Resolución de 20 de octubre de 2016, de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del Acuerdo de revisión salarial para el año 2016 en el Convenio colectivo del sector de elaboración de chocolates y torrefactores de café y sucedáneos de la Comunitat Valenciana
- Órgano CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
- Publicado en
- Vigencia desde 17 de Diciembre de 2016
Sumario
Visto el texto del acta del Acuerdo de revisión salarial para el año 2016 en el convenio colectivo del sector de elaboración de chocolates y torrefactores de café y sucedáneos de la Comunitat Valenciana, suscrito por la Comisión Negociadora, estando integrada la misma, de una parte, por la organización empresarial Federación Empresarial de Agroalimentación de la Comunitat Valenciana (FEDACOVA), y de otra, por los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y Unión General de Trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el artículo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y en el art. 4.3 de la Orden 37/2010, resuelve:
Primero Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acta.
Segundo Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL POR SEGUNDO AÑO DE VIGENCIA (2016) DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE CHOCOLATES, TORREFACTORES DE CAFÉ Y SUCEDÁNEOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Por FEDACOVA
Salvador Ferrer Juan (asesor Jurídico)
Por UGT
Yovana Sancho Jurado (Asesora)
Por CCOO
Soledad Montaner Huercio (Asesora)
En la ciudad de Valencia, siendo las 12.00 horas deldía 26 de septiembre de 2016, en los locales de FEDACOVA, sitos en Valencia, enla calle Isabel La Católica 6-5.º-9º, se reúnen las personas reseñadas al margen con arreglo a susrespectivas representaciones para tratar el siguiente
Orden del día
Único. Proceder a la revisión salarial de las tablas para el segundo año de vigencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 10 del mismo. En consecuencia las tablas salariales y demás conceptos retributivos incluidos en el convenio susceptibles de actualización se incrementan un 1,25 %, quedando fijadas las tablas salariales en las cuantías que en anexo se relacionan.
Las empresas dispondrán de un periodo de tres meses desde la publicación en el DOGV para regularizar los atrasos.
Los firmantes, autorizan expresamente a D. Salvador Ferrer Juan y a doña Elena del Mar Doménech Fuster a presentar telemáticamente, la presente acta y documentos anexos.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12.30 horas del día de la fecha.
I. Técnicos: | – |
1. Titulados: | – |
De grado superior | 1.317,30 |
De grado medio | 1.172,04 |
Ayudante técnico | 1.017,10 |
2. No titulados: | – |
Encargado general | 1.119,76 |
Maestro o jefe de fabricación | 1.060,33 |
Encargado de sección | 1.032,25 |
Auxiliar de laboratorio | 952,26 |
3. Oficina técnica y organización: | – |
Jefe de 1.ª y 2.ª | 1.119,76 |
Técnico de organización 1.ª y 2.ª | 1.089,11 |
Auxiliares organización | 952,26 |
4. Técnicos procesos de datos: | – |
Jefe de proceso de datos | 1.172.03 |
Analista | 1.119,76 |
Jefe de explotación y prog. ord. | 1.119,76 |
Programador de máquinas | 1.119,76 |
Auxiliares | 1.088,40 |
Operador de ordenador | 1.088,40 |
II. Administrativos: | – |
Jefe administración 1.ª | 1.229,11 |
Jefe administración 2.ª | 1.172,03 |
Oficial 1.ª | 1.088,40 |
Oficial 2.ª | 1.021,99 |
Auxiliar | 952,26 |
Telefonista | 894,39 |
– | |
Jefe de ventas | 1.200,72 |
Inspector de ventas | 1.144,65 |
Promotor y/o pro. publicidad | 1.021,18 |
Vendedor con autoventa | 976,69 |
Viajante | 976,69 |
Corredor de plaza | 976,69 |
– | |
A) Personal de producción y acabado | – |
Oficial 1.ª | 32,87 |
Oficial 2.ª | 31,42 |
Ayudante | 30,45 |
B) Personal de oficios auxiliares: | – |
Oficial 1.ª | 32,87 |
Oficial 2.ª | 31,42 |
C) Peonaje: | – |
Almacenero | 30,58 |
Conserje | 30,58 |
Cobrador | 30,58 |
Basculero pesador | 30,58 |
Guarda jurado | 30,58 |
Guarda vigilante | 30,58 |
Ordenanza | 30,58 |
Portero | 30,58 |