59 derogado por la disposición derogatoria del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 1/2011, 25 agosto, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 26 agosto).
- 3/9/2010
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DL 2/2010, de 2 Sep. CA Castilla y León (modifica el TR de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León)
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Números 4 a 7 del artículo 4 introducidos por apartado primero del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Números 4 a 7 del artículo 4 introducidos por apartado primero del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Números 4 a 7 del artículo 4 introducidos por apartado primero del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Números 4 a 7 del artículo 4 introducidos por apartado primero del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra f) del artículo 5 redactada por el apartado segundo del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Rúbrica del artículo 21 redactada por número 1 del apartado tercero del artículo único de DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 21 renumerado, se corresponde con el anterior número 3, por número 2 del apartado tercero del artículo único de DLey 2/2010, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 21 introducido, en su actual redacción, por número 2 del apartado tercero del artículo único de D.-Ley 2/2010, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 21 bis introducido por apartado cuatro del artículo único del DLey 2/2010, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra f) de la sección primera del artículo 25 redactada por apartado quinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 30 redactado por número 1 del apartado sexto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Párrafo primero del número 3 del artículo 30 redactado por número 3 del apartado quinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra e) del número 1 del artículo 31 redactada por el número 1 del apartado séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 31 redactado por número 2 del apartado séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 31 redactado por número 3 del apartado séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 5 del artículo 31 redactado por número 5 del apartado séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra c) del artículo 32 redactada por número 1 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra d) del artículo 32 redactada por número 2 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra e) del artículo 32 suprimida por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra e) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra f) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra f) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra g), por el número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra g) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra h) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra h) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra g) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra i) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra h) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra j) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra i) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra k) del artículo 32 renombrada, se corresponde con la anterior letra j) por número 3 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra j) del artículo 32 redactada por el número 4 del apartado octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 33 redactado por apartado noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra b) del número 1 del artículo 34 redactada por apartado décimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 35 redactado por el apartado undécimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 37 redactado por apartado duodécimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 39 redactado por el apartado decimotercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 41 bis introducido por el apartado decimocuarto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 44 redactado por el número 1 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 5 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 6 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 7 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 8 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 9 del artículo 44 introducido por el número 3 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 50 redactado por el apartado decimosexto del artículo único del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra h) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra g), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra i) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra h), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra j) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra i), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra k) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra j), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra l) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra k), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra m) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra l), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra n) del artículo 51 renombrada, se corresponde con anterior letra m), por el número decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 52 redactado por el apartado decimoctavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 53 redactado por el apartado decimonoveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 54 redactado por el apartado vigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 55 redactado por el apartado vigésimo primero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 56 introducido por el apartado vigésimo segundo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 57 redactado por el apartado vigésimo tercero del del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 57 redactado por el apartado vigésimo tercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 5 del artículo 57 renumerado por el apartado vigésimo tercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre); su contenido literal se corresponde con el del anterior número 3.
Número 3 del artículo 57 introducido, en su actual redacción, por el apartado vigésimo tercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 57 introducido por el apartado vigésimo tercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 58 redactado por el apartado vigésimo cuarto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 59 introducido por el apartado vigésimo quinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 62 redactado por el apartado vigésimo sexto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Rúbrica del artículo 63 redactada por el apartado vigésimo séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 63 redactado por apartado vigésimo séptimo del artículo único de DL [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 63 redactado por el apartado vigésimo séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 63 redactado por el apartado vigésimo séptimodel artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 63 bis introducido por el apartado vigésimo octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 3 del artículo 65 redactado por el número 2 del apartado vigésimo noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 65 derogado por el número 3 del apartado vigésimo noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 65 renumerado, se corresponde con el anterior número 5, por el número 4 del apartado vigésimo noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra a) del número 1 del artículo 66 redactada por el apartado trigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra l) del número 1 del artículo 66, renombrada, se corresponde con la anterior letra k), por el apartado trigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra m) del número 1 del artículo 66, renombrada, se corresponde con la anterior letra l), por el apartado trigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 4 del artículo 66 redactado por el apartado trigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra k) del número 1 del artículo 66 introducida por el apartado trigésimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 67 redactado por el apartado trigésimo primero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 69 redactado por el apartado trigésimo segundo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 1 del artículo 70 redactado por el apartado trigésimo tercero del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 80 redactado por el apartado trigésimo cuarto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Párrafo 3.º del artículo 82 redactado por el apartado trigésimo quinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Artículo 85 redactado por el apartado trigésimo sexto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra a) del número 1 del artículo 94 redactada por el apartado trigésimo séptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra m) del número 1 del artículo 95 redactada por el apartado trigésimo octavo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Disposición adicional cuarta introducida por el apartado trigésimo noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Letra g) del artículo 51 introducida, en su actual redacción, por el número 2 del apartado decimoséptimo del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 65 redactado por el número 1 del apartado vigésimo noveno del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
Número 2 del artículo 44 redactado por el número 2 del apartado decimoquinto del artículo único del DLey [CASTILLA Y LEÓN] 2/2010, 2 septiembre, por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 3 septiembre).
- 2/6/2010
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Número 3 del artículo 21 redactado por número uno del artículo único de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2010, 28 mayo, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 1 junio).
