RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2013, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo del sector del Comercio de Ganadería, en materia de ultraactividad.
- Órgano DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 04 de Julio de 2013. Esta revisión vigente desde 04 de Julio de 2013
Sumario
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- INTRODUCCION
- ACUERDO DE ULTRACTIVIDAD CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE GANADERÍA DE NAVARRA

Visto el texto del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo del sector del Comercio de Ganadería (Código número 31001905011981), en materia de ultraactividad, que tuvo entrada en este Registro en fecha 9 de julio de 2013, y que fue suscrito el día 4 de julio de 2013 por la Comisión Negociadora del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESUELVO:
1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.
2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
3. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
ACUERDO DE ULTRACTIVIDAD CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE GANADERÍA DE NAVARRA
En Pamplona, a 4 de julio de 2013.
En virtud de los acuerdos, en los que se exhorta a las partes a llegar a acuerdos para prolongar la ultractividad de los Convenios Colectivos más allá del 8 de julio de 2013.
Acuerdos adoptados, por una parte en la Comunidad Foral de Navarra entre las centrales sindicales UGT y CCOO con la CEN, el pasado 4 de junio de 2012. Y por otra parte, firmado por UGT y CCOO con la CEOE y CEPYME el pasado día 23 de mayo de 2013 a nivel estatal para la ultractividad de los Convenios Colectivos al amparo del II ANC.
–Reunidos, de una parte:
–Y de otra:
Como integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Comercio de Ganadería de Navarra alcanzan el siguiente acuerdo:
ACUERDAN:
–Prorrogar la eficacia jurídica y el contenido normativo de todas sus claúsulas del Convenio Colectivo de Almacenistas de Comercio de Ganadería de Navarra actualmente vigente (Convenio Colectivo 2010-2011), por un nuevo espacio de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2013.
–De esta manera la ultractividad del Convenio Colectivo se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 por mutuo acuerdo de las partes.
Fdo. Don Javier Prados (Por Gremio Carniceros).
Fdo. Don Gorka Martínez Hurtado de Saracho (Por el Sindicato UGT) y Fdo. Don José Antonio Vidal Canabal (Por el Sindicato CCOO).