Resolución EMO/1829/2015, de 31 de julio, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acuerdo sobre tablas salariales correspondientes al año 2015, del Convenio colectivo de trabajo del sector de oficinas y despachos de Cataluña 2012-2014 (código de convenio núm. 79000375011994)
- Órgano DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 12 de Junio de 2015
Sumario

Visto el texto del acuerdo del acuerdo sobre tablas salariales correspondientes al año 2015, suscrito, en fecha 12 de junio de 2015, por la representación empresarial por los representantes de Fomento del Trabajo Nacional y por los representantes de PIMEC, y por la parte social, por los representantes de CCOO y de UGT, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de març, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 63/2015, de 28 d’abril, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
-1 Disponer la inscripción del acuerdo citado en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
-2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.
Acta de constitución de la Mesa negociadora del Convenio colectivo laboral de oficinas y despachos de Cataluña.
Asisteixen:
Por CCOO: Titulares: Sra. Àngels Tomas Gonzalo, Sr. Emilio Sánchez, Sr. David Lloveras Mir.
Asesores: Sr. Carles Català Pinyol, Sr. Esteban Sanabria.
Por UGT
Titulares de UGT
Sr. Juan Carlos Giménez, Sra. Lourdes Julbe Jou, Sr. Gabriel Nieto Baron.
Asesores de UGT
Sra. Rosa Ciurana.
Por Foment del Treball Nacional:
Titulares: Sr. Javier Ibars, Sra. Mireia Recio, Sra. Yésika Aguilar, Sr. Antonio Saenz, Sr. César Sánchez.
Por PIMEC
Titulares: Sra. Jana Callís i Vilagut, Sr. Ricard Sánchez.
Secretaria de la Comisión
Sra. Yésika Aguilar Granados.
En Barcelona, a 12 de junio de 2015, en la sede de Fomento del Trabajo Nacional, siendo las 11:00 horas, se reúnen los representantes de los Sindicatos FES-UGT (Federació de Serveis de la UGT), CCOO Serveis Catalunya (Federació de Serveis de Catalunya de CCOO) y de las organizaciones empresariales Fomento del Trabajo Nacional y PIMEC, a los efectos de constituir la Mesa Negociadora del Convenio colectivo laboral de oficinas y despachos de Cataluña, y resto de cuestiones que se exponen.
Todos los asistentes se reconocen mutuamente capacidad y legitimación suficiente para la negociación del presente convenio con los efectos previstos en el Título III del Estatuto de los trabajadores.
Tras las diversas intervenciones de las partes se adoptan los acuerdos que a continuación, se exponen:
Primero La Comisión negociadora del Convenio colectivo laboral de oficinas y despachos de Cataluña queda válidamente constituida y está compuesta por un máximo de 14 miembros por cada una de las dos representaciones, sindical y patronal.
Por parte de CC.OO, se designan los miembros titulares. Sus representantes son los siguientes:
Titulares de CC.OO
Sra. Àngels Tomas Gonzalo
Sr. David Lloveras Mir
Sr. Emilio Sánchez Cárcel
Asesores de CC.OO
Sr. Carles Català Pinyol
Sr. Esteban Sanabria Garnica
Por parte de UGT, se designan los miembros titulares. Sus representantes son los siguientes:
Titulares de UGT
Sr. Juan Carlos Giménez Manrubia
Sra. Lourdes Julbe Jou
Sr. Gabriel Nieto Baron
Asesores de UGT
Sra. Rosa Ciurana Diez
Por parte de Fomento del Trabajo Nacional, se designan los 9 miembros titulares. Sus representantes son los siguientes:
Titulares de FTN
Sr. Javier Ibars Álvaro
Sra. Yesika Aguilar Granados
Sra. Mireia Recio Ortega
Sr. César Sánchez Hernández
Sr. Antonio Saenz
Sra. Rosa Armengol
Sr. Gil Cristià Llevat
Sr. Joan Sales Cortés
Sr. Jordi Arxer
Por parte de PIMEC, se designan los 5 miembros titulares. Sus representantes son los siguientes:
Titulares de PIMEC
Sra. Jana Callís y Vilagut
Sr. Ricard Sánchez
Sr. Itziar Ruedas
Sr. Pau Presas
Sra. Estrella Rincón
Segundo Votación y firma, en su caso, de la prórroga de la ultraactividad Convenio laboral de oficinas y despachos de Cataluña 2012-2014. Todos los miembros de la Mesa negociadora del Convenio colectivo del sector de oficinas y despachos, acuerdan la prórroga de la totalidad de los contenidos del Convenio de oficinas y despachos de Cataluña 2012-2014, durante este año 2015, con excepción de los incrementos salariales. Dado que el Convenio fue denunciado el pasado 27 de novembre de 2014, se aprueba por unanimidad la prórroga de la ultraactividad del Convenio de oficinas y despachos de Cataluña 2012-2014 hasta 31 de diciembre de 2016.
