Decreto 14/2015, de 18 de marzo, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Picos de Europa (ES1200001) y se aprueba su Plan Básico de Gestión y Conservación.
- Órgano CONSEJERIA DE AGROGANADERIA Y RECURSOS AUTOCTONOS
- Publicado en BOPA núm. 71 de 26 de Marzo de 2015
- Vigencia desde 15 de Abril de 2015
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Finalidad
- Artículo 3 Ámbito del territorio del Plan Básico de Gestión y Conservación
- Artículo 4 Administración y gestión
- Artículo 5 Régimen sancionador
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO
- ANEXO I . CARTOGRAFÍA
- ANEXO II . LISTADO DE HÁBITAT DE INTERÉS COMUNITARIO. VALORACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN
- ANEXO III . LISTADO DE TAXONES DE «INTERÉS COMUNITARIO» Y DE ESPECIES INCLUIDAS EN LOS CATÁLOGOS REGIONALES DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA. VALORACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN
- ANEXO IV . ANÁLISIS DE LAS PRESIONES Y AMENAZAS GENERALES QUE SE DAN EN EL ESPACIO PROTEGIDO RED NATURA 2000 PICOS DE EUROPA (ASTURIAS) (ES 1200001)
- ANEXO V . NORMATIVA DE APLICACIÓN CITADA EN EL PLAN BÁSICO DE GESTIÓN Y CONSERVACIÓN (GENERAL Y SECTORIAL)
PREÁMBULO
En el año 1979 los países europeos integrantes de la Comunidad Económica Europea aprueban la Directiva 79/409 CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, sustituida por la Directiva 2009/147/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. Su finalidad es la de conservar todas las especies de aves que viven normalmente en estado salvaje en el territorio europeo de los estados miembros y para ello establecerán como Zonas de Protección Especial aquellos territorios más adecuados dentro del ámbito de aplicación de la Directiva.
En el año 1992 los países europeos integrantes de la Comunidad Económica Europea aprueban la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres, «Directiva Hábitat». Su objetivo es contribuir a garantizar la biodiversidad en el territorio donde se aplica la directiva y las medidas que se adopten tendrán como finalidad el mantenimiento o el restablecimiento de un estado de conservación favorable de los hábitats naturales. En ella se crea una Red Ecológica europea denominada «Natura 2000» integrada por lugares que alberguen tipos de hábitat naturales que figuran en su Anexo I y por hábitat de especies que figuran en su Anexo II.
Al Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de Autonomía, le corresponde, en el marco de la legislación básica del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en protección del medio ambiente.
El Principado de Asturias por Acuerdos de Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 1997, 28 de mayo de 1999, y 19 de febrero de 2004 propone 49 espacios para ser designados como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC). La Comisión Europea, mediante la Decisión 2004/813/CE, aprueba la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) correspondiente a la región biogeográfica atlántica, a la cuál pertenece el Principado de Asturias, entre los que se incluye el LIC Picos de Europa (ES1200001).
Conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, y en los artículos 42, 44 y 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, una vez aprobadas las listas de Lugares de Importancia Comunitaria éstos serán declarados por las comunidades autónomas, en un plazo de 6 años, previo procedimiento de información pública, como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) junto con la aprobación del correspondiente plan o instrumento de gestión. Estas declaraciones se publicarán en los respectivos diarios oficiales incluyendo información sobre sus límites geográficos, los hábitats y las especies por las que se declararon. Las comunidades autónomas fijarán las medidas de conservación necesarias, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitat naturales y de las especies presentes en tales áreas que implicarán planes o instrumentos de gestión y medidas reglamentarias, administrativas o contractuales.
La elaboración de este Instrumento en un espacio natural tan complejo administrativamente como es el de los Picos de Europa, en el que confluyen tres administraciones autonómicas (Principado de Asturias, Cantabria, y Castilla y León) que, si bien coordinan su gestión, han de dar cumplimiento a la normativa comunitaria, a la normativa básica estatal y a sus respectivas normativas en materia de conservación de la naturaleza, implica diferentes trámites y plazos de tramitación en cada uno de los territorios, lo que ha llevado a que se acordara tramitar para este singular espacio, la declaración de las respectivas ZEC y de un Plan Básico de Gestión y Conservación para dar cumplimiento a los requerimientos de planificación exigibles respecto de los espacios Red Natura 2000.
Por Acuerdo, de 10 de julio de 2014, de la Comisión de Gestión, se inicia el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan Básico de Gestión y Conservación de la ZEC y la ZEPA Picos de Europa en las cuales confluyen los siguientes espacios protegidos:
- • Parque Nacional de los Picos de Europa ( Ley estatal 16/1995, de 30 de mayo).
- • Monumento Natural de la Torca Urriellu (Cabrales) (Decreto 17/2003, de 13 de marzo).
- • Monumento Natural del Sistema del Jitu (Onís y Cabrales) (Decreto 18/2003, de 13 de marzo).
- • Monumento Natural de la Red de Toneyu (Amieva) (Decreto 19/2003, de 13 de marzo).
- • Monumento Natural del Sistema del Trave (Cabrales) (Decreto 20/2003, de 13 de marzo).
- • ZEC Picos de Europa (ES 1200001).
- • ZEPA Picos de Europa (ES 1200001).
- • Reserva de la Biosfera de Picos de Europa.
El procedimiento para la declaración de esta Zona Especial de Conservación y la aprobación del Plan Básico de Gestión y Conservación, ha incluido un proceso de participación pública, conforme a lo establecido en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Este procedimiento se llevó a cabo en el mes de agosto de 2014, por medio de la celebración de reuniones sectoriales de toda la amplia panoplia de sectores interesados en este espacio natural, a las que se invitó a participar a setenta y ocho entidades, asociaciones y corporaciones representantes de los mismos. Fruto de dichas reuniones se recibieron y se contestaron razonadamente veintiuna aportaciones al contenido del documento que, adecuadamente valoradas, permitieron conformar el texto del Plan Básico de Gestión y Conservación.
Del mismo modo, el texto conformado a partir del proceso de participación pública ha sido objeto de información pública, mediante anuncio publicado en el BOPA de 14 de noviembre de 2014, resultado del cual fue la recepción de cinco alegaciones planteadas por grupos conservacionistas o interesados vinculados a otros ámbitos de actividad, que fueron objeto de contestación razonada y, en su caso, incorporación al texto del Plan Básico, notificándose de forma personalizada a cada participante en esta fase.
Por último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunicó a los interesados que tuvieron participación en los trámites anteriores, la apertura de plazo de audiencia y vista del expediente, así como de la publicación del anuncio en el BOPA, de 4 de febrero de 2015, para el resto de interesados.
En la fase de audiencia y vista del expediente se han recibido dos alegaciones por parte de diferentes agentes representativos de los intereses sociales y económicos y por parte de personas particulares representantes de sus propios intereses, las cuales fueron objeto de análisis y valoración, siendo incorporadas al texto del presente decreto aquellas que resultaron estimadas favorablemente, comunicándose la decisión adoptada a cada alegante de forma individualizada.
Los trabajos de detalle realizados para redactar el Plan Básico de Gestión y Conservación han permitido mejorar la información disponible hasta el momento y han aportado tanto datos de superficie de los tipos de hábitat como de presencia o ausencia de los mismos, que en algunos casos difieren de los datos consignados y que fueron comunicados a la Comisión Europea en la propuesta de la lista de lugares del Principado de Asturias y que habían sido mantenidos desde entonces por ausencia de nueva información. Estas diferencias obedecen a varios factores entre los que se encuentran la escala de trabajo utilizada en el momento de elaborar la propuesta inicial, la escala de trabajo utilizada a la hora de realizar la nueva cartografía y al avance del conocimiento científico referente a la designación de los diferentes tipos de hábitat de interés comunitario presentes en el Principado de Asturias. A lo largo del proceso de redacción del Plan Básico, también se han producido variaciones en los listados de especies de interés comunitario que, o bien no se habían citado en la propuesta inicial, o bien la inclusión de entonces se considera un error por la inexistencia en el momento de la propuesta y en la actualidad de esa especie en el ámbito de aplicación del instrumento de gestión.
Tras haber realizado el análisis de la situación actual en la que se encuentra este espacio, sus características físicas y ecológicas y los usos humanos con incidencia en la conservación, se han seleccionado aquellos elementos que se consideran claves para la gestión de lugar y que son la base fundamental de las propuestas de objetivos y medidas. Para estos elementos se describe su estado de conservación y se definen objetivos y medidas que permitan asegurar, tanto su conservación en un estado favorable, como la integridad ecológica del lugar, objetivo principal que establecen la Directiva Hábitat y la Directiva Aves. Las medidas de conservación recogidas en el Plan Básico anexo, se han elaborado siguiendo los principios emanados de la Comisión Europea, con el objeto de dar respuesta a las exigencias ecológicas de los hábitat y especies recogidos en la Directiva 92/43/CEE, y presentes en el lugar, y de las aves del Anexo I de la Directiva 2009/147/CE o aves migratorias de presencia regular.
Las medidas definidas para estos elementos clave servirán igualmente para mantener o alcanzar un estado favorable de conservación de los demás hábitat naturales y especies de flora y fauna que, habiendo sido igualmente motivo para la designación de este espacio como Zona Especial de Conservación y Zona de Especial Protección para las Aves, no requieren medidas propias.
A la hora de redactar el contenido Plan Básico de Gestión y Conservación se ha procedido a incluir aquellos objetivos considerados prioritarios; y a incluir y priorizar igualmente, aquellas medidas consideradas más urgentes o aquellas con cuya ejecución se considera que mejorará el estado de conservación del espacio en su conjunto. Todo ello teniendo en cuenta las aportaciones recibidas durante el proceso de participación pública y período de audiencia y vista del expediente realizados.
Así como los objetivos de conservación y gestión establecidos tienen el carácter de vinculantes, las medidas de conservación definidas, vinculantes en cuanto a sus fines, tienen un carácter orientador de la programación de actuaciones de conservación que desarrollen las administraciones públicas, en su respectivo ámbito competencial, debiendo figurar adecuadamente recogidas en el Instrumento de Gestión Integrado que se apruebe.
La delimitación actualizada propuesta que aparece recogida en la cartografía asociada al Plan Básico es el resultado de una mejora de la escala de trabajo y, de la interpretación que a esta escala se hace de la superficie que se considera, debe ser protegida sobre la base de la mejor información disponible en cuanto a distribución de hábitat y taxones de interés comunitario. La delimitación de la ZEC se enviará a la Comisión Europea a efectos de su validación.
En la Comisión de Asuntos Medioambientales celebrada el 3 de marzo de 2015 se emite informe favorable a la propuesta del decreto.
Corresponde al Principado de Asturias la declaración y el establecimiento de las medidas de conservación, de conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.Z de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; en la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, a propuesta de la Consejera de Agroganadería y Recursos Autóctonos, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en reunión de 18 de marzo de 2015,
DISPONGO
Artículo 1 Objeto
Se declara la Zona Especial de Conservación Picos de Europa (ES1200001) dentro del territorio del Principado de Asturias la cual afecta a territorio de los concejos de Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Onís y Peñamellera Baja, y se aprueba el Plan Básico de Gestión y Conservación de la misma que se recoge en el Anexo.
Artículo 2 Finalidad
La finalidad de esta disposición es la conservación de la biodiversidad y el desarrollo sostenible del territorio, según los objetivos de las distintas figuras de protección de espacios naturales que confluyen en su territorio.
Artículo 3 Ámbito del territorio del Plan Básico de Gestión y Conservación
El ámbito de aplicación del Plan Básico de Gestión y Conservación incluye parte de los concejos de Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Onís y Peñamellera Baja y su delimitación es la recogida en el Anexo del presente decreto.
Artículo 4 Administración y gestión
La administración y las competencias para la gestión de los espacios protegidos a los que afecta el presente Plan Básico de Gestión y Conservación corresponden, dependiendo del tipo de espacio natural, a los siguientes órganos:
- a) Espacios de la Red Natura 2000 (ZEC y ZEPA) y Monumentos Naturales declarados en el espacio natural respectivo: la consejería de la Administración del Principado de Asturias competente en materia de espacios protegidos.
- b) Parque Nacional de los Picos de Europa: los órganos de gestión del mismo, integrados, de acuerdo con el Decreto 2/2011, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación y del Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, por la Comisión de Gestión, el Comité Técnico, el Director y los Co-Directores, siendo su órgano de participación el Patronato.
- c) Reserva de la Biosfera de Picos de Europa: la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa como órgano de gestión, ejerciendo la figura de gestor de la Reserva el Director del Parque Nacional y siendo su órgano de participación social el Patronato del Parque Nacional con las especificidades acordadas al respecto.
Cuando, de acuerdo con la legislación vigente, las actuaciones que se pretendan realizar dentro del ámbito de aplicación del presente Plan Básico, debieran someterse a autorización por parte de cualquier organismo de la Administración estatal, de la Administración autonómica o de la Administración local, se entiende que dichas administraciones son las competentes para extender la autorización, debiendo, no obstante, sujetarse a las condiciones estipuladas en este Plan Básico de Gestión y Conservación.
Artículo 5 Régimen sancionador
En el ámbito de aplicación de este Plan Básico de Gestión y Conservación es de aplicación el régimen sancionador establecido en la Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa, en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril en los términos propios de cada norma.
Disposición transitoria única Régimen preventivo
Desde la entrada en vigor de este decreto, y hasta la efectiva actualización de la delimitación de los espacios protegidos Red Natura 2000, conforme se señala en la Disposición final primera se aplicará, en el ámbito objeto de actualización de los límites, el régimen preventivo señalado en los artículos 6.2 y 6.3 de la Directiva 92/43/CEE y en los artículos 45.2 y 45.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Actualización de la delimitación de la Zona Especial de Conservación
La actualización de la delimitación de los espacios protegidos Red Natura 2000 y por tanto del Plan Básico de Gestión y Conservación será efectiva, desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, de la correspondiente Decisión de la Comisión Europea.
Disposición final segunda Habilitación para su desarrollo
Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de espacios protegidos para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo del presente decreto.
Disposición final tercera Vigencia del Plan Básico de Gestión y Conservación
El presente Plan Básico de Gestión y Conservación estará vigente hasta la entrada en vigor del correspondiente Instrumento de Gestión Integrada del espacio natural Picos de Europa, que unificará los criterios de aplicación en las tres Comunidades Autónomas que comparten dicho territorio.
Disposición final cuarta Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Anexo
1 INTRODUCCIÓN
1.1 ÁMBITO DE APLICACIÓN
El ámbito de aplicación del presente Plan Básico de Gestión y Conservación de la ZEC Picos de Europa (Asturias) está situado en la zona sudoriental del Principado de Asturias, se trata de una formación geológica inserta en la Cordillera Cantábrica y abarca un territorio de gran diversidad biológica. Tiene una superficie de 24.560 ha y un relieve tortuoso y agreste con cumbres de más de 2.600 m.s.n.m., áreas de montaña con predominio de la caliza, con muestras sobresalientes de modelado glaciar, procesos kársticos de relieve mundial, lagos sobre lecho calizo, gran interés en los sustratos litológicos presentes, con formaciones vegetales ocupando cuatro pisos, colino, montano, subalpino y alpino, donde destacan los bosques de hayas, los pastos de altura y las comunidades de alta montaña, estando asociados a ellas una rica representación de la fauna de montaña cantábrica. Por su orografía de continuos valles y cumbres, se constituye en un territorio con gran heterogeneidad ambiental y diversidad biológica, con un paisaje de alto grado de naturalidad y belleza.
Además de ser Parque Nacional (el espacio se ciñe estrictamente al ámbito, en el Principado de Asturias, del Parque Nacional de los Picos de Europa, declarado en 1995 como ampliación del primitivo Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, primer parque nacional de España, declarado el 22 de julio de 1918 y Zona de Especial Conservación, este territorio está catalogado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Picos de Europa (Asturias) ES1200001 y como Reserva de la Biosfera por la Unesco. En su interior se localizan varios Monumentos Naturales: Torca Urriellu, Red de Toneyu, Sistema del Jitu y Sistema del Trave.
En el Anexo I del presente Plan Básico se incluye un plano del ámbito territorial de la ZEPA y futura ZEC Picos de Europa (Asturias) (ES1200001).
En el año 1979 los países europeos integrantes de la Comunidad Económica Europea aprueban la Directiva 79/409 CEE del Consejo de 2 de abril de 1979 relativa a la conservación de las aves silvestres. Su finalidad es la de conservar todas las especies de aves que viven normalmente en estado salvaje en el territorio europeo de los estados miembros y para ello establecerán como Zonas de Protección Especial aquellos territorios más adecuados dentro del ámbito de aplicación de la Directiva.
Por ampliación de la primitiva ZEPA del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, el Gobierno del Principado de Asturias designa Picos de Europa como Zona de Especial Protección para las Aves (ES1200001) el 29 de enero de 2003, cuya delimitación engloba la totalidad de la superficie del Parque Nacional de los Picos de Europa que se encuentra en territorio asturiano, repartiéndose por terrenos de los concejos de Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Onís y Peñamellera Baja.
En el año 1992 los países europeos integrantes de la Comunidad Económica Europea aprueban la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. Su objetivo es contribuir a garantizar la biodiversidad en el territorio donde se aplica la directiva y las medidas que se adopten tendrán como finalidad el mantenimiento o el restablecimiento de un estado de conservación favorable de los hábitats naturales. En ella se crea una Red Ecológica europea denominada «Natura 2000» integrada por lugares que alberguen tipos de hábitat naturales que figuran en su Anexo I y por hábitat de especies que figuran en su Anexo II.
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 19 de febrero de 2004, se propone Picos de Europa para ser designado como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). La Comisión Europea, mediante la Decisión 2004/813/CE, aprueba la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) correspondiente a la región biogeográfica atlántica, a la cual pertenece el Principado de Asturias, entre los que se incluye el Lugar de Importancia Comunitaria Picos de Europa (ES1200001), cuya delimitación coincide exactamente con la de la ZEPA del mismo nombre y, por tanto, con la del ámbito del Parque Nacional de los Picos de Europa en el Principado de Asturias.
En el Anexo I del presente Plan Básico de Gestión y Conservación se incluyen los planos del ámbito territorial del Parque Nacional, ZEC y ZEPA a los que extiende su vigencia y la información actualmente disponible sobre la localización de hábitat de interés comunitario. En el caso de existencia de divergencias en la delimitación de los espacios naturales prevalecerán siempre aquellos límites establecidos en las normas de declaración de los espacios sobre los expuestos en la cartografía.
1.1.1 DATOS BASICOS DEL ESPACIO PROTEGIDO
Valor de Conservación: MUY ALTO.
a) Identificación del ENP RN2000: LIC y ZEPA ES1200001-Picos de Europa
Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.
Provincia: Asturias.
Designación RN 2000: Decisión de la Comisión de 7 de diciembre de 2004, por la que se aprueba, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica Atlántica. DOCE: L387, 29 de diciembre de 2004.
b) Región biogeográfica: Atlántica Proporción: 100%
c) Superficie formulario Oficial (ha): 25.183,48
Superficie GIS (ha): 25.184,42 ha (límite oficial); 24.947,26 ha. (límite propuesto)
d) Altitud: Altitud máxima (m.s.n.m.): 2.648,00
Altitud mínima (m.s.n.m.): 75,00
e) Descripción geográfica sintética:
Los Picos de Europa presentan la mayor formación caliza de la Europa Atlántica, con importantes procesos kársticos, simas que llegan a los 1.000 m, y presencia de lagos y erosión de origen glaciar. Este Espacio conforma uno de los enclaves montañosos más sobresalientes de la Cordillera Cantábrica, con un alto interés botánico, zoológico, geológico, geomorfológico y paisajístico, donde la acción erosiva del hielo y el agua han modelado el relieve actual y las formas derivadas del modelado glaciar, kárstico y fluvial se ponen de manifiesto, siendo los complejos morrénicos, los circos glaciares, las galerías, las simas y las gargantas que lo configuran algunos ejemplos de la elevada geodiversidad de este territorio, soporte de la biodiversidad que se asienta sobre sus imponentes relieves.