Número 1 del artículo 71 redactado por número dos del artículo único de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 4/2010, 28 mayo, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 1 junio).
- 1/1/2010
- 18/12/2009
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Segundo párrafo del número 1 del artículo 19 redactado por número 2 de la disposición final séptima de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 10/2009, 17 diciembre, de Medidas Financieras («B.O.C.L.» 18 diciembre).
Número 3 del artículo 19 introducido por número 3 de la disposición final séptima de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 10/2009, 17 diciembre, de Medidas Financieras («B.O.C.L.» 18 diciembre).
Artículo 21 redactado por número 4 de la disposición final séptima de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 10/2009, 17 diciembre, de Medidas Financieras («B.O.C.L.» 18 diciembre).
Letra f) del artículo 51 redactada por número 5 de la disposición final séptima de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 10/2009, 17 diciembre, de Medidas Financieras («B.O.C.L.» 18 diciembre).
- 23/6/2009
- 1/1/2009
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L 17/2008 de 23 Dic. CA Castilla y León (medidas financieras y de creación de la Empresa Pública Castilla y León Sociedad Patrimonial y del Ente Público Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León)
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Téngase en cuenta la disposición adicional segunda de Ley [CASTILLA Y LEÓN] 17/2008, 23 diciembre, de Medidas Financieras y de Creación de la Empresa Pública Castilla y León Sociedad Patrimonial y del Ente Público Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León («B.O.C.L.» 29 diciembre), cuyo tenor literal establece: «Se amplía durante seis meses el plazo establecido en el párrafo cuarto de la disposición transitoria primera del Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de julio, para la renovación parcial de los grupos incluidos en la agrupación primera prevista en los Estatutos o Reglamentos de Procedimiento Electoral de cada Caja, inicialmente fijado para el mes de junio de 2009; de tal manera que dicha renovación deberá quedar realizada en el mes de diciembre del año 2009».
- 1/1/2008
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Téngase en cuenta que conforme establece la disposición final quinta de Ley [CASTILLA Y LEÓN] 9/2007, 27 diciembre, de Medidas Financieras («B.O.C.L.» 28 diciembre), las referencias hechas a la Consejería de Hacienda deben entenderse realizadas a la consejería competente en materia de ordenación y supervisión de entidades de crédito.
- 17/4/2007
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L 5/2007 de 28 Mar. CA Castilla y León (modifica el TR de la Ley de Cajas de Ahorro, aprobado por el DLeg. 1/2005 de 21 Jul.)
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Letra l) del número 1 del artículo 95 redactada por el número 1 del artículo único de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 5/2007, 28 marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por el D. Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 16 abril).
Número 4 del artículo 98 redactado por el número 2 del artículo único de la Ley [CASTILLA Y LEÓN] 5/2007, 28 marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, aprobado por el D Legislativo 1/2005, de 21 de julio («B.O.C.L.» 16 abril).
La disposición final segunda de la Ley 6/2004, de 21 de diciembre, de Modificación de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, autoriza a la Junta de Castilla y León para aprobar, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, un Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro, incluyendo la posibilidad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que hayan de ser refundidos.
Al cumplimiento de dicho mandato obedece este Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, que pretende ofrecer al destinatario de la norma un texto sistemático y unificado, comprensivo de la normativa legalmente aplicable a las Cajas de Ahorro de esta Comunidad, contribuyendo con ello a facilitarle su utilización mediante una rápida y adecuada localización de sus preceptos, reforzándose la seguridad jurídica.
El Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León mantiene la estructura y sistemática de la Ley 5/2001, de 4 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla y León, reformada posteriormente por la Ley 7/2003, de 8 de abril, y por la Ley 6/2004, de 21 de diciembre. El Texto Refundido es aprobado mediante el presente Decreto Legislativo que consta de un artículo único, y sendas disposiciones adicional, derogatoria y final únicas. A su vez, el mismo se compone de un total de siete títulos, organizados en capítulos y, en su caso, en secciones; con un total de ciento ocho artículos; completándose con tres disposiciones adicionales, cuatro transitorias y dos finales.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 21 de julio de 2005
DISPONE:
Artículo único Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León
Se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, que se inserta a continuación.
Disposición adicional Remisiones normativas
Las referencias efectuadas en otras disposiciones a la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del Texto Refundido que se aprueba.
Disposición derogatoria Normas derogadas
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León que se aprueba y, en particular:
- La Ley 5/2001, de 4 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla y León.
- Ley 7/2003, de 8 de abril, de reforma de la Ley 5/2001, de 4 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla y León.
- La Ley 6/2004, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León.
- L 5/2001 de 4 Jul. CA Castilla y León (cajas de ahorro) L 7/2003 de 8 Abr. CA Castilla y León (reforma L 5/2001 de 4 Jul., Cajas de Ahorro) L 6/2004 de 21 Dic. CA Castilla y León (modificación de la Ley de cajas de ahorro)
En tanto no se desarrolle reglamentariamente el presente Texto Refundido, continuará vigente y se aplicará, en lo que no resulte incompatible con el mismo, el Decreto 284/2001, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2001, de 4 de julio, de Cajas de Ahorro de Castilla y León, en materia de órganos de gobierno y dirección.
Disposición final Entrada en vigor
El presente Decreto Legislativo y el Texto Refundido que se aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid,
21 de julio de 2005.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO
La Consejera de Hacienda,
Fdo.: MARÍA DEL PILAR DEL OLMO MORO