Tercero Análisis y aprobación, si procede, de las tablas salariales correspondientes al año 2015 del Convenio colectivo laboral de oficinas y despachos de Cataluña.
Las organizaciones firmantes del presente convenio acordamos un incremento de las tablas salariales para el año 2015 en un 0,8% respecto a las aprobadas en 2014.
El incremento anteriormente acordado tendrá efectos retroactivos a 1 de enero de 2015.
Asimismo, se tendrá en cuenta en la negociación del próximo Convenio colectivo de oficinas y despachos la cláusula de garantía salarial establecida en el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación colectiva 2015-2017.
Las empresas deberán proceder a la regularización de los atrasos en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de las presentes tablas salariales en el DOGC.
Se aprueba la revisión de referencia y su remisión al Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña, a los efectos de su registro y que se ordene, asimismo, la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, tanto del acta como de las tablas salariales 2015.
Cuarto Se nombra secretaria de la Comisión a la Sra. Yésika Aguilar Granados. Se autoriza y se delega en la persona de la secretaria de la Comisión negociadora la remisión de las actas de la Mesa negociadora a la «Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo» del «Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña», a los efectos oportunos, así como para realizar cualquier tramitación administrativa que sea necesaria de la Comisión negociadora.
Se acuerda por unanimidad el Registro del acta y de las tablas salariales.
Se autoriza y delega en la secretaria de la Mesa negociadora, Sra. Yésika Aguilar, la realización de estos trámites.
Se adjunta a la presente Acta las cantidades resultantes para los Anexos I y II del Convenio.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, de la que se extiende la presente Acta que suscribe un representante de cada organización firmante, extendiéndose de la misma las correspondientes copias, siendo las 12:30 horas.
Anexo I
Convenio colectivo de oficinas y despachos de Cataluña
Grupo professional | Salario Anual |
Salario Mensual (14 pagas) |
Salario Mensual (16,5 pagas) |
Grupo 1 | 24.323,42 € | 1.737,39 € | 1.474,15 € |
Grupo 2 | 20.471,30 € | 1.462,24 € | 1.240,68 € |
Grupo 3 nivel 1 | 19.810,93 € | 1.415,07 € | 1.200,66 € |
Grupo 3 nivel 2 | 19.040,51 € | 1.360,04 € | 1.153,97 € |
Grupo 4 nivel 1 | 18.049,97 € | 1.289,28 € | 1.093,94 € |
Grupo 4 nivel 2 | 17.829,84 € | 1.273,56 € | 1.080,60 € |
Grupo 5 nivel 1 | 17.609,73 € | 1.257,84 € | 1.067,26 € |
Grupo 5 nivel 2 | 17.389,60 € | 1.242,11 € | 1.053,92 € |
Grupo 5 nivel 3 | 16.509,12 € | 1.179,22 € | 1.000,55 € |
Grupo 6 nivel 1 | 16.178,93 € | 1.155,64 € | 980,54 € |
Grupo 6 nivel 2 | 14.528,02 € | 1.037,72 € | 880,49 € |
Grupo 6 nivel 3 | 13.317,35 € | 951,24 € | 807,11 € |
Grupo 7 nivel 1 | 13.207,30 € | 943,38 € | 800,44 € |
Grupo 7 nivel 2 | 12.216,75 € | 872,62 € | 740,41 € |
Grupo 7 nivel 3 | 11.666,44 € | 833,32 € | 707,06 € |
Anexo II
Dietas 2015
Dieta completa: | 54,47 € |
Media dieta: | 23,11 € |
Comida: | 9,36 € |
Kilometraje: | 0,29 € |