Situado en la zona sudoriental de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, provincia de Asturias, engloba un territorio de montaña delimitado al Sur y al Este por la confluencia con Castilla y León (límite administrativo) y con Cantabria (límite administrativo, en parte coincidente con el desfiladero del río Deva, o de La Hermida), mientras que por el Norte el límite viene fijado por los contrafuertes de los Macizos que integran los Picos de Europa, en buena medida coincidentes con los límites históricos del antiguo Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, predecesor del actual de los Picos de Europa. Por el Oeste son las escarpaduras de la Sierra de Amieva, que delimitan la cuenca principal del río Sella y la de su afluente, el Dobra, las que cierran los límites geográficos de la ZEPA y LIC. Toda la zona se caracteriza por un relieve muy abrupto, presentando grandes desniveles (oscilando entre menos de 500 metros en los valles más profundos y más de 2.000 metros en los picos más altos), lo que condiciona una gran variedad climática. La mayor superficie del espacio pertenece a la región eurosiberiana con ecosistemas ligados al bosque atlántico, no obstante determinadas zonas, debido a factores climáticos y altitudinales, poseen un carácter de ciertas tendencias mediterráneas, como ocurre en los profundos desfiladeros de los ríos principales (Deva, Cares y Sella). Estas peculiares características le otorgan una elevada diversidad botánica.
El bosque atlántico está representado por las fagáceas caducifolias (rebollo, carballo, roble albar y haya) en masas puras o mixtas. El Bosque de Pome, las masas arboladas de Redimuña, La Varera y Carombo, y el bosque mixto de las inmediaciones de Covadonga son masas a destacar. En las zonas más elevadas, por encima de 1.700 metros, alternando con afloramientos rocosos, abundan los pastizales, que han sido tradicionalmente aprovechados por el ganado de los pueblos de los valles, en un proceso anual de transterminancia muy característico, que ha marcado tradicionalmente el ritmo de vida anual de los habitantes de la zona. Los matorrales aparecen con formaciones de leguminosas en los mejores sustratos, mientras que las ericáceas ocupan las áreas más degradadas. En las zonas de afloramientos rocosos abunda el matorral de enebros rastreros con Juniperus nana o Juniperus sabina acompañado de arándanos y gayubas. Son escasas las turberas presentes, pero de gran importancia por su diversidad florística. En los valles fluviales, a menudo muy encajonados, dada su fuerte pendiente y lo estrecho de sus márgenes, son raras las representaciones de bosques de ribera bastante bien conservados, constituidos principalmente por varias especies de sauces y alisos. Los fondos de valle han sido modificados durante siglos por el hombre para su aprovechamiento agrícola y ganadero, en ellos se hace patente la presencia de prados de siega. A su vez, el área incluye interesantes lagos glaciares y un embalse montano de reducidas dimensiones (Presa de «La Jocica») sobre el río Dobra, de escaso interés para las aves acuáticas.
La elevada diversidad del medio físico, unida a la riqueza de especies de vegetación, confieren a este EPRN2000 las características idóneas para albergar a las especies de fauna más emblemáticas de la Cordillera Cantábrica. El oso pardo, en peligro de extinción, el lobo ibérico, el rebeco, la liebre del piornal, el tritón palmeado y el tritón alpino, la salamandra rabilarga, el lagarto verdinegro y la víbora de seoane, junto con muchas otras especies, no menos importantes, forman parte de un rico ecosistema único dentro de la Península Ibérica. Destacar entre la rica fauna presente en el espacio, su importancia ornitológica, dentro de la que se encuentran numerosas especies de aves como el águila real, el alimoche, el quebrantahuesos (en fase de reintroducción), el escaso urogallo cantábrico, la perdiz pardilla y singulares especies propias de los cantiles rocosos más escarpados o de la muy alta montaña, como el treparriscos, las chovas piquirroja y piquigualda o el gorrión alpino.
f) Datos administrativos:
N.o de Municipios: 5
Provincia: Asturias Proporción: 100%
Municipio: | Sup. Municipio (ha) | Sup. Muni. es RN2000 | % Municipio es RN2000 | %ES1200001 en Municipio |
Amieva | 11.390 | 4.000 | 35,12% | 16,29% |
Cabrales | 23.829 | 10.801 | 45,33% | 43,98% |
Cangas de Onís | 21.275 | 7.119 | 33,46% | 28,99% |
Onís | 7.542 | 2.447 | 32,44% | 9,96% |
Peñamellera Baja | 8.385 | 193 | 2,30% | 0,78% |
TOTAL | 72.421 | 24.560 (1) | ---- | 100,00% |
Superficies GIS aportadas por los Municipios (capas del I.G.N.):
Municipio | Superficie GIS (ha) | |
Sup. límite oficial | Sup. límite propuesto | |
Amieva | 3.838,28 | 3.903,97 |
Cabrales | 11.027,27 | 10.930,74 |
Cangas de Onís | 7.443,97 | 7.420,21 |
Onís | 2.241,41 | 2.100,06 |
Peñamellera Baja | 421,52 | 528,26 |
TOTAL | 25.184,42 | 24.947,26 |
1.1.2 RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO Y DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL ESPACIO PROTEGIDO RN2000
a) Solape con otros espacios Protegidos RN2000: No existe.
b) Otras relaciones con Espacios Protegidos RN2000:
Colindancia: | C.A./Provincia |
- ES1200009 ZEC y ZEPA Ponga-Amieva (2) | Principado de Asturias |
- ES1200032 ZEC Río Sella (3) | Principado de Asturias |
- ES1200035 ZEC Río Cares-Deva (4) | Principado de Asturias |
- ES0000003 LIC y ZEPA Picos de Europa en Castilla y León | León |
- ES0000198 ZEPA Liébana | Cantabria |
- ES1300001 LIC Liébana | Cantabria |
c) Relación con Espacios Naturales Protegidos (nivel estatal y/o regional):
Espacio Natural Protegido: | % EPRN2000 que solapa con ENP |
- ES000010 Parque Nacional Picos de Europa Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa. | 100% |
- Monumento Natural de la Torca Urriellu (Cabrales) Decreto 17/2003, de 13 de Marzo, por el que se declara el Monumento Natural la Torca Urriellu (Cabrales). | 100% |
- Monumento Natural del Sistema del Jitu (Onís y Cabrales) Decreto 18/2003, de 13 de Marzo, por el que se declara Monumento Natural el Sistema del Jitu (Onís y Cabrales) | 100% |
- Monumento Natural de la Red de Toneyu (Amieva) Decreto 19/2003, de 13 de Marzo, por el que se declara Monumento Natural la Red de Toneyu (Amieva). | 100% |
- Monumento Natural del Sistema del Trave (Cabrales) Decreto 20/2003, de 13 de Marzo, por el que se declara Monumento Natural el Sistema del Trave (Cabrales). | 100% |
d) Relación con otras figuras de protección (nivel estatal o regional):
e) Otras áreas protegidas a nivel internacional
Nombre figura internacional | Sup. Oficial (ha) | % solape con EPRN2000 |
RESERVA DE LA BIOSFERA | 64.660 ,00 | 100% |
Picos de Europa-Gran Cantábrica (2003)
1.1.3 CONDICIONANTES DE GESTIÓN
a) Usos del Suelo (referido a superficie GIS):
Tipo de Uso | Superficie (ha) | Porcentaje (%) |
Forestal-Forestal arbolado cerrado-Frondosas caducifolia | 3.915,16 | 15,61 |
Forestal-Forestal arbolado abierto-Frondosas caducifolia | 115,17 | 0,46 |
Forestal-Forestal desarbolado-Matorral | 10.021,67 | 40,67 |
Forestal-Forestal desarbolado-Pastizal | 2.904,88 | 11,58 |
Forestal-Forestal desarbolado-Roquedo | 6.351,97 | 25,33 |
Agrícola-Prado | 1.510,26 | 6,02 |
Agua | 46,81 | 0,19 |
Artificial | 35,80 | 0,14 |
b) Titularidad del suelo (referido a superficie GIS):
Tipo | Superficie (ha) | Porcentaje (%) |
- Público (estimación) | 23.792,29 | 95,55% |
- Privado (estimación) | 1.109,43 | 4,45% |
c) Variables económicas (datos municipales; diferentes años de referencia):
Población (2012) | Municipios en su conjunto | Dentro ES1200003 |
Total | 15.088 | 318 |
Densidad (hab./km2) | 12,03 | 1,29 |
Tamaño municipios (habitantes) | ||
- Menos 100 hab.: | 0,00% (0) | |
- Entre 101 y 500 hab.: | 0,00% (0) | |
- Entre 501 y 1000 hab.: | 40,00% (2) (Amieva y Onís) | |
- Entre 1001 y 5000 hab.: | 40,00% (2) (Cabrales y Peñamellera B.) | |
- Más de 5000 hab.: | 20,00% (1) (Cangas de Onís) |
Índices demográficos (I) (2009):
Municipio (‰) | Tasa Natalidad (‰) | Tasa Mortalidad (‰) | Tasa Nupcialidad (‰) |
Amieva | 3,68 | 28,22 | 2,45 |
Cabrales | 5,36 | 15,64 | 5,36 |
Cangas de Onís | 8,13 | 14,94 | 4,29 |
Onís | 2,49 | 22,41 | 0,00 |
Peñamellera B. | 4,31 | 23,72 | 1,43 |
Índices demográficos (II) (2010)
Municipio | Tasa envejec. (%) | Tasa dependencia demográfica (%) | Indice masculinidad |
Amieva | 37,6% | 76,9% | 1,12 |
Cabrales | 29,0% | 56,8% | 1,05 |
Cangas de Onís | 23,6% | 54,4% | 0,97 |
Onís | 34,4% | 69,2% | 1,08 |
Peñamellera B. | 31,2% | 64,4% | 0,99 |
Índices demográficos (III) (2010):
Municipio | % Población activa | % Paro (sobre pob. activa) |
Amieva | 56,2% | 11,06% |
Cabrales | 63,3% | 9,32% |
Cangas de Onís | 63,9% | 11,42% |
Onís | 58,7% | 9,19% |
Peñamellera Baja | 60,0% | 9,67% |
d) Instrumentos de ordenación del territorio y/o de los recursos naturales:
-
- Normas urbanísticas y Planes Generales de Ordenación Urbana
Municipio Tipo Plan Aprobación Amieva Plan General 2005 Cabrales Plan General 2003 Cangas de Onís Plan General 2004 Onís Plan General 2012 Peñamellera Baja NN.SS. 2003 -
- Planes de Ordenación de los Recursos Naturales:
Real Decreto 640/1994, de 8 de abril, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Picos de Europa (nota: afectado por STC 306/2000, de 14 de diciembre).
1.2 NATURALEZA Y VIGENCIA
El Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, modifica el artículo 28.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, quedando redactado como sigue:
«Si se solapan en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, las normas reguladoras de los mismos así como los mecanismos de planificación deberán ser coordinados, para unificarse en un único instrumento integrado, al objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría formen un todo coherente.»
Para la redacción del presente Plan se han tenido en cuenta las «Directrices de conservación de la Red Natura 2000» aprobadas por la Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático.
El Plan de Gestión de la Zona de Especial Conservación (ZEC) y de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Picos de Europa (Asturias), se integrará en el futuro Instrumento de Gestión Integrada del Parque Nacional de los Picos de Europa, actualmente en tramitación.
En el aspecto legislativo, permanecen vigentes documentos de excepcional importancia para la conservación de las especies y de los ecosistemas, como son, en los ámbitos europeo y estatal, la Directiva 79/409/CEE y la Directiva 2009/147/CE, del parlamento europeo y del consejo relativas a la conservación de las aves silvestres; la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres; el Reglamento CEE 338/1997, relativo a la protección de la flora y fauna silvestres mediante el control de su comercio, los Reales Decretos y Leyes que transponen esas Directivas y la Ley 16/1995, de 30 de mayo, por la que se declara el Parque Nacional de los Picos de Europa. Se han producido importantes modificaciones en la legislación básica estatal en materia de conservación, al aprobarse la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad junto con el Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En el ámbito regional, las directrices y normas establecidas en la Ley 5/91, de 5 de abril de protección de los espacios naturales, los Decretos 65/1995 y 32/1990, por los que se crean los Catálogos Regionales de Especies Amenazadas y normas para su protección, complementan los criterios de elaboración de este Plan Básico.
El presente Plan Básico de Gestión y Conservación extenderá su vigencia hasta la aprobación del Instrumento de Gestión Integrado que unificará los criterios de gestión en el conjunto del espacio declarado Parque Nacional en las tres Comunidades Autónomas.
1.3 FINALIDAD Y OBJETIVOS DEL PLAN BÁSICO
Este Plan Básico tiene como objetivo general la conservación de la biodiversidad compatible con el desarrollo sostenible del territorio, según los objetivos de las distintas figuras de protección de espacios naturales que confluyen en su territorio.
En el ámbito territorial de los espacios de la Red Natura 2000 (ZECs y ZEPA) los objetivos específicos de este Plan Básico son los siguientes:
- - El mantenimiento en un estado favorable de conservación en cuanto a su superficie, estado y funcionalidad de los ecosistemas del ámbito considerado, en especial en lo referente a hábitat de interés comunitario.
- - La protección de la biodiversidad, en especial de aquellas especies incluidas en los catálogos regionales, nacionales y comunitarios, en la Directiva Hábitat y en la Directiva Aves.
- - La conservación de ecosistemas, hábitat o formaciones naturales representativos de la región, tanto en estructura como en funcionalidad.
1.4 COMPETENCIAS DE GESTIÓN
Las competencias para la gestión de los espacios protegidos integrados en el presente Plan Básico de Gestión y Conservación de la ZEC Picos de Europa (Asturias) recaen, dependiendo del tipo de espacio natural, en los siguientes órganos:
- a) Espacios de la Red Natura 2000 (ZEC y ZEPA) y Monumentos Naturales declarados en el espacio natural respectivo: el órgano de la Administración Autonómica competente en materia de Espacios Protegidos.
- b) Parque Nacional de los Picos de Europa: los órganos de gestión del mismo, integrados, de acuerdo con el Decreto 2/2011, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos reguladores de los órganos de gestión y participación y del Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa, por la Comisión de Gestión, el Comité Técnico, el Director y los Co-Directores, siendo su órgano de participación el Patronato.
- c) Reserva de la Biosfera de Picos de Europa: la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa como órgano de gestión, ejerciendo la figura de gestor de la Reserva el Director del Parque Nacional y siendo su órgano de participación social el Patronato del Parque Nacional con las especificidades acordadas al respecto.
Cuando, de acuerdo con la legislación vigente, las actuaciones que se pretendan realizar dentro del ámbito de aplicación del presente Plan Básico, debieran someterse a autorización por parte de cualquier organismo de la Administración estatal, de la Administración autonómica o de la Administración local, se entiende que dichas administraciones son las competentes para extender la autorización, debiendo, no obstante, sujetarse a las condiciones estipuladas en este Plan Básico de Gestión y Conservación para la protección de los hábitat y taxones de interés comunitario en los espacios incluidos en la Red Natura 2000 y de otros taxones y/o elementos para los que también se adoptan medidas de gestión.
1.5 EVALUACIÓN AMBIENTAL
Deberán someterse al trámite de evaluación de impacto ambiental todas aquellas actividades, instalaciones y proyectos, y todos aquellos planes y programas para los que en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, u otra normativa autonómica o sectorial que así lo determine.
Se llevará a cabo Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental en todos aquellos casos no contemplados en los anexos I y II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, pero que se encuentren incluidos en el Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los recursos naturales del Principado de Asturias.
El procedimiento de evaluación ambiental servirá también para analizar la posible incidencia de planes o proyectos sobre los objetivos de conservación del ZEC y ZEPA de Picos de Europa (Asturias), dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad. A esos efectos todos los procedimientos de evaluación de impacto que tengan el ámbito del Plan Básico como marco territorial, deberán analizar expresamente su incidencia sobre los hábitat y especies de interés comunitario.
Cualquier plan, programa o proyecto, no contemplado en los párrafos anteriores, que sin tener relación directa con la gestión del espacio o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable al mismo, ya sea individualmente o en combinación con otros planes o proyectos, se someterá a una adecuada Evaluación de Repercusiones sobre los espacios incluidos en Red Natura 2000, según lo contemplado en el apartado 4 del artículo 45, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. No obstante, por Resolución del órgano de gestión, pueden quedar excluidos de tal procedimiento aquellos, que, debido a su pequeña magnitud, o porque son necesarias para la conservación tanto de hábitat como de taxones de interés comunitario, no es probable que tengan efectos significativos sobre el espacio.
1.6 DEFINICIONES
En este epígrafe se incluyen las definiciones de los conceptos generales empleados en el documento. Algunos de los términos empleados pertenecen a diferentes disciplinas o se utilizan con diferentes acepciones, razón por la que se incluyen en este apartado con objeto de establecer la acepción utilizada en el texto. Los conceptos y definiciones propias de las materias y disciplinas concretas o de las actividades, usos y prácticas sectoriales que se regulan más adelante, se han incluido al inicio de cada apartado en el correspondiente epígrafe.
Como regla general, se ha empleado la terminología y definiciones establecidas por las Directivas europeas, el artículo 3.º de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y su normativa de desarrollo y las establecidas en el artículo 5.º de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
A los efectos del Plan Básico se entenderá por:
- Actividad: Conjunto de operaciones propias de una persona o entidad. Los términos actividad, actuación y acción se usan indistintamente, aunque también suele considerarse a la actividad como un conjunto de actuaciones, y a éstas como un conjunto de acciones.
- Alóctono/a: Se dice de las plantas o animales que no son nativos de un determinado país, sino que se han introducido o naturalizado procedentes de otro lugar. Es sinónimo de foráneo e introducido.
- Área crítica para una especie: aquellos sectores incluidos en el área de distribución que contengan hábitat esenciales para la conservación favorable de la especie o que por su situación estratégica para la misma requieran su adecuado mantenimiento.
- Autóctono/a: Se aplica a las plantas o animales naturales del país, no introducidas o naturalizadas, sino indígenas.
- Biodiversidad o diversidad biológica: variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.
- Carga ganadera: el ganado, calculado en unidades de ganado mayor (UGM) que por hectárea de superficie forrajera, se mantiene principalmente a base de recursos naturales propios. Podría existir sobrecarga ganadera si la relación entre el número de unidades de ganado mayor y las hectáreas de superficie con aprovechamiento ganadero de la explotación, incluidas las de aprovechamiento de pastos en común a que se tenga derecho, sobrepasa por hectárea las establecidas como máximas en la normativa sectorial en vigor relativa a las ayudas de la Política Agrícola Común.
- Código de buenas prácticas: conjunto de medidas, elaboradas por las Comunidades Autónomas, con la finalidad de reducir la contaminación producida por nitratos de origen agrario. Éstas prácticas son de obligado cumplimiento para agricultores con parcelas situadas en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos, y de carácter voluntario para el resto de los casos.
- Conservación ex situ: conservación de componentes de la diversidad biológica fuera de sus hábitat naturales.
- Conservación in situ: conservación de los ecosistemas y los hábitat naturales y seminaturales, el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies silvestres en sus entornos naturales y, en el caso de las especies domesticadas y cultivadas, en los entornos en que hayan desarrollado sus propiedades específicas.
- Conservación: mantenimiento o restablecimiento en estado favorable del patrimonio natural y la biodiversidad, en particular, de los hábitat naturales y seminaturales de las poblaciones de especies de fauna y de flora silvestres, así como el conjunto de medidas necesarias para conseguirlo.
- Corredor ecológico: territorio, de extensión y configuración variables, que, debido a su disposición y a su estado de conservación, conecta funcionalmente espacios naturales de singular relevancia para la flora o la fauna silvestres, separados entre sí, permitiendo, entre otros procesos ecológicos, el intercambio genético entre poblaciones de especies silvestres o la migración de especímenes de esas especies.
- Elementos naturales relevantes: Elementos naturales que posean una relevancia especial a consecuencia de su singularidad o de sus excepcionales valores naturales.
- Especie exótica invasora: la que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética.
- Especie prioritaria: Las especies de interés comunitario que aparecen señaladas como tales en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE. El símbolo «*» indica que se trata de una especie prioritaria.
- Especies Red Natura: Las especies de interés comunitario que figuran recogidas en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE; las aves que figuran recogidas en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres; y las Aves migradoras de presencia regular que no figuran en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE.
- Estado de conservación de un hábitat: situación derivada del conjunto de las influencias que actúan sobre el hábitat natural o seminatural de que se trate y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, su estructura y funciones, así como a la supervivencia de sus especies típicas en el territorio.
- Estado de conservación favorable de un hábitat natural: cuando su área de distribución natural es estable o se amplía; la estructura y funciones específicas necesarias para su mantenimiento a largo plazo existen y pueden seguir existiendo en un futuro previsible; y el estado de conservación de sus especies es favorable.
- Estado de conservación favorable de una especie: cuando su dinámica poblacional indica que sigue y puede seguir constituyendo a largo plazo un elemento vital de los hábitat a los que pertenece; el área de distribución natural no se está reduciendo ni hay amenazas de reducción en un futuro previsible; existe y probablemente siga existiendo un hábitat de extensión suficiente para mantener sus poblaciones a largo plazo.
