Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid
- Órgano PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- Publicado en BOCM núm. 96 de 24 de Abril de 1986 y BOE núm. 211 de 03 de Septiembre de 1986
- Vigencia desde 24 de Abril de 1986. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2002 hasta 04 de Abril de 2002
TITULO V
DEL PERSONAL LABORAL
Artículo 88
1. El personal laboral se clasifica en: fijo y temporal o de duración determinada.
2. Forman el personal laboral fijo quienes se encuentren vinculados a la Administración Regional por una relación profesional de empleo, en la que concurran las notas de ajeneidad, dependencia, voluntariedad y retribución, en virtud de contrato de naturaleza laboral, que deberán formalizarse siempre por escrito.
3. Forman el personal laboral temporal quienes hayan sido contratados, asimismo, por escrito, conforme a las diversas tipologías previstas en la legislación laboral.
4. El personal laboral está sometido al Derecho del Trabajo. Consiguientemente, sus condiciones de empleo son las establecidas en la contratación colectiva e individual, en el marco de la legislación laboral y de los preceptos de esta Ley que expresamente se le refieran.
5. El personal laboral no podrá ocupar puestos de trabajo clasificados para funcionarios públicos en las relaciones de puestos de trabajo.
Artículo 89
1. Al personal laboral de la Comunidad de Madrid se le aplicará el régimen de incompatibilidades, de acuerdo con las normas básicas contenidas en la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2. El trabajador que como causa de la normativa sobre incompatibilidades deba optar por un puesto de trabajo, quedará en el que cesare en situación de excedencia por incompatibilidad, aunque no hubiera cumplido un año de antigüedad en el servicio. Deberá permanecer en esta situación mientras dure la incompatibilidad, conservando el derecho preferente al reingreso en vacante de igual o similar categoría a la que ostentase cuando pasó a la situación de excedencia.