- Evaluación ambiental: Procedimiento administrativo instrumental respecto de la aprobación o de adopción de planes y programas, así como respecto de la autorización de proyectos o, en su caso, respecto de la actividad administrativa de control de los proyectos sometidos a declaración responsable o comunicación previa, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los planes, programas y proyectos.
- Hábitat de interés comunitario: Los tipos de hábitat que figuran recogidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de fauna y flora silvestres.
- Hábitat de una especie: medio definido por factores abióticos y bióticos específicos donde vive la especie en una de las fases de su ciclo biológico.
- Hábitat Natural: zona terrestre o acuática diferenciada por sus características geográficas, bióticas o abióticas, tanto si son enteramente naturales como seminaturales.
- Hábitat prioritario: Los hábitat de interés comunitario que aparecen señalados como tales en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE. El símbolo «*» indica que se trata de un hábitat prioritario.
- Impacto o efecto significativo: alteración de carácter permanente o de larga duración de un valor natural y, en el caso de espacios Red Natura 2000, cuando además afecte a los elementos que motivaron su designación y objetivos de conservación.
- Lugar de Importancia Comunitaria (LIC): espacios del conjunto del territorio nacional o de las aguas marítimas bajo jurisdicción nacional, aprobados como tales, que contribuyen de forma apreciable al mantenimiento o, en su caso, al restablecimiento del estado de conservación favorable de los tipos de hábitat naturales y los hábitat de especies de interés comunitario que figuran respectivamente en los Anexos I y II de la Ley 42/2007, en su área de distribución natural.
- Objetivo de conservación de un lugar: niveles poblacionales de las diferentes especies así como superficie y calidad de los hábitat que debe tener un espacio para alcanzar un estado de conservación favorable.
- Red Natura 2000: Red ecológica coherente compuesta por los Lugares de Importancia Comunitaria, hasta su transformación en Zonas Especiales de Conservación, y por las Zonas de Especial Protección para las Aves, cuya gestión tendrá en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales.
- Restauración de ecosistemas: conjunto de actividades orientadas a restablecer la funcionalidad y capacidad de evolución de los ecosistemas hacia un estado maduro.
- Taxón: grupo de organismos con características comunes.
- Uso sostenible del patrimonio natural: utilización de sus componentes de un modo y a un ritmo que no ocasione su reducción a largo plazo, con lo cual se mantienen las posibilidades de su aportación a la satisfacción de las necesidades de las generaciones actuales y futuras.
- Usos agroganaderos tradicionales: Aquellos relacionados con la agricultura y ganadería extensivas, de baja intensidad que puedan favorecer la conservación de un paisaje heterogéneo de alto valor ambiental.
- Usos tradicionales: Utilización que se hace de los recursos naturales de forma moderada y conservadora, que se caracteriza por su baja intensidad e impacto sobre los sistemas naturales y seminaturales a escala local.
- Zona de Especial Conservación (ZEC): espacios del conjunto del territorio nacional o de las aguas marítimas bajo jurisdicción nacional, aprobados como tales, que contribuyen de forma apreciable al mantenimiento o, en su caso, al restablecimiento del estado de conservación favorable de los tipos de hábitat naturales y los hábitat de especies de interés comunitario que figuran respectivamente en los Anexos I y II de la Ley 42/2007, en su área de distribución natural.
- Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA): Espacios del territorio nacional y de las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, más adecuados en número y en superficie para la conservación de aves incluidas en el Anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y para las aves migratorias de presencia regular en España. En estas zonas se han establecido medidas para evitar las perturbaciones en cuanto a su hábitat y para garantizar su supervivencia y reproducción, que han de ser obligatoriamente respetadas.
2 INVENTARIO, VALORACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN Y OBJETIVOS DE PROTECCIÓN DE LOS VALORES NATURALES
Para la elaboración de los listados de hábitat, taxones de interés comunitario, y aves presentes en el ámbito de este Plan Básico se han utilizado los datos consignados en los Formularios Oficiales Red Natura 2000, correspondientes al LIC del que deriva la ZEC y/o ZEPA. Por tanto en los sucesivos listados se recoge información relativa a:
- - Los tipos de hábitat y taxones de interés comunitario recogidos en la Directiva Hábitat ( Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres).
- - Las aves recogidas en el Anexo I de la Directiva Aves (Directiva 2009/147/CE, del 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres); y
- - Las aves migradoras de llegada regular presentes en la ZEC y ZEPA Picos de Europa (Asturias).
Una vez elaborados dichos listados se ha procedido a su revisión, ya que en base al progreso científico y técnico llevado a cabo desde el momento de su elaboración, es posible realizar ciertas matizaciones y correcciones.
El resultado final es que en el ámbito de aplicación de este Plan Básico de Gestión y Conservación de Picos de Europa (Asturias) se localizan 22 hábitat de interés comunitario, 21 especies de fauna de interés comunitario y 4 especies de flora de interés comunitario, además de 27 especies de aves entre migratorias de llegada regular y las presentes en el citado anexo de la Directiva Aves.
En relación con la valoración del estado de conservación de los hábitat de interés comunitario, de las especies de la Red Natura 2000 y de las especies incluidas en los catálogos regionales de especies amenazadas de fauna y flora en los Anexos II y III se relacionan las mismas con indicación de los que se consideran preferentes para establecer los objetivos de conservación y aplicar las medidas de gestión que les correspondan.
Los hábitat y taxones prioritarios se designan con un asterisco a continuación de los mismos (*).
2.1 HÁBITAT RED NATURA 2000
En el apartado 2.1.1. se relacionan la totalidad de los tipos de hábitat de interés comunitario presentes en la ZEC Picos de Europa (Asturias), así como la superficie estimada para los mismos de acuerdo a los datos contenidos en el Inventario Nacional de Hábitat confeccionado en el año 2005 por el Ministerio de Medio Ambiente.
La relación de hábitats expuesta difiere de la contenida en el Formulario Oficial Red Natura 2000 en que:
- - Los hábitats de código 3150, 3160, 6140, 6220, 6420, 7130, 7220,8230 y 9230 han sido eliminados de la relación al no estar presentes en el LIC del ámbito del Plan.
- - El hábitat de código 92A0 ha sido eliminado, asignando sus superficies al 91E0 en base al criterio de expertos botánicos de la Universidad de Oviedo, que lo consideran inexistente en el Principado de Asturias, debiendo atribuirse su superficie al tipo de hábitat de Código UE 91E0. El Manual de Interpretación de Hábitats precisa que el hábitat 92A0 recoge exclusivamente formaciones incluidas en la alianza Populion albae, que integra los bosques riparios de sauces arbóreos (Salix sp.pl.) y chopos (Populus sp.pl.) de áreas mediterráneas. Las saucedas de salguera cantábrica en Asturias corresponden, en cambio, al Salicetum catabricae, asociación integrada en la alianza Salicion albae. De acuerdo con ello, se considera que las saucedas de salguera cantábrica existentes en Asturias, deben considerarse parte integrante del hábitat 91E0 (Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padio, Alnion incanae, Salicion albae) y que el hábitat 92A0 no está presente en Asturias.
- - El hábitat de código 9150 ha sido eliminado en base a considerar que dichos hayedos, de la alianza Cephalanthero-Fagion son bosques xero-termófilos de Fagus sylvatica que se desarrollan sobre sustratos calcáreos muy someros o incluso suelos desnudos. Sin embargo, el único subtipo de hayedo del Cephalanthero-Fagion presente en el noroeste de la península ibérica es el correspondiente a la asociación Epipactido helleborine-Fagetum sylvaticae, formación característica de laderas solanas con suelos calcáreos muy someros que se desarrolla casi exclusivamente en la vertiente meridional de la Cordillera Cantábrica, por lo que se considera que el hábitat 9150 no está presente en este espacio. Los hayedos calcáreos existentes en esta ZEC corresponden a la asociación Carici sylvaticae-Fagetum sylvaticae integrada en la alianza Fagion sylvaticae y no son por tanto asimilables al hábitat de código 9150 que recoge los hayedos de la alianza Cephalanthero-Fagion. Por ello, no cabe considerar el hábitat 9150 como uno de los presentes, ni en esta ZEC, ni en el resto de la Red Natura 2000 en el Principado de Asturias.
- - Los hábitats de código 5310, 6510, 9160 y 9180 se han incluido a la relación de hábitats de interés comunitario presentes en la ZEC por constatarse su presencia en al ámbito de aplicación de este Plan Básico.
Las diferencias en la superficie ocupada por los tipos de hábitat de la anterior relación con respecto a las recogidas para ellos en el Formulario Oficial Red Natura 2000 son debidas a que en este último se tomaron de referencia los datos correspondientes al Atlas y Manual de los Hábitat Españoles del año 2003, mientras que los datos de superficie que aparecen recogidos en el presente documento proceden de la información consignada en la actualización de dicho atlas correspondiente al año 2005 y/o a la realización, en 2006-2010, del Mapa de Vegetación del Parque Nacional de los Picos de Europa a escala 1:10.000, en formato digital, lo que ha proporcionado una información de muy superior detalle. Es por ello que las diferencias señaladas pueden ser atribuidas a un progreso del conocimiento y al hecho de utilizar la mejor información disponible en el momento de la redacción de este Instrumento.
2.1.1 Hábitat de interés comunitario para los que se adoptan objetivos y medidas de conservación
Como se indica, se ha utilizado como fuente de información la «Memoria de análisis global de la vegetación del Parque Nacional de los Picos de Europa», correspondiente al Mapa de vegetación 1:10.000 del Parque Nacional de los Picos de Europa, proyecto que se desarrolló entre 2006 y 2011, por parte del Jardín Botánico Atlántico de Gijón, bajo la dirección de José Antonio Fernández Prieto y Álvaro Bueno Sánchez y la coordinación de José Ignacio Alonso Felpete. Ambos documentos fueron publicados por el Organismo Autónomo Parques Nacionales en formato CD en 2013 con ISBN: 978-84-8014-841-2 y se distribuyen gratuitamente.
En la tabla siguiente se relacionan los tipos de hábitat de interés comunitario presentes en la ZEC Picos de Europa (Asturias), indicando para cada uno la superficie ocupada según los límites oficiales del ERN2000 y la correspondiente dentro de los límites que ahora se proponen, de acuerdo con la mejor y más actual información disponible, referida en el párrafo anterior.
Código Dir. Hábitat | Denominación | Superficie según límite oficial (ha) | Superficie según límite propuesto (ha) |
3140 | Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de Chara spp. | 15,54 | 15,54 |
4020* | Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix | 111,98 | 109,85 |
4030 | Brezales secos europeos | 1.386,56 | 1.396,77 |
4060 | Brezales alpinos y boreales | 49,14 | 49,14 |
4090 | Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga | 5.031,17 | 5.051,09 |
5310 | Monte bajo de Laurus nobilis | 33,39 | 33,39 |
6170 | Prados alpinos y subalpinos calcáreos | 542,65 | 544,54 |
6210* | Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia-parajes con importantes orquídeas) | 1.311,96 | 1.319,88 |
6510 | Prados de siega de montaña (Arrhenaterion) | 429,52 | 432,01 |
7230 | Turberas bajas alcalinas | 0,79 | 0,79 |
8130 | Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos | 2.962,68 | 2.961,71 |
8210 | Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica | 3.094,54 | 3.078,50 |
9120 | Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion) | 169,38 | 170,71 |
9160 | Bosques pirenaico-cantábricos de roble y fresno | 499,73 | 505,32 |
9180* | Bosques caducifolios mixtos de laderas abruptas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion | 6,29 | 6,29 |
91E0* | Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae) | 43,38 | 41,64 |
9340 | Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia | 106,95 | 106,33 |
9380 | Bosques de Ilex aquifolium | 20,87 | 20,87 |
15.816,53 | 15.844,34 |
Entre los hábitats de interés comunitario que motivaron la declaración del LIC Picos de Europa, hemos destacado 4 de ellos que tras un análisis del estado de conservación de la vegetación del Parque Nacional resultan prioritarios a nuestra escala regional. Estos cinco hábitats se agrupan en tres formaciones vegetales:
-
1.- Prados de siega de alta montaña (6510): Formaciones herbáceas cuya estabilidad depende directamente del manejo humano. Destacan por su elevada biodiversidad florística y de invertebrados.
Entre los años 2000 y 2011, este hábitat perdió en el ámbito de la ZEC Picos de Europa Asturias un 32% de su superficie (de 1175,16 ha a 802,5 ha). Debido al abandono de la siega, han sido sustituidos por helechales, zarzales, aulagares y tojales calcícolas o prebosques.
Se ha confirmado el profundo cambio al que ha sido sometido el paisaje del PNPE en la última década, consecuencia directa del abandono de las prácticas tradicionales de siega y pastoreo, lo que en algunos casos, como en los prados de siega, implica una notable pérdida de biodiversidad.
Desde 2013 y en relación con la conservación de lepidópteros diurnos, se realizan diversos transectos de seguimiento de lepidópteros en zonas de prados de siega, que atestiguan la gran diversidad y abundancia de invertebrados presente y que nos servirán de referencia para evaluar la evolución de dichos medios en el futuro en cuanto a manejo y a diversidad presente.
-
2.- Turberas (7230, 4020*): Zonas encharcadas con suelos muy ricos en materia orgánica escasamente descompuesta procedente de la acumulación de partes muertas de plantas especializadas que viven en ellas. En Picos de Europa, se trata de comunidades de pequeña extensión y con una distribución muy fragmentada. La principal amenaza para estos medios es el pisoteo y el ramoneo excesivo por parte del ganado, que puede deteriorar su flora, eutrofizar el medio y desestructurar los suelos.
Actualmente, el Parque participa como socio en el proyecto LIFE NAT/ES/707 TREMEDAL 2012-2015, denominado «Humedales continentales del norte de la Península Ibérica: Gestión y restauración de turberas y medios higrófilos», en el seno del cual se desarrollan acciones de gestión activa de carácter demostrativo en la turbera de Comeya (Cangas de Onís, Asturias), con muy buenos resultados preliminares.
- 3.- Enebrales rastreros (4060): Matorrales de las altas montañas ibéricas que habitualmente se desarrollan tanto por encima del último piso forestal, como compartiendo este espacio con formaciones de coníferas arbóreas (lo cual no es el caso de la ZEC Picos de Europa (Asturias). Destacan por su lenta regeneración y recolonización del medio, lo que los hace vulnerables.
En la ZEC Picos de Europa (Asturias) son de carácter calcícola y aparecen acompañados de gayuba. Muchos se sitúan en refugios rocosos e inaccesibles, lo que nos habla sobre la presión que han sufrido por parte del ganado y de las quemas en tiempos pasados. Actualmente se aprecia una cierta recuperación de los mismos por el descenso de las presiones ganaderas en zonas alejadas de las pistas de acceso rodado.
Son comunidades con una elevada tasa de endemicidad, exclusivas de los territorios orocantábricos.
En los siguientes apartados se incluyen las presiones y amenazas y los objetivos de conservación de los hábitats de interés comunitario para los que se ha considerado necesario establecer medidas de gestión (18).
2.1.1.1 Hábitat ligados al agua
Esta categoría agrupa hábitat acuáticos de lagos, lagunas, humedales, turberas y manantiales de tobas calcáreas. Se incluyen en este grupo los siguientes hábitat:
Se incluyen en este grupo los siguientes hábitats:
2.1.1.1.1 Aguas lóticas y lénticas, y sus riberas.
- • Aguas oligotróficas calcáreas con vegetación de Chara spp. (Cód. 3140)
- • Ripisilva con Alnus glutinosa (Cód. 91E0)
PRESIONES Y AMENAZAS:
Generales:
- 1. Eutrofización por:
- 2. Alteración del régimen natural de caudales debida a la existencia de presas y a su manejo.
- 3. Contaminación por vertidos de aguas residuales sin depurar.
- 4. Introducción de especies alóctonas.
- 5. Enfermedades de especies autóctonas (alisos y olmos)
-
6. Incidencia de enfermedades de los crustáceos (afanomicosis).
Específicas de las Aguas oligotróficas calcáreas con vegetación de Chara spp (Cód. 3140):
- 1. Erosión de orillas debida al pisoteo del ganado y de los turistas.
-
2. Enfermedades emergentes de anfibios: ranavirus y quitridiomicosis.
Específicas de la Ripisilva con Alnus glutinosa (Cód. 91E0):
- 1. Enfermedades de especies arbóreas autóctonas: alisos (Alnus glutinosa) y olmos (Ulmus glabra).
- 2. Erosión de las orillas y pérdida de suelo por descalce de los árboles enfermos.
-
3. Cambio en las condiciones de sombreado del agua y por tanto de su temperatura e influencia sobre las especies ligadas al agua en estos medios como Chioglossa lusitanica o Rana iberica.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Generales:
- 1. Mejorar la información disponible para estos hábitats en materia de superficie ocupada y estado de conservación.
- 2. Generar una cartografía de detalle a escala 1:10.000 de estos hábitats.
- 3. Evitar la eutrofización de las aguas.
- 4. Evitar la introducción de especies alóctonas.
- 5. Establecer un régimen de manejo de presas que respete el caudal ecológico.
- 6. En colaboración con los organismos competentes, lograr la depuración de todas las aguas residuales.
- 7. Mitigar el efecto de las enfermedades emergentes.
2.1.1.1.2 Hábitats vinculados a un alto nivel de la capa freática.
PRESIONES Y AMENAZAS:
2.1.1.2 Hábitats que soportan un manejo poco intenso
Esta categoría agrupa matorrales de alta montaña, prados silíceos, pastizales calcícolas y prados con abundantes orquídeas, hábitats que soportan un aprovechamiento tradicional mediante pastoreo, necesario para su conservación en buen estado.
Se incluyen en este grupo los siguientes hábitats:
PRESIONES Y AMENAZAS
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
PRESIONES Y AMENAZAS
Este tipo de hábitat resulta muy abundante en el LIC Picos de Europa (Asturias), ya que se desarrollan como un estadio de degradación del hayedo. No tienen especiales problemas de conservación.
PRESIONES Y AMENAZAS
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
PRESIONES Y AMENAZAS
- 1. Cambios de modelo de aprovechamiento.
- 2. Desbroces en las localidades situadas por encima del límite del bosque.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
- 1. Mejorar la información disponible para este hábitat en materia de superficie ocupada y estado de conservación.
- 2. Preservar las superficies ocupadas por este hábitat mediante el mantenimiento de los modelos tradicionales de aprovechamiento.
PRESIONES Y AMENAZAS
Por su situación este tipo de hábitat está alejado de la presión antrópica. Se trata de pastos climácicos por lo que no dependen del pastoreo para su mantenimiento.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
Mejorar la información disponible para este hábitat en materia de superficie ocupada y estado de conservación.
- • Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con importantes orquídeas) (Cód. 6210)
PRESIONES Y AMENAZAS
Generales:
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
- 1. Mejorar la información disponible para este hábitat en materia de superficie ocupada y estado de conservación.
- 2. Preservar las superficies ocupadas por estos hábitats mediante el mantenimiento de los modelos tradicionales de aprovechamiento.
PRESIONES Y AMENAZAS
- 1. Matorralización y desaparición de este hábitat por abandono de la siega.
- 2. Transformación en prados de diente con la pérdida de biodiversidad, debida al cambio en la composición de especies que esto implica.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
- 1. Mejorar la información disponible para este hábitat en materia de superficie ocupada y estado de conservación.
- 2. Mantenimiento de las prácticas agroganaderas tradicionales (cerramiento al ganado durante la primavera, siega estival y pastoreo durante el otoño sobre los mismos como invernales) que hacen posible su existencia.
2.1.1.3 Hábitats forestales:
En esta categoría se incluyen hayedos acidófilos, hayedos calcícolas, bosques de roble y fresno, rebollares, quejigares y carrascales o encinares de carrasca.
- • Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion)
- • Bosques pirenaico-cantábricos de roble y fresno
PRESIONES Y AMENAZAS
Generales:
Específicas de los Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Cód. 9120):
Específicas de los Bosques pirenaico-cantábricos de roble y fresno (Cód. 9160):
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN
Generales:
- 1. Evitar la fragmentación de estos tipos de bosques (hayedos, robledales, rebollares), en especial de los robledales e igualmente, la pérdida de continuidad con el resto de masas boscosas de esta futura ZEC.
Específicos de los Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Cód. 9120):
En el LIC Picos de Europa (Asturias) estas formaciones sólo se encuentran en posición de desfiladero, de modo casi colgante, prácticamente inaccesibles, por lo que no existen amenazas de tipo antrópico sobre las mismas, salvo el riesgo de incendios allí donde los desfiladeros coincidan con carreteras, pistas o sendas.
PRESIONES Y AMENAZAS:
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Evitar la fragmentación de estos tipos de bosques y mantener la continuidad con el resto de masas boscosas de esta futura ZEC y garantizar su buen estado de conservación.
- 2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Manejo de las Encinas (Decreto 146/2001) (5) .
2.1.1.4 Habitats en localizaciones de fuertes pendientes o afloramientos rocosos
- • Bosques caducifolios mixtos de laderas abruptas, desprendimientos o barrancos (principalmente Tilio-Acerion) (Cód. 9180)
PRESIONES Y AMENAZAS
Por su ubicación en lugares inaccesibles, estas formaciones no tienen amenazas de origen antrópico. Disfrutan de un buen estado de conservación.
PRESIONES Y AMENAZAS
Dada su localización, preferentemente, en cotas topográficas elevadas y de pendientes acentuadas, los desprendimientos rocosos no han sufrido una importante presión antrópica.
PRESIONES Y AMENAZAS
Dada su localización, preferentemente en cotas topográficas elevadas y de pendientes acentuadas, las pendientes rocosas con vegetación casmofítica no han sufrido una importante presión antrópica.
2.2 ESPECIES RED NATURA 2000
En el Anexo III se relacionan la totalidad de los taxones de «interés comunitario» presentes en la ZEC Picos de Europa (Asturias), las aves recogidas en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE y las migratorias de llegada regular no recogidas en dicho Anexo, de acuerdo a los Formularios Oficiales de la Red Natura 2000 para este espacio, además de aquellas especies calificadas en el PORNA como Especies en Situación Precaria y las catalogadas o incluidas en los Catálogos Regionales de Especies Amenazadas de Flora y Fauna, junto con la valoración de su estado de conservación.
Esta relación ha sido elaborada con datos del Formulario Oficial Red Natura 2000 y otra información disponible, particularmente, por lo que se refiere a flora, a la luz del recientemente elaborado «Catálogo florístico del Parque Nacional de los Picos de Europa».
Por lo que se refiere a especies de flora de interés, se tiene lo siguiente:
En la tabla siguiente se relacionan los taxones de flora de interés comunitario de la ZEC Picos de Europa (Asturias).
La relación de taxones expuesta difiere de la contenida en el Formulario Oficial Red Natura 2000 en lo relativo al taxón Culcita macrocarpa que se ha eliminado de la relación ya que, si bien la población más cercana de este taxón se localiza en el límite del ámbito de aplicación de este Plan, no se incluye en el mismo.
Para Aster pyrenaeus, se han realizado seguimientos demográficos desde 2001 hasta 2006 (Jiménez-Alfaro, 2008) (6) . La población de Aster pyrenaeus estudiada muestra una tendencia estable y se situaría tras los análisis según los criterios demográficos de la UICN en la categoría de «Casi amenazada». No se recomiendan medidas específicas para esta población, excepto el tratar de mantener las condiciones ambientales reinantes en los últimos años (Iriondo et al, 2009) (7) .
Esta selección de especies prioritarias no es representativa de la gran riqueza en flora vascular del área de los Picos de Europa, conjunto ambiental indivisible a efectos de gestión, pero administrativamente conformado por territorios pertenecientes a tres Comunidades Autónomas (Asturias, Cantabria y Castilla y León). El conjunto del área del Parque Nacional alberga unos 1750 taxones, lo que supone aproximadamente un 22% de la riqueza florística estimada para el territorio íbero-balear. A esto se une un porcentaje nada desdeñable de un 15,4% de taxones endémicos. Un 6,5% de los taxones catalogados en los Picos de Europa se encuentran incluidos en la Lista Roja 2008 (Moreno, 2008) o en algún catálogo de protección regional o nacional.
Es de resaltar que aplicando la misma metodología empleada en el Atlas de Flora Amenazada (Bañares et al, 2003) (8) para seleccionar las áreas importantes para la flora amenazada española, basada en las categorías UICN de las especies presentes en cada territorio, Picos de Europa se sitúa en el conjunto de las 30 Áreas Excepcionales para la flora española, en la misma categoría que lugares florísticos tan emblemáticos como Sierra Nevada o Garajonay.
Con objeto de establecer prioridades de conservación de flora vascular, en el Parque Nacional de los Picos de Europa se ha elaboró en 2009 un Listado de Flora de Interés, que integró una selección de 110 especies, divididas en tres clases de prioridad. La selección se efectuó en base a cuatro criterios relacionados con el interés de conservación a diferentes escalas: amenaza, protección, endemicidad y rareza. Para cada uno de los criterios se definieron cuatro clases de importancia. La puntuación final de cada planta se calculó mediante un índice ponderado de prioridad. Esta lista ha sido utilizada a partir de entonces para definir las prioridades de conservación de flora vascular en el Parque Nacional.
Las categorías UICN corresponden a las otorgadas en Moreno (2008) (9) . La protección legal se indica conforme a lo establecido en el Decreto 95/1995, de 27 de abril, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Flora del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección (BOPA, de 5 de junio de 1995) y en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas (BOE no 46 de 23 febrero 2011).
Respecto de las especies de fauna, puede destacarse lo siguiente:
La tabla siguiente recoge la relación de taxones de fauna de «interés comunitario» presentes en la ZEC Picos de Europa, las aves recogidas en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE y las migradoras de llegada regular no recogidas en dicho Anexo, de acuerdo a Formularios Oficiales de la Red Natura 2000 para este espacio.
La relación de taxones expuesta difiere de la contenida en el Formulario Oficial Red Natura 2000 en lo relativo a los taxones Dendrocopos medius y Gypaetus barbatus. El primero de ellos ha sido eliminado debido a que según los resultados de dos trabajos específicos sobre la presencia de esta especie en el Parque Nacional Picos de Europa, no se ha detectado su presencia. En el primero de ellos, Censo y caracterización del habitat del Pico mediano Dendrocopus medius en el Parque Nacional de los Picos de Europa, (2004) se recogen los datos de las prospecciones realizadas en 2002 y 2003; en la zona asturiana del PN (coincidente con la ZEC Picos de Europa) en las que se recorrieron 90 ha. de hábitat óptimos con 13 estaciones de escucha, todas con resultado negativo. Durante el segundo de los trabajos, Inventario poblacional, seguimiento y evaluación de la familia de los pícidos en el PN Picos de Europa (2008, se realizaron prospecciones sobre 800 has de la futura ZEC Picos de Europa, siendo 24 las estaciones de escucha, obteniéndose asimismo un resultado negativo. El segundo taxón mencionado, Gypaetus barbatus, ha sido incluido en la relación debido a su presencia como divagante en el ámbito de aplicación del plan y recientemente como sedentario tras la reintroducción que se ha llevado a cabo.
Mención aparte merecen, por su importancia en el ámbito de la futura ZEC, las especies de lepidópteros. En el Parque Nacional de los Picos de Europa están presentes 134 especies de mariposas diurnas, más de la mitad (un 58,3%) del total de las especies del ámbito íbero-balear y un 27,8% de las especies europeas. Sin embargo, el Parque supone solamente un 0,1% de la superficie conjunta de la Península y las Islas Baleares. Sin duda, los Picos de Europa son un punto de alta diversidad de mariposas diurnas, como lo confirman diversas publicaciones (van Swaay&Warren, 2006; Romo et al, 2007).
Dada la importancia de Picos de Europa en este campo, en 2013 se implantó en el Parque Nacional un Plan de Seguimiento de Mariposas Diurnas, que actualmente incluye ocho transectos distribuidos por las tres vertientes del mismo (Asturias, Cantabria, y Castilla y León) y que cubren el 83% de las especies presentes en el Parque. En la elección de los transectos ha estado muy presente la inclusión de los prados de siega de montaña, ecosistemas en regresión debido al abandono de las prácticas tradicionales, que deberán ser objeto de medidas de gestión activas para preservar su gran riqueza en invertebrados. Este seguimiento a largo plazo se ha insertado en la iniciativa del BMS España (Butterfly Monitoring Scheme España) coordinada por Miguel Munguira de la Universidad Autónoma de Madrid, Chairman de Butterfly Conservation Europe.
Con respecto a las especies de lepidópteros amenazadas, se han efectuado estudios básicos sobre la especie Lopinga achine, cuyas poblaciones conocidas en el Parque se han cartografiado digitalmente, se ha caracterizado su hábitat, se ha medido su abundancia relativa y se ha registrado su fenología.
Tras la valoración del estado de conservación de un total de cincuenta y dos (52) especies de interés comunitario presentes en el ZEC del ámbito territorial de este Plan Básico, se consideran preferentes para establecer los objetivos de conservación y aplicar las medidas de gestión y conservación para los siguientes tres (2) especies de flora de interés comunitario, y para las siguientes once (11) especies de fauna de interés comunitario:
-
2.2.1 Especies de flora para las que se adoptan objetivos y medidas de conservación
En la siguiente tabla se relacionan los taxones de flora de interés comunitario presentes en la ZEC Picos de Europa (Asturias) que se consideran preferentes para establecer los objetivos de conservación y aplicar las medidas de gestión en el ámbito de aplicación de este Plan Básico.
Los cuatro taxones de flora de interés comunitario de cuya presencia en el ámbito de este Plan se tiene constancia en el momento de la redacción del mismo, son importantes en el ámbito de esta Zona para su conservación, especialmente Aster pyrenaeus.
La presencia en esta ZEC de Narcissus asturiensis, especie de amplia distribución en prados y pastos, brezales y piornales, no es especialmente destacable; en cambio, Narcissus pseudonarcissus subsp. nobilis tiene más interés porque el atractivo de su flor hace que sea recolectado con más frecuencia.
La presencia del helecho Woodwardia radicans en este espacio de carácter tan montañoso seguramente marca su área potencial de distribución hacia el interior y por eso los enclaves donde se encuentran merecen una atención especial.
Las presiones y amenazas específicas para estas especies son:
PRESIONES Y AMENAZAS:
Generales:
-
1. Recolección de ejemplares por coleccionistas aficionados y botánicos profesionales.
Específicas para Woodwardia radicans:
-
1. Degradación del hábitat fluvial debido a las enfermedades que sufren olmos y alisos.
Específicas para Aster pyrenaeus:
-
1. Pérdida de hábitat debida a la alteración del equilibrio entre el medio abierto (pradería) y el medio arbustivo (avellaneda), a favor de esta última por falta de carga de ganado menor.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Protección directa de las poblaciones y preservación de las condiciones ecológicas de los lugares en los que se localizan estas especies.
-
2.2.2 Especies de fauna para las que se adoptan objetivos y medidas de gestión
En la tabla siguiente se relacionan los taxones de fauna de interés comunitario y aves del anexo I y las migradoras de llegada regular no presentes en el anexo I de la Directiva Aves, de la ZEC y ZEPA Picos de Europa (Asturias) para los que se adoptan medidas de conservación o gestión en el ámbito de aplicación de este Plan Básico.
La protección del murciélago de cueva (M. schreibersi) se debe articular a través de la protección de las cavidades cársticas, que son también el lugar de refugio de otras especies de quirópteros y de numerosos invertebrados endémicos.
Respecto a las aves, el urogallo cantábrico (Tetrao urogallus cantabricus), especie catalogada «en peligro de extinción», es el representante forestal sobre el que deben centrarse los objetivos de conservación al ser considerada como especie paraguas (las medidas de conservación benefician al conjunto de especies que ocupan su mismo hábitat).
La perdiz pardilla (P. perdix) es el representante de las zonas de matorral y praderas de alta montaña; la protección y recuperación de esta especie se debe articular a través de la protección y adecuado manejo de las zonas de matorral de montaña.
En cuanto a la protección de las especies de aves rapaces, se debe procurar de forma especial la protección de los enclaves de nidificación.
En los siguientes apartados se incluyen, para las especies de fauna de interés comunitario que se ha considerado necesario establecer medidas de gestión, las presiones y amenazas y objetivos de conservación.
Las presiones y amenazas generales conocidos que afectan a los taxones de fauna de interés comunitario presentes en la ZEC Picos de Europa (Asturias), y los objetivos de conservación generales para las mismas, son:
PRESIONES Y AMENAZAS:
-
1. Destrucción y degradación del hábitat. Causado por:
- a) Incendios y quemas incontroladas.
- b) Construcción de pequeñas infraestructuras (pistas, etc.).
- c) Instalación de vallados.
- d) Abandono de actividades tradicionales.
- e) Sobreabundancia de algunas especies.
- f) Introducción de especies en la propia ZEC o su entorno (como por ejemplo, Capra hispanica).
- 2. Escasez de alimento. Causado por:
- 3. Molestias por actividades humanas. Causadas por:
- 4. Predación natural. Puede ser un factor de amenaza cuando la especie presa está catalogada en peligro de extinción o vulnerable en la normativa vigente y la/las especie/s causantes se encuentren en un estado de conservación favorable.
-
5. Mortalidad no natural. Causada por:
El hombre, directa o accidentalmente, mediante el uso de lazos, venenos, caza ilegal, colisiones contra tendidos eléctricos, electrocuciones, atropellos, etc.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Adoptar medidas tendentes a la conservación de las especies que estando incluidas en los anexos II y IV de la Directiva 92/43/CE y en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE, se distribuyen por el ámbito de aplicación de este Plan y se ha considerado la necesidad de aplicar medidas de gestión para mejorar su estado; además de realizar acciones orientadas a la conservación y mejora de sus hábitats.
- 2. Realizar acciones de conservación y mejora del hábitat forestal, fluvial, lacustre, subalpino o alpino en el que habitan.
- 3. Realizar actuaciones de restauración de los hábitats degradados.
- 4. Adoptar medidas para reducir o erradicar la mortalidad por causas no naturales.
- 5. Reducir las molestias causadas por actividades humanas.
- 6. Incrementar la sensibilidad de la sociedad sobre la necesidad de conservar el hábitat y las especies forestales.
- 7. Frenar la pérdida de biodiversidad.
- 2.2.2.1.- CRITERIOS SINGULARES SOBRE TAXONES ESPECÍFICOS
-
2.2.2.1.1.- INVERTEBRADOS
Elona quimperiana.
Geomalacus maculosus.
Coenagrion mercuriale.
Lopinga achine.
Euphydryas aurinia.
Lucanus Cervus.
Rosalia alpina.
Cerambyx cerdo.
PRESIONES Y AMENAZAS GENERALES PARA INSECTOS Y MOLUSCOS:
- 1. Capturas de ejemplares con fines de coleccionismo.
- 2. Uso de productos químicos en el medio natural.
-
3. Desaparición de una actividad tradicional como es la siega.
Se incluye en el listado a Lopinga achine ya que figura como residente en el ámbito de la ZEC en el libro «Mariposas diurnas en el PN Picos de Europa (2005)», en el cual no se concretó la localidad debido a su grado de amenaza.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN GENERALES PARA INSECTOS Y MOLUSCOS:
-
1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de estas especies en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
Austrapotamobius pallipes
PRESIONES Y AMENAZAS:
El Cangrejo de río está catalogado como Vulnerable en el Catálogo español de especies amenazadas. Hoy en día, a nivel local, regional y nacional la especie se encuentra amenazada.
En el ámbito del ZEC, su presencia se restringe al lago de La Ercina y algunos arroyos, poblaciones que fueron introducidas hace decenios; su estado de conservación es bueno, aunque la evolución de las poblaciones parece presentar una tendencia a la disminución.
Son amenazas el riesgo de incidencia de la micosis ocasionada por el hongo Aphanomices astaci y la captura ilegal de ejemplares.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Asegurar la viabilidad de esta especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable.
- 2.2.2.1.2.- VERTEBRADOS
-
2.2.2.1.2.1.- PECES
Salmón (Salmo salar)
PRESIONES Y AMENAZAS:
Las presiones y amenazas específicas para esta especie, la mayor parte de ellas incidentes fuera del ámbito de la ZEC, pero que afectan a sus poblaciones en la misma por su carácter de especie migratoria, son:
-
1. Sobre la especie:
- a) La sobrepesca, de forma que al tratarse de una especie anádroma resulta difícil gestionar sus poblaciones y adecuar su explotación al stock disponible.
- b) La introducción de individuos procedentes de otras poblaciones con el riesgo de contagio de enfermedades, introgresión genética y falta de adaptación.
-
2. Sobre el hábitat: Alteraciones del hábitat fluvial:
- a) Los vertidos de origen urbano, industrial y agrícola.
- b) Las presas, saltos de agua y otros obstáculos que impiden el acceso de los salmones a los frezaderos.
-
c) Las alteraciones del cauce (extracción de áridos, canalización artificial del cauce, captación de agua para usos urbanos o agrícolas, etc.):
- - Modificación del hábitat de las orillas y destrucción de la vegetación de ribera.
- - Disminución de refugios.
- - Aumento de la predación.
- - Disminución del alimento.
- - Disminución de la heterogeneidad espacial y de la densidad.
- - Destrucción de frezaderos.
- - Supresión de fondos poco profundos y de graveras.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
2.2.2.1.2.2.- ANFIBIOS Y REPTILES
Chioglossa lusitánica
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
Lacerta schreiberi
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
La especie presenta un buen estado de conservación en la ZEC.
Iberolacerta monticola
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
2.2.2.1.2.3.- AVES
Dryocopus martius
PRESIONES Y AMENAZAS:
Afecciones sobre las zonas de nidificación de la especie derivadas de los aprovechamientos de leñas. En todo caso, se considera importante controlar en estos aprovechamientos la tala de ejemplares arbóreos con presencia de oquedades naturales o agujeros realizados por pícidos.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la propia conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
Tetrao urogallus
PRESIONES Y AMENAZAS:
- 1. Cambio climático.
- 2. Predación sobre huevos, pollos e individuos adultos.
- 3. Caza furtiva.
- 4. Pérdida de recursos tróficos por modificación de la estructura de las masas forestales, incendios y por competencia de herbívoros silvestres y domésticos.
- 5. Depredación sobre puestas y polladas por depredadores generalistas. Este efecto negativo es favorecido asimismo por la fragmentación forestal.
- 6. Fragmentación de hábitat por infraestructuras (pistas, líneas eléctricas,…), si bien este es un riesgo muy atemperado en la ZEC por el grado de protección del territorio.
- 7. Molestias por parte de usuarios del territorio, excursionistas, ornitólogos aficionados, durante la época invernal y de celo.
- 8. Mortandad por impacto contra tendidos eléctricos, vallados y otros elementos infraestructurales en el medio natural.
- 9. Cambio de usos tradicionales en el territorio.
- 10. Profundas alteraciones derivadas de la situación de «Cambio Global», incluido su componente de Cambio Climático.
-
11. Riesgo de deriva genética por el muy limitado número de individuos existente en libertad.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Asegurar el mantenimiento del escaso número de ejemplares que existe en la actualidad, actuar para eliminar los factores que han producido el descenso de su población y realizar las labores propias para la incorporación de ejemplares provenientes del centro de cría en cautividad, entre ellas las de mejorar las condiciones de hábitat favorable para la especie.
-
2. Detener el declive poblacional que sufre esta especie en la actualidad. Favorecer el éxito reproductor y la supervivencia de los adultos.
Perdix perdix hispaniensis
PRESIONES Y AMENAZAS:
Las presiones y amenazas específicas para esta especie son:
- 1. Caza furtiva.
-
2. Pérdida de calidad del hábitat por transformación o abandono de los usos tradicionales.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
- 2. Identificar áreas de cría y distribución de estas especies y evaluar el número de bandos o parejas reproductoras.
-
3. Mantener y potenciar un mosaico matorral-pastizal en el paisaje apropiado para la conservación de estas especies.
Pyrrhocorax pyrrhocorax.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Mantener una tendencia poblacional y del área de distribución estable o en aumento. Mejora del conocimiento sobre la distribución, abundancia y tendencia de sus poblaciones.
RAPACES Y CARROÑERAS:
PRESIONES Y AMENAZAS GENERALES PARA LAS RAPACES Y CARROÑERAS:
- 1. Molestias en las zonas de nidificación derivadas de actividades ligadas al uso público.
- 2. Colisión con tendidos eléctricos en aquellos que aún están sin corregir en la ZEC.
-
3. Mortalidad asociada al uso puntual de venenos.
Neophron percnopterus.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la futura ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
-
2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Alimoche.
Falco peregrinus.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
-
2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Halcón Peregrino.
Aquila chrysaetos.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la futura ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
- 2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Conservación del Águila Real.
Circaetus gallicus.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la futura ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
Gyps fulvus.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
Gypaetus barbatus.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
Conseguir la creación de poblaciones reproductoras de la especie mediante programas de reintroducción y realizar un seguimiento de los ejemplares liberados. Mantener en buen estado de conservación los hábitats susceptibles de recolonización por la especie.
2.2.2.1.2.4.- MAMIFEROS
Rhinolophus hipposideros.
Rhinolophus ferrumequinum.
Rhinolophus euryale.
Barbastella barbastellus.
Miniopterus schreibersi.
PRESIONES Y AMENAZAS:
- 1.- Cerramiento de cuevas con fines de protección de la producción de quesos.
- 2.- En lugares puntuales de ámbitos habitados, contaminación lumínica.
- 3.- Utilización de productos químicos para el control de plagas.
- 4.- Reducción de presas.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Asegurar la viabilidad de estas especies en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
- 2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Murciélago de Cueva (Miniopterus schreibersi).
Ursus arctos
PRESIONES Y AMENAZAS:
- 1. La amenaza principal para esta especie pudiera ser la falta de tranquilidad en su hábitat durante ciertos períodos críticos, como la reproducción; hasta la fecha aún no se ha constatado la presencia de hembras con cría en el área de la ZEC, si bien existen citas en áreas colindantes.
- 2. Mortalidad por causas imputables directamente a la acción del hombre, tales como el furtivismo, empleo de lazos y veneno, o atropellos.
- 3. Destrucción, pérdida de calidad y fragmentación del hábitat apropiado para la especie causada por incendios.
- 4. Escasez de alimento debida a la competencia trófica con otras especies, condiciones meteorológicas adversas, etc.
- 5. Pérdida de diversidad genética derivada del aislamiento físico de las poblaciones.
- 6. Molestias ocasionadas por actividades de uso público.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Asegurar la viabilidad de la especie en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas.
- 2. Cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan de Recuperación del Oso Pardo.
- 3. Evitar la mortalidad de la especie por causas imputables a la acción del hombre.
- 4. Reducir la fragmentación de las masas forestales y consolidar un corredor biológico forestal.
- 5. Asegurar la conectividad entre zonas oseras.
- 6. Garantizar la pureza genética del oso pardo cantábrico.
Galemys pyrenaicus.
PRESIONES Y AMENAZAS
- 1. Pérdida de naturalidad de los cauces debida a la existencia de canalizaciones artificiales y embalses, etc.
- 2. Extracción de agua de los cauces que favorece la desaparición temporal del agua circulante en superficie.
- 3. Destrucción de la vegetación natural de las riberas.
- 4. Contaminación de los ríos por polución orgánica o química.
- 5. Deportes acuáticos, especialmente aquellos que conllevan deterioro del bentos.
- 6. Extracción de áridos que alteran el régimen del agua y el fondo sobre el cual se asientan las comunidades bentónicas de las que se alimenta el desmán. Esta presión no está presente en la ZEC Picos de Europa (Asturias), dado su singular régimen de protección (Parque Nacional).
OBJETIVOS DE CONSERVACION:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de las especies en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
- 2. Aumentar la distribución de la especie a todos los ríos con características adecuadas.
- 3. Aumentar la densidad de las poblaciones.
- 4. Proteger la calidad de las aguas para evitar la alteración y pérdida de sus hábitats.
- 5. Proteger la estructura de los cauces con características adecuadas para la presencia de la especie.
Lutra lutra.
PRESIONES Y AMENAZAS:
- 1. La presión humana, directa y de transformación del medio.
- 2. La calidad del medio fluvial.
- 3. La creciente utilización humana de zonas hasta hace poco tranquilas que implica molestias y la consecuente desaparición de la especie en esas zonas.
OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN:
- 1. Procurar la conservación de sus hábitats favorables para favorecer la conservación de las especies en la ZEC, manteniendo unas condiciones del hábitat adecuadas y una tendencia poblacional y del área de distribución de la especie estable o en aumento.
- 2. Incrementar significativamente los conocimientos sobre la especie y su hábitat, para alcanzar una mejor definición y aplicación de las medidas de conservación de la nutria.
- 3. Incrementar el conocimiento y la sensibilidad de la sociedad asturiana hacia la problemática de la nutria y la necesidad de su conservación y la de su hábitat.
- 4. Fomentar la cooperación y coordinación de las acciones dirigidas a la conservación de las distintas especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada de Asturias, con el fin de aunar esfuerzos y optimizar los resultados que se esperan conseguir de la aplicación de los distintos planes.
2.3 OTRAS ESPECIES PARA LAS QUE SE ADOPTAN OBJETIVOS Y MEDIDAS DE CONSERVACIÓN
En este apartado se incluyen otras especies de fauna y de flora no contempladas por la Directiva Hábitat ni por la Directiva Aves, pero incluidas en los Catálogos Regionales de Especies Amenazadas de Fauna Vertebrada y de Flora con algún régimen de protección.
2.3.1 Otras especies de flora
En este apartado se incluyen las presiones y amenazas y los objetivos de conservación de otras especies de flora presentes en el territorio del ámbito de aplicación de este Plan Básico de Gestión y Conservación, y para las que se ha considerado necesario la adopción de medidas.
Son taxones que están catalogadas de acuerdo la clasificación que establece el vigente Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora del Principado de Asturias, y que no figuran, en su mayoría, en la Directiva Hábitat.
De éstas, tanto las encinas como el tejo y el acebo cuentan con sus propios Planes de Manejo aprobados, específicos para la especie, en los que se analizan sus presiones y amenazas, se establecen objetivos de conservación y se establecen medidas concretas de conservación de la especie en todo el ámbito territorial asturiano. Por ello, en este Plan Básico se establecerán medidas de gestión para la genciana y el terebinto.
Las presiones y amenazas específicas de la genciana (Gentiana lutea) son:
- 1. Las derivadas de su recogida de sus rizomas para uso medicinal.
- 2. Cambios de manejo, especialmente el pastoreo tradiconal en altura.
Y los objetivos de conservación específicos son mejorar o conservar las condiciones del hábitat y/o de las poblaciones de estos taxones.
Las presiones y amenazas específicas del terebinto (Pistacea terebinthus) son:
Y los objetivos de conservación específicos son mejorar o conservar las condiciones del hábitat y/o de las poblaciones de estos taxones.
2.3.2 Otras especies de fauna
En este apartado se incluyen las presiones y amenazas y los objetivos de conservación de otras especies de fauna presentes en la Zona de Especial Conservación y en la Zona de Especial Conservación para las Aves del ámbito de aplicación de este Plan Básico, y para las que se ha considerado necesario la adopción de medidas.
Son especies que están catalogadas de acuerdo con la clasificación que establece el vigente Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias (CREAFV), y que no son coincidentes con taxones Red Natura 2000.
De éstas, el Azor cuenta con su propio Plan de Manejo aprobado, específico para la especie, en el que se analizan sus presiones y anemazas, se establecen objetivos y medidas concretas de conservación para la especie en todo el ámbito territorial asturiano. Por ello, en este Plan Básico se establecerán medidas de gestión para la el gorrión alpino y las liebres.
El gorrión alpino y la libre europea y la de piornal son especies que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias contempla como especies en situación precaria y por lo tando conviene establecer medidas de gestión para su proteción.
La principal presión y amenaza específicas de la liebre europea (Lepus europaeus) y de la libre de piornal (Lepus castroviejoi) es el furtivismo.
Respecto del gorrión alpino (Montefringilla nivalis), la principal amenaza específica está en la influencia respecto de esta singular especie de los efectos del cambio climático. Respecto de la misma se continuará con el monitoreo de sus colonias de cría en la ZEC.
3 MEDIDAS DE GESTIÓN
El presente capítulo engloba las medidas de gestión activa a desarrollar para el logro de los objetivos de gestión del territorio dentro del ámbito de aplicación de este Plan Básico.
3.1 MEDIDAS PARA LA RED NATURA 2000
En este apartado se incluyen las medidas de gestión o conservación a aplicar para garantizar la conservación de los hábitats y especies de interés comunitario:
3.1.1 Medidas de conservación de hábitat
En este apartado se incluyen las medidas de gestión o conservación a aplicar para garantizar la conservación de los siguientes hábitats de interés comunitario:
3.1.1.1 Hábitat ligados al agua.
Esta categoría agrupa hábitats acuáticos de lagos, lagunas, humedales, turberas y manantiales de tobas calcáreas. Se incluyen en este grupo los siguientes hábitats:
Se incluyen en este grupo los siguientes hábitats:
3.1.1.1.1. Aguas lóticas y lénticas, y sus riberas.
- • Aguas oligotróficas calcáreas con vegetación de Chara spp.
-
• Ripisilva con Alnus glutinosa (Cód. 91E0).
- 1. Establecer un control mensual de la calidad de las aguas en puntos inmediatamente aguas abajo a núcleos habitados.
- 2. Construcción de sistemas de depuración en aquellos puntos donde sean necesarios, así como realización del seguimiento de su uso continuado y del cumplimiento de los parámetros de vertido establecidos.
- 3. Determinación y establecimiento del caudal ecológico en aquellas concesiones que, por su antigüedad, no dispusieran del mismo.
- 4. Controlar o, incluso, prohibir aquellos usos que puedan implicar erosión de orillas, introducción de especies alóctonas o de enfermedades de los anfibios o de los crustáceos, o alteración de las condiciones hidrobiológicas de los cursos y masas de agua.
Específicas para las Aguas oligotróficas calcáreas con vegetación de Chara spp (Cód. 3140):
- 1. Vallar el perímetro del hábitat para evitar el pisoteo de las orillas, en los casos en que sea necesario y se hayan verificado repercusiones negativas.
- 2. Regular la carga ganadera en estos ambientes y el vertido de aguas depuradas, si es el caso.
- 3. Prohibición del baño y del uso de detergentes en estos medios.
- 4. Se establecerá la obligación de desinfectar con lejía todos los materiales que se introduzcan en estas masas de agua para la realización de estudios científicos o estudios de seguimiento, o cualquier otro uso autorizable, previamente a la realización de los mismos, para evitar la propagación de enfermedades emergentes de anfibios (ranavirus y quitridiomicosis) y crustáceos.
- 5. Cría en cautividad y reintroducción de ejemplares de las especies de anfibios afectadas.
- 6. Elaboración de una cartografía de detalle a escala 1:10.000 de este tipo de hábitat, incluida batimetría, que se revisará, como mínimo, cada 15 años.
Específicas para la Ripisilva con Alnus glutinosa (Cód. 91E0):
- 1. Retirada controlada de árboles enfermos y repoblación con ejemplares sanos u otras especies autóctonas que puedan conservar el dosel del bosque de ribera y retener el suelo de las orillas con sus raíces.
- 2. Seguimiento de las poblaciones ligadas a estos bosques fluviales de relevancia como Chioglossa lusitanica y Rana iberica.
3.1.1.1.2 Hábitats vinculados a un alto nivel de la capa freática.
-
• Turberas bajas alcalinas (Cód. 7230)
- 1. Se establecerá una regulación de la carga ganadera sobre estos medios de modo que sea equilibrada y que esté orientada hacia el uso tradicional que haya tenido el territorio.
- 2. Vincular el cumplimiento de la carga ganadera admisible a la ecocondicionalidad de las ayudas en área Red Natura 2000, con condicionado ambiental específico.
3.1.1.2 Hábitats que soportan un manejo poco intenso
Esta categoría agrupa matorrales de alta montaña, prados silíceos, pastizales calcícolas y prados con abundantes orquídeas, hábitats que soportan un aprovechamiento tradicional mediante pastoreo, necesario para su conservación en buen estado.
Se incluyen en este grupo los siguientes hábitats:
- • Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix (*) (Cód. 4020)
- • Brezales alpinos y boreales (Cód. 4060)
-
• Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (Cód. 4090)
- 1. Se identificarán las áreas en que este hábitat esté mejor representado.
- 2. Se favorecerá la adopción de las medidas necesarias tendentes a mantener o incentivar el manejo tradicional de pastoreo con la carga y composición de la cabaña ganadera más conveniente para lograr unas condiciones de conservación favorables.
- 3. Se favorecerá la adopción de medidas de compatibilización de la ganadería tradicional con la presencia de lobo, que atenúen o permitan revertir el descenso de la carga ganadera de ganado menor.
- • Prados alpinos y subalpinos calcáreos (Cód. 6170)
-
• Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con importantes orquídeas) (Cód. 6210)
- 1. Se elaborará una cartografía de detalle de este hábitat, a escala 1:10.000, que se revisará cada 15 años.
- 2. Se identificarán las áreas en que este hábitat esté mejor representado.
- 3. Se favorecerá la adopción de las medidas necesarias tendentes a mantener o incentivar el manejo tradicional de pastoreo con la carga y composición de la cabaña ganadera más conveniente para lograr unas condiciones de conservación favorables.
- 4. Adopción de medidas de compatibilización de la ganadería tradicional con la presencia de lobo, que atenúen o permitan revertir el descenso de la carga ganadera de ganado menor.
-
• Prados de siega de montaña (Arrhenaterion) (Cód. 6510)
- 1. Se favorecerá la adopción de las medidas necesarias (vinculación territorial de los propietarios, etc.) tendentes a mantener o incentivar el manejo tradicional de este hábitat para lograr unas condiciones de conservación favorables.
- 2. Se elaborará una cartografía de detalle de este hábitat, a escala 1:10.000, que se revisará cada 15 años.
3.1.1.3 Hábitats forestales:
En esta categoría se incluyen hayedos acidófilos, hayedos calcícolas, bosques de roble y fresno, rebollares, quejigares y carrascales o encinares de carrasca.
- • Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion) (Cód. 9120)
-
• Bosques pirenaico-cantábricos de roble y fresno (Cód. 9160)
Generales:
- 1. Se evitará la fragmentación de masas extensas y la pérdida de conectividad entre rodales pequeños, así como la pérdida de fragmentos, la reducción de su superficie, el aumento del grado de aislamiento, o el deterioro de la calidad del tipo de hábitat. Se prestará especial atención a los fragmentos grandes y a los situados estratégicamente para realizar una función conectora.
Específicas de los Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Cód. 9120):
-
• Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (Cód. 9340)
- 1. Se evitará la pérdida de fragmentos; la reducción de su superficie; el aumento del grado de aislamiento; el deterioro de la calidad del tipo de hábitat, con especial atención a los fragmentos grandes y a los situados estratégicamente para realizar una función conectora.
- 2. Se extremarán las medidas de prevención y vigilancia de incendios forestales en aquellas zonas en las que este hábitat sea colindante a carreteras u otras infraestructuras de acceso.
- 3. Constatar la correcta y efectiva aplicación de las medidas contempladas en el Plan de Manejo de las Encinas (Decreto 146/2007).
3.1.2 Medidas de conservación de especies de flora.
En el Anexo III se relacionan los taxones de flora de interés comunitario de la ZEC Picos de Europa (Asturias).
Como medida de conservación general para todos los taxones se promoverán campañas educativas para informar del interés de estas especies y de las medidas y acciones necesarias para su conservación.
Generales:
- 1. Se promoverán campañas educativas para informar del interés de estas especies y de las medidas y acciones necesarias para su conservación.
- 2. Conservación exsitu en banco de germoplasma en forma de semilla y de esquejes.
Específicas para Woodwardia radicans:
- 1. Evitar pérdidas de cobertura arbórea del bosque ribereño en las localidades donde se encuentren estos helechos.
- 2. Evitar la proliferación de especies invasoras en las áreas donde se encuentren estos helechos.
- 3. Se pondrá en marcha un programa de reproducción ex situ con el fin de reforzar poblaciones de estas especies o de restaurar su presencia en localidades de las que desaparecieron siempre que en las mismas haya remitido la causa de su desaparición.
Específicas para Aster pyrenaeus:
- 1. Se favorecerá el mantenimiento de los usos tradicionales en las áreas en que está presente Aster pyrenaeus.
- 2. Se colaborará con los organismos franceses que gestionan las poblaciones de Aster pyrenaeus en el Pirineo francés a efectos de intercambiar experiencias.
3.1.3 Medidas conservación de especies de fauna
En el Anexo III se relacionan los taxones de fauna de interés comunitario y aves del anexo I y las migradoras de llegada regular no presentes en el Anexo I de la Directiva Aves, de las ZEC y ZEPA Picos de Europa (Asturias) con indicación de los que se consideran preferentes para establecer los objetivos de conservación y aplicar las medidas de gestión que les correspondan.
Medidas generales para la conservación de especies de fauna de interés comunitario:
-
1. Para garantizar la conservación de las especies a las que va dirigido el objetivo 1 y la conservación y mejora de sus hábitats, y para reducir las molestias causadas por actividades humanas.
-
a) Constatar la correcta aplicación y ejecución de las medidas contempladas en:
- - el Plan de Recuperación del Oso Pardo (Ursus arctos) (10) , en la Resolución por la que se aprueba el Catálogo de Áreas Críticas para el Oso Pardo en el Principado de Asturias (11) y en la Estrategia para la conservación del oso pardo cantábrico (12) .
- - el Plan de Conservación del Águila Real (Aquila chrysaetos). (13)
- - el Plan de Manejo del Alimoche común (Neophron percnopterus). (14)
- - el Plan de Manejo del Halcón Peregrino (Falco peregrinus). (15)
- - la Estrategia Nacional de Conservación del Quebrantahuesos en España. (16)
- - el Plan de Manejo de la Nutria (Lutra lutra). (17)
- - el Plan de Manejo del Murciélago de Geoffroy (Myotis emarginatus) y del Murciélago de Cueva (Miniopterus schreibersi). (18)
-
2. Para conservar y mejorar el hábitat forestal.
Evitar los incendios forestales y reducir el riesgo de que ocurran:
-
3. Para conservar y mejorar el hábitat fluvial y lacustre. Sin perjuicio de las competencias ejercidas por el Organismo de cuenca y de acuerdo a la planificación hidrológica, se adoptarán las siguientes medidas de gestión:
Evitar vertidos contaminantes a los cauces fluviales, controlar y mejorar la calidad de las aguas mediante:
- a) Un sistema de análisis periódico de las aguas de los distintos cauces y lagos.
- b) La mejora del sistema de saneamiento de aguas residuales.
- c) El aumento de la vigilancia fluvial.
- d) Se valorará, caso a caso, la instalación y adecuación de dispositivos de paso que permitan salvar los obstáculos que impiden el acceso a las zonas de reproducción de las especies catádromas.
-
4. Para restaurar los hábitats degradados.
- a) Restaurar zonas quemadas estableciendo y desarrollando programas de reforestación forestal y/o de matorral.
- b) Restaurar como cunetas y taludes degradados de las carreteras y pistas ya existentes.
- c) Eliminar los vertederos existentes retirando los escombros y las basuras presentes y restaurando el enclave posteriormente.
-
5. Para evitar la mortalidad por causas imputables a la acción del hombre.
- 1. Erradicar las prácticas furtivas extremando la vigilancia mediante:
- 2. Prevenir el uso de venenos desarrollando programas específicos de prevención y mediante el establecimiento de medidas de gestión que favorezcan la compatibilidad de las poblaciones silvestres de depredadores con las actividades agroganaderas.
- 3. Mejorar la conectividad transversal de las infraestructuras.
- 4. Actuar (señalización de LAT, soterramiento,…) sobre las infraestructuras que incidan singularmente en este problema.
- 6. Para incrementar la sensibilidad de la sociedad sobre la necesidad de conservar los hábitats y las especies.
- 7. Para frenar la pérdida de biodiversidad como consecuencia del abandono de actividades tradicionales.
Medidas para la conservación de invertebrados (insectos y moluscos):
- Elona quimperiana.
- Geomalacus maculosus.
- Coenagrion mercuriale.
- Lopinga achine.
- Euphydryas aurinia.
- Lucanus Cervus.
- Rosalia alpina.
- Cerambyx cerdo.
Medidas de Gestión Generales para insectos y moluscos:
- 1. Medidas de fomento de la heterogeneidad en sistemas forestales.
- 2. Control de actividades de captura o investigación que puedan afectar a la viabilidad de poblaciones naturales de fauna.
- 3. Medidas para evitar o reducir la mortalidad de especies de fauna por el uso de productos químicos en el medio natural.
- 4. Realización de prospecciones con el objetivo de conocer con mayor precisión las áreas de presencia de las especies y cuantificar su tamaño poblacional, así como determinar las posibles presiones y amenazas específicas que puedan afectar significativamente a su estado de conservación con el fin de orientar las medidas de conservación concretas a adoptar.
- 5. Mantenimiento de praderías de siega.
Medidas para la conservación de invertebrados (crustáceos):
Austrapotamobius pallipes.
- 1. Deberá realizarse un Protocolo de Actuación para la Conservación de esta especie que tenga en cuenta su condición de especie catalogada, la fragilidad de sus poblaciones, su interacción con otras especies y que se trata de una especie introducida.
- 2. Toda actividad no tradicional que pueda desarrollarse en su hábitat deberá contar con Autorización previa que fijará estrictas condiciones de desinfección de equipos y medios.
Medidas para la conservación del salmón (Salmo salar):
- 1. Control de vertidos urbanos, industriales y agrícolas.
- 2. Conservación del hábitat de las orillas y de la vegetación de ribera.
- 3. Corrección de los efectos negativos que causan las canalizaciones.
- 4. Eliminación o acondicionamiento de obstáculos, construcción y modificación de las escalas salmoneras existentes para que se favorezca de una forma efectiva el acceso de los salmones a los frezaderos.
- 5. Mantenimiento de un caudal mínimo que permita la vida de los salmones especialmente en verano.
Medidas para la conservación del Chioglossa lusitánica:
-
1. Las poblaciones de anfibios están sufriendo un declive generalizado a causa de factores abióticos (cambios ambientales) y bióticos (especies introducidas y nuevas enfermedades) que además actúan de forma sinérgica. Se deberán controlar, en la medida de lo posible, los factores de riesgo.
La reciente aparición de enfermedades específicas de los anfibios está incidiendo de forma drástica en las poblaciones y están motivadas por virus y hongos descubiertos recientemente, afectando incluso a poblaciones en espacios protegidos, provocando extinciones masivas de poblaciones y especies.
- 2. Regular las actuaciones (vaciado de balsas o estanques,…), trabajos de conservación de infraestructuras (carreteras,…), y análogas, que puedan incidir sobre las zonas húmedas que constituyen el hábitat de esta especie.
Medidas para la conservación del Iberolacerta montícola:
- 1. Realización de prospecciones con el objetivo de conocer con mayor precisión las áreas de presencia de la especie y cuantificar su tamaño poblacional, así como determinar las posibles presiones y amenazas específicas que puedan afectar significativamente a su estado de conservación con el fin de orientar las medidas de conservación concretas a adoptar.
Medidas para la conservación del Dryocopus martius:
- 1. Actuaciones específicas para compatibilizar la actividad forestal (extracción de leñas) con la conservación de esta especie forestal.
- 2. Realización de muestreos de localización y cartografía de las poblaciones así como de su tendencia y necesidades de gestión.
- 3. Adquisición de conocimientos básicos y aplicados de las especies Natura 2000.
Medidas para la conservación del Tetrao urogallus:
- 1. Aplicar los criterios incluidos en la Estrategia Nacional del Urogallo y los Planes de Recuperación del Urogallo cantábrico que sean aprobados e impulsar el seguimiento de su implantación.
- 2. Medidas para evitar molestias o alteraciones en épocas sensibles y/o áreas vitales para la especie. Establecimiento de condicionantes durante los periodos de cría para las actividades forestales, el uso público y otros usos del suelo en las zonas con presencia de urogallo cantábrico.
- 3. Promover los desbroces y las claras orientados a la expansión del arándano.
- 4. Medidas para control de competidores y predadores de la especie.
- 5. Medidas para evitar o reducir la mortalidad de la especie debida a causas no naturales (vallas, cerramientos…).
- 6. Reforzar el programa de conservación ex situ y reintroducción.
- 7. Establecimiento de condicionados ambientales a las actuaciones y proyectos que se desarrollan en áreas sensibles para esta especie.
- 8. Reforzar el seguimiento de la especie con un sistema de monitorización que permita evaluar la dinámica poblacional de la especie, su área de distribución, el estado de conservación de su hábitat, la disponibilidad de recursos tróficos y sus principales factores de amenaza.
- 9. La protección y recuperación de esta especie se debe de articular a través de la protección de las masas forestales existentes, procurando principalmente su incremento en superficie y la mejora de la conectividad biológica entre las mismas.
- 10. De acuerdo con los criterios de los grupos de expertos constituidos al efecto, podrán además abordarse medidas de fomento de las arandaneras, como recurso trófico utilizable por urogallo y oso, y medidas dirigidas a reducir la densidad de los regenerados naturales de haya, de forma que se logren masas con menor cobertura.
Medidas para la conservación de Perdix perdix hispaniensis:
- 1. Se estudiará la viabilidad de que allí donde la acción del ganado no sea la suficiente y se considere una zona de tradicional/óptima distribución o recuperación de la especie, se promuevan las actuaciones de desbroce.
- 2. Se fomentará la retirada de vallados en desuso, especialmente de alambre de espino, así como la señalización de vallados en áreas de la especie.
Medidas para la conservación de Pyrrhocorax pyrrhocorax:
- 1. Realización de prospecciones con el objetivo de conocer con mayor precisión las áreas de reproducción de la especie y cuantificar su tamaño poblacional, así como determinar las posibles presiones y amenazas específicas que puedan afectar significativamente a su estado de conservación con el fin de orientar las medidas de conservación concretas a adoptar.
Medidas para la conservación de Neophron percnopterus, Falco peregrinus, Aquila chrysaetos, Circaetus gallicus, Gyps fulvus y Gypaetus barbatus:
- 1. Constatar la correcta y efectiva aplicación de las medidas contempladas en los Planes de Manejo y de Conservación de las especies citadas.
- 2. Medidas para el mantenimiento de la ganadería extensiva en zonas de montaña.
- 3. Medidas para evitar molestias o alteraciones en épocas sensibles y/o áreas vitales para estas especies. Se establecerán las limitaciones y condicionantes necesarios a los usos, aprovechamientos y actividades deportivas o de uso público a realizar en determinadas zonas y/o en fechas concretas para evitar afecciones sobre las poblaciones reproductoras de estas especies.
- 4. En el caso de detectarse un déficit continuado de los recursos tróficos necesarios para mantener las poblaciones aves carroñeras puede resultar conveniente llevar a cabo un programa de alimentación suplementaria mediante el aporte de cadáveres procedentes de ganadería.
- 5. Medidas para evitar o reducir la mortalidad de la fauna por colisión o electrocución con infraestructuras eléctricas. En las líneas eléctricas aún no corregidas, se adoptarán las medidas necesarias para minimizar sus efectos sobre la avifauna.
- 6. Medidas para evitar o reducir la mortalidad de especies de fauna por el uso de venenos en el medio natural.
- 7. Recuperación y conservación ex situ de poblaciones o especies amenazadas de fauna. Seguimiento del programa de reintroducción del Quebrantahuesos.
Medidas para la conservación de Rhinolophus hipposideros, Rhinolophus ferrumequinum, Rhinolophus euryale, Barbastella barbastellus y Miniopterus schreibersi:
- 1. Actuaciones específicas para la mejora de las poblaciones de quirópteros; mantenimiento de zonas húmedas y puntos de agua, así como el mantenimiento de madera muerta en el monte de forma que permita un aumento de las densidades de sus presas potenciales, en el caso de los quirópteros forestales.
- 2. Control en la utilización de productos fitosanitarios de uso forestal y/o agrícola en las áreas más relevantes para la especie.
- 3. Realización de prospecciones con el objetivo de conocer con mayor precisión las áreas de presencia de las especies y cuantificar su tamaño poblacional, así como determinar las posibles presiones y amenazas específicas que puedan afectar significativamente a su estado de conservación con el fin de orientar las medidas de conservación concretas a adoptar.
- 4. En las cuevas utilizadas para la producción de queso y con presencia de quirópteros se regulará su uso. En ningún caso las medidas supondrán el cese de la actividad de maduración de quesos.
- 5. Mantener un seguimiento periódico de los refugios conocidos o de los que se conozcan en el futuro para determinar su evolución en el tiempo.
- 6. Constatar la correcta y efectiva aplicación de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Murciélago de Cueva (Miniopterus schreibersi).
Medidas para la conservación de Ursus arctos:
- 1. Medidas para evitar molestias o alteraciones en épocas sensibles y/o áreas vitales para la especie.
- 2. Establecimiento de condicionantes durante los periodos de alimentación otoño-invernal, refugio y cría para las actividades que pudieran conllevar molestias sobre la especie (determinadas actividades forestales, el uso público y otros usos del suelo) en las zonas identificadas como sensibles o con presencia de osas con crías.
- 3. Establecimiento de condicionados ambientales a las actuaciones y proyectos que se desarrollan en áreas sensibles para esta especie.
- 4. Reforzar el seguimiento de la especie, manteniendo los censos y metodologías anuales de seguimiento.
- 5. Se debe constatar la correcta aplicación y ejecución de las medidas contempladas en el Plan de recuperación del Oso pardo, en la Resolución por la que se aprueba el Catálogo de Áreas Críticas para el Oso pardo en el Principado de Asturias y en la Estrategia para la conservación del Oso pardo cantábrico.
- 6. Extremar la vigilancia y reforzar los mecanismos para evitar las muertes directa o indirectamente causadas por el hombre, con especial atención a las osas con cría. Asimismo se identificarán las zonas con mayor intensidad de furtivismo.
- 7. Las actividades de uso público y turismo se realizarán con el objeto de reducir las molestias ocasionadas sobre el oso y dirigir la presión turística hacia las zonas menos sensibles.
- 8. Promover la coordinación operativa entre el personal con funciones de vigilancia en busca de una mayor eficacia en la lucha contra el furtivismo.
- 9. Establecer compromisos con colectivos de ganaderos a fin de establecer medidas de gestión que compatibilicen la conservación del oso con el mantenimiento de poblaciones de ungulados y el mantenimiento de las explotaciones agropecuarias tradicionales.
- 10. Fomentar la coordinación y cooperación con otras administraciones y organizaciones interesadas en la conservación del oso pardo.
- 11. Fomentar la educación, divulgación e información dirigidas a aumentar la conciencia ciudadana y a alcanzar la implicación social en las tareas de conservación del oso pardo.
Medidas para la conservación de Galemys pyrenaicus y Lutra lutra:
- 1. Medidas para el mantenimiento de los ecosistemas fluviales en cursos de montaña, especialmente en lo que hace referencia a los niveles y dinámica del agua en las zonas donde existe aprovechamiento hidroeléctrico.
- 2. Control de introducciones y erradicación de especies exóticas invasoras en ecosistemas fluviales y zonas húmedas, tanto animales como vegetales.
- 3. Control de los vertidos de origen ganadero y de origen urbano.
- 4. Realización de prospecciones con el objetivo de conocer con mayor precisión las áreas de presencia de la especie y cuantificar su tamaño poblacional, así como determinar las posibles presiones y amenazas específicas que puedan afectar significativamente a su estado de conservación con el fin de orientar las medidas de conservación concretas a adoptar.
- 5. Se controlará estrictamente cualquier actividad que pueda ocasionar molestias a la fauna o alteraciones en el medio natural.
- 6. Evitar aquellas actuaciones que puedan ocasionar alteraciones fuertes del caudal o una reducción del mismo por debajo del nivel necesario para la existencia de estas especies.
- 7. Regular las actividades de turismo y ocio en las cercanías de cursos de agua, de forma que no supongan peligro ni molestias para éstas u otras especies amenazadas.
- 8. Promocionar la realización de estudios sobre la biología y ecología de la nutria en Asturias.
- 9. Realizar campañas educativas y de sensibilización de la población en general.
3.2 MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA CONSERVACIÓN DE OTRAS ESPECIES
Específicas para el Tejo (Taxus baccata)
Se constatará la correcta aplicación y ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Tejo.
Específicas para el Acebo (Ilex aquifolium)
Se constatará la correcta aplicación y ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Acebo.
Específicas para el Azor (Accipiter gentillis)
Se constatará la correcta aplicación y ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Manejo del Azor.
4 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación del estado de conservación de las especies Red Natura y hábitat, y de las especies de flora y fauna catalogadas, por ende la eficacia y cumplimiento de las medidas propuestas en este documento, y para aumentar la información disponible sobre los mismos, se establecen los siguientes programas de seguimiento:
Programa de seguimiento de hábitats de interés comunitario
Con el fin de monitorizar el estado de conservación de los hábitats de interés comunitario existentes en la ZEC, se pondrá en marcha un programa de mejora de la información disponible para los hábitats principales, a través de estos tipos de actuaciones:
- 1. Cartografía de Hábitat de Interés Comunitario:
-
2. Aumento de la información disponible.
- a. Se realizará un seguimiento periódico sobre el estado de conservación y las posibles amenazas que sufran los Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix (4020*), Ripisilva con Alnus glutinosa (Cód. 91E0), Prados de siega de montaña (Arrhenaterion) (Cód. 6510), Brezales alpinos y boreales (Cód. 4060) y Turberas de cobertura (* para las turberas activas) (Cód. 7130).
- b. El control del equilibrio hídrico de turberas se hará periódicamente al igual que el control de las especies invasoras, eliminándose estas en la época más adecuada.
Programa de seguimiento de fauna y flora.
Se establecerá un programa de seguimiento y mejora de la información disponible sobre las principales especies Red Natura y de las especies de flora y fauna catalogadas presentes en el ámbito del Plan Básico de Gestión y Conservación.
El programa de mejora de información y el seguimiento deberán generar una cartografía de detalle a escala adecuada para esas especies.
5 FINANCIACIÓN.
En tanto en cuanto se aprueba el Instrumento de Gestión Integrada del espacio natural Picos de Europa, el desarrollo de aquellas medidas que puedan resultar inaplazables serán financiadas con cargo a la aportación del Principado de Asturias al Consorcio Interautonómico para la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa.
6 ANEXOS SINGULARES
Anexo I: Cartografía
Anexo II: Listado de Hábitat de interés comunitario. Valoración del estado de conservación.
Anexo III: Listado de taxones de de fauna de “interés comunitario” y de especies incluidas en los Catálogos Regionales de Especies Amenazadas de Fauna y Flora. Valoración del estado de conservación.
Anexo IV: Análisis de las presiones y amenazas generales que se dan en el espacio protegido Red Natura 2000 Picos de Europa (Asturias) (ES1200001).
Anexo V: Normativa de aplicación citada en el Plan Básico de Gestión y Conservación (General y Sectorial).
Anexo I
CARTOGRAFÍA
- - MAPA DE DELIMITACIÓN DE LA Z.E.C. PICOS DE EUROPA (ASTURIAS) Y DE LOCALIZACIÓN DE LOS HABITATS DE INTERÉS COMUNITARIO PRESENTES EN LA MISMA.
- - MAPA DE LOCALIZACIONES DE POBLACIONES DE ESPECIES DE FLORA AMENAZADA EN LA Z.E.C. PICOS DE EUROPA (ASTURIAS).
- - MAPA DE LOCALIZACIÓN DE LAS ÁREA POTENCIALES PARA EL UROGALLO EN LA Z.E.C. PICOS DE EUROPA (ASTURIAS).
- - MAPA DE LOCALIZACIÓN DE LOS MONUMENTOS NATURALES DECLARADOS EN EL INTERIOR DE LA Z.E.C. PICOS DE EUROPA (ASTURIAS).
Algunas aclaraciones sobre la precisión y grado de fiabilidad de la cartografía y del listado de hábitat incluido en este Anejo
Para la elaboración de la cartografía de hábitats de interés comunitario recogida en este Anexo se ha utilizado, como información más reciente y precisa, la contenida en la «Memoria de análisis global de la vegetación del Parque Nacional de los Picos de Europa», correspondiente al Mapa de Vegetación 1:10.000 del Parque Nacional de los Picos de Europa, proyecto que se desarrolló entre 2006 y 2011, por parte del Jardín Botánico Atlántico de Gijón, bajo la dirección de José Antonio Fernández Prieto y Álvaro Bueno Sánchez y la coordinación de José Ignacio Alonso Felpete. Ambos documentos fueron publicados por el Organismo Autónomo Parques Nacionales en formato CD en 2013 con ISBN: 978-84-8014-841-2 y se distribuyen gratuitamente.
La exactitud y grado de fiabilidad de esta cartografía implica que pueda haber ciertas discordancias con la que está recogida en la página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Respecto de ésta última, dicha página web recoge las propias características de la escala de trabajo utilizada, pareciendo interesante transcribir lo allí expresado:
«El Atlas de los Hábitat de España es el resultado de cartografiar la vegetación de España considerando la asociación vegetal como unidad inventariable y a una escala de trabajo de campo de 1:50.000.
Como base para su elaboración se utilizó la cartografía del inventario de hábitat de la Directiva 92/43/CE, realizando una labor de revisión y mejora de la misma e implementándola con la cartografía de los hábitat no incluidos en la Directiva. Los trabajos de campo se desarrollaron de 2000 a 2003, siendo en este caso la lista patrón de los hábitat inventariados de 2.005, la mayoría de ellos asociaciones sintaxonómicas, en algunos casos alianzas y, en menor número, hábitat no definidos fitosociologicamente.
La metodología de trabajo fue similar a la de la cartografía de los hábitat de la Directiva: se utilizó fotografía aérea y trabajo de campo para la delimitación de los polígonos (no se utilizaron aspas, líneas o círculos) trazados sobre hojas del mapa 1:50.000 del Servicio Geográfico del Ejército (SGE) y digitalización manual de todas las hojas.
Durante los años 2004-2005, se revisó esta cartografía para adecuarla, en la medida de lo posible, a la ortofoto digital y corregir diversos tipos de errores cartográficos como solapamiento de polígonos, errores derivados de las uniones entre hojas 1:50.000, existencia de polígonos vacíos, solapamientos, etc.»
Debido a la metodología de trabajo empleada en el proyecto del Ministerio, así como su escala, se trata de una información que debe ser asumida como indicativa y descriptiva, pero nunca definitoria, de la realidad de la zona. Es una cartografía realizada y válida para estudios generales (escala nacional y europea).
De aquí la importancia de haber utilizado la información más reciente y precisa, constituida por la Memoria y Mapa de Vegetación antes citados. La obtención de los ámbitos territoriales ocupado por cada tipo de hábitat se ha realizado utilizando los códigos de las diferentes formaciones vegetales equivalentes del referido Mapa, figurando dichas equivalencias en el apartado 2.1.1 de este Anexo al Plan Básico.
La planimetría a mayor escala estará depositada en el Servicio competente en espacios naturales protegidos y en el Parque Nacional de los Picos de Europa, y la información cartográfica podrá ser consultada a través de la página web del Principado de Asturias en la sección de espacios naturales.
Anexo II
LISTADO DE HÁBITAT DE INTERÉS COMUNITARIO. VALORACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN
Anexo III
LISTADO DE TAXONES DE «INTERÉS COMUNITARIO» Y DE ESPECIES INCLUIDAS EN LOS CATÁLOGOS REGIONALES DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA. VALORACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN
Anexo IV
ANÁLISIS DE LAS PRESIONES Y AMENAZAS GENERALES QUE SE DAN EN EL ESPACIO PROTEGIDO RED NATURA 2000 PICOS DE EUROPA (ASTURIAS) (ES 1200001)
PRESIONES, AMENAZAS, FORTALEZAS Y OPORTUNIDADES DE GESTIÓN.
Presiones, amenazas, fortalezas y oportunidades, son los factores que condicionan la gestión y el estado de conservación de los valores que se dan en un EPRN2000, tanto por perjudicar directamente a la conservación de los mismos (presiones y amenazas) como por constituir un aspecto fundamental a tener en cuenta para la gestión del territorio dado que sus fortalezas y la oportunidad de una buena gestión crean una sinergia necesaria, aunque no suficiente, en el citado estado de conservación del ES1200001, Picos de Europa Asturias.
Para la confección de la presente Lista de Referencia de Presiones y Amenazas se ha seguido la metodología de la codificación establecida al efecto por la U.E. (19) , adaptándola al caso singular de las circunstancias imperantes en el ámbito de la futura ZEC «Picos de Europa (Asturias). Como resultado del análisis las diferentes categorías se han englobado en tres bloques:
- - El primero aquellas categorías cuyas presiones y amenazas, consideramos que no afectan al ES1200001.
- - El segundo aquellas categorías cuyas presiones y amenazas, consideramos afectan al ES1200001 de manera menos relevante.
- - El tercero aquellas categorías cuyas presiones y amenazas, consideramos afectan al ES1200001 de manera más relevante o simplemente Relevante.
De un conjunto de 398 apartados, 213 han sido considerados del primer grupo: No afectan al ES1200001. Un total de 119 apartados, consideramos que sí afectan al ES1200001 pero de manera menos relevante y 90 apartados consideramos que afectan al ES1200001 de manera más relevante o simplemente Relevante. Aunque la suma de los tres apartados es superior al conjunto, la diferencia se basa en que se han incluido títulos genéricos en las dos últimas.
Con carácter general no se han incluido en los textos que analizan de forma somera los componentes que por razones legislativas y por normas legales no hay necesidad de analizar. Aquellas actividades que están prohibidas, por ejemplo la caza, que al ser una actividad prohibida se excluye de su análisis, por ejemplo las recogidas de materiales vivos e inertes (fauna, flora, geología, abióticos), que al estar regulados no tienen porqué suponer un efecto negativo a la conservación de este espacio, aquellas otras de entre las lúdicas y deportivas que, al suponer un uso privativo, con riesgos para la conservación de los valores del espacio o que afectan al uso general de la mayoría de los usuarios, están claramente no autorizadas, etc.
1.- MENOS RELEVANTES
A02.02.-Cambio de cultivos.
Los cambios de cultivos en el interior del Espacio Natural de Red Natura 2000 (ES1200001) son consecuencia del abandono de actividades tradicionales en los entornos de los asentamientos tradicionales del Parque Nacional de los Picos de Europa (PNPE). Es más una amenaza por las posibles nuevas incorporaciones.
Negativo
A05.-Cría de ganado (sin pastoreo).
Cría de animales. Alimento para ganado. La Cría de ganado sin pastoreo es testimonial en el ES1200001, circunscribiéndose a las Zonas de Asentamiento Tradicional (ZAT) y destinadas principalmente para la obtención de leche para la elaboración de quesos de la zona. Su incremento o mala gestión es una amenaza de baja intensidad.
Negativo
A06.-Cultivos no maderables anuales y perennes.
Cultivos anuales para producción de alimento. Cultivos anuales intensivos para producción de alimentos/intensificación. Cultivos anuales no intensivos para producción de alimento. Cultivos no maderables perennes. Incluye olivares, huertos de árboles frutales y viñedos. Cultivos perennes intensivos no maderables/intensificación. Cultivos perennes no intensivos no maderables. Producción de biofuel. Abandono de la producción de cultivos. Con relación a los Cultivos no maderables anuales y perennes, bien intensivos o no, bien para alimentación u otros fines, estos en ES1200001 no tienen una presencia significativa no afectando a las especies de las directivas al uso. Su reducción es poco significativa. No se considera una amenaza importante.
Neutro
A07.-Uso de biocidas, hormonas y productos químicos.
Por fuera de las ZAT del ES1200001 no se tiene conocimiento hoy de su uso con esa finalidad. Su empleo en las ZAT tiene carácter residual. Es una amenaza.
Neutro
A08.-El uso de fertilizantes.
El uso de origen externo al ES1200001 no se tiene conocimiento de su empleo, no así del derivados de purines y estiércoles propios cuyo empleo está reglado.
Neutro
A10.-Concentraciones parcelarias.
Eliminación de setos y sotos o arbustos. Eliminación de muros de piedra y de muros de contención. Las concentraciones parcelarias que se realizaron con anterioridad, sí pueden haber tenido un efecto negativo en ES1200001, desde que el PNPE es tal, no es han producido. La perdida de setos y muros conllevó, en su día, una bajada de hábitats. Podría suponer una presión a futuro, aunque no hay solicitudes al respecto.
Negativo
B02.02.-Cortas a hecho, tala, eliminación de todos los árboles.
Las cortas a hecho es una situación que está regulada para que no se produzca, incluso en posibles casos de bosques de particulares. Puede darse el caso de actuaciones puntuales. Es una amenaza de baja presión.
Negativo
B02.05.-Sacas no intensivas (dejando madera muerta/árboles viejos intactos).
Las sacas no intensivas en ES1200001 están reguladas para uso particular, sin fines comerciales, procurando una gestión proactiva, procurando mantener los arboles tumbados sin explotación. Poco a poco va disminuyendo la presión para uso doméstico.
Negativo
B06.-El pastoreo en bosque.
No se da como tal en ES1200001; sí se produce de manera accidental cuando el ganado en extensivo se protege del Sol o de las moscas. Podría crecer al crecer el número de bovinos en zonas próximas a bosques. Presión negativa al afectar a la regeneración del bosque.
Negativo
B07.-Actividades forestales no mencionadas anteriormente. e.g. erosión debida a la tala de bosques, fragmentación.
La pérdida de masa forestal por uso reglado no debe dar resultados ni de erosión, ni fragmentación. Por ahora no hay ni presión ni amenaza.
Neutro
D01.-Carreteras, caminos y vías de tren.
Aunque se trata de un parque nacional, hay propuestas de elevación de categoría de determinados caminos con carácter general. Presión y amenaza.
Negativo
D02.09.-Otras formas de transporte de energía.
La presencia de centrales eléctricas con el sistema de agua forzada por presión lleva muchos años en el ES1200001 y representa una presión y una amenaza, en determinados puntos, para la fauna silvestre y doméstica por lo que se refiere a los canales al aire o las LAT existentes, si bien sobre ambos factores se ha actuado intensamente en los últimos años por cubrición (canales) o mediante soterramiento o señalización (LAT).
Negativo
E01.- Urbanización, desarrollo residencial y comercial.
Las Zonas urbanas y los asentamientos humanos. En el origen de la declaración de este parque nacional, ya se incluyeron poblaciones. En el actual, las ZAT se elevan a veinte pero con un desarrollo regresivo o moderado en general, podría crecer, es una amenaza.
Negativo
E02.- Áreas industriales o comerciales.
En este espacio las naves asociadas a actividades ganaderas son las únicas que se pueden encontrar por fuera de las ZAT. Amenaza por incremento superior, si bien se regula vía NN.SS. Municipales.
Negativo
E04.- Construcciones y edificios en el paisaje.
Entendiendo que estén por fuera de las ZAT, son construcciones típicas vinculadas a la actividad pastoril, de montaña o las menos, al uso público. La competencia administrativa suele recaer en los ayuntamientos correspondientes. Debe plantearse una regulación de futuro de los usos turísticos residuales.
Negativo
E05.-Naves de almacenamiento.
Estas unidades son pequeñas instalaciones con una componente principal ganadera.
Neutro
E06.-Otras actividades urbanísticas, industriales o similares.
Demolición de edificios y otras construcciones humanas. Incluidos puentes, muros… Reconstrucción y renovación de edificios. En general otras actividades urbanísticas están vinculadas al uso público, las demoliciones llevan pareja la retirada de escombros fuera del ES1200001 y las reconstrucciones o renovaciones a la actividad ganadera tradicional.
Negativo
F02.-Pesca y recolección de recursos acuáticos.
Con carácter general la única pesca que se realiza en ES1200001 es la que tiene un componente científico.
Neutro
F04.02.02.-
La recolección de plantas se realiza de manera muy ocasional solamente de forma manual, afectando a frutos, setas y aromáticas, principalmente por la población local.
Negativo
G01.02.- Excursionismo, equitación y uso de vehículos no motorizados.
El tamaño de ES1200001 es un hándicap importante por el número de visitantes, este problema se incrementa al considerar las variaciones altitudinales, que concentran a los excursionistas en las zonas más accesibles. No hay equitación como actividad (aunque hay solicitudes al efecto, que se regularán según la normativa del Parque Nacional y de los M.U.P.) y los vehículos no motorizados se utilizan en zonas autorizadas.
Negativo
G01.03.- Vehículos motorizados.
El atractivo que supone el ES1200001 genera incremento de visitantes, ello conlleva a regularizaciones de movimiento de vehículos motorizados, solamente por vías autorizadas. Hay presiones para nuevas zonas de tránsito de vehículos motorizados.
Negativo
G01.06.-Esquí, esquí fuera de pistas.
Mínimo impacto el poco esquí que se realiza en ES1200001, habiendo esquí de fondo, travesía y con raquetas. Si podría ser ser una amenaza a futuro si aumentase la presión por parte de los visitantes a ES1200001.
Neutro
G01.08.-Otros deportes al aire libre y actividades de ocio.
Hay cada vez más presión para la realización de deportes en masa, carreras a pie, en bicicleta de montaña, deportes extremos, etc. Es una amenaza que puede ser importante en breve.
Negativo
G02.-Instalaciones deportivas y de ocio.
Pistas de golf. Pistas de esquí. Estadios. Circuitos y pistas. Hipódromos. Parques de atracciones. Polideportivos. Campings y caravanas. Avistamiento de animales. e.g. avistamiento de aves, avistamiento de ballenas. Otros deportes/instalaciones de ocio. Con carácter general no hay instalaciones deportivas y de ocio fuera de las ZAT u Zonas de Uso Especial (= ZUE), hay refugios de montaña y vías de escalada. Su instalación está regulada.
Neutro
G03.-Centros de interpretación.
En el interior de ES1200001 hay un Centro de Interpretación complejo, con edificios, aparcamientos reguladores de tráfico, museo de sitio, arboretum, etc., se trata de una ZUE.
Negativo
G04.-Ocupación militar y desorden civil.
Con carácter excepcional se autorizan actividades militares de conocimiento del territorio con bajo impacto, solamente marchas y acampadas, no hay sobrevuelos, ni uso de armas.
Negativo
G05.04 a G05.08.-
Vandalismo, Mantenimiento de parques públicos/limpieza de playas, Cuidado de árboles, poda de árboles para la seguridad pública, eliminación de árboles en línea con la carretera, Ausencia o mala gestión de medidas de conservación, Cierre de cuevas y galerías. Las acciones sobre bienes muebles del tipo señales, es una amenaza permanente, mientras que la gestión de bordes de carreteras se efectúa conforme a las normas legales. El cierre de cuevas por razones ajenas a la curación de quesos se aplica para la conservación de quirópteros o por seguridad.
Negativo
G05.09.-Vallas, cercados.
Por seguridad para las personas y por protección de bienes naturales silvestres y domésticos vallas y cercados están presentes en ES1200001. Su uso de manera adecuada no tienen efecto negativo.
Neutro
H07.-Otras formas de contaminación.
ES1200001 es un territorio de transito de todo tipo de vehículos por una carretera de categoría nacional, tiene veinte ZAT, y más de un millón y medio de visitantes, por ello no se pueden descartar otros tipos de contaminación, si bien no hay un relación precisa de cuáles podrían ser. Es una amenaza permanente, si bien no se la evalúa inicialmente de importante. Por otra parte se han adoptado medidas de minoración de emisiones, como el Plan de Transporte a Lagos de Covadonga en transporte público, de vigencia estacional.
Negativo
I01.-Especies invasoras y especies alóctonas.
Especies de plantas y animales. Se conocen muchas de las presentes, principalmente vegetales ornamentales. Su efecto es hasta la fecha poco conocido.
Negativo
J01.02.-Extinción de incendios naturales.
Con carácter general los incendios en ES1200001 son de pequeñas dimensiones y de rápida extinción. Son escasos los incendios provocados por causas naturales.
Negativos
J01.03.-Ausencia de incendios.
En determinadas zonas de (ES1200001), que podrían sufrir incendios, estos están ausentes.
Positivo
J02.01.04.-Reforestación de zonas mineras.
Dada la envergadura de las distintas afecciones, estas se están abordando poco a poco, lo que genera situaciones no deseadas.
Negativo
J02.04.01.-Inundaciones.
La orografía y alta pluviometría de la zona pueden dar lugar, localmente, a salidas de cauce de ríos y arroyos que, en el caso de zonas no urbanas, no tienen importantes repercusiones y además son procesos naturales. Las que afectan a zonas urbanas pueden tener efectos devastadores.
Negativo
J02.05.-Alteraciones en la hidrografía, general.
Con carácter general las alteraciones de las masas de agua son mínimas, salvo las acometidas en tiempos que se remontan a la primera mitad del siglo XX.
Negativo
J02.06.01.-Captaciones de agua para agricultura.
Existen captaciones de agua para regadío en zonas bajas autorizadas.
Neutro
J02.06.02.-Captaciones de agua para abastecimiento público.
Existen captaciones de agua para uso de boca, autorizadas.
Neutro
J02.06.06.-Captaciones de agua para la obtención de hidroenergía.
Los embalses destinados a producción hidroeléctrica autorizados y en vigencia afectan en algunos casos el régimen del caudal natural.
Negativo
J02.12.02.-Diques y barreras de contención en los sistemas de aguas continentales.
Por razones mineras en años pretéritos, primeras décadas del siglo XX, se modificaron los lagos de Covadonga, creciendo en tamaño que se mantiene hoy.
Neutro
J02.15.-Otras alteraciones inducidas en las condiciones hidrológicas.
Actuaciones puntuales, como fue la construcción del funicular de Bulnes que afecto el curso de paso de aguas subterráneas y de impacto desconocido.
Negativo
K01.01/02/03/04.-Procesos naturales bióticos y abióticos (exceptuando catástrofes).
Lntos: Erosión. Colmatación. Desecación. Hundimientos. Se trata ES1200001 de un territorio de alta pendiente, kárstico, con fuertes precipitaciones como lluvia y nieve, los procesos erosivos, de colmatación, desecación y hundimientos están presentes si bien sus magnitudes son de baja escala. Siempre son una amenaza de dimensiones reducidas.
Neutro
K03.01/02/05/06/07.-Relaciones interespecíficas de fauna.
Competición. e.g. gaviota/estérnidos. Parasitismo. Introducción de enfermedades. Depredación. Antagonismos derivados de la introducción de especies. Antagonismos por animales domésticos. Otras formas de competición faunística interespecífica Las competencias interespecíficas son normales en situaciones de vida silvestre, las relativas a competición y parasitismo a veces se ve condicionada por la acción humana, p.e. mal manejo ganadero. Los antagonismos y competencias son los normales en situaciones estables.
Negativo
K04.01/02/03.-Relaciones interespecíficas de flora.
Competición. Parasitismo. Al igual que el punto anterior, las competencias interespecíficas son normales en situaciones de vida silvestre, las relativas a competición y parasitismo a veces se ve condicionada por la acción humana, p.e. mal manejo ganadero. La introducción de enfermedades es una presión y una amenaza permanente en este ES1200001 abierto a flujos de fauna silvestre y doméstica. Con relación a los agentes polinizadores el cambio climático, parece afectar.
Negativo
K05.-Reducción de la fecundidad/ disminución de variabilidad genética. e.g. debidas a tasas de población muy bajas.
Existe esta amenaza en algunas especies, pero en general no se plantea como una situación generalizada.
Negativo
K06.-Otras formas o formas mixtas de competición interespecífica de flora.
La presencia de especies exóticas invasoras podría afectar a flora del parque nacional.
Negativo
L08.-Inundaciones (procesos naturales).
El ES1200001 está sometido a posibles inundaciones como proceso natural, cuya acción no contempla obra humana responsable de que una inundación natural adquiera valores superiores.
Neutro
L09.- Incendios (naturales).
El ES1200001 está sometido a posibles incendios forestales por causas naturales de baja frecuencia.
Negativo
L10.-Otras catástrofes naturales.
El ES1200001 está sometido a posibles fenómenos naturales como deslizamientos de ladera, pequeñas avalanchas de nieve, etc.
Negativo
2.- MÁS RELEVANTES
A01.-Cultivos. Incluye el aumento de superficie agrícola.
No hay previsiones de nuevas superficies agrícolas para cultivos.
Neutro
A02.-Modificación de prácticas agrícolas.
Incluye también el emplazamiento de cultivos perennes no maderable. Es una amenaza la perdida de prácticas agrícolas tradiciones en el ES1200001.
Negativo
A03.-Siega/Desbroce de pastizales.
Al tratarse de un espacio con alta montaña la siega en pastos de altura se está perdiendo. Es una pérdida importante que amenaza la posible reducción de biodiversidad vegetal y animal.
Negativo
A03.02.-Siega no intensiva.
Es una práctica en retroceso, en algunas zonas está incorporándose la mecanización, lo cual puede llevar a la pérdida de biodiversidad.
Negativo
A03.03.-Abandono/ausencia de siega.
En algunas zonas del ES1200001 se ha perdido esta práctica es una amenaza real.
Negativo
A04.-Pastoreo.
Este ES1200001 es fruto de la actividad humana fundamentalmente pastoril. Es un valor que fortalece este espacio natural.
Positivo
A04.02 .-Pastoreo no intensivo.
Con la perdida de pastos por reducción del manejo ganadero y el cambio de las cabañas ganaderas hacia bovino, hay un desequilibrio en el reparto de la carga ganadera, con infrapastoreo de unas zonas (al haber disminuido notablemente la presencia de cabras y ovejas) y concentración del ganado mayor en otras, lo que, en conjunto, representa una amenaza y una debilidad en el sistema.
Negativo
A04.02.01.-Pastoreo no intensivo de ganado (vacuno).
Se ha incrementado notablemente el número de cabezas de ganado bovino, aunque no así la carga ganadera general, pero si se ha reducido la superficie útil de pastoreo, por ello la amenaza de sobrecarga es un evento a tener en cuenta en la gestión.
Negativo
A04.02.02.-Pastoreo no intensivo de ovejas.
Se ha reducido ello implica una pérdida de pastos en zonas de acceso de ovejas.
Negativo
A04.02.03.-Pastoreo no intensivo de caballos.
Aunque se ha incrementado la presencia de caballos en el ES1200001 y su efecto sobre el suelo es importante se abre una amenaza a tener en cuenta en la gestión de este ES.
Negativo
A04.02.04.-Pastoreo no intensivo de cabras.
Al igual que las ovejas su número ha disminuido de manera sobresaliente. Ello implica la no presencia de estos animales en territorios donde no pastan las vacas. Su efecto se hace sentir ya en el ES1200001.
Negativo
A04.02.05.-Pastoreo no intensivo de animales mixtos.
Aunque el pastoreo es en general mixto, no se suelen solapar las actividades pastoriles de una menar negativa en lo que se considera para este apartado del anexo.
Neutro
A04.03.-Abandono de los sistemas de pastoreo, ausencia de pastoreo.
En determinadas zonas, sobre todo en altura esta actividad va perdiendo pastores, ello determina el cambio en algunos aspectos de paisaje de hace relativamente pocos años.
Negativo
A11.-Actividades agrícolas no mencionadas anteriormente.
Surgen conforme a las presiones externas, van desde nuevas actividades no tradicionales a nuevos sistemas que sustituyen a los tradicionales, p.e. ensilado en verde. Las amenazas está ahí y las presiones en aumento.
Negativo
B01.-Forestación de bosques en campo abierto.
Aumento de la superficie forestal, p.e. plantaciones en pastizales, brezales. Aunque ES1200001 es un parque Nacional que representa al bosque atlántico esta línea no es prioritaria. No así la recuperación de masas forestales de manera perimetral.
Neutro
B01.01.-Forestación en campo abierto (especies autóctonas).
Como complemento del punto anterior, siempre se hace con especies autóctonas a partir de semillas o plantones de ejemplares de la zona del parque nacional.
Positivo
B02.-Gestión de bosques y plantaciones.
Cierres de protección para brotes naturales hasta que adquieren tamaño suficiente para superar presiones naturales.
Positivo
B02.01.-Repoblación.
Repoblación en suelo forestal tras tala. No hay tala comercial y la entresaca para leña de uso doméstico está desapareciendo casi al 100%.
Positivo
B02.01.01.- Repoblación (especies autóctonas).
Se asocia al punto B01.01.
Positivo
B02.06.-Clareo de bosques.
En determinadas zonas la densidad de pies recomienda la reducción de ejemplares. Se busca una gestión priorizando determinados objetivos.
Neutro
D02.-Infraestructuras lineales de servicio público.
No hay que olvidar que en ES1200001 es un ENRN2000 con población estable en su interior.
Negativo
D02.01.- Tendidos eléctricos y líneas telefónicas.
Se pretende soterrar los tendidos eléctricos que sirven a las poblaciones, dentro del estricto respeto a la normativa electrotécnica y de conservación de aplicación. Los tendidos de alta y media carga están siendo señalados para evitar colisiones a aves, debiendo, igualmente, aplicarse las medidas que eviten electrocuciones de acuerdo con lo estipulado en el R.D. 1432/2008, de 29 de Diciembre. La presencia de centrales hidroeléctricas conlleva una determinada carga en zona de los límites de este espacio. Las líneas telefónicas no suponen problemas, sí las comunicaciones por antenas terrestres que están presionando su presencia en el territorio.
Negativo
D02.01.01.- Líneas suspendidas.
Igual que el punto anterior.
Negativo
D02.01.02.- Líneas subterráneas/ sumergidas.
Ya señalado para las poblaciones del interior de ES1200001. No hay sumergidas. Su enterramiento total supone una acción positiva.
Positivo
D02.03.- Mástiles y antenas de comunicación.
Hay mucha presión y amenazas de uso indiscriminado, por ahora se está intentando evitar que proliferen.
Negativo
D05.- Mejora de accesos.
Hay una presión localizada en determinados puntos del ES1200001 para transformar vías bajo la apariencia de mejora de accesos. De lograrse lo que se conseguirá será abrir una puerta a nuevas amenazas en lugares donde hasta ahora no existen. La decisión de mejoras debe estar perfectamente evaluada.
Negativo
E03.- Residuos.
En general hay presión por el número de visitantes.
Negativo
E03.01.-Eliminación de residuos domésticos y provenientes de instalaciones recreativas.
Hay un sistema de recogida y sacado del ES1200001 a vertedero autorizado.
Neutro
E03.02.-Eliminación de residuos industriales.
Los residuos provenientes de la actividad ganadera están siendo ordenados. Es una amenaza y una presión, que se va solucionando poco a poco.
Negativo
E03.03.-Eliminación de residuos inertes.
La actividad minera en tiempos pasados dejó muchas zonas con estériles. Su dificultad económica para eliminarlos genera una amenaza permanente aunque se supone que es de bajo impacto.
Negativo
E03.04.-Otros residuos.
Los provenientes de rozas de matorral tienen en años de mucho calor dificultades de manejo y gestión.
Negativo
G01.04.-Alpinismo, escalada, espeleología.
Son actividades regladas en el ES1200001.
Neutro
G01.04.01.-Alpinismo y escalada.
Al tratarse de un territorio idóneo para la escalada, muy pequeño y accesible la cantidad de usuarios empieza a representar una presión que puede amenazar determinados hábitats y especies de cumbres y paredes.
Negativo
G01.04.02.-Espeleología.-
La calidad de este territorio en espeleología la convierte en un punto caliente a nivel mundial, por su calidad y dimensiones. La necesidad de conocer las simas hace que esté regulada su visita, la cual es exclusivamente científica. Es mucho lo que se desconoce en este campo.
Negativo
G05.-Otros trastornos e intrusiones humanas,
Aunque ya se ha citado, la presencia de visitantes deseosos de hacer determinadas actividades al aire libre en un espacio protegido es una presión cada día mayor. Los intereses economicistas son una auténtica amenaza.
Negativo
G05.01.-Pisoteo, uso excesivo.
Concentrado en determinados lugares (zona Lagos de Covadonga, Ruta del Cares, inicio de senderos de rutas marcadas para el visitante, entorno próximo a refugios de montaña). Se trata y gestiona con el objetivo de minimizar dicha presión y amenaza real. Allí donde la presencia de especies prioritarias pueda verse afectada se procura desviar la ruta o tomar medidas de mejora, vallas, desviaciones, etc.
Negativo
H01.01/02/03/04/05/06/08/09.-
Contaminación de aguas superficiales por naves industriales, Contaminación de aguas superficiales por desbordamientos producidos por tormentas. La Directiva Marco del Agua cataloga desbordamientos por tormentas como fuente puntual y difusa. Otras fuentes puntuales de contaminación de aguas superficiales. Contaminación difusa de aguas superficiales a través de desbordamientos causados por tormentas o a través de la escorrentía urbana. Contaminación difusa de aguas superficiales causada por actividades agrícolas y forestales. Contaminación difusa de aguas superficiales causada por la red de transportes y por las infraestructuras sin conexión a canalizaciones/ máquinas barrenderas. Contaminación difusa de aguas superficiales causada por aguas de uso doméstico y aguas residuales. Directiva Marco del Agua: «Emisiones procedentes de instalaciones para el almacenamiento y / o tratamiento de aguas residuales domésticas en zonas sin redes y Contaminación difusa de aguas superficiales causada por otras fuentes no mencionadas anteriormente. Aunque ES1200001 es un territorio principalmente kárstico las aguas superficiales se ven afectadas principalmente por algún vertido derivado de la actividad ganadera en extensivo. Las ZAT van disponiendo de sistemas de depuración efectivos y las industrias asociadas a la actividad ganadera, regularizan su situación en relación a estos epígrafes. La actividad ganadera, dada su estacionalidad si puede afectar a aguas superficiales, en especial lacustres, en lugares muy concretos. Los refugios de montaña se han dotado de sistemas de depuración que se van mejorando periódicamente.
Negativo
H02.01/02/04/05/06/07/08.-
Contaminación de aguas subterráneas debida a escapes provenientes de lugares contaminados. Contaminación de aguas subterráneas debida a escapes provenientes de depósitos de vertidos. Contaminación de aguas subterráneas por los vertidos de aguas de mina. Contaminación de aguas subterráneas causada por vertidos sobre suelos, tales como descargas sobre sumideros. Contaminación difusa de aguas subterráneas causada por actividades agrícolas y forestales. Contaminación difusa de las aguas subterráneas causada por poblaciones sin alcantarillado. Contaminación difusa de las aguas subterráneas causada por el uso urbano del suelo. Por los análisis se sabe que la contaminación de aguas subterráneas en ES1200001 es escasa y puntual. La actividad minera que existió en éste territorio tiene aún un efecto sobre las aguas, si bien no se tiene constancia de efectos perjudiciales. La actividad ganadera, dada su estacionalidad si puede afectar a aguas subterráneas en lugares muy concretos.
Negativo
I02.-Especies nativas problemáticas.
El Lobo, el jabalí, el ciervo, entre las más importantes dada su íntima relación con la actividad ganadera.
Negativo
J01.01.-Incendios. Incendios provocados.
La mayor parte de los incendios que afectan al ES1200001 tienen como finalidad ganar zonas de pastos. Las normas legales están permitiendo acotar espacios incendiados, por lo que los objetivos prohibidos buscados no tienen salida. Su efecto es negativo sabiendo que muchos de los incendios vienen del exterior del parque nacional.
Negativo
J01.02.-Quemas prescritas.
En el espacio ES1200001 se desarrollan, bajo condiciones muy estrictas de ejecución y para el control del desarrollo del matorral en ámbitos que, sustentando con anterioridad vegetación de comunidades de pratenses, en base a la disminución de la carga ganadera de ganado menor, están sometidos a un intenso proceso de matorralización. Su efecto puede considerarse de neutro, al desarrollarse en momentos en los que, por el adecuado grado higrométrico de suelo y atmósfera, el efecto de las altas temperaturas del paso del fuego queda suficientemente atemperado, obteniéndose, por otra parte, el beneficio de recuperar zonas tradicionales de pastoreo.
Neutro
J01.03.-Acotamientos al pastoreo.
En el espacio ES1200001 se desarrollan, en aplicación de la normativa vigente, acotamientos al pastoreo, ya sea tras incendio forestal o, tras acuerdo con los titulares de derechos de pastoreo, para lograr la regeneración de zonas que detentaron vegetación arbórea y sea conveniente su recuperación. Los acotamientos se establecerán aplicando el procedimiento administrativo que garantice la participación de los interesados y se tendrá en cuenta, en la fijación de su duración, la tipología de la vegetación afectada, el riesgo de erosión y la mayor o menor capacidad de regeneración del territorio.
Positivo
J02.-Cambios inducidos en las condiciones hidráulicas.
La presencia de población y centrales hidroeléctricas son una presión permanente. En algunos casos no se puede legalmente regular el caudal ecológico.
Negativo
J02.03.-Canalizaciones y desvíos de agua.
Dos surcan el Parque Nacional, sus orígenes se remontan a la primera mitad del siglo XX, generan reducción en los caudales naturales y ahogamiento de fauna de manera accidental.
Negativo
J02.03.01.-Desviaciones de agua a gran escala.
Cuando un cauce natural ve reducido de manera drástica su volumen, la escala es grande. Los ríos de ES1200001 son cortos, de fuerte pendiente y con cierta estacionalidad. La presencia de centrales hidroeléctricas es una presión constante. El caudal ecológico es una de las oportunidades que se dispone para una mejor gestión de los hábitats acuáticos.
Negativo
J02.03.02.-Canalizaciones.
Ya se señaló anteriormente, son antiguas, condicionan los caudales naturales y constituyen en algunos casos barreras de paso a determinada fauna. Así mismo son lugares donde pueden caer animales silvestres y domésticos, por lo que se hace necesario tomar medidas de gestión para solventar los efectos negativos que suponen.
Negativo
J03.-Otras alteraciones de los ecosistemas.
Tal vez la mayor amenaza que se cierne sobre ES120001 y el conjunto de Picos de Europa como parque nacional, sea su pequeño tamaño, para lo atractivo que resulta para muchos colectivos, nacionales e internacionales. La inmensa mayoría de los sectores, sobre todo del terciario y algunos grupos específicos quieren encontrar en este EPRN2000 un motor de desarrollo a sus actividades lúdicas, profesionales, espirituales, etc., una regulación donde prime de manera clara la conservación es hoy muy difícil de conseguir.
Negativo
J03.01.-Disminución o pérdida de las características específicas de un hábitat.
En el proceso dinámico en el que actualmente se encuentra ES1200001 es lógico pensar que habrá hábitats que se vean presionados, amenazados o simplemente en evolución negativa. El conocimiento es una de las oportunidades que debe tener presente la gestión.
Neutro
J03.01.01.-Disminución de la disponibilidad de presas (incluyendo carroña), e.g. para aves de presa.
Citar la Encefalopatía Espongiforme Bovina (=EEB) como ejemplo de una situación, inicialmente ajena al ES1200001, que ha provocado una legislación que afectó de manera importante la disponibilidad de proteína animal para carroñeros, es algo que es difícil prever. Otros ejemplos como especies invasoras (la avispa asiática (Vespa velutina nigrithorax)) puede generar un colapso en los polinizadores., ES1200001 sufre actualmente una epidemia de sarna sarcóptica en rebeco de origen externo a este espacio protegido desde el año 2000 fruto de una mala praxis ganadera, y así muchos casos.
Negativo
K02.-Evolución biocenótica, sucesiones.
Que se produzca un abandono de la actividad ganadera, que el matorral invada los pastos abandonados, que el bosque vaya ganando terreno, es simplemente un ejemplo teórico de pocas variables que podría suceder en este espacio. Pero no estamos en condiciones de saber que dirección pueden tomar todos los escenarios posibles. Por ello es necesario tenerlo presente a la hora de planificar una buena gestión a medio y largo plazo.
Negativo
K02.01.-Cambios en la composición de especies (sucesiones).
Solamente con el conocimiento necesario, en distintos niveles, se podrá gestionar esta etapa vital, si no la falta de información no permitirá una gestión adecuada.
Negativo
K02.02.-Acumulación de materia orgánica.
La actividad humana, asociada a la ganadería, provoca esta situación. En algunos casos hay legislación que dice cómo evitar el acúmulo negativo de materia orgánica, p.e., estiércoles, purines, materia orgánica de origen ganadero en lagos y lagunas, etc.
Negativo
K02.03.-Eutrofización (natural).
De ser así, no debe considerarse un fenómeno relevante.
Neutro
K02.04.-Acidificación (natural).
Como en el caso anterior de ser natural no debe ser considerada como una amenaza o presión.
Neutro
K03.03.- Introducción de enfermedades.
Visto en J03.01.01
Negativo
K03.04.-Depredación.
El binomio ganadería presencia de lobos es un fenómeno que se está produciendo en los últimos años de una manera oscilatoria. Esto no es bueno, ni para esa actividad económica arraigada a ES1200001 ni para la conservación de la especie lobo y el espacio. Esta es una presión a la que está sometida la gestión de este espacio y que cada día se conoce mejor. Pero no es éste el único caso: fauna/hombres contra especies prioritarias p.e. urogallo, ganado frente a especies de flora, etc.
Negativo
K04.04.-Ausencia de agentes polinizadores.
El cambio climático, las especies invasoras, los cambios de uso, están siendo una presión importante para los polinizadores siendo además ES1200001 uno de los lugares con mayor número de himenópteros singulares.
Negativo
K04.05.-Daños causados por herbívoros (incluyendo especies de caza).
Sobre otra fauna silvestre como es el caso del urogallo, sobre poblaciones de flora de distribución muy reducida, sobre brotes nuevos que garantizaría, de no producirse, una continua aportación de ejemplares nuevos, etc.
Negativo
M.- Cambio climático.
Está ahí. El ES1200001 es un territorio de oportunidades para su estudio. En base a su evolución unas especies y hábitats irán desapareciendo, otras y otros irán apareciendo y consolidándose en el nuevo ambiente. Se valora como negativa por ser, ese cambio provocado por el hombre.
Negativo
M01.-Cambios en las condiciones abióticas.
Por supuesto y detrás de estos cambios físicos y químicos, todo lo demás.
Negativo
M01.01.-Aumento de la temperatura y temperaturas extremas.
Sin pronunciarse en las tendencias los cambios afectaran a hábitats y especies estenotermas.
Negativo
M01.02.-Sequía y disminución de la precipitación.
Igual que en el punto anterior.
Negativo
M01.03.-Inundaciones y aumento de la precipitación.-
El cambio de las condiciones ambientales de manera tendenciosa conlleva a cambios importantes.
Negativo
M02.-Cambios en las condiciones bióticas.
Simplemente es el resultado secuencial o propiciado por el cambio climático.
Negativo
M02.01.-Cambios y alteraciones de hábitat.
El gradiente altitudinal marca los pisos ambientales y los cambios los van a modificar.
Negativo
M02.02.-Desincronización de procesos.
Tal vez sea este uno de los enfoques en los que debería de incidir en la observación, monitoreo, seguimiento, evaluación…, con relación al cambio climático. Ese cambio climático no es una secuencia, es un fractal impredecible.
Negativo
M02.03.-Disminución o extinción de especies.
Se producirá un abanico de opciones, más allá de las que podemos esperar de forma teórica, precisamente por la imprecisión del proceso general.
Negativo
M02.04.-Migración de especies (colonizadores naturales).
En el contexto del siglo XXI qué son colonizaciones naturales. Las barreras para lograr la no penetración de especies invasoras alóctonas es una quimera.
Negativo
X.- No presiones o amenazas.
Un mal gobierno, una mala legislación, una mala evaluación de fortalezas y oportunidades, una mala gestión, una mala administración, una sociedad que da la espalda a la conservación.
Negativo
XO.- Amenazas y presiones de origen externo al país miembro.
Una mala legislación comunitaria, una exigencias imposibles de cumplir en los contextos nacionales frente a las mismas en otros países de la UE. Priorización de aspectos economicistas frente a medioambientales...
Negativo
XE.- Amenazas y presiones de origen externo al territorio.
Son muy variadas las amenazas como especies invasoras, cambio climático, perdida de suelo por factores naturales o inducidos por el hombre, etc., así como las presiones, fundamentalmente sectoriales y ajenas a la conservación desde deportes extremos, masivos, con soporte de motores, la simple demografía, las epizootias y zoonosis... etc.
Negativo
Anexo V
NORMATIVA DE APLICACIÓN CITADA EN EL PLAN BÁSICO DE GESTIÓN Y CONSERVACIÓN (GENERAL Y SECTORIAL)
Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres.
Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa.
Ley 5/1991 del Principado de Asturias, de 5 de abril, de protección de los espacios naturales.
Decreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias.
Decreto 17/2003, de 13 de marzo, del Principado de Asturias por el que se declara el Monumento Natural de la Torca Urriellu (Cabrales).
Decreto 18/2003, de 13 de marzo, del Principado de Asturias por el que se declara el Monumento Natural del Sistema del Jitu (Onís y Cabrales).
Decreto 19/2003, de 13 de marzo, del Principado de Asturias por el que se declara el Monumento Natural de la Red de Toneyu (Amieva).
Decreto 29/2003, de 13 de marzo, del Principado de Asturias por el que se declara el Monumento Natural del Sistema del Trave (Cabrales).
Decreto 65/1995, de 27 de abril, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección.
Decreto 32/1990, de 8 de marzo, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias y se dictan normas para su protección.
Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Real Decreto 1274/2011, de 16 de setiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007.
Decreto 9/2002, de 24 de enero, por el que se revisa el Plan de Recuperación del Oso Pardo (Ursus arctos) en el Principado de Asturias.
Resolución de 3 de julio de 2003, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Catálogo de Áreas Críticas para el oso pardo en el Principado de Asturias y se delimitan las zonas de mayor calidad de sus hábitats.
Estrategia para la conservación del oso pardo cantábrico. Documento aprobado por el Comité de Flora y Fauna Silvestres (Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza). Madrid, 30 de Septiembre de 1999.
Decreto 137/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Conservación del Águila Real (Aquila chrysaetos).
Decreto 135/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Alimoche Común (Neophron percnopterus).
Decreto 150/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Halcón Peregrino (Falco peregrinus) en el Principado de Asturias.
Estrategia Nacional de Conservación del Quebrantahuesos en España aprobada por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza.
Decreto 73/1993, de 29 de julio por el que se aprueba el Plan de manejo de la nutria (Lutra lutra) en el Principado de Asturias.
Decreto 24/1995, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Manejo del murciélago de Geoffroy (Myotis emarginatus) y del murciélago de cueva (Miniopterus schreibersi) en el Principado de Asturias.
Abreviaturas y acrónimos utilizados en el documento:
- Cód.-Código (sobre todo el correspondiente a taxones y hábitat de interés comunitario).
- CTAPA-Cartografía temática ambiental del Principado de Asturias (escala 1/25000).
- EIA-Estudio o evaluación de impacto de impacto ambiental.
- EPIA-Estudio o evaluación preliminar de impacto ambiental.
- LIC-Lugar/es de importancia comunitaria.
- MaB-Programa Hombre y Biosfera de la Unesco.
- MFN25-Mapa Forestal de España escala 1/25000 (Asturias).
- PORNA-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias.
- RN2000-Red Natura 2000.
- UNESCO/Unesco-Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura.
- UE- Unión europea (antes CEE, Comunidad económica europea).
- ZEC-Zona/as especial de conservación (plural ZECs).
- ZEPA-Zona/as de especial protección para las aves.
- (1)
Estos datos superficiales, correspondientes a los oficialmente considerados como aportación de los Municipios al Parque Nacional de los Picos de Europa, presentan diferencias respecto a los reales cartográficos, estando en fase de revisión oficial. Por otra parte y dado que algún Municipio tiene superficie en algún otro espacio RN2000, se indica que las superficies y % recogidos en el anterior cuadro se refieren al ERN1200001.
- Ver Texto
- (2)
Z.E.C. declarada por Decreto 163/2014, de 29 de Diciembre, que aprueba, igualmente, el Instrumento de Gestión Integrado (I.G.I.) de diversos espacios protegidos en los Concejos de Ponga y Amieva.
- Ver Texto
- (3)
Z.E.C. declarada por Decreto 142/2014, de 17 de Diciembre, que aprueba, igualmente, su Instrumento de Gestión.
- Ver Texto
- (4)
Z.E.C. declarada por Decreto 156/2014, de 29 de Diciembre, que aprueba, igualmente, el Instrumento de Gestión Integrado (I.G.I.) de diversos espacios protegidos en los ríos Cares y Deva
- Ver Texto
- (5)
Decreto 146/2001, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo de las Encinas (Quercus ilex L. y Quercus rotundifolia Lam.).
- Ver Texto
- (6)
Jiménez-Alfaro, B. 2008. Biología de la conservación de plantas vasculares en la Cordillera Cantábrica. Prioridades y casos de estudio. Tesis Doctoral, Universidad de Oviedo
- Ver Texto
- (7)
Iriondo et al (eds), 2009. Poblaciones en peligro: Viabilidad demográfica de la flora vascular amenazada de España. Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, Madrid.
- Ver Texto
- (8)
Bañares et al (eds), 2003. Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España. Dirección General de Conservación de la Naturaleza, Madrid.
- Ver Texto
- (9)
Moreno, J.C. (coord.), 2008. Lista Roja 2008 de la flora vascular española. Dirección General de Medio Natural y Política Forestal y Sociedad Española de Biología de la Conservación de Plantas, Madrid.
- Ver Texto
- (10)
Decreto 9/2002, de 24 de enero, por el que se revisa el Plan de Recuperación del Oso Pardo (Ursus arctos) en el Principado de Asturias. BOPAnúm. 28, de 4 de febrero de 2002.
- Ver Texto
- (11)
Resolución de 3 de julio de 2003, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Catálogo de Áreas Críticas para el oso pardo en el Principado de Asturias y se delimitan las zonas de mayor calidad de sus hábitats
- Ver Texto
- (12)
Estrategia para la conservación del oso pardo cantábrico. Documento aprobado por el Comité de Flora y Fauna Silvestres (Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza). Madrid, 30 de Septiembre de 1999
- Ver Texto
- (13)
Decreto 137/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Conservación del Águila Real (Aquila chrysaetos). BOPAnúm. 294, de 21 de diciembre de 2001.
- Ver Texto
- (14)
Decreto 135/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Alimoche Común (Neophron percnopterus). BOPAnúm. 294, de 21 de diciembre de 2001.
- Ver Texto
- (15)
Decreto 150/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Halcón Peregrino (Falco peregrinus) en el Principado de Asturias. BOPAnúm. 297, de 26 de diciembre de 2002.
- Ver Texto
- (16)
Estrategia Nacional de Conservación del Quebrantahuesos en España aprobada por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza.
- Ver Texto
- (17)
Decreto 73/93, de 29 de julio por el que se aprueba el Plan de manejo de la nutria (Lutra lutra) en el Principado de Asturias. BOPAnúm. 188, de 13 de agosto de 1993.
- Ver Texto